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LEGAL FORMAT EDUCATION SYSTEM OF HONDURAS
Typology: Summaries
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EMPRESA N ACIONAL DEE.N.A.G. A RTES GRÁFICAS
AÑO CXL TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 1 DE OCTUBRE DEL 2018. NUM. 34,
A.^1
Sección A Decretos y Acuerdos SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 0583-SE-2018 A. 1 - 32
Sección B Avisos Legales B. 1 - 16 Desprendible para su comodidad
ACUERDO No. 0583-SE-
Comayagüela, M.D.C., 16 de julio del 2018.
La Infrascrita Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación para su conocimiento y demás fines legales transcribe a usted el Acuerdo No.0583-SE- el que literalmente dice:
EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de estado en el Despacho de Educación, actúa por Mandato Constitucional por Delegación del Estado de Honduras, con las atribuciones
de autorizar los Decretos, Acuerdos, Reglamentos y demás
disposiciones que sean de su competencia en materia
Educativa-Administrativa.
CONSIDERANDO : Que la Constitución de La República
de Honduras, establece que la educación es función esencial
del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la
cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, preocupada por establecer un sistema de Archivo que contribuya a facilitar el Acceso a la Información, en el desenvolvimiento Educativo Nacional, a través de un sistema archivístico, crea un vínculo Educativo-
Administrativo en el manejo de la documentación que fluye de la Actividad que realiza la Secretaría de Educación, estableciendo un sistema de Archivo que se caracteriza por ser en base a una nomenclatura que se utilizará a nivel nacional.
CONSIDERANDO : En cumplimiento al Artículo 16 del Acuerdo de Creación del Archivo INSTITUCIONAL No.1275-SE-2016, de fecha 20 de julio del 2016, que ordena la creación de un Reglamento Interno, basado en un sistema de Nomenclatura, se da vigencia a lo expresado en el referido artículo 16, creando el presente Reglamento de Archivo por Sistema de Nomenclatura.
CONSIDERANDO: Que es deber de todo funcionario y empleado público cumplir y hacer que se cumplan lo establecido en la Constitución de la República, Leyes Generales del País, Convenios Internacionales, en este caso los funcionarios y empleados de la Secretaría de Educación cumplir con los preceptos legales establecidos en la Ley Fundamental de Educación, Leyes Educativas, y lo establecido en los Reglamentos que rigen el Sistema de
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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE OCTUBRE DEL 2018 No. 34,
DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230- Administración: 2230- Planta: 2230- CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Archivo INSTITUCIONAL de la Secretaría de Educación a nivel Nacional.
CONSIDERANDO : La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, reconoce que es necesario crear un Sistema de Archivo, que contribuya al fácil acceso del usuario, así como al manejo y control interno, por lo que reconoce que Los Documentos Públicos o Privados son fuente informativa primaria sobre el desarrollo económico, político y social de la Nación, y constituyen por lo mismo una parte de su patrimonio cultural.
CONSIDERANDO : El presente reglamento contiene las disposiciones legales, administrativas y técnicas que regularan la estandarización de la documentación que se genera en la Secretaría de Educación a Nivel Nacional, con la finalidad de establecer políticas, objetivos, normativas que deben aplicarse en todas las Unidades, Jefaturas, Direcciones, Sub Direcciones, Programas y Proyectos, Direcciones Departamentales, Direcciones Municipales, Distritales y Centros Educativos
a Nivel Nacional. Además, tiene la finalidad para que se
implementen varias normativas para proteger, salvaguardar,
organizar, clasificar todos los acervos documentales existentes
y se proteja para las futuras generaciones mediante el proceso
de la Digitalización, tanto en las Instituciones Educativas
Público y Privadas.
CONSIDERANDO : Que el mundo actual está regido por
la era digital, la Secretaría de Estado en el Despacho de
Educación, está interesada en implementar este sistema
hasta los últimos rincones de Honduras bajo la visión de
digitalizar su documentación para dejar un legado a las
futuras generaciones y así mejorar en sus procesos internos. Es necesario la pronta aplicación del sistema Archivístico por Nomenclatura. El presente Reglamento, regula el Sistema de Archivo por Nomenclatura, el que ha sido elaborado tomado como base el número asignado a cada Departamento y Municipio usado por el Registro Nacional de las Personas. En los Centros Educativos se adoptará como base el Código SACE.
CONSIDERANDO: La máxima autoridad ha aprobado, la creación de las nomenclatura de las unidades dependientes
para mejorar el proceso de la correspondencia interna dentro de las Direcciones, Sub Direcciones, Jefaturas, Programa y/o Proyecto, Direcciones Departamentales, Municipales, Distritales, Centros Educativos y Unidades Dependientes si la correspondencia interna y externa es de un gran volumen lo recomendable la creación de unidades con autoridad de generar su propia documentación siempre cuando respetando el orden de la nomenclatura, siendo la Nomenclatura aprobada por esta ley, la que se utilizará, para su uso y manejo en las Direcciones Departamentales que deberán adoptar en su documentación al momento de generarla.
CONSIDERANDO : Que son considerados Archivos Oficiales, los que existen bajo la jurisdicción del Estado, ya se trate del archivo que ha venido siendo utilizado a nivel Nacional tradicional, Archivos Ministeriales, Archivos que manejan las autoridades Departamentales de Educación, Municipales, Distritales, Comunitarias.
ACUERDA: PRIMERO: APROBAR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO PARA ELARCHIVO INSTITUCIONAL POR NOMENCLATURA :
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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE OCTUBRE DEL 2018 No. 34, documental o el conjunto de documentos existente en un archivo, de cualquier formato o soporte, producidos orgánicamente y/o reunidos, recibidos y utilizados por una persona particular, familiar u organismo en el ejercicio de sus actividades”. También es un conjunto de documentos producidos o generados y recibidos por una persona natural o jurídica, o una institución en todas sus oficinas o unidades y en las diferentes unidades administrativas durante el desarrollo de sus funciones o actividades.
b) Sub Fondo Documental: es el conjunto de documentos dentro de un fondo mayor, producido por una unidad administrativa subordinada y posee cierto grado de autonomía, pero subordinada a una autoridad o sección documental. O sea, los subfondos son una subdivisión de un fondo mayor comprende un conjunto de documentos relacionados entre sí.
c) Los Fondos y sus Subfondos: están divididas en
agrupaciones funcionales similares de la propia Documentación. La cuales son:
a.- Sección
b.- Subsección
c.- Serie
d.- Subserie
e.- Tipo de documento
d) Sección : Es la división mayor dentro del fondo y conviene
que concuerde con las funciones de las instituciones, En teoría la sección documental es una subdivisión del fondo, identificada con la producción documental de
e) una unidad o división administrativa o funcional de la
institución que produce el fondo. La sección es, pues, el conjunto de documentos generado debido a la actividad. (se puede determinar fácilmente por el Organigrama de la entidad)
f) Subsección : Coincide con las actividades de cada función. Puede haber varios niveles decrecientes. Dependiendo de
las unidades subordinadas y la documentación que cada uno genera.
g) La Serie Documental : se refiere a un conjunto de documentos que tienen un mismo origen, es decir, que responden a una misma función administrativa, tienen el mismo uso administrativo o están sujetos al mismo trámite. Además, estos documentos, tienen características similares en lo que se refiere a su contenido. A veces también tienen similitudes en su aspecto externo.
h) Subserie Documental : que es el conjunto de documentos o unidades agrupados dentro de una serie por cualquier razón derivada de su creación, recepción o utilización.
i) Unidad Documental : Es entendida como una unión de documentos en pro de generar una acción administrativa para que en su posterior trámite realice la función con motivo de su creación. Una unidad documental puede ser simple o compuesta dependiendo de los documentos que hagan parte de esta unión.
j) Correlativo: es lo que se sucede uno detrás de otro, o guardando un cierto orden o relación entre sí; ya se trate de números cada correlativo comenzará desde el número uno en adelante y se reiniciará cada año, cabe hacer la observación que cada correlativo tiene vigencia por año. Los correlativos deben de considerarse siempre dentro de la nomenclatura oficial.
k) Digitalizar: La digitalización es un proceso de convertir información analógica en formato digital.
l) Escáner: dispositivo de entrada que permite digitalizar imágenes, datos, señales y otro tipo de información con el propósito de leerla y hacer uso de ella para diversos fines.
m) Escanear: Pasar un documento físico y convertirlo en una imagen a través de un escáner.
n) Resolución de imagen : Es el grado de detalle o calidad de una imagen digital ya sea escaneada, fotografiada o impresa. Este valor se expresa en ppp (píxeles por pulgada) o en inglés dpi (dots per inch). Cuantos más píxeles contenga una imagen por pulgada lineal, mayor calidad tendrá.
o) Formatos de salida : formato digital en el cual se puede guardar los documentos escaneados son:
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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE OCTUBRE DEL 2018 No. 34, n.1: formato PDF : PDF (sigla del inglés Portable Document Format, «formato de documento portátil») es un formato de almacenamiento para documentos digitales independiente de plataformas de software o hardware.
n.2: JPG : son las siglas de Joint Photographic Experts Group, el nombre del grupo que creó este formato. jpg es un formato de compresión de imágenes, tanto en color como en escala de grises, con alta calidad (a todo color). Se considera que el formato jpg es mejor para fotografía digital.
n.3: JPEG : (Join Photograph Expert Group). Unión de Grupo de Expertos Fotográficos. Formato gráfico con compresión con pérdidas que consigue elevados ratios de compresión. Un formato de archivo gráfico que se utiliza para mostrar imágenes en color de alta resolución. Las imágenes JPEG aplican un esquema de compresión especificado por el usuario que puede reducir considerablemente los tamaños de archivos grandes asociados normalmente a imágenes en color con un mejor realismo fotográfico.
n.4 PNG : png (son las siglas de Portable Network Graphics, un formato de compresión de imágenes aprobado por el World Wide Web Consortium (W3C) como sustituto del formato .gif. Los archivos tipo .gif utilizan algoritmo de compresión de datos que está patentado, mientras que el formato. png no está patentado y no necesita licencia para su utilización.
n.5 BMP : Es la extensión correspondiente a los archivos BitMaP o Mapa de Bits. Es el formato de archivos gráficos de Windows. Son archivos gráficos de gran tamaño.
n.6 TIFF : Es un formato de gráficos antiguo que permite almacenar imágenes de mapas de bits (raster) muy grandes (más de 4 GB comprimidos) sin pérdida de calidad y sin considerar las plataformas o periféricos utilizados.
p) Nomenclatura : primera definición de este término se
puede inferir de su etimología y es la lista de nombres de cosas o personas. Otras definiciones son: el conjunto de las palabras que son específicas de un arte, técnica, ciencia, lista de palabras que se ordenan por temas; método uniforme y sistemático que se utiliza en las ciencias, con
el fin de fijar nombres para hacer clasificaciones y eludir ambigüedades en los nombres.
q) Taxonomía: Ciencia que trata de los principios, métodos y fines de la clasificación, generalmente científica; se aplica, en especial, dentro de la biología para la ordenación jerarquizada y sistemática de los grupos de animales y de vegetales. “la taxonomía se ocupa de la clasificación de los seres vivos, encuadrándolos en categorías como orden, familia o género”, Clasificación u ordenación en grupos de cosas que tienen unas características comunes.
r) Archivo: Conjunto de documentos, sea cual fuere su fecha de generación o el sistema utilizado para la generación del mismo, así como su forma empleada para generar los mismos y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona, entidad pública o privada, en el transcurso de su gestión, conservados respetando aquel orden para servir como testimonio e información a la persona o institución que los produce y a los ciudadanos.
s) Archivo de Gestión : se les asignará a todos aquellos documentos que tienen menos de 5 años desde la fecha de generación.
t) Archivo de Fondo: se les asignará a todos aquellos documentos que tienen mayor de 5 años desde la fecha de generación.
u) Según su ubicación topográfica y el uso continuo los archivos también se clasificarán de la siguiente manera:
T1: archivo de Trámite : Aquél en el cual se reúne la documentación en trámite en busca de solución a los asuntos indicados, sometida a continua utilización y consulta administrativa por las mismas oficinas u otras que lo soliciten.
T2: Archivos Centrales : Unidad administrativa donde se agrupan documentos transferidos o trasladados por los distintos archivos de gestión de la entidad respectiva, una vez finalizado su trámite, que siguen siendo vigentes y objeto de consulta administrativa por las mismas oficinas u otras que los soliciten.
v) Ciclo Vital del Documento : Etapas sucesivas por las que atraviesan los documentos desde su producción o recepción en la oficina y su conservación temporal, hasta su eliminación o integración a un archivo permanente.
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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE OCTUBRE DEL 2018 No. 34,
Artículo 12.- Todas las Unidades dependientes Internas que se ubican o encuentran dentro de cada Dirección Departamental deberán de incluir en su nomenclatura al momento de general documentación, la nomenclatura de su Dirección Departamental respectivamente.
Artículo 13.- Las Direcciones Municipales y Direcciones Distritales al momento de la generación de documentos deberán de adoptar después de sus siglas el código de área respectivo de su municipio.
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Teléfonos: (504) 2220-5583, 2222-1225, Fax: (504) 2222-1374, Consultas y Denuncias Gratuitas al 104 “Juntos estamos logrando la transformación del sistema educativo nacional” 18
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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE OCTUBRE DEL 2018 No. 34,
Teléfonos: (504) 2220-5583, 2222-1225, Fax: (504) 2222-1374, Consultas y Denuncias Gratuitas al 104 “Juntos estamos logrando la transformación del sistema educativo nacional” 20
0421 Santa Rita
0422 Trinidad de Copán
0423 Veracruz
Departamento de Cortés
0501 San Pedro Sula
0502 Choloma
0503 Omoa
0504 Pimienta
0505 Potrerillos
0506 Puerto Cortés
0507 San Antonio de Cortés
0508 San Francisco de Yojoa
0509 San Manuel
0510 Santa Cruz de Yojoa
0511 Villanueva
0512 La Lima
Departamento de Choluteca
0601 Choluteca
0602 Apacilagua
0603 Concepción de María
0604 Duyure
0605 El Corpus
0606 El Triunfo
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Teléfonos: (504) 2220-5583, 2222-1225, Fax: (504) 2222-1374, Consultas y Denuncias Gratuitas al 104 “Juntos estamos logrando la transformación del sistema educativo nacional” 21
0607 Marcovia
0608 Morolica
0609 Namasigue
0610 Orocuina
0611 Pespire
0612 San Antonio de Flores
0613 San Isidro
0614 San José
0615 San Marcos de Colón
0616 Santa Ana de Yusguare
Departamento de El Paraíso
0701 Yuscarán
0702 Alauca
0703 Danlí
0704 El Paraíso
0705 Güinope
0706 Jacaleapa
0707 Liure
0708 Morocelí
0709 Oropolí
0710 Potrerillos
0711 San Antonio de Flores
0712 San Lucas
0713 San Matías
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Teléfonos: (504) 2220-5583, 2222-1225, Fax: (504) 2222-1374, Consultas y Denuncias Gratuitas al “Juntos estamos logrando la transformación del sistema educativo nacional” 23
0818 San Buenaventura
0819 San Ignacio
0820 San Juan de Flores
0821 San Miguelito
0822 Santa Ana
0823 Santa Lucía
0824 Talanga
0825 Tatumbla
0826 Valle de Ángeles
0827 Villa de San Francisco
0828 Vallecillo
Departamento de Gracias a Dios
0901 Puerto Lempira
0902 Brus Laguna
0903 Ahuas
0904 Juan Francisco Bulnes
0905 Ramón Villeda Morales
0906 Wampusirpe
Departamento de Intibucá
1001 La Esperanza
1002 Camasca
1003 Colomoncagua
1004 Concepción
1005 Dolores
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1006 Intibucá
1007 Jesús de Otoro
1008 Magdalena
1009 Masaguara
1010 San Antonio
1011 San Isidro
1012 San Juan de Flores
1013 San Marcos de la Sierra
1014 San Miguel Guancapla
1015 Santa Lucía
1016 Yamaranguila
1017 Sn.Francisco de Opalaca
Departamento de Islas de la Bahía
1101 Roatán
1102 Guanaja
1103 José Santos Guardiola
1104 Utila
Departamento de La Paz
1201 La Paz
1202 Aguantequerique
1203 Cabañas
1204 Cane
1205 Chinacla
1206 Guajiquiro
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Teléfonos: (504) 2220-5583, 2222-1225, Fax: (504) 2222-1374, Consultas y Denuncias Gratuitas al 104 “Juntos estamos logrando la transformación del sistema educativo nacional” 26
1311 La Unión
1312 La Virtud
1313 Lepaera
1314 Mapulaca
1315 Piraera
1316 San Andrés
1317 San Francisco
1318 San Juan Guarita
1319 San Manuel Colohete
1320 San Rafael
1321 San Sebastián
1322 Santa Cruz
1323 Talgua
1324 Tambla
1325 Tomalá
1326 Valladolid
1327 Virginia
1328 San Marcos de Caiquín
Departamento de Ocotepeque
1401 Nueva Ocotepeque
1402 Belén Gualcho
1403 Concepción
1404 Dolores Merendón
1405 Fraternidad
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1406 La Encarnación
1407 La Labor
1408 Lucerna
1409 Mercedes
1410 San Fernando
1411 San Francisco del Valle
1412 San Jorge
1413 San Marcos
1414 Santa Fe
1415 Sensenti
1416 Sinuapa
Departamento de Olancho
1501 Juticalpa
1502 Campamento
1503 Catacamas
1504 Concordia
1505 Dulce Nombre de Culmí
1506 El Rosario
1507 Esquipulas del Norte
1508 Gualaco
1509 Guarizama
1510 Guata
1511 Guayape
1512 Jano
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1613 Macuelizo
1614 Naranjito
1615 Nuevo Celilac
1616 Petoa
1617 Protección
1618 Quimistán
1619 San Francisco de Ojuera
1620 San Luis
1621 San Marcos
1622 San Nicolás
1623 San Pedro Zacapa
1624 Santa Rita
1625 San Vicente Centenario
1626 Trinidad
1627 Las Vegas
1628 Nueva Frontera
Departamento de Valle
1701 Nacaome
1702 Alianza
1703 Amapala
1704 Aramecina
1705 Caridad
1706 Goascorán
1707 Langue
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1708 San Francisco de Coray
1709 San Lorenzo
Departamento de Yoro
1801 Yoro
1802 Arenal
1803 El Negrito
1804 El Progreso
1805 Jocón
1806 Morazán
1807 Olanchito
1808 Santa Rita
1809 Sulaco
1810 Victoria
1811 Yorito
Capítulo IV Aplicación
Articulo 14.- La nomenclatura de correspondencia oficial que será asignada
para las Unidades de Nivel Centra l estará formada de la siguiente manera:
Primero: Serie Documental, Segundo: El correlativo, Tercero: La
nomenclatura de la Unidad, Cuarto : el Año actual. Si las unidades tienen
dentro de ellas mismas sub secciones o unidades dependientes subordinadas
deberán aplicar la nomenclatura de unidad dependiente después del año, así
se añadirá la nomenclatura de la unidad dependiente.
Ejemplo # 1 Nomenclatura para las Unidades Nivel Central
Capítulo IV. Aplicación
Artículo 14.- La nomenclatura de correspondencia oficial que será asignada para las Unidades de Nivel Central, estará formada de la siguiente manera: Primero: Serie Documental, Segundo: El correlativo, Tercero: La nomenclatura de la Unidad, Cuarto: el Año actual. Si las unidades tienen dentro de ellas mismas subsecciones o unidades dependientes subordinadas deberán aplicar la nomenclatura de unidad dependiente después del año, así se añadirá la nomenclatura de la unidad dependiente.
Ejemplo # 1 Nomenclatura para las Unidades Nivel Central