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Typology: Lecture notes
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Normatividad de la Contratación Estatal
Mayor cuantía, contrataciones superiores a $ 193’047.401,oo (Mayor a 280 SMMLV). SELECCIÓN ABREVIADA: Menor cuantía, contrataciones desde $19’304.741,oo hasta $193’047.400,oo (Desde 28,01 SMMLV hasta 280 SMMLV) Adquisición de Bienes y servicios con características técnicas uniformes y de común utilización. Compra por Catalogo - Acuerdos Marco / Agregación de demanda Subasta Inversa Presencial CONCURSO DE MÉRITOS: Consultoría CONTRATACIÓN DIRECTA: Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión Cuando no exista pluralidad de oferentes Contratos Interadministrativos. MÍNIMA CUANTÍA: Bienes, servicios y obras inferior al 10% de la menor cuantía. Inferior a $19’304. Adquisición en Grandes Superficies
Según el Artículo 2.2.1.2.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015 : Los estudios previos para la Mínima Cuantía, deben contener: (^) Descripción sucinta de la necesidad de la entidad. (^) Objeto a contratar, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios. (http://www.colombiacompra.gov.co/clasificador-de-bienes-y-servicios) (^) Las condiciones técnicas exigidas. (^) Valor estimado del contrato y su justificación. (^) Plazo de Ejecución del Contrato. Adicionalmente el Artículo 2.2.1.2.1.5.2. del decreto 1082 de 2015, establece que debe contener la Invitación Pública, los plazos y evaluación de ofertas.
Los estudios previos para la modalidad de Acuerdo Marco de Precios, deberán contener: (^) Descripción sucinta de la necesidad de la entidad. (^) Objeto a contratar, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios. (http://www.colombiacompra.gov.co/clasificador-de-bienes-y-servicios) (^) Las obligaciones adicionales a las del Acuerdo Marco de Precio, exigidas al Contratista. (^) Valor estimado del contrato y su justificación. (^) Plazo de Ejecución del Contrato.
RÉGIMEN DE GARANTÍAS EN LA CONTRATACION DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA Artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y Artículo 2.2.1.2.3.1.1. del Decreto 1082 de 2015:
(^) Cualquier situación irregular en la ejecución del Contrato, que pueda influir en el cumplimiento del mismo, debe ser comunicada a la Secretaria General, con copia al GGC. (^) Previamente a solicitar al Ordenador del Gasto, la adición del Contrato, el Supervisor deberá verificar la existencia de los recursos correspondientes. (^) El Supervisor deberá solicitar a la Secretaria General, con copia al GGC, con antelación suficiente las modificaciones del Contrato que supervise, tales como adición, cesión o terminación anticipada. (^) Resolución de Supervisión Nº 251 de 2015.
(^) Es la plataforma en la cual las Entidades Estatales deben publicar los Documentos del Proceso, desde la planeación del contrato hasta su liquidación. (^) También permite a las Entidades Estatales y al sector privado tener una comunicación abierta y reglada sobre los Procesos de Contratación.
(^) Es la nueva versión del SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública) para pasar de la simple publicidad a una plataforma transaccional que permite a Compradores y Proveedores realizar el Proceso de Contratación en línea. (^) Desde su cuenta, las Entidades Estatales (Compradores) pueden crear y adjudicar Procesos de Contratación , registrar y hacer seguimiento a la ejecución contractual. (^) Los Proveedores también pueden tener su propia cuenta, encontrar oportunidades de negocio, hacer seguimiento a los Procesos y enviar observaciones y Ofertas. (^) Permite realizar todas las modalidades de contratación, excepto por la compra al amparo de Acuerdos Marco y otros instrumentos de agregación de demanda , que se realiza a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano con un usuario y contraseña diferentes. (^) No es un repositorio de documentos digitalizados. Los Documentos del Proceso se convierten en formularios que diligencia la Entidad y contienen la información necesaria para adelantarlos.