Docsity
Docsity

Prepare for your exams
Prepare for your exams

Study with the several resources on Docsity


Earn points to download
Earn points to download

Earn points by helping other students or get them with a premium plan


Guidelines and tips
Guidelines and tips

LAW INTERNATIONAL IN THE SOCIEDAD, Summaries of Law

ES IMPORTANTE DESCIFRAR LOS OBJETIVOS

Typology: Summaries

2024/2025

Uploaded on 07/08/2025

christian-mauricio-encinas-bustinza
christian-mauricio-encinas-bustinza 🇺🇸

1 document

1 / 3

Toggle sidebar

This page cannot be seen from the preview

Don't miss anything!

bg1
Guía de Análisis Documental
Titulo de Investigación: Determinación de título de poseedor precario y su influencia de
validez en los procesos sumarísimos
Objetivo Especifico N°1:
Interpretar la postura jurisprudencial y doctrinal acerca de la propiedad y de la
posesión del precario en nuestro ordenamiento legal.
ITEM Valoración ARGUMENTOS
SI N
O
1. ¿Existen sentencias
que hayan resuelto el
concepto de poseedor
precario?
X ! Si, la corte suprema se ha pronunciado en varias
oportunidades, sin embargo, el presente trabajo será
analizado desde el punto de vista del IV Pleno
Casatorio Civil.
2. ¿Existe la carga de la
prueba en un proceso
de desalojo por
precario?
X ! Si, El IV pleno establece que el demandante debe
acreditar su mejor derecho a poseer, en consecuencia,
la parte demandada debe acreditar que tiene un justo
título que lo avale.
3. ¿Estas posturas
determinan algún
conflicto entre
poseedor y
propietario?
X ! Si, en realidad no basta con tener un título como un
documento privado a público para acreditar posesión,
ya que el juez de pleno derecho puede manifestarse
sobre la validez de este título. En caso no considere
que este sea valido fundamentara la demanda de
desalojo.
4.- ¿Se requiere
acreditar la mala fe en
la posesión precaria?
! X No, el IV pleno aclara que no depende la buena o mala
fe, si no de la falta de título legítimo que justifique su
posesión. Recordemos que la propiedad está
amparado en el art.70 de la constitución
5.- ¿Tiene relevancia el
IV pleno casatorio en
los procesos de
desalojo por precario?
X ! Si, tiene fuerza vinculante para jueces y tribunales, ya
que unifica criterios para el concepto de precariedad,
delimitando en si el análisis probatorio
INTERPRETACION
Estoy relativamente de acuerdo con el IV PLENO CASATORIO 2195-2011, en cuanto a la
definición de precariedad, pues antes de ellos existía una incertidumbre sobre ello, sin embargo
cuando se trata de hablar de la validez del título que posee el poseedor, considero que no está
claro el tema, pues refiere que el Juez a criterio puede determinar si el título es válido o no, lo
que deja una ventana abierta a muchas posibilidades de interpretación, hubiese sido mejor, que
se establezca también un criterio de validez en cuanto a los títulos de precariedad presentados
por la parte demandada. El precario no solamente es un invasor si no la persona que ocupa un
bien sin derecho vigente, de esta manera se protege el derecho de propiedad como derecho real
pf3

Partial preview of the text

Download LAW INTERNATIONAL IN THE SOCIEDAD and more Summaries Law in PDF only on Docsity!

Guía de Análisis Documental Titulo de Investigación: Determinación de título de poseedor precario y su influencia de validez en los procesos sumarísimos Objetivo Especifico N°1:

Interpretar la postura jurisprudencial y doctrinal acerca de la propiedad y de la

posesión del precario en nuestro ordenamiento legal.

ITEM Valoración ARGUMENTOS SI N O

  1. ¿Existen sentencias que hayan resuelto el concepto de poseedor precario? X Si, la corte suprema se ha pronunciado en varias oportunidades, sin embargo, el presente trabajo será analizado desde el punto de vista del IV Pleno Casatorio Civil.
  2. ¿Existe la carga de la prueba en un proceso de desalojo por precario? X Si, El IV pleno establece que el demandante debe acreditar su mejor derecho a poseer, en consecuencia, la parte demandada debe acreditar que tiene un justo título que lo avale.
  3. ¿Estas posturas determinan algún conflicto entre poseedor y propietario? X Si, en realidad no basta con tener un título como un documento privado a público para acreditar posesión, ya que el juez de pleno derecho puede manifestarse sobre la validez de este título. En caso no considere que este sea valido fundamentara la demanda de desalojo. 4.- ¿Se requiere acreditar la mala fe en la posesión precaria? X No, el IV pleno aclara que no depende la buena o mala fe, si no de la falta de título legítimo que justifique su posesión. Recordemos que la propiedad está amparado en el art.70 de la constitución 5.- ¿Tiene relevancia el IV pleno casatorio en los procesos de desalojo por precario? X Si, tiene fuerza vinculante para jueces y tribunales, ya que unifica criterios para el concepto de precariedad, delimitando en si el análisis probatorio INTERPRETACION Estoy relativamente de acuerdo con el IV PLENO CASATORIO 2195-2011, en cuanto a la definición de precariedad, pues antes de ellos existía una incertidumbre sobre ello, sin embargo cuando se trata de hablar de la validez del título que posee el poseedor, considero que no está claro el tema, pues refiere que el Juez a criterio puede determinar si el título es válido o no, lo que deja una ventana abierta a muchas posibilidades de interpretación, hubiese sido mejor, que se establezca también un criterio de validez en cuanto a los títulos de precariedad presentados por la parte demandada. El precario no solamente es un invasor si no la persona que ocupa un bien sin derecho vigente, de esta manera se protege el derecho de propiedad como derecho real

pleno y exclusivo, adicional a ello recordemos que la propiedad también está amparada en la constitución art 70. Guía de Análisis Documental Título de Investigación: Determinación de título de poseedor precario y su influencia de validez en los procesos sumarísimos Objetivo Especifico N°2:

Interpretar la posesión precaria en el ordenamiento jurídico peruano respecto a

la protección fundamental respecto a la familia para casos de desalojo por

ocupante precario.

ITEM Valoració n

ARGUMENTOS

SI NO

  1. ¿Existen sentencias que hayan resuelto el concepto de poseedor precario respecto a la protección de la familia? X Si, si bien es cierto que el IV pleno casatorio civil no menciona sobre la defensa de la familia, existe la casación 4425-2015 Lima ESTE, donde los familiares directos no pueden ser desalojados ya que los vínculos de parentesco conforman a la familia como célula básica de la sociedad haciendo que la constitución lo ampare en su art. 4.
  2. ¿Puede considerar precario un familiar que habita en un bien inmueble? X No, si bien es cierto la sola relación familiar no basta para acreditar la justificación de la posesión, si embargo la jurisprudencia menciona que en defensa de la familia en muchas ocasiones es un escudo de precariedad.
  3. ¿Existe un valor del principio de solidaridad familiar frente a un derecho de propiedad? X Si, podríamos decir que contravendría el derecho de propiedad en su art 923, pues el propietario puede reivindicar usar usufructuar y enajenar el bien, sin embargo, recordemos que no todos los derechos son absolutos y que estos tienen límites, en este caso la familia. 4.- ¿Es necesario acreditar la relación de parentesco en el desalojo por precario? X Si, recordemos que en todo proceso debemos demostrar la existencia de algo que alegamos, bajo esa norma adjetiva siempre se debe acreditar que relación de parentesco se tiene. 5.- ¿El familiar que intenta ser desalojado puede alegar necesidad como defensa del proceso? X Si, adicional a la relación de parentesco, influye bastante el estado de necesidad, ya que la jurisprudencia debe cuidar o tutelar según lo normado en su art 2. INTERPRETACION Estoy de acuerdo con la protección que tiene la familia en los casos de desalojo por precario, sin embargo, es importante acreditar también el estado de necesidad, es decir en caso ese familiar sea desalojado, tendría un lugar donde ir, contaría con el dinero suficiente para ante un eventual