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Un análisis detallado de la ley orgánica de deporte, actividad física y educación física de venezuela, explorando su estructura, objetivos, funciones, y los órganos y entes responsables de su implementación. Se destaca la importancia de la gestión económica y el fondo nacional para el desarrollo del deporte, la actividad física y la educación física, así como el régimen disciplinario y las violaciones a la ley.
Typology: Schemes and Mind Maps
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Profesora: Elaborado por: Marcelo Requena TSU en Investigación Penal Magallanes Luis C.I.: 28.050. Primer Año. Sección 15 San Juan de los Morro 22 de marzo 2025
El presente trabajo pretender definir, la estructura que presenta la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, la direccionalidad en materia de deporte, actividad física y educación física. Con la publicación en Gaceta Oficial el día 23 de agosto de 2011 de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física se inicia un proceso de transformación en la promoción, organización y administración del deporte y la actividad física como servicios públicos, reconociéndolos como derecho fundamental de los ciudadanos y ciudadanas y como un deber social de Estado. En este sentido, el Estado se orienta hacia la construcción de un modelo deportivo que se fundamente en los principios del Socialismo del siglo XXI.
Los principios fundamentales de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela establecen las bases para la promoción, organización, definición de términos y administración del deporte. La Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela representa un esfuerzo por institucionalizar y regular el deporte en el país, promoviendo su desarrollo en todas las esferas de la sociedad. Al basarse en principios de inclusión, salud, desarrollo integral y participación, esta ley busca no solo elevar el nivel del deporte venezolano, sino también mejorar la calidad de vida de la población a través de la actividad física. Es fundamental que se implementen de manera efectiva las disposiciones establecidas para que se alcancen los objetivos propuestos. Este Título está constituido desde el Artículo 1 hasta el Artículo 20. 2- TÍTULO II DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y LA EDUCACIÓN FÍSICA En este Título está constituido por un Capitulo y desde el Articulo 21 al Artículo 26. Los mismos se describen a continuación: 2.1 Capítulo I De la creación, componentes, propósitos y subsistemas. Artículo 21 Creación del Sistema Artículo 22 Propósitos del Sistema Articulo 23 Subsistemas Articulo 24 Planificación nacional de deporte, actividad física y educación física Articulo 25 Propósitos del Plan Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física Articulo 26 Objetivos de la planificación Análisis La Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela fue creada con el objetivo de establecer un marco normativo que regule y promueva el deporte y la actividad física en el país. Su creación responde a la necesidad de fomentar
una cultura deportiva que contribuya al desarrollo integral de la población, así como a la salud y el bienestar social. La ley busca también alinearse con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y desarrollo sostenible. Los componentes de la ley incluyen: Definiciones y principios: Se establecen conceptos clave relacionados con el deporte, la actividad física y la educación física, así como los principios que guiarán su práctica. Derechos y deberes: Se especifican los derechos de los ciudadanos a participar en actividades deportivas y los deberes del Estado para garantizar su acceso. Organización y estructura: Se define la estructura organizativa del sistema deportivo en Venezuela, incluyendo las instituciones responsables de la promoción y regulación del deporte. Financiamiento: Se abordan las fuentes de financiamiento para el desarrollo de la actividad física y el deporte, incluyendo la inversión pública y privada. Los propósitos de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física son: Promover la salud y el bienestar: Fomentar estilos de vida saludables a través de la actividad física y el deporte. Desarrollo integral: Contribuir al desarrollo físico, mental y social de las personas mediante la práctica deportiva. Inclusión social: Garantizar que todas las personas, sin distinción, tengan acceso a la actividad física y al deporte. Formación de valores: Promover valores como el respeto, la solidaridad, la disciplina y el trabajo en equipo a través de la práctica deportiva. Fortalecimiento del deporte nacional: Impulsar el desarrollo del deporte en todas sus modalidades, incluyendo el alto rendimiento. La ley establece varios subsistemas que son fundamentales para su implementación: Subsistema de Deporte: Se enfoca en la promoción y desarrollo del deporte en todas sus modalidades, incluyendo el deporte escolar, universitario y profesional. Subsistema de Actividad Física: Se centra en la promoción de la actividad física como parte de un estilo de vida saludable, abarcando programas para diferentes grupos etarios y condiciones.
Promoción del Deporte: Fomentar la práctica del deporte en todas sus modalidades, tanto a nivel amateur como profesional. Esto incluye la organización de eventos deportivos y la creación de programas que incentiven la participación de la población. Desarrollo de Talento Deportivo: Identificar y apoyar a los atletas con potencial para el alto rendimiento, proporcionando recursos y formación adecuada para su desarrollo. Regulación y Supervisión: Establecer normativas y regulaciones que garanticen la calidad y la ética en la práctica deportiva, así como supervisar el cumplimiento de estas normativas por parte de las federaciones y organizaciones deportivas. Formación y Capacitación: Promover la formación de entrenadores, árbitros y otros profesionales del deporte, asegurando que cuenten con las competencias necesarias para contribuir al desarrollo deportivo del país. Infraestructura Deportiva: Participar en la planificación y construcción de instalaciones deportivas adecuadas, garantizando que existan espacios suficientes y de calidad para la práctica del deporte. El Instituto Nacional de Deportes es un pilar fundamental en la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela. Su papel en la promoción, regulación y desarrollo del deporte es esencial para alcanzar los objetivos establecidos por la ley, contribuyendo al bienestar y desarrollo integral de la población. Capítulo II De las organizaciones sociales de promoción y desarrollo del deporte y la actividad física Artículo 34 Clasificación Articulo 35 Comités de recreación y deporte de los consejos comunales Articulo 36 Deporte no federado Articulo 37 Consejos de actividad física y deporte de las comunas Articulo 38 Comisiones nacionales del movimiento deportivo asociativo
Articulo 39 Autonomía de las organizaciones de carácter asociativo y su colaboración con el Estado Articulo 40 Estructura básica Articulo 41 Régimen de participación Articulo 42 Clubes Artículo 43 De la elección de las autoridades de los clubes Articulo 44 Asociaciones deportivas estadales Articulo 45 Cooperación y coordinación Articulo 46 Funcionamiento Artículo 47 De la elección de sus autoridades Articulo 48 Federaciones deportivas nacionales Articulo 49 Atribuciones de las federaciones deportivas nacionales Artículo 50 De la elección de sus autoridades Articulo 51 Comité Olímpico Venezolano Articulo 52 Atribuciones Análisis Las organizaciones sociales de promoción y desarrollo del deporte son entidades que operan en el ámbito comunitario y que tienen como objetivo fomentar la práctica del deporte y la actividad física entre la población. Estas organizaciones pueden incluir clubes deportivos, asociaciones comunitarias, fundaciones y otras iniciativas que buscan promover el acceso al deporte y la actividad física. Las organizaciones sociales desempeñan diversas funciones clave, tales como: Promoción de la Actividad Física: Fomentan la participación de la comunidad en actividades deportivas y recreativas, organizando eventos, torneos y programas de formación. Inclusión Social: Trabajan para garantizar que grupos vulnerables, como niños, jóvenes, personas con discapacidad y adultos mayores, tengan acceso a oportunidades deportivas, promoviendo la equidad y la inclusión. Desarrollo de Talento: Identifican y apoyan a jóvenes talentos en el deporte, brindando formación y recursos para su desarrollo. Educación y Conciencia: Realizan campañas de sensibilización sobre la importancia de la actividad física para la salud y el bienestar, educando a la comunidad sobre hábitos saludables.
ya que coordina actividades y programas que buscan integrar la educación física en el currículo escolar.
Artículos 66 Proyectos de actividad física y deportes Artículos 67 Promoción de organizaciones productoras de bienes y servicios Análisis La gestión económica en el contexto de esta ley es fundamental para garantizar el desarrollo y la sostenibilidad de las actividades deportivas y de educación física en el país. A continuación, se presentan algunos puntos clave sobre este tema:
que realmente beneficien a la comunidad. Es fundamental que existan mecanismos de control y auditoría para asegurar que los fondos se manejen de manera responsable. Proyectos Financiados: El fondo puede financiar una amplia gama de proyectos, desde la construcción de instalaciones deportivas hasta programas de formación para entrenadores y atletas. También puede apoyar iniciativas que promuevan la inclusión social a través del deporte, como programas dirigidos a comunidades vulnerables. El Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física es una herramienta fundamental para impulsar el desarrollo deportivo en Venezuela. Su éxito depende de una gestión eficiente, transparencia en el uso de los recursos y un enfoque en las necesidades de la comunidad. 5- TÍTULO V DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO, JURISDICCIÓN Y LAS VIOLACIONES A LA LEY El régimen disciplinario de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela establece las sanciones que se pueden aplicar a los atletas y a las entidades deportivas. En este Título está constituido por dos Capitulo y desde el Articulo 71 al Artículo 87. Los mismos se describen a continuación: 5.1 Capítulos Capítulo I De la disciplina en el deporte Artículo 71 Potestad disciplinaria Artículo 72 Ejercicio de la potestad disciplinaria Artículo 73 Procedimiento aplicable Artículo 74 Reglas mínimas para infracciones y sanciones Artículo 75 Consideraciones sobre niños, niñas y adolescentes Artículo 76 Suspensión o cancelación de registros Artículo 77 Comisión de Justicia Deportiva Artículo 78 Miembros de la Comisión de Justicia Deportiva
Análisis La Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física establece un conjunto de normas que promueven la práctica del deporte de manera organizada y responsable. La disciplina se considera un valor esencial que debe ser fomentado en todos los niveles de la actividad deportiva. La ley enfatiza la importancia de los valores éticos en el deporte, como el respeto, la honestidad y la responsabilidad. La disciplina se relaciona directamente con estos valores, ya que implica seguir reglas y normas, tanto en la práctica como en la competencia. La ley promueve una formación integral de los atletas, que incluye no solo el desarrollo físico, sino también el aspecto mental y ético. La disciplina es un componente clave en este proceso, ya que ayuda a los deportistas a establecer hábitos de trabajo, autocontrol y compromiso con sus objetivos. Establece mecanismos de regulación y control para garantizar que las actividades deportivas se realicen de manera justa y ordenada. Esto incluye la supervisión de competiciones y la aplicación de sanciones en caso de violaciones a las normas, lo que refuerza la importancia de la disciplina en el deporte. La ley busca fomentar una cultura deportiva que valore la disciplina como un pilar fundamental. Esto implica la educación de entrenadores, atletas y la comunidad en general sobre la importancia de la disciplina en el logro de metas deportivas y en la formación de ciudadanos responsables. Desarrollo de Programas de Formación: La Ley Orgánica promueve la creación de programas de formación que incluyan aspectos de disciplina y ética deportiva. Estos programas son esenciales para cultivar una mentalidad disciplinada en los jóvenes deportistas, ayudándoles a entender la importancia de la dedicación y el esfuerzo en su desarrollo. La disciplina en el deporte, según la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela, es un elemento esencial que se entrelaza con los valores éticos y la formación integral de los deportistas. La ley establece un marco que busca promover la disciplina como un pilar fundamental para el desarrollo del deporte en el país, enfrentando desafíos y buscando crear una cultura deportiva sólida. Capítulo II De las violaciones a la ley
Análisis Es fundamental que las comisiones trabajen de forma conjunta para lograr un desarrollo integral del deporte y la actividad física en el país. La colaboración entre la Comisión Nacional de Deporte, la Comisión Nacional de Actividad Física y la Comisión Nacional de Educación Física puede potenciar iniciativas que aborden desde la formación de talentos deportivos hasta la promoción de hábitos saludables en la población. La promoción del deporte y la actividad física no solo contribuye al desarrollo físico y mental de los individuos, sino que también puede tener un impacto positivo en la cohesión social y en la reducción de la violencia y el delito en el país. Las comisiones nacionales establecidas en la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física de Venezuela desempeñan un papel crucial en la estructuración del sistema deportivo y educativo del país. Su éxito depende de la coordinación interinstitucional, el compromiso con la formación continua y la inversión en infraestructura y recursos. 7- DISPOSICIONES 7.1 Disposiciones Transitorias Las disposiciones transitorias son artículos de una ley que regulan situaciones temporales. Su función es facilitar el tránsito entre un orden jurídico y otro. La Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física consta de nueve Disposiciones Transitorias 7.2 Disposición Derogatoria Precepto que se incluye en la parte final de un texto normativo y que menciona las normas hasta ahora vigentes que resultan derogadas por la nueva. Esta ley consta de una Única de Disposición Derogatoria. 7.3 Disposiciones Finales Las disposiciones finales de una ley son un elemento que se encuentra al final de una iniciativa legislativa y que no forma parte del cuerpo de la ley. Esta Ley consta de dos Disposiciones Finales Esta Ley fue firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas el 15 de agosto del 2011. Los diputados Firmante fueron:
FERNANDO SOTO ROJAS Presidente de la Asamblea Nacional ARISTÓBULO ISTÚRIZ ALMEIDA Primer Vicepresidente BLANCA EeKHOUT GÓMEZ Segunda Vicepresidenta IVÁN ZERPA GUERRERO Secretario VÍCTOR CLARK BOSCÁN Subsecretario