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ALCALDIA MUNICIPAL DE CAJICA DESPACHO DEL ALCALDE DECRETO N° 001 (03 de enero de 2022) Pagina 1 de & “POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA LA INSTALACION DEL CONSEJO MUNICIPAL DE JUVENTUD EN EL MUNICIPIO DE CAJICA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAJICA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial, las conferidas en el numeral 3° del articulo 315 de la Constitucién Politica de Colombia, en el articulo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el articulo 29 de la Ley 1551 de 2012, en el Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y demas normas concordantes, CONSIDERANDO Que el articulo 1° de la Garta Nacional dispone que Colombia es un “Estado social de derecho, organizado en forma de republica unitaria, descentralizada, con autonomia de sus entidades territoriales, democratica, participativa_y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y Ia solidaridad de las personas que la integran y en Ja prevalencia del interés general’ (Negrillas, cursiva y subrayado fuera de texto). Con lo anterior, enaltece a la democracia participativa como principio fundante del territorio colombiano. Que el articulo 2 Superior prevé como fines esenciales del Estado los siguientes: “(...) servir ala comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitucién; facilitar la participacion de todos en las decisiones que los afectan y en la vida econémica, politica, administrativa y cultural de la Nacién; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la Republica estan instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demas derechos y libertades, y para asequrar el cumplimiento de los deberes sociales de! Estado y de los particulares (...)” (Negrillas y subrayado fuera de texto) Que, con argumento en lo consagrado en el articulo 45 de la Constitucion Politica, el adolescente tiene derecho a la proteccién y formacién integral. De ahi que, el Estado y la sociedad sean los responsables de garantizar la participacién activa de los javenes en los organismos publicos y privados que tengan a su cargo la proteccién, educacién y el progreso de la juventud. Que, de acuerdo con el articulo 103 Superior: ...) ef Estado contribuira a la_organizacién, promocion y capacitacién_de_las asociaciones profesionales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad comin no gubernamentales, sin detrimento de su autonomia con el objeto de que constituyan mecanismos democraticos de representacion en las diferentes instancias de participacién, concertacién, control y vigilancia de la gestion publica que se establezcan” (Negrillas y subrayado fuera de texto) Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 209 de la Constitucién Politica, la funcién administrativa del Estado esta al servicio de los intereses generales y las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del = ASI TEJIENDO FUTURO MIGOS CON TODA SEGURIDAD Calle 2 No. 4-0;