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Tipo: Resúmenes
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-Sistemas de enjuiciamiento penal-Sistemas de enjuiciamiento penal 1! Acusato"io1! Acusato"io:: Dominó el mundo antiguo en la época de apogeo de las republicas (Grecia y Roma) , como la modernasDominó el mundo antiguo en la época de apogeo de las republicas (Grecia y Roma) , como la modernas ( Francia).( Francia). La característica undamental resude en la di!isión de los poderes e"ercidos en el proceso, por un lado elLa característica undamental resude en la di!isión de los poderes e"ercidos en el proceso, por un lado el acusador, #uiacusador, #uien persigue penalmente y e"erce elen persigue penalmente y e"erce el poder re#uirente, el imputado #uien resiste lapoder re#uirente, el imputado #uien resiste la imputación yimputación y inalmente el tribunal #uien decide.inalmente el tribunal #uien decide.
Ca"acte"#sticasCa"acte"#sticas $. "urisdicción reside en tribunales populares: eran asambleas o tribunales constituidos por "urados.$. "urisdicción reside en tribunales populares: eran asambleas o tribunales constituidos por "urados. %l tribunal es un &rbitro entre las dos partes (acusador y acusado).%l tribunal es un &rbitro entre las dos partes (acusador y acusado). '.La persecución penal se coloca en'.La persecución penal se coloca en manos de un acusador. odía ser el oendido omanos de un acusador. odía ser el oendido o cual#uier ciudadano.cual#uier ciudadano. .%l acusado es un su"eto de.%l acusado es un su"eto de derecos, en posición de igualdad conderecos, en posición de igualdad con el acusador.el acusador. +.%l procedimiento consiste en un debate oral, publico, continuo y contradictorio.+.%l procedimiento consiste en un debate oral, publico, continuo y contradictorio. . -ntima con!icción en la !aloración de la prueba.. -ntima con!icción en la !aloración de la prueba. . /entencia es el resultado de. /entencia es el resultado de la mayoría de los !otos. %s irrecurrible.la mayoría de los !otos. %s irrecurrible. $! In%uisiti&o$! In%uisiti&o Responde a la concepción absoluta del poder central, centrali0ación de todos los atributos en una 1nica persona,Responde a la concepción absoluta del poder central, centrali0ación de todos los atributos en una 1nica persona, la del in#uisidor. /us inalidades son la persecución p1blica de losla del in#uisidor. /us inalidades son la persecución p1blica de los delitos, y el procedimiento dirigido adelitos, y el procedimiento dirigido a lala a!eriguación de la !erdad.a!eriguación de la !erdad. 2u!o !igencia durante todo el siglo 3--- *asta la2u!o !igencia durante todo el siglo 3--- *asta la re!olución rancesa.re!olución rancesa. Ca"acte"#sticasCa"acte"#sticas $. 4urisdicción penal residía en el monarca o el príncipe. Delega ese poder a sus uncionarios (in#uisidores) y lo$. 4urisdicción penal residía en el monarca o el príncipe. Delega ese poder a sus uncionarios (in#uisidores) y lo reasume cuando es necesario (re!isión de recursos).reasume cuando es necesario (re!isión de recursos).
'. %l poder de perseguir también est& en manos de la misma persona del in#uisidor.'. %l poder de perseguir también est& en manos de la misma persona del in#uisidor.. %l acusado es u n ob"eto de la persecución. %ra obligado a incriminarse mediante torturas.. %l acusado es u n ob"eto de la persecución. %ra obligado a incriminarse mediante torturas.
+. %l procedimiento consiste en una in!estigación secreta, escrita, discontinua, no contradictorio (alta de debate)+. %l procedimiento consiste en una in!estigación secreta, escrita, discontinua, no contradictorio (alta de debate) . Dominaba el sistema de la prueba legal o tasada.. Dominaba el sistema de la prueba legal o tasada. . %l allo era recurrible.. %l allo era recurrible. %l poder se de!ol!ía al R%l poder se de!ol!ía al Reyey.. '! Sistema in%uisiti&o "e(o"mado o sistema mi)to'! Sistema in%uisiti&o "e(o"mado o sistema mi)to erduran las dos m&5imas undamentales de la in#uisición: la persecución p1blica de los delitos, y laerduran las dos m&5imas undamentales de la in#uisición: la persecución p1blica de los delitos, y la a!eriguación de la !erdad istórica como meta del procedimiento, pero se transormaran en !alores relati!os,a!eriguación de la !erdad istórica como meta del procedimiento, pero se transormaran en !alores relati!os, superados por derecos y garantías de los imputados #ue tienen raigambre constitucional.superados por derecos y garantías de los imputados #ue tienen raigambre constitucional. La solución ue un compromiso, siguieron rigiendo ciertas reglas de la in#uisición, pero se incorporaron ormasLa solución ue un compromiso, siguieron rigiendo ciertas reglas de la in#uisición, pero se incorporaron ormas acusatorias.acusatorias. Rigió desde la %dad moderna *asta la actualidad.Rigió desde la %dad moderna *asta la actualidad. Ca"acte"#sticasCa"acte"#sticas $. 4urisdiccion es e"ercida por tribunales compuestos por "urados o por "ueces proesionales de instrucción #ue$. 4urisdiccion es e"ercida por tribunales compuestos por "urados o por "ueces proesionales de instrucción #ue tienen a cargo la in!estigación preliminar.tienen a cargo la in!estigación preliminar. '.La persecución penal est& en ma'.La persecución penal est& en manos de un órgano estatal enos de un órgano estatal especiico: 6Fspeciico: 6F. %5cepto delitos de acción pri!ada.. %5cepto delitos de acción pri!ada.
.%l imputado es su"eto de.%l imputado es su"eto de derecos, go0a del status "urídico deGo0a de libertad de deensa. /e e#uipara al acusador durante el debate.Go0a de libertad de deensa. /e e#uipara al acusador durante el debate.derecos, go0a del status "urídico de inocente asta #ue sea declarado culpable.inocente asta #ue sea declarado culpable. +.%l procedimiento consiste en una in!estigación preliminar a cargo del "ue0 de instrucción, #ue mantiene los+.%l procedimiento consiste en una in!estigación preliminar a cargo del "ue0 de instrucción, #ue mantiene los principales rasgos del sistema in#uisiti!o.principales rasgos del sistema in#uisiti!o. Le sigue un procedimiento intermedio #ue sir!e de control.Le sigue un procedimiento intermedio #ue sir!e de control. or 1ltimo el "uicio o debate #or 1ltimo el "uicio o debate #ue pone in al proceso. 7llí se preser!an todas las oue pone in al proceso. 7llí se preser!an todas las ormas acusatorias.rmas acusatorias. .%l allo es recurrible, pero limitado para la acusación. 8o para el imputado #uien tiene la garantía del doble.%l allo es recurrible, pero limitado para la acusación. 8o para el imputado #uien tiene la garantía del doble conorme.conorme. 94uicio re!io:94uicio re!io: 8adie puede ser penado sin "uicio pre!io undado en ley anterior al eco del proceso.8adie puede ser penado sin "uicio pre!io undado en ley anterior al eco del proceso. -mpone la necesidad de e5istencia de sentencia "udicial irma de condena para aplicar una penal a alguien. 4uicio-mpone la necesidad de e5istencia de sentencia "udicial irma de condena para aplicar una penal a alguien. 4uicio y sentencia son sinónimos.y sentencia son sinónimos. %l "uicio sentencia debe ser el resultado de un procedimiento imparcial, #ue permita al imputado amplia%l "uicio sentencia debe ser el resultado de un procedimiento imparcial, #ue permita al imputado amplia oportunidad y libertad de deensa y con el respeto de sus derecos y garantías.oportunidad y libertad de deensa y con el respeto de sus derecos y garantías. %l "uicio es tarea del poder%l "uicio es tarea del poder "udicial, es decir corresponde al "ue0"udicial, es decir corresponde al "ue0 natural. ; la sentencia "udicial debe ser undadanatural. ; la sentencia "udicial debe ser undada para ser !&lida, es decir e5posición de las ra0ones de eco y dereco #ue "ustiican la decisión.para ser !&lida, es decir e5posición de las ra0ones de eco y dereco #ue "ustiican la decisión. La sentencia penal pronunciada por órgano competente es el 1nico undamento #ue admite aplicar una pena. LaLa sentencia penal pronunciada por órgano competente es el 1nico undamento #ue admite aplicar una pena. La pena es siempre p1blica y el principio de autonomía de la !oluntad tiene escasa importancia en dereco penal.pena es siempre p1blica y el principio de autonomía de la !oluntad tiene escasa importancia en dereco penal. /e debe tratar de un procedimiento "urídico, reglado por ley y acorde a las pautas constitucionales del art. $<. %s/e debe tratar de un procedimiento "urídico, reglado por ley y acorde a las pautas constitucionales del art. $<. %s decir el dereco procesal penal es ley reglamentaria de la constitución.decir el dereco procesal penal es ley reglamentaria de la constitución.
Ca"acte"#sticas *+sicas del p"oceso penalCa"acte"#sticas *+sicas del p"oceso penal 1,uicio o"al1,uicio o"al: la oralidad es un instrumento #ue sir!e para preser!ar el principio de inmediación, la publicidad del: la oralidad es un instrumento #ue sir!e para preser!ar el principio de inmediación, la publicidad del "uicio y la personali0ación de la unción "udicial."uicio y la personali0ación de la unción "udicial. La oralidad representa un medio de comunicación entre las partes y el "ue0. /i se utili0a la palabra *ablada, lasLa oralidad representa un medio de comunicación entre las partes y el "ue0. /i se utili0a la palabra *ablada, las personas deben estar presentes (inmediación) y adem&s se comunican de un modo &cilmente controlablepersonas deben estar presentes (inmediación) y adem&s se comunican de un modo &cilmente controlable (publicidad).(publicidad). La inmediación permite #ue los actos #ue ingresan al proceso lo agan de la manera m&s segura posible, ya #ueLa inmediación permite #ue los actos #ue ingresan al proceso lo agan de la manera m&s segura posible, ya #ue se reali0a con la m&5ima presencia de las personas. Los medio de prueba se re1nen en una misma oportunidad,se reali0a con la m&5ima presencia de las personas. Los medio de prueba se re1nen en una misma oportunidad, y son obser!ados sin interrupciones y pueden ser controlados por las partes (principio de concentración).y son obser!ados sin interrupciones y pueden ser controlados por las partes (principio de concentración). La oralidad es un mecanismo #ueLa oralidad es un mecanismo #ue genera un sistema de comunicación entre el "ugenera un sistema de comunicación entre el "ue0, las partes ye0, las partes y los medios delos medios de prueba #ue permite descubrir la !erdad de un modo eica0 y controlado.prueba #ue permite descubrir la !erdad de un modo eica0 y controlado. $, El juicio p.lico$, El juicio p.lico::
/e relaciona con una unción de la "usticia penal #ue consiste en trasmitir mensa"es a la sociedad acerca de la/e relaciona con una unción de la "usticia penal #ue consiste en trasmitir mensa"es a la sociedad acerca de la !igencia de !alores (re!ención general), insertar la "usticia social.!igencia de !alores (re!ención general), insertar la "usticia social. La publicidad signiica #ue las decisiones de los tribunales son transparentes, #ue cumplen con el principioLa publicidad signiica #ue las decisiones de los tribunales son transparentes, #ue cumplen con el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno #ue permite el control sobre la administración de "usticia.republicano de publicidad de los actos de gobierno #ue permite el control sobre la administración de "usticia. osibilidad de #ue cual#uier persona pueda asistir al "uicio y obser!ar lo #ue allí sucede, las restricciones a laosibilidad de #ue cual#uier persona pueda asistir al "uicio y obser!ar lo #ue allí sucede, las restricciones a la publicada solo son admisibles constitucionalmente cuandopublicada solo son admisibles constitucionalmente cuando se undan en ra0ones seriasse undan en ra0ones serias abarcadas por la ley.abarcadas por la ley. ', uicio po" ju"ados', uicio po" ju"ados %5isten tradicionalmente dos mecanismos:%5isten tradicionalmente dos mecanismos: /eg1n el primero, un grupo de ciudadanos deliberan entre si, seg1n indicaciones #ue les imparte el "ue0/eg1n el primero, un grupo de ciudadanos deliberan entre si, seg1n indicaciones #ue les imparte el "ue proesional, determinan si la persona es culpable o no y luego el "ue0 proesional determina las consecuenciasproesional, determinan si la persona es culpable o no y luego el "ue0 proesional determina las consecuencias legales de la acción., %s una delegales de la acción., %s una decisión con"unta raccionada en dos momentos.cisión con"unta raccionada en dos momentos. %s el modelo cl&sico o anglosa"ón.%s el modelo cl&sico o anglosa"ón. %l segundo modelo, esta conormado por un grupo de "ueces proesiones y legos, #ue deliberan en con"unto y%l segundo modelo, esta conormado por un grupo de "ueces proesiones y legos, #ue deliberan en con"unto y llegan a la solución total del caso. /e lo denomina escabinado.llegan a la solución total del caso. /e lo denomina escabinado. 8uestra constitución tiene en !ista el modelo8uestra constitución tiene en !ista el modelo anglosa"ón.anglosa"ón. 9La carencia de undamentación de las decisiones del "urado es una ob"eción recuente.9La carencia de undamentación de las decisiones del "urado es una ob"eción recuente. 6aier *ace una sal!edad respecto de la6aier *ace una sal!edad respecto de la undamentación de las sentencias, las #ue sundamentación de las sentencias, las #ue solo cabe undar cuando seolo cabe undar cuando se
trata de tribunales integrados por "ueces proesionales y permanentes. Frente a la e5igencia constitucional deltrata de tribunales integrados por "ueces proesionales y permanentes. Frente a la e5igencia constitucional del"uicio por "urados esa undamentación no puede ser e5igible."uicio por "urados esa undamentación no puede ser e5igible.
/in embargo #ue los "urados no tengan #ue dar ra0ones de su con!icción no signiica #ue sus !eredictos sean/in embargo #ue los "urados no tengan #ue dar ra0ones de su con!icción no signiica #ue sus !eredictos sean discrecionales o arbitrarios. La correlación entre las indicaciones impartidas y el !eredicto se muestra como unadiscrecionales o arbitrarios. La correlación entre las indicaciones impartidas y el !eredicto se muestra como una premisa y su conclusión #ue debenpremisa y su conclusión #ue deben e5presar los undamentos de esta 1ltima.e5presar los undamentos de esta 1ltima. %n las instrucciones est&%n las instrucciones est& determinada la ley aplicable al caso.determinada la ley aplicable al caso. 9%l "uicio por "urados aparece en la segunda parte del te5to constitucional designada autoridades de la nación,9%l "uicio por "urados aparece en la segunda parte del te5to constitucional designada autoridades de la nación, donde se establece #ue es atribución del congreso dictar las layes para su implementación y #ue ese es el mododonde se establece #ue es atribución del congreso dictar las layes para su implementación y #ue ese es el modo en el #ue deben concluir los "uicios ordinarios. ero también aparece en la primera parte (derecos y gtías.)en el #ue deben concluir los "uicios ordinarios. ero también aparece en la primera parte (derecos y gtías.) donde dice #ue el congreso promo!er la implementación del "uicio por "urados.donde dice #ue el congreso promo!er la implementación del "uicio por "urados. Debe determinarse si es un garantía #ue resguarda el dereco a ser "u0gado por sus pares o si se trata de unaDebe determinarse si es un garantía #ue resguarda el dereco a ser "u0gado por sus pares o si se trata de una estructura organi0ati!a de las autoridades #ue e"ercen el poder "urisdiccional. %s decir si estamos ante unaestructura organi0ati!a de las autoridades #ue e"ercen el poder "urisdiccional. %s decir si estamos ante una disposición irrenunciable (imperati!o constitucional)o si estamos ante una garantía indi!idual #ue solo puede serdisposición irrenunciable (imperati!o constitucional)o si estamos ante una garantía indi!idual #ue solo puede ser e"ercido o declinado por a#uel a cuyo a!or se reconoce y #ue por lo tanto puede ser renunciable.e"ercido o declinado por a#uel a cuyo a!or se reconoce y #ue por lo tanto puede ser renunciable. =endler se inclina por la opción a a!or del su"eto sobre el #ue se e"erce el poder puniti!o, ya el dereco penal=endler se inclina por la opción a a!or del su"eto sobre el #ue se e"erce el poder puniti!o, ya el dereco penal tienen a la protección del mastienen a la protección del mas débil. %sto "ustiica #ue sedébil. %sto "ustiica #ue se les brindenles brinden todas las opciones posibles> recusar atodas las opciones posibles> recusar a
"ueces o "urados y aun también sustraerse"ueces o "urados y aun también sustraerse de los tribunales populares. 7puedan conducir a #ue el "urado popular solo llegue a ser con!ocado en muy reducido n1mero de casos igual sepuedan conducir a #ue el "urado popular solo llegue a ser con!ocado en muy reducido n1mero de casos igual sede los tribunales populares. 7 pesar de #ue las opciones alternati!aspesar de #ue las opciones alternati!as
satisace el propósito garanti0ador de #ue se trata.satisace el propósito garanti0ador de #ue se trata. -P"incipio de inocencia-P"incipio de inocencia La constitución impide #ue se trate como culpable a #uien se atribuye un eco punible, asta tanto el estado noLa constitución impide #ue se trate como culpable a #uien se atribuye un eco punible, asta tanto el estado no pronuncie sentencia penal irme #ue declare su culpabilidad. %l imputado go0a durante todo el proceso de unapronuncie sentencia penal irme #ue declare su culpabilidad. %l imputado go0a durante todo el proceso de una situación "urídica de inocente.situación "urídica de inocente. La sentencia de condena irmeLa sentencia de condena irme ("uicio pre!io) es la 1nica ("uicio pre!io) es la 1nica orma de declarar la culpabilidad de una persona.orma de declarar la culpabilidad de una persona. Repe"cusionesRepe"cusiones 1,In duio p"o "eo1,In duio p"o "eo La sentencia de condena solo puede estar undada en la certe0a acerca de la e5istencia del eco atribuible alLa sentencia de condena solo puede estar undada en la certe0a acerca de la e5istencia del eco atribuible al imputado. La alta de certe0a representa la imposibilidad del %stado para derribar la situación de inocenciaimputado. La alta de certe0a representa la imposibilidad del %stado para derribar la situación de inocencia construida por ley, ra0ón por la cual debe conducir a laconstruida por ley, ra0ón por la cual debe conducir a la absolución.absolución. /olo la certe0a positi!a permite condenar y los dem&s estados respecto de la !erdad, remiten a la absolución/olo la certe0a positi!a permite condenar y los dem&s estados respecto de la !erdad, remiten a la absolución como consecuencia del in dubio pro reo. ero durante el proceso algunos actos e5igen tan solo probabilidadcomo consecuencia del in dubio pro reo. ero durante el proceso algunos actos e5igen tan solo probabilidad positi!a acerca de la imputación (prisión pre!enti!a, ele!ación a "uicio, etc).positi!a acerca de la imputación (prisión pre!enti!a, ele!ación a "uicio, etc).
La regla del in dubio pro reo permite una interpretación restricti!a, es decir entre dos posibilidad elegir la menosLa regla del in dubio pro reo permite una interpretación restricti!a, es decir entre dos posibilidad elegir la menosgra!osa para el imputado. %n caso de duda, debe estarse a lo m&s a!orable al imputado. %n cambio rige lagra!osa para el imputado. %n caso de duda, debe estarse a lo m&s a!orable al imputado. %n cambio rige la interpretación e5tensi!a o analogía en bonam parte, en casos de autori0ación concedida al imputado o de unainterpretación e5tensi!a o analogía en bonam parte, en casos de autori0ación concedida al imputado o de una causa #ue e5cluya la culpabilidad.causa #ue e5cluya la culpabilidad. La alta de certe0a sobre la e5istencia del eco conduce a su negación en la sentencia, en cambio la alta deLa alta de certe0a sobre la e5istencia del eco conduce a su negación en la sentencia, en cambio la alta de certe0a sobre la ine5istencia de los presupuestos de una causa de "ustiicación conducen a su airmación.certe0a sobre la ine5istencia de los presupuestos de una causa de "ustiicación conducen a su airmación.
%l agotamiento del pla0o implica una cesación de la prisión pre!enti!a, no puede !ol!er a dictarse la medida%l agotamiento del pla0o implica una cesación de la prisión pre!enti!a, no puede !ol!er a dictarse la medida aun#ue e5istan o no riesgos procesales. @onstituye un límite inran#ueable. Debe ser operati!o y no tener enaun#ue e5istan o no riesgos procesales. @onstituye un límite inran#ueable. Debe ser operati!o y no tener en cuenta los riesgos procesales (art. $A) .La solución siempre ser& poner en libertad al imputado aun#ue persistancuenta los riesgos procesales (art. $A) .La solución siempre ser& poner en libertad al imputado aun#ue persistan esos riesgos procesales. pera como un límite m&5imo, es decir no es un caso de e5carcelación y no siempre seesos riesgos procesales. pera como un límite m&5imo, es decir no es un caso de e5carcelación y no siempre se condice con el pla0o ra0onable. /olo loscondice con el pla0o ra0onable. /olo los ser& para los casos gra!es.ser& para los casos gra!es. /in embargo la ley dice #ue el 6F podr& oponerse a la libertad del imputado por la especial gra!edad del delito/in embargo la ley dice #ue el 6F podr& oponerse a la libertad del imputado por la especial gra!edad del delito o cuando *ubiera alguna circunstancia pre!ista en el $A, o #ue e5istieron articulaciones maniiestamenteo cuando *ubiera alguna circunstancia pre!ista en el $A, o #ue e5istieron articulaciones maniiestamente dilatorias por parte de la deensa.dilatorias por parte de la deensa. En inorme de la comisión diceEn inorme de la comisión dice #ue para determinar el pla0o#ue para determinar el pla0o ra0onable no debe estarse ara0onable no debe estarse a lo #ue prescribe la ley,lo #ue prescribe la ley, sino a la sana critica del "ue0, #uien debe ponderar su car&cter e5cepcional y el límite i"ado por la ley para susino a la sana critica del "ue0, #uien debe ponderar su car&cter e5cepcional y el límite i"ado por la ley para su duración.duración. 9la0o ra0onable: garantía #ue establece la con!ención, #ue tiene origen procesalista, se unda en la necesidad9la0o ra0onable: garantía #ue establece la con!ención, #ue tiene origen procesalista, se unda en la necesidad
de proteger el interés indi!idual de la libertad del inocente. Debe anali0arse por deba"o del pla0o m&5imo (' aCosde proteger el interés indi!idual de la libertad del inocente. Debe anali0arse por deba"o del pla0o m&5imo (' aCos mas $), la ra0onabilidad de la duración de acuerdo a la comple"idad del caso.mas $), la ra0onabilidad de la duración de acuerdo a la comple"idad del caso. 9%5carcelación y e5ención de prisión: reglas rígidas del código procesal.9%5carcelación y e5ención de prisión: reglas rígidas del código procesal.
A"t, '16 e)encin de p"isinA"t, '16 e)encin de p"isin 2odo imputado *asta el momento de dictarse la prisión pre!enti!a puede solicitar al "ue0 su e5ención de prisión.2odo imputado *asta el momento de dictarse la prisión pre!enti!a puede solicitar al "ue0 su e5ención de prisión. /iempre #ue pudiera corresponder al imputado un m&5imo de pena no superior a < aCos o no obstante cuando/iempre #ue pudiera corresponder al imputado un m&5imo de pena no superior a < aCos o no obstante cuando proceda una condena de e"ecución condicional.proceda una condena de e"ecución condicional. /al!o los delitos ine5carcelables ($A, $A bis y $+ del @), donde basta para obstaculi0ar el otorgamiento de la/al!o los delitos ine5carcelables ($A, $A bis y $+ del @), donde basta para obstaculi0ar el otorgamiento de la libertad pro!isoria la mera caliicación de los ecos. %n estos casos constituye una !erdadera pena anticipada.libertad pro!isoria la mera caliicación de los ecos. %n estos casos constituye una !erdadera pena anticipada. @onstituye un mecanismo tendiente a preser!ar la libertad de #uien no *a sido aun encarcelado. %l encuadre@onstituye un mecanismo tendiente a preser!ar la libertad de #uien no *a sido aun encarcelado. %l encuadre "urídico del suceso, resulta imprescindible por#ue la pena aplicable en abstracto y la condena de e"ecución"urídico del suceso, resulta imprescindible por#ue la pena aplicable en abstracto y la condena de e"ecución condicional subordinan su procedencia.condicional subordinan su procedencia. A"t, '17 E)ca"celacinA"t, '17 E)ca"celacin rocede en los supuestos de e5ención y cuando se *ubiera agotado el pla0o m&5imo de la pena en prisiónrocede en los supuestos de e5ención y cuando se *ubiera agotado el pla0o m&5imo de la pena en prisión
pre!enti!a. -ncorpora también otro supuesto #ue es el de conceder la e5carcelación cuando el imputado *ubierapre!enti!a. -ncorpora también otro supuesto #ue es el de conceder la e5carcelación cuando el imputado *ubiera cumplido en detención un tiempo #ue de e5istir condena le *ubiera permitido obtener la libertad condicionalcumplido en detención un tiempo #ue de e5istir condena le *ubiera permitido obtener la libertad condicional siempre #ue se obser!en los reglamentos carcelarios.siempre #ue se obser!en los reglamentos carcelarios. /er& acordada en cual#uier estado del proceso./er& acordada en cual#uier estado del proceso. 6&s #ue de e5carcelación los supuestos son considerados casos de cese de prisión pre!enti!a. Los riesgos6&s #ue de e5carcelación los supuestos son considerados casos de cese de prisión pre!enti!a. Los riesgos procesales no deben probarse, sino #ue se presumen en base al pronóstico de pena #ue e"erce el "ue0: es decirprocesales no deben probarse, sino #ue se presumen en base al pronóstico de pena #ue e"erce el "ue0: es decir a mayor pena mayor son los riesgos procesales.a mayor pena mayor son los riesgos procesales.
Rest"icciones a"t, '19Rest"icciones a"t, ' /e puede denegar la e5ención o e5carcelación, cuando de la !aloración de los ecos, la reincidencia, las/e puede denegar la e5ención o e5carcelación, cuando de la !aloración de los ecos, la reincidencia, las condiciones personales del imputado o sus e5carcelaciones anteriores, *icieren presumir #ue intentara eludir lacondiciones personales del imputado o sus e5carcelaciones anteriores, *icieren presumir #ue intentara eludir la acción de la "usticia o entorpeceracción de la "usticia o entorpecer la in!estigación.la in!estigación. @auciones:@auciones: /e otorgara la libertad ba"o caución "uratoria, personal o real./e otorgara la libertad ba"o caución "uratoria, personal o real. La caución tendr& por ob"eto asegurar #ue el imputado cumpla las obligaciones #ue el impongan y #ue seLa caución tendr& por ob"eto asegurar #ue el imputado cumpla las obligaciones #ue el impongan y #ue se
someter& a la e"ecución de la sentencia.someter& a la e"ecución de la sentencia. a, u"ato"iaa, u"ato"ia: es la regla, es la promesa "uramentada del imputado con la mera aserción ormal de #ue se: es la regla, es la promesa "uramentada del imputado con la mera aserción ormal de #ue se someter& al proceso.someter& al proceso. , Pe"sonal, Pe"sonal es la obligación asumidaes la obligación asumida por el imputado con uno opor el imputado con uno o m&s iadores solidarios de pagar, en caso dem&s iadores solidarios de pagar, en caso de incomparecencia la suma #ue di"e el "ue0.incomparecencia la suma #ue di"e el "ue0. c,Realc,Real se constituir& depositando dinero, u otorgando prendas e *ipotecas por la cantidad #ue el "ue0 determine.se constituir& depositando dinero, u otorgando prendas e *ipotecas por la cantidad #ue el "ue0 determine. /e aplicara cuando no pueda lle!arse a cabo las anteriores./e aplicara cuando no pueda lle!arse a cabo las anteriores. Re!ocación: podr& re!ocarse la e5ención oRe!ocación: podr& re!ocarse la e5ención o e5carcelación de oicio o a pe5carcelación de oicio o a pedido del 6Fedido del 6F, cuando el imputado, cuando el imputado nono cumpla con las obligaciones impuestas o no compare0ca o cuando e5istan nue!os peligros procesales.cumpla con las obligaciones impuestas o no compare0ca o cuando e5istan nue!os peligros procesales.
-Resolucin de casos p"+cticos-Resolucin de casos p"+cticos -Eje"cicio de la accin penal-Eje"cicio de la accin penal Los principios políticos #ue rigen el dereco procesal penal son el sistema de persecución penal p1blico, y por elLos principios políticos #ue rigen el dereco procesal penal son el sistema de persecución penal p1blico, y por el otro lado la a!eriguación de la !erdad *istórica.otro lado la a!eriguación de la !erdad *istórica. %stos principios ceden ante las garantías indi!iduales de los imputados, #ue representan límites para el poder%stos principios ceden ante las garantías indi!iduales de los imputados, #ue representan límites para el poder penal.penal.
En el procedimiento existen dos intereses contradictorios, el interés público por descubrir la verdad de los hechosEn el procedimiento existen dos intereses contradictorios, el interés público por descubrir la verdad de los hechos y por el otro lado el interés individual por librarse de la persecución y l pena.y por el otro lado el interés individual por librarse de la persecución y l pena.
1, o(icialidad de la1, o(icialidad de la pe"secucin penal Pe"tenece al estado,pe"secucin penal Pe"tenece al estado, %l estado le e5propia la acción a la !íctima.%l estado le e5propia la acción a la !íctima.
%l estado persigue, "u0ga y deiende. %stablece mediante la di!isión de poderes las tareas de "u0gar y perseguir%l estado persigue, "u0ga y deiende. %stablece mediante la di!isión de poderes las tareas de "u0gar y perseguir en distintos órganos del estado para asegurar la imparcialidad de sus decisiones.en distintos órganos del estado para asegurar la imparcialidad de sus decisiones. @on!ierte también un interés pri!ado en p1blico como lo es la deensa, cuando esta no sea eica0 o no e5ista un@on!ierte también un interés pri!ado en p1blico como lo es la deensa, cuando esta no sea eica0 o no e5ista un deensor pri!ado.deensor pri!ado. /e crean órganos especíicos, el 6F y la policía, cuya tarea es in!estigar los delitos y perseguir a sus autores y/e crean órganos especíicos, el 6F y la policía, cuya tarea es in!estigar los delitos y perseguir a sus autores y participes. /e establece el monopolio acusatorioparticipes. /e establece el monopolio acusatorio del 6Fdel 6F. %s decir #ue el. %s decir #ue el titular de la acción penal estitular de la acción penal es el 6Fel 6F.. /in embargo le otorga participación a la !ictima a tra!és de la #uerella, los delitos de acción pri!ada, o los/in embargo le otorga participación a la !ictima a tra!és de la #uerella, los delitos de acción pri!ada, o los métodos alternati!os de resolución de conlictos.métodos alternati!os de resolución de conlictos. =ay e5cepciones al principio de oicialidad para pocos delitos, donde la persecución penal es pri!ada, donde se=ay e5cepciones al principio de oicialidad para pocos delitos, donde la persecución penal es pri!ada, donde se concede al oendido o a ciertosconcede al oendido o a ciertos parientes, asumir el papel deparientes, asumir el papel de acusar.acusar. 7un#ue la pena continua siendo7un#ue la pena continua siendo publica.publica. tra e5cepción es la de los delitos de instancia pri!ada, consiste 1nicamente en imposibilitar la persecucióntra e5cepción es la de los delitos de instancia pri!ada, consiste 1nicamente en imposibilitar la persecución penal publica *asta tanto la !íctima npenal publica *asta tanto la !íctima no autorice a perseguir. /olo representa un obst&culo inicial,o autorice a perseguir. /olo representa un obst&culo inicial, pero no obsta apero no obsta a
la persecución penal p1blica.la persecución penal p1blica. tras e5cepciones o mecanismos alternati!os pueden ser la suspensión el "uicio a prueba, el control terapéuticotras e5cepciones o mecanismos alternati!os pueden ser la suspensión el "uicio a prueba, el control terapéutico al #ue se someten los imputadoal #ue se someten los imputados, la mediación o conciliación, la resolucións, la mediación o conciliación, la resolución del conlicto.del conlicto.
$, le:alidad$, le:alidad -mponer a los órganos del ministerio p1blico, el deber de promo!er la persecución penal ante la noticia de un-mponer a los órganos del ministerio p1blico, el deber de promo!er la persecución penal ante la noticia de un eco punible. Ena !e0 promo!ida laeco punible. Ena !e0 promo!ida la persecución penal, ella no sepersecución penal, ella no se puede suspender, interrumpir o *acer cesar,puede suspender, interrumpir o *acer cesar, sino del modo pre!isto por la ley, es irretractable.sino del modo pre!isto por la ley, es irretractable. 8ing1n criterio de oportunidad, autori0a a prescindir de la persecución penal rente a la noticia de un eco.8ing1n criterio de oportunidad, autori0a a prescindir de la persecución penal rente a la noticia de un eco.
', Opo"tunidad', Opo"tunidad %l principio de oportunidad unciona como e5cepción, y deben estar determinados legislati!amente.%l principio de oportunidad unciona como e5cepción, y deben estar determinados legislati!amente. /in embargo e5isten en la pr&ctica criterios ordinarios de selección, ligados a la imposibilidad de perseguir todos/in embargo e5isten en la pr&ctica criterios ordinarios de selección, ligados a la imposibilidad de perseguir todos los delitos de los cuales se toma conocimiento, necesariamente la acti!idad persecutoria se concentra en ciertaslos delitos de los cuales se toma conocimiento, necesariamente la acti!idad persecutoria se concentra en ciertas &reas principales (delitos gra!es).&reas principales (delitos gra!es). La selección resulta de de la incapacidad de #ue dispone el dereco para procesar todos los casos penales #ueLa selección resulta de de la incapacidad de #ue dispone el dereco para procesar todos los casos penales #ue se producen.se producen. /igniica, la posibilidad de #ue los órganos p1blicos, prescindan de la persecución, en presencia de la noticia de/igniica, la posibilidad de #ue los órganos p1blicos, prescindan de la persecución, en presencia de la noticia de un eco punible, por moti!os de utilidad social o por ra0ones político criminal (relación con los ines de la pena).un eco punible, por moti!os de utilidad social o por ra0ones político criminal (relación con los ines de la pena). %stos criterios a!orecen a la descriminali0ación de%stos criterios a!orecen a la descriminali0ación de ecos punibles, y el descongestionamientosecos punibles, y el descongestionamientos del sistema. /indel sistema. /in embargo no est&n regulados en el código.embargo no est&n regulados en el código. %l código penal al regular la e5tinción de la acción penal nombra a los criterios de oportunidad y a la reparación%l código penal al regular la e5tinción de la acción penal nombra a los criterios de oportunidad y a la reparación integral de la !íctima, sin embargo no ay un código procesal #ue regule estos institutos.integral de la !íctima, sin embargo no ay un código procesal #ue regule estos institutos. tras ormas de descongestionar el sistema stras ormas de descongestionar el sistema seria aplicar criterios de pri!ati0ación de ceria aplicar criterios de pri!ati0ación de conductas (6aier)>onductas (6aier)> es decires decir la posibilidad de pri!ati0arla persecución penal ampliando los criterios para conceder a la !ictima poder sobre lala posibilidad de pri!ati0arla persecución penal ampliando los criterios para conceder a la !ictima poder sobre la reali0ación del Dereco penal con!irtiendo la acción p1blica en pri!ada.reali0ación del Dereco penal con!irtiendo la acción p1blica en pri!ada.
PARCIAL 2PARCIAL 2
/"iunal competencia/"iunal competencia
Di(, Con ju"isdiccinDi(, Con ju"isdiccinmediante decisión moti!ada, el conlicto entre el dereco puniti!o del %stado y el dereco de la libertad delmediante decisión moti!ada, el conlicto entre el dereco puniti!o del %stado y el dereco de la libertad del: unción p1blica procesal e"ercida por los órganos estatales. otestad para resol!er: unción p1blica procesal e"ercida por los órganos estatales. otestad para resol!er
imputado.imputado. CompetenciaCompetencia: &mbito dentro del cual los órganos "udiciales pueden cumplir su especíica unción "urisdiccional.: &mbito dentro del cual los órganos "udiciales pueden cumplir su especíica unción "urisdiccional. La competencia penal es improrrogable.La competencia penal es improrrogable. La misma puede ser en ra0ón del territorio, la materia o la persona. ara e!aluar la competencia se toma elLa misma puede ser en ra0ón del territorio, la materia o la persona. ara e!aluar la competencia se toma el m&5imo del delito consumado.m&5imo del delito consumado. Competencia en "a3n delCompetencia en "a3n del te""ito"iote""ito"io rimero debe determinarse si elrimero debe determinarse si el eco ocurrió dentro del &mbitoeco ocurrió dentro del &mbito de la "urisdicción de la Rep. 7rgentina seg1n elde la "urisdicción de la Rep. 7rgentina seg1n el principio de territorialidad.principio de territorialidad. Fi"ada ella *ay #ue determinar si debe decidir la "usticia ederal, o la pro!incial la #ue debe "u0gar el caso.Fi"ada ella *ay #ue determinar si debe decidir la "usticia ederal, o la pro!incial la #ue debe "u0gar el caso. @omo principio general los "uicios se desarrollaran en la misma pro!incia donde *ubiera ocurrido.@omo principio general los "uicios se desarrollaran en la misma pro!incia donde *ubiera ocurrido. /e puede *ablar de prioridad de "u0gamiento cuando los di!ersos ecos corresponden a ordenamientos/e puede *ablar de prioridad de "u0gamiento cuando los di!ersos ecos corresponden a ordenamientos dierentes, y de acumulación por cone5idad cuando la pluralidad de episodios se *an cometido en el mismodierentes, y de acumulación por cone5idad cuando la pluralidad de episodios se *an cometido en el mismo &mbito.&mbito. 9si a una persona se imputa un delito de "urisdicción nacional y otro de "urisdicción ederal, ser& "u0gado primero9si a una persona se imputa un delito de "urisdicción nacional y otro de "urisdicción ederal, ser& "u0gado primero
por la ederal. /al!o #ue puedan reali0arse ambos procesos sin aectar al imputado.por la ederal. /al!o #ue puedan reali0arse ambos procesos sin aectar al imputado.9si a una persona se le imputare un delito de "urisdicción nacional y otro de "urisdicción pro!incial, ser& "u0gada9si a una persona se le imputare un delito de "urisdicción nacional y otro de "urisdicción pro!incial, ser& "u0gada primero en el territorio nacional si el delito es de mayor gra!edad o siendo igual si *ubiera sido cometidoprimero en el territorio nacional si el delito es de mayor gra!edad o siendo igual si *ubiera sido cometido anteriormente.anteriormente.
1, La independencia judicial1, La independencia judicial E)te"naE)te"na Garanti0a la independencia del poder "udicial respecto de los dem&s poderes del estado, medios deGaranti0a la independencia del poder "udicial respecto de los dem&s poderes del estado, medios de comunicación, grupos de poder, etc.comunicación, grupos de poder, etc. /e establece la proibición al poder e"ecuti!o de e"ercer unciones "urisdiccionales./e establece la proibición al poder e"ecuti!o de e"ercer unciones "urisdiccionales. Los "ueces go0an de intangibilidad en sus remuneraciones y estabilidad en sus empleos. /e pretende garanti0arLos "ueces go0an de intangibilidad en sus remuneraciones y estabilidad en sus empleos. /e pretende garanti0ar #ue la persona ser& "u0gada por un "ue0 #ue obedecer& a criterios políticos permanentes.#ue la persona ser& "u0gada por un "ue0 #ue obedecer& a criterios políticos permanentes. Inte"naInte"na La organi0ación "udicial es una organi0ación *ori0ontal donde cada "ue0 es soberano de decidir el caso. %sto aLa organi0ación "udicial es una organi0ación *ori0ontal donde cada "ue0 es soberano de decidir el caso. %sto a pesar de la e5istencia de un tribunal re!isión #ue entienda en la etapa recursi!a.pesar de la e5istencia de un tribunal re!isión #ue entienda en la etapa recursi!a. %s decir #ue cada "ue0 es libre independientemente de todo poder para tomar su decisión. /olo est&n sometidos%s decir #ue cada "ue0 es libre independientemente de todo poder para tomar su decisión. /olo est&n sometidos a la ley.a la ley.
$, Impa"cialidad ("ente al caso$, Impa"cialidad ("ente al caso @olocar rente al caso a la persona #ue garantice la mayor ob"eti!idad posible al enrentarlo.@olocar rente al caso a la persona #ue garantice la mayor ob"eti!idad posible al enrentarlo. La erramienta #ue utili0a el dereco en casos de temor de imparcialidad reside en la e5clusión del "ue0La erramienta #ue utili0a el dereco en casos de temor de imparcialidad reside en la e5clusión del "ue sospecado de parcialidad y su reempla0o por otra persona.sospecado de parcialidad y su reempla0o por otra persona. La ley establece moti!os de apartamiento, art. @8: #ue pueden estar relacionados con las personasLa ley establece moti!os de apartamiento, art. @8: #ue pueden estar relacionados con las personas (parentesco del "ue0 con los dem&s su"etos inter!inientes) o con el ob"eto (conocer el eco como testigo) o con(parentesco del "ue0 con los dem&s su"etos inter!inientes) o con el ob"eto (conocer el eco como testigo) o con el resultado (tener interés en el proceso).el resultado (tener interés en el proceso). %stos moti!os undan a su !e0 el deber de los "ueces de e5cusarse o inibirse de entender en el caso por si%stos moti!os undan a su !e0 el deber de los "ueces de e5cusarse o inibirse de entender en el caso por si solos.solos. Las causales establecidas en elLas causales establecidas en el código son ta5ati!as. ; de interpretación restricti!a. ueda auecódigo son ta5ati!as. ; de interpretación restricti!a. ueda auera el temor dera el temor de parcialidad en el código.parcialidad en el código. En caso especial de temor de parcialidad se da cuando un integrante del tribunal de "uicio *a inter!enido enEn caso especial de temor de parcialidad se da cuando un integrante del tribunal de "uicio *a inter!enido en instancias anteriores. La unción de in!estigar y de decidir no puede ser cumplida por un mismo "ue0, es decirinstancias anteriores. La unción de in!estigar y de decidir no puede ser cumplida por un mismo "ue0, es decir #uién instruyo no debe "u0gar.#uién instruyo no debe "u0gar.
', ue3 natu"al', ue3 natu"al %!itar #ue el sea creado o elegido por alguna autoridad, una !e0 #ue el caso sucede en la realidad es decir%!itar #ue el sea creado o elegido por alguna autoridad, una !e0 #ue el caso sucede en la realidad es decir después del caso.después del caso. La constitución proíbe #ue alguien sea "u0gado por omisiones especiales o sea sacado de los tribunalesLa constitución proíbe #ue alguien sea "u0gado por omisiones especiales o sea sacado de los tribunales designados por la ley antes del eco de la causa.designados por la ley antes del eco de la causa. roíben las comisiones especiales y los tribunales ad oc, creados especialmente para el caso.roíben las comisiones especiales y los tribunales ad oc, creados especialmente para el caso. %L 1nico "ue0 competente es el designado como tal%L 1nico "ue0 competente es el designado como tal por la ley al momentopor la ley al momento en #ue se comete el een #ue se comete el eco punible.co punible. /on competentes por regla los "ueces del lugar donde se cometió el eco./on competentes por regla los "ueces del lugar donde se cometió el eco. Las leyes de competencia rigen siempre para el uturo. Las 1nicas e5cepciones !alidas son: la desaparición ísicaLas leyes de competencia rigen siempre para el uturo. Las 1nicas e5cepciones !alidas son: la desaparición ísica o "urídica del tribunal #ue era competente.o "urídica del tribunal #ue era competente. 8o signiica #ue el tribual este integrado con las mismas personas ísicas #ue lo componían al momento del8o signiica #ue el tribual este integrado con las mismas personas ísicas #ue lo componían al momento del eco, sino se satisace con establecer #ue el tribunal estaba creado con anterioridad al eco.eco, sino se satisace con establecer #ue el tribunal estaba creado con anterioridad al eco. @on e5cepción de los "ue!es #ue allan #ue debe ser los mismo #ue presenciaron el debate. (rincipio de@on e5cepción de los "ue!es #ue allan #ue debe ser los mismo #ue presenciaron el debate. (rincipio de identidad ísica del "u0gador).identidad ísica del "u0gador).
Pa"tesPa"tes en een el p"ocel p"ocesoso:: MP8MP8 es un órgano independiente con autonomía uncional y autar#uía inanciera #ue tiene por unción promo!eres un órgano independiente con autonomía uncional y autar#uía inanciera #ue tiene por unción promo!er la actuación de la "usticia en deensa de la legalidad.la actuación de la "usticia en deensa de la legalidad. %st& integrado por un procurador Gral. de la nación y un deensor Gral.%st& integrado por un procurador Gral. de la nación y un deensor Gral. Go0an de la estabilidad en sus cargos y de inmunidad.Go0an de la estabilidad en sus cargos y de inmunidad. %l procurador Gral. 2iene a su cargo el diseCo d%l procurador Gral. 2iene a su cargo el diseCo de la política criminal de persecución.e la política criminal de persecución. Dispone por medio deDispone por medio de instrucciones grales a los iscales tendientes a la uniicación de criterios de interpretación o de priori0ación deinstrucciones grales a los iscales tendientes a la uniicación de criterios de interpretación o de priori0ación de asuntos.asuntos. La ley les impone la obliLa ley les impone la obligación de e5presar sus undamentos y ra0ones degación de e5presar sus undamentos y ra0ones de sussus acti!idades.acti!idades. @on respecto a en #ue orbita del poder se encuentra, en el dereco penal es un órgano e5tra poder, es decir@on respecto a en #ue orbita del poder se encuentra, en el dereco penal es un órgano e5tra poder, es decir autónoma respecto de los dem&s poderes.autónoma respecto de los dem&s poderes. @on la reorma del sistema in#uisiti!o@on la reorma del sistema in#uisiti!o se e impone actuar como un órgano ise e impone actuar como un órgano imparcial ymparcial y ob"eti!o, a seme"an0a deob"eti!o, a seme"an0a de los "ueces, y precedida por la misma meta #ue e la a!eriguación de la !erdad y la actuación delos "ueces, y precedida por la misma meta #ue e la a!eriguación de la !erdad y la actuación de la ley penal. %stela ley penal. %ste debe procurar no solo las medidas ad!ersas al imputado, sino todas a#uellas #ue condu0can, aun de resultarledebe procurar no solo las medidas ad!ersas al imputado, sino todas a#uellas #ue condu0can, aun de resultarle a!orable, a una recta adm de "usticia.a!orable, a una recta adm de "usticia. %s una icción considerar #ue el acusador puede actuar de manera imparcial y ob"eti!a. De ser así no se e5plica%s una icción considerar #ue el acusador puede actuar de manera imparcial y ob"eti!a. De ser así no se e5plica
por#ue necesitaríamos la e5istencia de un tribunal.por#ue necesitaríamos la e5istencia de un tribunal. %sta icción produce un per"uicio para la situación del imputado, ya #ue se relati!i0a el deber de controlar la%sta icción produce un per"uicio para la situación del imputado, ya #ue se relati!i0a el deber de controlar la acti!idad persecutoria, y por otro lado a!orece al e"ercicio de unciones persecutorias en los "ueces.acti!idad persecutoria, y por otro lado a!orece al e"ercicio de unciones persecutorias en los "ueces.
8ue!a !isión: re#uiere el reconocimiento del car&cter interesado de la acti!idad estatal de persecución penal, es8ue!a !isión: re#uiere el reconocimiento del car&cter interesado de la acti!idad estatal de persecución penal, es decir reconocerlo como parte interesada. /e re#uiere #ue las tareas in!estigati!as y re#uirentes se distinga de ladecir reconocerlo como parte interesada. /e re#uiere #ue las tareas in!estigati!as y re#uirentes se distinga de la acti!idad decisoria.acti!idad decisoria. Deben e5istir pr&cticas "udiciales tendientes a controlar la legalidad de los actos del acusador estatal y a protegerDeben e5istir pr&cticas "udiciales tendientes a controlar la legalidad de los actos del acusador estatal y a proteger los derecos undamentales de los imputados. %sto no impide #ue en ciertas circunstancias pueda actuar enlos derecos undamentales de los imputados. %sto no impide #ue en ciertas circunstancias pueda actuar en beneicio del imputado.beneicio del imputado. Hobino propone la necesidad de organi0ar mecanismos persecutorios especiales imitados a los casos #ueHobino propone la necesidad de organi0ar mecanismos persecutorios especiales imitados a los casos #ue presenten diicultades. ; los casos comunes el ministerio publico depresenten diicultades. ; los casos comunes el ministerio publico debería actuar en la órbita dbería actuar en la órbita del poder e"ecuti!o.el poder e"ecuti!o. %sto disminuye las posibilidades de identiicación entre 6F y poder "udicial. Fa!orece a la separación entre%sto disminuye las posibilidades de identiicación entre 6F y poder "udicial. Fa!orece a la separación entre unciones persecutorias y decisorias.unciones persecutorias y decisorias. icialidad: %l mp promo!er& y e"ercer& la acción penal publica. %s un acusador estatal. %s el representante deicialidad: %l mp promo!er& y e"ercer& la acción penal publica. %s un acusador estatal. %s el representante de la acción penal.la acción penal.
%l titular de la misma es el estado.%l titular de la misma es el estado. Le:alidadLe:alidad bligación de in!estigar todas los delitos. 8o *ay criterios de oportunidad.bligación de in!estigar todas los delitos. 8o *ay criterios de oportunidad.
-4#ctima 0 %ue"ellante-4#ctima 0 %ue"ellante La !íctima ue despo"ada de la acción penal, al crearse la persecución penal p1blica, #uitando toda !oluntad delLa !íctima ue despo"ada de la acción penal, al crearse la persecución penal p1blica, #uitando toda !oluntad del proceso penal. Desaparece la noción de daCos y la !ictima pierde todos sus derecos.proceso penal. Desaparece la noción de daCos y la !ictima pierde todos sus derecos. %l ob"eto del proceso es aora la a!eriguación istoria o material de la !erdad. La noción de daCo desaparece y%l ob"eto del proceso es aora la a!eriguación istoria o material de la !erdad. La noción de daCo desaparece y aparece la noción de inracción.aparece la noción de inracción. %l actor ci!il, y la #uerella constituyen meca%l actor ci!il, y la #uerella constituyen mecanismos #ue posibilitan la participación denismos #ue posibilitan la participación de la !íctima en ella !íctima en el procedimiento penal.procedimiento penal. 2 2oda persona oendida poroda persona oendida por un delito de acción p1blica tendr&un delito de acción p1blica tendr& dereco a constituirse en padereco a constituirse en parte #uerellante. 8orte #uerellante. 8o coincide con la titularidad "urídica del bien aectado. /e constituye en parte en el proceso.coincide con la titularidad "urídica del bien aectado. /e constituye en parte en el proceso. uede impulsar el proceso una !e0 #ue e5istió re#uerimiento iscal. 8o puede iniciar un proceso penal por susuede impulsar el proceso una !e0 #ue e5istió re#uerimiento iscal. 8o puede iniciar un proceso penal por sus propios medios, debe utili0ar el carril de la denuncia.propios medios, debe utili0ar el carril de la denuncia. 2 2ambién puede proporcionar eambién puede proporcionar elementos de con!icción, orecer prueba ylementos de con!icción, orecer prueba y controlar su producción.controlar su producción. @on respecto a la acultad impugnati!a, puede e"ercerla al momento de dicar sobreseimiento, la alta de merito, la@on respecto a la acultad impugnati!a, puede e"ercerla al momento de dicar sobreseimiento, la alta de merito, la
casación solo con los limites en #uecasación solo con los limites en #ue puede acerlo el 6F.puede acerlo el 6F. %n los delitos de acción p1blica, solo tiene una inter!ención subsidiaria, el estado continua detentando la%n los delitos de acción p1blica, solo tiene una inter!ención subsidiaria, el estado continua detentando la titularidad de la acción penal.titularidad de la acción penal. %n los delitos de acción pri!ada, la%n los delitos de acción pri!ada, la !íctima es titular e5clusi!a de la!íctima es titular e5clusi!a de la acción, el inicio de la persecución dependeacción, el inicio de la persecución depende de su decisión.de su decisión. /i actuó como #uerellante e5clusi!o, en/i actuó como #uerellante e5clusi!o, en los casos de delito de acción pri!adalos casos de delito de acción pri!ada su desistimiento trunca el proceso.su desistimiento trunca el proceso. %n cambio si es e!entual (delito de%n cambio si es e!entual (delito de acción p1blica) no implica nuncaacción p1blica) no implica nunca su conclusión sino solo su apartamiento.su conclusión sino solo su apartamiento. 8ue!as tendencias: reparación del daCo9 mayores derecos de participación de la !íctima9 reconocimiento de8ue!as tendencias: reparación del daCo9 mayores derecos de participación de la !íctima9 reconocimiento de derecosderecos La reparación se debe entender como cual#uier solución #ue ob"eti!a o simbólicamente restituya la situación alLa reparación se debe entender como cual#uier solución #ue ob"eti!a o simbólicamente restituya la situación al estado anterior a la comisión del eco y satisaga a la !íctima.estado anterior a la comisión del eco y satisaga a la !íctima. La reparación del daCo puede ser incorporada como causa de e5tinción de la acción penal., en relación aLa reparación del daCo puede ser incorporada como causa de e5tinción de la acción penal., en relación a criterios de oportunidad.criterios de oportunidad. /e !incula con el instituto de la suspensión de proceso a prueba, donde e5ige al imputado *acerse cargo de la/e !incula con el instituto de la suspensión de proceso a prueba, donde e5ige al imputado *acerse cargo de la reparación del daCo.reparación del daCo. La inalidad consiste en e!itar la pena y satisacer los intereses de la !íctima. 7dem&s representan un beneicioLa inalidad consiste en e!itar la pena y satisacer los intereses de la !íctima. 7dem&s representan un beneicio
para la administración al permitir retirar un gran n1mero de casos y permitir un me"or tratamiento de los casospara la administración al permitir retirar un gran n1mero de casos y permitir un me"or tratamiento de los casos gra!es.gra!es. /e propone como una tercera !ía de del dereco penal "unto con la pena y las medidas de seguridad./e propone como una tercera !ía de del dereco penal "unto con la pena y las medidas de seguridad. @on respecto a la decisión de otorgar mayor participación de la !íctima en el proceso, esto consistiría en ampliar@on respecto a la decisión de otorgar mayor participación de la !íctima en el proceso, esto consistiría en ampliar el catalogo de los delitos de acción pri!ada.el catalogo de los delitos de acción pri!ada. En mecanismo sería el de la con!ersión de la acción penal p1blica en pri!ada.En mecanismo sería el de la con!ersión de la acción penal p1blica en pri!ada. @on respecto a los derecos reconocidos, est&n reeridos a como debe ser tratada la !íctima, y a la creación de@on respecto a los derecos reconocidos, est&n reeridos a como debe ser tratada la !íctima, y a la creación de oicinas especiali0adas de asistencia y asesoramiento.oicinas especiali0adas de asistencia y asesoramiento.
7ctos procesales: son actos "urídicos #ue tienen consecuencias dentro del proceso penal.7ctos procesales: son actos "urídicos #ue tienen consecuencias dentro del proceso penal.^ -Actos p"ocesales;nulidades-Actos p"ocesales;nulidades ElementosElementos 99 sujetossujetos partes del proceso penalpartes del proceso penal 99 ojetosojetos idóneo y lícitoidóneo y lícito
99 que quien la plantea no haya incurrido en causarlaque quien la plantea no haya incurrido en causarla 'principio de interés: el que lo alega debe tener interés en la observancia de las disposiciones legales. Se debe'principio de interés: el que lo alega debe tener interés en la observancia de las disposiciones legales. Se debe demostrar el per%uicio ocasionadodemostrar el per%uicio ocasionado.. %n eecto la nulidad por la nulidad misma no procede.%n eecto la nulidad por la nulidad misma no procede. ueden ser saneadas a medidaueden ser saneadas a medida #ue el proceso transcurre. 2ales circunstancias pueden pro!enir de la !oluntad#ue el proceso transcurre. 2ales circunstancias pueden pro!enir de la !oluntad e5presa o tacita de las partes.e5presa o tacita de las partes. /i las partes no las plantearon, caduca su posibilidad de *acerlo. %n los casos en los #ue se posterga la nulidad/i las partes no las plantearon, caduca su posibilidad de *acerlo. %n los casos en los #ue se posterga la nulidad para el debate puede correrse el riesgo de #ue la misma #uede saneada.para el debate puede correrse el riesgo de #ue la misma #uede saneada. 2ambién se sanea si el acto !iciado *ubiera conseguido su in respecto de todos los interesados.2ambién se sanea si el acto !iciado *ubiera conseguido su in respecto de todos los interesados.
ResumenResumen -asolutas-asolutas .!iolan normas constitucionales de manera intensa: trascienden el interés de las partes.!iolan normas constitucionales de manera intensa: trascienden el interés de las partes .pueden y deben ser declaras de oicio.pueden y deben ser declaras de oicio .proceden en cual#uier momento del proceso, *asta la cosa "u0gada.proceden en cual#uier momento del proceso, *asta la cosa "u0gada .no debe *aber demostración de per"uicio.no debe *aber demostración de per"uicio .pueden plantearlas #uien genero el !icio.pueden plantearlas #uien genero el !icio
-"elati&as-"elati&as .!iolan normas constitucionales de manera menos intensa..!iolan normas constitucionales de manera menos intensa. 9se declaran a pedido de parte9se declaran a pedido de parte
. /on subsanables a medida #ue transcurre el proceso. /on subsanables a medida #ue transcurre el proceso .principio de interés..principio de interés. .no pueden oponerlas #uienes las *ayan causado.no pueden oponerlas #uienes las *ayan causado
E(ectosE(ectos %l acto nulo se e5tirpa.%l acto nulo se e5tirpa.
La declaración de nulidad de un acto conlle!a la in!alidación de todos los actos #ue de él dependan.La declaración de nulidad de un acto conlle!a la in!alidación de todos los actos #ue de él dependan.(%ncadenamiento, relacionada con la teoría del ruto del &rbol !enenoso)(%ncadenamiento, relacionada con la teoría del ruto del &rbol !enenoso)
@onlicto con el principio de ne@onlicto con el principio de ne bis in idem:bis in idem: @orte dice #ue cuando se incurre en un !icio #ue aecte sustancialmente el procedimiento debe retrotraerse el@orte dice #ue cuando se incurre en un !icio #ue aecte sustancialmente el procedimiento debe retrotraerse el proceso a la etapa !iciada y esto no constituye una !iolación al ne bus in idem ya #ue la sentencia anuladaproceso a la etapa !iciada y esto no constituye una !iolación al ne bus in idem ya #ue la sentencia anulada carece de eectos.carece de eectos. 5oino; 5e"telotti5oino; 5e"telotti: cuando la declaración de nulidad impli#ue la retrogradación del caso a una etapa procesal ya: cuando la declaración de nulidad impli#ue la retrogradación del caso a una etapa procesal ya precluida, !iola el principio del ne bis in idem, por lo #ue en tal supuesto debe estarse por un pronunciamientoprecluida, !iola el principio del ne bis in idem, por lo #ue en tal supuesto debe estarse por un pronunciamiento desincriminatorio. 2desincriminatorio. 2ambién podr& entrar enambién podr& entrar en "uego el dereco a ser "u0gado"uego el dereco a ser "u0gado en un pla0o ra0onable.en un pla0o ra0onable. @ual#uiera sea la entidad el acto !iciado, un cabal respeto de la garantía, debe impedir su reno!ación. @uando el@ual#uiera sea la entidad el acto !iciado, un cabal respeto de la garantía, debe impedir su reno!ación. @uando el proceso supero la etapa en la #ue se produ"o el !icio, nunca puede !ol!erse atr&s. La garantía no puede operarproceso supero la etapa en la #ue se produ"o el !icio, nunca puede !ol!erse atr&s. La garantía no puede operar nunca en contra de su pnunca en contra de su portador.ortador. La culpa del !icio siempre es del "ue0, nunca es del imputado cuando este solo se limito a e"ercer sus derecos.La culpa del !icio siempre es del "ue0, nunca es del imputado cuando este solo se limito a e"ercer sus derecos. /i la autoridad no respeto las condiciones para lle!ar a cabo el acto no tiene ninguna responsabilidad el/i la autoridad no respeto las condiciones para lle!ar a cabo el acto no tiene ninguna responsabilidad el imputado.imputado. La garantía no solo proíbe la repetición de la persecución cuando se trate de causas ya terminadas, sinoLa garantía no solo proíbe la repetición de la persecución cuando se trate de causas ya terminadas, sino también dentro de un mismo proceso aun no concluido. /e e5tiende a la necesidad de e!itar #ue una personatambién dentro de un mismo proceso aun no concluido. /e e5tiende a la necesidad de e!itar #ue una persona sura por un mismo eco punible m&s de una persecución penal. %l acusador no puede multiplicar sus intentossura por un mismo eco punible m&s de una persecución penal. %l acusador no puede multiplicar sus intentos respecto de la misma imputación. /olorespecto de la misma imputación. /olo tiene una oportunidad paratiene una oportunidad para acusaracusar..
-Inst"uccin-Inst"uccin %s la etapa preparatoria y el 1nico medio para acceder al "u0gamiento de los delitos de acción p1blica.%s la etapa preparatoria y el 1nico medio para acceder al "u0gamiento de los delitos de acción p1blica. /u propósito radica en obtener elementos de prueba para determinar si es posible el re#uerimiento de ele!ación/u propósito radica en obtener elementos de prueba para determinar si es posible el re#uerimiento de ele!ación a "uicio o dictar el sobreseimiento.a "uicio o dictar el sobreseimiento. /e inicia principalmente por re#uerimiento iscal./e inicia principalmente por re#uerimiento iscal. Ca"acte"#sticasCa"acte"#sticas 99 (o"ma esc"ita(o"ma esc"ita 99 sec"etasec"eta se impone asta la indagatoria. uede prorrogarse en casos de e5cepciónse impone asta la indagatoria. uede prorrogarse en casos de e5cepción 99 escasamente cont"adicto"iaescasamente cont"adicto"ia e5cepto en el caso de los actos deiniti!os e irreproducibles #ue no puedene5cepto en el caso de los actos deiniti!os e irreproducibles #ue no pueden incorporarse posteriormente al debate sin el contralor de las partes.incorporarse posteriormente al debate sin el contralor de las partes. 99 Es i""e&e"sileEs i""e&e"sile: no se puede retraer a etapas ya precluidas: no se puede retraer a etapas ya precluidas 99 pode" de dele:a"sepode" de dele:a"se el código adapta el sistema de instrucción "udicial. 8o obstante puede y en algunos casosel código adapta el sistema de instrucción "udicial. 8o obstante puede y en algunos casos debe delegar la tarea al agente iscal.debe delegar la tarea al agente iscal.
99 "e%ue"i" estimulo ajeno pa"a inicia"se"e%ue"i" estimulo ajeno pa"a inicia"se se cumplese cumple por re#uerimiento iscal. 2anto la comunicación policialpor re#uerimiento iscal. 2anto la comunicación policial como la acti!idad pre!entora no constituyen actos de promoción directos sino indirectos.como la acti!idad pre!entora no constituyen actos de promoción directos sino indirectos. /ami<n se desca"ta/ami<n se desca"ta la iniciacin o(iciosa,la iniciacin o(iciosa, Denuncia =(acultati&a!Denuncia =(acultati&a!
%s la mera anticipación eectuada por una persona, mediante la cual se transmiten datos sobre la comisión de un%s la mera anticipación eectuada por una persona, mediante la cual se transmiten datos sobre la comisión de un delito. 8o es un acto promotor inmediato sino mediato.delito. 8o es un acto promotor inmediato sino mediato. /i se recibe por la policía o/i se recibe por la policía o uer0as de seguridad dauer0as de seguridad da origen a la pre!ención. /i se eeorigen a la pre!ención. /i se eect1a ante el 6 debect1a ante el 6 debe ormular re#uerimiento de instrucción, o bienormular re#uerimiento de instrucción, o bien pedir se la desestime o remita apedir se la desestime o remita a otra "urisdicción, si se produceotra "urisdicción, si se produce ante el "ue0 debe transmitirla al agente iscal a in de #ue propicie la promoción o se desestime.ante el "ue0 debe transmitirla al agente iscal a in de #ue propicie la promoción o se desestime. 8acultad de denuncia"8acultad de denuncia": a toda persona #ue se considere lesionada por un delito o #ue tenga noticias de él.: a toda persona #ue se considere lesionada por un delito o #ue tenga noticias de él. @uando dependa de instancia pri!ada@uando dependa de instancia pri!ada solo podr& acerlo #uien tengasolo podr& acerlo #uien tenga dereco a instar.dereco a instar. La instancia pri!ada impide ormar causa cuando alta esta.La instancia pri!ada impide ormar causa cuando alta esta. Forma: independientemente de donde se *aga debe contener la identidad del denunciante, pues si la denunciaForma: independientemente de donde se *aga debe contener la identidad del denunciante, pues si la denuncia es ala0 puede incurrirse en alsa denuncia, o en delito de calumnia.es ala0 puede incurrirse en alsa denuncia, o en delito de calumnia. %s nulo el proceso si la denun%s nulo el proceso si la denuncia es anónima. 7un#ue se reconoce a la llamada teleónica acia es anónima. 7un#ue se reconoce a la llamada teleónica anónima condición denónima condición de anoticiamiento !alido para iniciar pre!ención.anoticiamiento !alido para iniciar pre!ención.
%n cambio es posible la reser!a de identidad, la denuncia no es anónima pues la autoridad tiene #ue identiicar a%n cambio es posible la reser!a de identidad, la denuncia no es anónima pues la autoridad tiene #ue identiicar a #uien la reali0a aun cuando no debe re!elar su identidad.#uien la reali0a aun cuando no debe re!elar su identidad.
Oli:acin de denuncia"Oli:acin de denuncia" $.los uncionarios o empleados p1blico #ue los cono0can en e"ercicio de sus unciones$.los uncionarios o empleados p1blico #ue los cono0can en e"ercicio de sus unciones '.los médicos, parteras, #ue e"er0a'.los médicos, parteras, #ue e"er0a el arte de curar, en cuanto a los delitos contrael arte de curar, en cuanto a los delitos contra la !ida y la integridad íla !ida y la integridad ísica #uesica #ue cono0can al prestar sus ser!icios, sal!o #ue esos ecos este amparados ba"o secreto proesional.cono0can al prestar sus ser!icios, sal!o #ue esos ecos este amparados ba"o secreto proesional. Lo #ue se trata de e!itar es #ue el autor de un eco doloso #uede pri!ado de au5ilio curati!o ante la disyunti!aLo #ue se trata de e!itar es #ue el autor de un eco doloso #uede pri!ado de au5ilio curati!o ante la disyunti!a de ser sometido a proceso o arriesgar su !ida.de ser sometido a proceso o arriesgar su !ida. Frente a la colisión de denunciar y guardar secreto, a#uel desaparece. rocede declarar la nulidad de todo loFrente a la colisión de denunciar y guardar secreto, a#uel desaparece. rocede declarar la nulidad de todo lo actuado cuando el sumario de origino en !iolación al secreto proesional.actuado cuando el sumario de origino en !iolación al secreto proesional. uien tiene la obligación y no denuncia, cae en el delito de encubrimiento por omisión de denuncia.uien tiene la obligación y no denuncia, cae en el delito de encubrimiento por omisión de denuncia. roibición de denunciar:roibición de denunciar: 8o se podr& denunciar a los amiliares, a menos #ue el delito apare0ca e"ecutado en per"uicio del denunciante o8o se podr& denunciar a los amiliares, a menos #ue el delito apare0ca e"ecutado en per"uicio del denunciante o un pariente suyo de grado igual o m&s pró5imo #ue el #ue lo liga con el denunciado.un pariente suyo de grado igual o m&s pró5imo #ue el #ue lo liga con el denunciado. /u inalidad es mantener la solidaridad, respeto "erar#uía del grupo amiliar por sobre el interés en la persecución/u inalidad es mantener la solidaridad, respeto "erar#uía del grupo amiliar por sobre el interés en la persecución
penal.penal. Denuncia ante el jue3 =a"t, 1>?!Denuncia ante el jue3 =a"t, 1>?! %l "ue0 la transmitir& al agente iscal inmediatamente. %l agente iscal ormulara re#uerimiento o pedir& #ue sea%l "ue0 la transmitir& al agente iscal inmediatamente. %l agente iscal ormulara re#uerimiento o pedir& #ue sea desestimada o remitirla a otra "urisdicción.desestimada o remitirla a otra "urisdicción. %l "ue0 podr& también delegar (acultati!amente) la instrucción al agente iscal (art. $A)%l "ue0 podr& también delegar (acultati!amente) la instrucción al agente iscal (art. $A) /era desestimada cuando los ecos reerido/era desestimada cuando los ecos reeridos en ella no constituyan delito os en ella no constituyan delito o cuando no se pueda proceder. %stacuando no se pueda proceder. %sta resolución ser& apelable. Debe desestimar uresolución ser& apelable. Debe desestimar u no arci!ar.no arci!ar. Denuncia ante la policía o uer0as de seguridad:Denuncia ante la policía o uer0as de seguridad: rigina la pre!ención policial (in!estigación y reunión de las pruebas). /in embargo no promue!e directamente larigina la pre!ención policial (in!estigación y reunión de las pruebas). /in embargo no promue!e directamente la instrucción.instrucción. Deber&n comunicar al "ue0 competente y al iscal la iniciación de actuaciones de pre!ención.Deber&n comunicar al "ue0 competente y al iscal la iniciación de actuaciones de pre!ención. 7l inali0arse la pre!ención debe remitirse lo actuado al "ue0 #ue corresponda. %l "ue0 debe re#uerir la opinión del7l inali0arse la pre!ención debe remitirse lo actuado al "ue0 #ue corresponda. %l "ue0 debe re#uerir la opinión del 66, luego, luego de sude su recepción.recepción. Los uncionarios policiales, podr&n recibir denuncias, disponer allanamientos re#uisas o secuestros (con orden yLos uncionarios policiales, podr&n recibir denuncias, disponer allanamientos re#uisas o secuestros (con orden y sin orden), apreender a los presuntos culpables en lagrancia, no podr&n recibir declaración del imputado (solosin orden), apreender a los presuntos culpables en lagrancia, no podr&n recibir declaración del imputado (solo preguntas identiicadoras).preguntas identiicadoras).
Denuncia ante el agente iscal: o cuando promue!a por el la acción penal de oicio, deber& poner enDenuncia ante el agente iscal: o cuando promue!a por el la acción penal de oicio, deber& poner en conocimiento de ella al "ue0 deconocimiento de ella al "ue0 de instrucción. %l "ue0 de instrucción decidir& siinstrucción. %l "ue0 de instrucción decidir& si toma a su cargo la in!estigacióntoma a su cargo la in!estigación o sio si continuara en ella el agente iscal.continuara en ella el agente iscal. 7l concluir la in!estigación puede disponer el arci!o por decreto, a menos #ue se ubiera recibido declaración al7l concluir la in!estigación puede disponer el arci!o por decreto, a menos #ue se ubiera recibido declaración al imputado supuesto en el #ue debe pedir sobreseimiento al "ue0. %n caso de discrepancia ente el iscal #ue pideimputado supuesto en el #ue debe pedir sobreseimiento al "ue0. %n caso de discrepancia ente el iscal #ue pide el sobreseimiento y el magistrado las actuaciones de ele!an a la c&mara.el sobreseimiento y el magistrado las actuaciones de ele!an a la c&mara. La recepción de la declaración indagatoria es e5clusi!a del "ue0, e implica re#uerimiento de instrucción.La recepción de la declaración indagatoria es e5clusi!a del "ue0, e implica re#uerimiento de instrucción. -nstrucción obligatoria en el 6F (art. $A bis): en los delitos de competencia criminal o correccional #ue no-nstrucción obligatoria en el 6F (art. $A bis): en los delitos de competencia criminal o correccional #ue no tengan autor indi!iduali0ado, la dirección detengan autor indi!iduali0ado, la dirección de la in!estigación #uedara delegada alla in!estigación #uedara delegada al 6F6F.. 2 2ambién en las causas #ueambién en las causas #ue se in!estiguen los delitos pre!istos en ese in!estiguen los delitos pre!istos en el art. $+' bis y $JBl art. $+' bis y $JB del @del @, aun cuando, aun cuando tengan autores indi!iduali0ados.tengan autores indi!iduali0ados. %l iscal re#uerir& ba"o pena de nulidad al "ue0 #ue practi#ue los siguientes actos:%l iscal re#uerir& ba"o pena de nulidad al "ue0 #ue practi#ue los siguientes actos: .recepción de declaración al imputado.recepción de declaración al imputado .toda medida restricti!a de la libertad ambulatoria.toda medida restricti!a de la libertad ambulatoria .la producción de actos irreproducibles.la producción de actos irreproducibles .toda medida relati!a al arci!o, suspensión de la persecución o sobreseimiento.toda medida relati!a al arci!o, suspensión de la persecución o sobreseimiento
-P"ocedimiento-P"ocedimiento %n la primera oportunidad, y siempre ante des declarar el "ue0 in!itara al imputado a elegir deensor9 odr&%n la primera oportunidad, y siempre ante des declarar el "ue0 in!itara al imputado a elegir deensor9 odr& entre!istarse con su asistido.entre!istarse con su asistido.
La solución #ue propone maier es acudir a las acusaciones alternati!as o subsidiarias: ella supone #ue elLa solución #ue propone maier es acudir a las acusaciones alternati!as o subsidiarias: ella supone #ue el legislador pondr& en la acusación todas las *ipótesis posibles orden&ndolas de manera #ue se entienda cual eslegislador pondr& en la acusación todas las *ipótesis posibles orden&ndolas de manera #ue se entienda cual es la principal y cuales las subsidiarias. %sta acula principal y cuales las subsidiarias. %sta acusación permite la contestación deensi!a.sación permite la contestación deensi!a.
'probar y controlar la prueba del adversario.'probar y controlar la prueba del adversario. %l procedimiento de instrucción es autoritario, y tiene como in recolectar la inormación para lle!ar al%l procedimiento de instrucción es autoritario, y tiene como in recolectar la inormación para lle!ar al en"uiciamiento de una persona. %l acusado no tiene tanta participación en esta etapa.en"uiciamiento de una persona. %l acusado no tiene tanta participación en esta etapa. %n cambio en el "uicio, aparece la igualdad de armas entre el acusador y acusado.%n cambio en el "uicio, aparece la igualdad de armas entre el acusador y acusado. /in embargo el imputado go0a de la m&5ima in dubio pro reo./in embargo el imputado go0a de la m&5ima in dubio pro reo.
$, De(ensa t<cnica$, De(ensa t<cnica 7dem&s de la deensa material, es obligatoria la deensa técnica. %s decir asistido "urídicamente, Desde el primer7dem&s de la deensa material, es obligatoria la deensa técnica. %s decir asistido "urídicamente, Desde el primer momento tiene dereco a elegir un deensor pri!ado. 8o obstante si el mismo no pueda o no #uiera designar unmomento tiene dereco a elegir un deensor pri!ado. 8o obstante si el mismo no pueda o no #uiera designar un deensor, el %stado debe designarle un deensor oicial.deensor, el %stado debe designarle un deensor oicial. %l dereco penal no considera al imputado capa0 de resistir la persecución penal por sí solo, por eso el deensor%l dereco penal no considera al imputado capa0 de resistir la persecución penal por sí solo, por eso el deensor !iene a complementar la capacidad del imputado para estar en "uicio.!iene a complementar la capacidad del imputado para estar en "uicio. 7mbos poseen acultades autónomas, independientes, #ue no se iniben entre si.7mbos poseen acultades autónomas, independientes, #ue no se iniben entre si. %l deensor siempre responde a un interés parcial #ue es la deensa del imputado.%l deensor siempre responde a un interés parcial #ue es la deensa del imputado.
', o("ece" 0 p"oduci" p"uea de desca":o', o("ece" 0 p"oduci" p"uea de desca":o 9debe poder controlar la prueba #ue el "ue0 !a a !alorar:9debe poder controlar la prueba #ue el "ue0 !a a !alorar: /olo durante el debate son incorporados los 1nicos medios de prueba idóneos para undar la sentencia./olo durante el debate son incorporados los 1nicos medios de prueba idóneos para undar la sentencia. Durante la instrucción los medios de prueba obtenidos solo tienen !alor preparatorio, para decidir si se en"uicia alDurante la instrucción los medios de prueba obtenidos solo tienen !alor preparatorio, para decidir si se en"uicia al imputado,imputado, pero no parapero no para undar laundar la sentencia.sentencia. 9producción de prueba de descargo: acultad de orecer prueba para ser recibida durante el debate. Genera el9producción de prueba de descargo: acultad de orecer prueba para ser recibida durante el debate. Genera el
deber del tribual de ordenar su recepción, sal!o cuando ella sea e!identemente impertinente o superabundante.deber del tribual de ordenar su recepción, sal!o cuando ella sea e!identemente impertinente o superabundante.9cuando se trata de la declaración del imputado, la ley obliga a al "ue0, a e!acuar con urgencia las citas #ue9cuando se trata de la declaración del imputado, la ley obliga a al "ue0, a e!acuar con urgencia las citas #ue
iciere y dem&s diligencias #ue propusiere.iciere y dem&s diligencias #ue propusiere. 9!aloración de la prueba: se concede la palabra al imputado después de la producción de la prueba.9!aloración de la prueba: se concede la palabra al imputado después de la producción de la prueba. @on respecto a la prueba irreproducible, se mencionan los medios de prueba obtenidos con anterioridad al@on respecto a la prueba irreproducible, se mencionan los medios de prueba obtenidos con anterioridad al debate #ue son introducidos por lectura. /iempre y cuando se notii#ue a la deensa la reali0ación de esos actosdebate #ue son introducidos por lectura. /iempre y cuando se notii#ue a la deensa la reali0ación de esos actos como condición de eicacia.como condición de eicacia.
, Inadmisiilidad de la "e(o"matio in peius, Inadmisiilidad de la "e(o"matio in peius /igniica proibir al tribula #ue re!isa la decisión, por la interposición de un recurso, la modiicación de la/igniica proibir al tribula #ue re!isa la decisión, por la interposición de un recurso, la modiicación de la resolución en per"uicio del imputado, cuando ella solo ue recurrida por él.resolución en per"uicio del imputado, cuando ella solo ue recurrida por él. La alta de recurso acusatorio, inibe a la al0ada para modiicar la sentencia en per"uicio del imputado.laLa alta de recurso acusatorio, inibe a la al0ada para modiicar la sentencia en per"uicio del imputado.la adesión al recurso del imputadoadesión al recurso del imputado por el acusador, abre la posibilidad de reormarpor el acusador, abre la posibilidad de reormar la sentencia en per"uicio della sentencia en per"uicio del imputado.imputado. %sto a!orece a la seguridad "urídica del imputado.%sto a!orece a la seguridad "urídica del imputado. Los recursos interpuestos por elLos recursos interpuestos por el acusador, permitir&n modiicar o re!ocar la decisión a1n aacusador, permitir&n modiicar o re!ocar la decisión a1n a a!or del imputado.a!or del imputado.
B, inadmisiiliad del juicioB, inadmisiiliad del juicio cont"a ausentes =p"ocedimiento contumacial!cont"a ausentes =p"ocedimiento contumacial!
6, incoe"ciilidad del imputado como ":ano de6, incoe"ciilidad del imputado como ":ano de p"uea p"o@iicin de oli:a" al imputado ap"uea p"o@iicin de oli:a" al imputado a decla"a"decla"a" cont"a s# mismo,cont"a s# mismo,
-Imputado =a"t,7$!-Imputado =a"t,7$! /e go0a de la calidad de tal a toda persona #ue sea detenida o indicada de cual#uier orma como partícipe de un/e go0a de la calidad de tal a toda persona #ue sea detenida o indicada de cual#uier orma como partícipe de un eco. Desde ese momento se le reconoce la garantía de deensa en "uicio.eco. Desde ese momento se le reconoce la garantía de deensa en "uicio. %l dereco de deensa est& relacionado con la e5istencia de una imputación y no con el grado de ormali0ación%l dereco de deensa est& relacionado con la e5istencia de una imputación y no con el grado de ormali0ación de ella.de ella. 1-P"esentacion espontanea1-P"esentacion espontanea 2 2oda persona contra laoda persona contra la #ue se ubiere iniciado o este#ue se ubiere iniciado o este por iniciarse un proceso, tiene dpor iniciarse un proceso, tiene dereco a presentarse alereco a presentarse al tribual con su abogado deensortribual con su abogado deensor para aclarar os ecos ypara aclarar os ecos y prueba 1til a su a!or.prueba 1til a su a!or. uede anticiparse a la citación y comparecer ante el órgano "udicial !oluntariamente.uede anticiparse a la citación y comparecer ante el órgano "udicial !oluntariamente. %l "ue0 en estos casos tiene el deber de recibir la declaración del imputado.%l "ue0 en estos casos tiene el deber de recibir la declaración del imputado.
$-A""esto$-A""esto cuando en el primer momento de la in!estigación de un eco en el #ue participen !arias personas ycuando en el primer momento de la in!estigación de un eco en el #ue participen !arias personas y no sea posible indi!iduali0ar a los responsables y a los testigos, el "ue0 podr& disponer #ue no se ale"en del lugarno sea posible indi!iduali0ar a los responsables y a los testigos, el "ue0 podr& disponer #ue no se ale"en del lugar ni se comuni#uen entre si. 8oni se comuni#uen entre si. 8o podr& prolongarse por m&spodr& prolongarse por m&s de < *oras. Kencido el pla0o podr& ordenarse lade < *oras. Kencido el pla0o podr& ordenarse la detención del presunto culpable.detención del presunto culpable.
', Citacion', Citacion cuando el delito #ue se in!estigue no esté reprimido con pena pri!ati!a de la libertad o parececuando el delito #ue se in!estigue no esté reprimido con pena pri!ati!a de la libertad o parece procedente una condena de e"ecución condicional, sal!o lagrancia, el "ue0 ordenara la comparecencia delprocedente una condena de e"ecución condicional, sal!o lagrancia, el "ue0 ordenara la comparecencia del imputado por citación. /i no se presentare en término, se ordenara su detención.imputado por citación. /i no se presentare en término, se ordenara su detención. /olo restringe la libertad de determinación en cuanto al despla0amiento, pues el día y *ora seCalados en la/olo restringe la libertad de determinación en cuanto al despla0amiento, pues el día y *ora seCalados en la notiicación debe acudirse a la audiencia.notiicación debe acudirse a la audiencia. /e materiali0a a tra!és de la notiicación, ba"o la conminación de ser traído por la uer0a p1blica./e materiali0a a tra!és de la notiicación, ba"o la conminación de ser traído por la uer0a p1blica. , Detencion, Detencion '(on orden %udicial: )art. *+-'(on orden %udicial: )art. *+- %l "ue0 librara orden de detención para #ue el imputado sea lle!ado ante su presencia. La orden ser& escrita y%l "ue0 librara orden de detención para #ue el imputado sea lle!ado ante su presencia. La orden ser& escrita y contendr& los datos personales de imputado, y el eco #ue se le atribuye.contendr& los datos personales de imputado, y el eco #ue se le atribuye. %l "ue0 tiene un pla0o para *acer cesar la detención. 7un#ue puede pro!ocar su soltura de antemano mediante la%l "ue0 tiene un pla0o para *acer cesar la detención. 7un#ue puede pro!ocar su soltura de antemano mediante la e5carcelación.e5carcelación.
'Sin orden %udicial: )art. +-'Sin orden %udicial: )art. +- $. cuando se intentare un delito de acción p1blica reprimido con pena pri!ati!a de libertad. @omprende los actos$. cuando se intentare un delito de acción p1blica reprimido con pena pri!ati!a de libertad. @omprende los actos preparatorios.preparatorios. '. al #ue se ugare estando detenido'. al #ue se ugare estando detenido 9 la persona #ue tenga inicios !eementes de culpabilidad y e5ista peligro de uga o entorpecimiento de la9 la persona #ue tenga inicios !eementes de culpabilidad y e5ista peligro de uga o entorpecimiento de la in!estigación, y solo a los ines dein!estigación, y solo a los ines de conducirlo al "ue0 competente. %l estadoconducirlo al "ue0 competente. %l estado de sospeca no debe ser sub"eti!o,de sospeca no debe ser sub"eti!o, sino obedecer a circunstancias ob"eti!as.sino obedecer a circunstancias ob"eti!as. B, (la:"anciaB, (la:"ancia 9Flagrancia: (art. '<).9Flagrancia: (art. '<). a. Flagrancia propiamente dicha:a. Flagrancia propiamente dicha: cuando el autor del eco es sorprendido en el momento de cometerlo ocuando el autor del eco es sorprendido en el momento de cometerlo o inmediatamente después.inmediatamente después. B.Cuasi flagrancia:B.Cuasi flagrancia: cuando alguien es perseguido por al uer0a publica, el oendió o el clamor p1blico, no e5igecuando alguien es perseguido por al uer0a publica, el oendió o el clamor p1blico, no e5ige la percepción directa de la comisión del delito.la percepción directa de la comisión del delito. c. flagrancia presunta:c. flagrancia presunta: el sospecoso tenga ob"etos o presente rastros #ue agan presumir !eementementeel sospecoso tenga ob"etos o presente rastros #ue agan presumir !eementemente #ue acaba de participar en un delito.#ue acaba de participar en un delito. %n caso de detención sin orden, el uncionario o au5iliar de la policía deber& presentar al detenido en un pla0o no%n caso de detención sin orden, el uncionario o au5iliar de la policía deber& presentar al detenido en un pla0o no
mayor a *oras ante el "ue0.mayor a *oras ante el "ue0. 9art. $ ley '.AB:9art. $ ley '.AB:
Re%uisitos pa"a p"ocede" a la detencinRe%uisitos pa"a p"ocede" a la detencin 'circunstancias $undadas que hagan presumir la comisión de un hecho'circunstancias $undadas que hagan presumir la comisión de un hecho 'no acreditación de la identidad'no acreditación de la identidad 8o ace alusión a los peligros procesales.8o ace alusión a los peligros procesales. 99 Detención por un particularDetención por un particular :: %n los casos pre!istos en el art. '<+, los particulares est&n acultados para practicar la detención, debiendo%n los casos pre!istos en el art. '<+, los particulares est&n acultados para practicar la detención, debiendo entregar el detenido inmediatamente a la autoridad "udicial o policial.entregar el detenido inmediatamente a la autoridad "udicial o policial. La apreensión e acultati!a y su omisión no acarrea responsabilidad.La apreensión e acultati!a y su omisión no acarrea responsabilidad. 6, Reeldia del imputado6, Reeldia del imputado 8o se puede desarrollar el proceso íntegramente sin #ue el acusado este presente. 8o e5iste el proceso en8o se puede desarrollar el proceso íntegramente sin #ue el acusado este presente. 8o e5iste el proceso en contumacia en !irtud de la in!iolabilidad de la deensa en "uicio (art. $< cn).contumacia en !irtud de la in!iolabilidad de la deensa en "uicio (art. $< cn). /era declarado rebelde el imputado #ue no compareciere a la citación "udicial, o se ugare del lugar en donde se/era declarado rebelde el imputado #ue no compareciere a la citación "udicial, o se ugare del lugar en donde se alla detenido sin "ustiicación, o se ausentare del lugar de su residencia.alla detenido sin "ustiicación, o se ausentare del lugar de su residencia.
Declarada la rebeldía por auto el "ue0 e5pedir& orden de detención.Declarada la rebeldía por auto el "ue0 e5pedir& orden de detención. 8o suspende el proceso de instrucción, si este ue dictado durante el "uicio, se suspende respecto al rebelde pero8o suspende el proceso de instrucción, si este ue dictado durante el "uicio, se suspende respecto al rebelde pero contin1a si ay mas imputados.contin1a si ay mas imputados. La declaración de rebeldía implicara la re!ocatoria de la e5carcelación.La declaración de rebeldía implicara la re!ocatoria de la e5carcelación. . -ndagatoria:. -ndagatoria: %s la primera oportunidad #ue tiene el imputado para #ue se lo escuce en el proceso. @onsiste en la e5posición%s la primera oportunidad #ue tiene el imputado para #ue se lo escuce en el proceso. @onsiste en la e5posición espontanea o pro!ocada por un interrogatorio #ue el imputado cumple acultati!amente ante el "ue0.espontanea o pro!ocada por un interrogatorio #ue el imputado cumple acultati!amente ante el "ue0. Recién a partir de allí se cursa noticia de los ecos imputados.Recién a partir de allí se cursa noticia de los ecos imputados. La a!eriguación de la !erdadLa a!eriguación de la !erdad no puede oír mas all&no puede oír mas all& de lo #ue el imputado #uierade lo #ue el imputado #uiera declarar. /e proíbe obligarlo adeclarar. /e proíbe obligarlo a declarar en su contra (art. $< cn).declarar en su contra (art. $< cn). @onstituye un simple medio de deensa, y #ue nunca puede considerarse a la declaración del imputado como@onstituye un simple medio de deensa, y #ue nunca puede considerarse a la declaración del imputado como medio de prueba ni sermedio de prueba ni ser susceptibles de ormar con!icción en elsusceptibles de ormar con!icción en el "u0gador, y el "ue0 deber& probar el eco po"u0gador, y el "ue0 deber& probar el eco porr otros medios obligatoriamente.otros medios obligatoriamente.
Inte""umpe la p"esc"ipcin penal,Inte""umpe la p"esc"ipcin penal, 9(art 'A+): cuando ubiese moti!o para sospecar #ue una persona cometió un eco, el "ue0 proceder& a9(art 'A+): cuando ubiese moti!o para sospecar #ue una persona cometió un eco, el "ue0 proceder& a
interrogarla, si estu!iese detenida dentro de las '+ *s, prorrogable por otro igual.interrogarla, si estu!iese detenida dentro de las '+ *s, prorrogable por otro igual. /u recepción es acto pri!ati!o del "ue0, aun cuando se *aya delegado la instrucción en la iscalía. %l lugar de/u recepción es acto pri!ati!o del "ue0, aun cuando se *aya delegado la instrucción en la iscalía. %l lugar de cumplimento es la sede del tribunal.cumplimento es la sede del tribunal.
99 asistencia del de(enso"asistencia del de(enso"
%s la medida cautelar coerciti!i%s la medida cautelar coerciti!ita m&sta m&s intensa, una !e0 dispuesta perdura durante todo eintensa, una !e0 dispuesta perdura durante todo el proceso al menosl proceso al menos #ue se pueda *acer cesar mediante e5carcelación.#ue se pueda *acer cesar mediante e5carcelación. 2 2ambién se cumple a inali0arambién se cumple a inali0ar el término de la ley '.+Bel término de la ley '.+B es decir ' aCos. (la0o m&es decir ' aCos. (la0o m&5imo) cuando no se *aya5imo) cuando no se *aya dictado sentenciadictado sentencia condenatoria.condenatoria. rorrogable por unrorrogable por un aCo m&s.aCo m&s. 8o debe conundirse con el pla0o ra0onable #ue es especíico para caso en particular y debe ser !alorado por el8o debe conundirse con el pla0o ra0onable #ue es especíico para caso en particular y debe ser !alorado por el "ue0"ue uede ser impugnada mediante recurso de apelación. 8o tiene eecto suspensi!o.uede ser impugnada mediante recurso de apelación. 8o tiene eecto suspensi!o. 8o es e#uiparable a deiniti!a, aun#ue se *a admitido e5cepcionalmente el recurso e5traordinario.8o es e#uiparable a deiniti!a, aun#ue se *a admitido e5cepcionalmente el recurso e5traordinario. 8inguna medida cautelar puede ser desnaturali0ada al encararla como anticipo de pena, no corresponde su8inguna medida cautelar puede ser desnaturali0ada al encararla como anticipo de pena, no corresponde su imposición autom&tica sino ante la e5istencia de riesgos procesales (postura constitucional).imposición autom&tica sino ante la e5istencia de riesgos procesales (postura constitucional). Reuisitos:Reuisitos: a.no debe tratarse de condena de e"ecución condicionala.no debe tratarse de condena de e"ecución condicional b.aun#ue sea procedente la condena de e"ecución condicional, #ue se de algunas de las restricciones del $Ab.aun#ue sea procedente la condena de e"ecución condicional, #ue se de algunas de las restricciones del $A //"atamiento"atamiento di(e"enciadodi(e"enciado los #ue ueron sometidos a prisión pre!enti!a, ser&n alo"ados en establecimientoslos #ue ueron sometidos a prisión pre!enti!a, ser&n alo"ados en establecimientos dierentes de los penadosdierentes de los penados
8inalidad du"ante la in&esti:acin8inalidad du"ante la in&esti:acin: sustentar el re#uerimiento de ele!ación a "uicio.: sustentar el re#uerimiento de ele!ación a "uicio. Durante el "uicio: sólo la prueba recreada en el debate podr& undar la sentencia (e5cepciones: prueba irrepetibleDurante el "uicio: sólo la prueba recreada en el debate podr& undar la sentencia (e5cepciones: prueba irrepetible 9'BB y A'9 e incorporación por lectura de las testimoniales 9A$9.)9'BB y A'9 e incorporación por lectura de las testimoniales 9A$9.) ara ele!ación a "uicio: probabilidad positi!aara ele!ación a "uicio: probabilidad positi!a ara sobreseimiento: certe0a negati!a, o probabilidad negati!a si la in!estigación se *a agotado.ara sobreseimiento: certe0a negati!a, o probabilidad negati!a si la in!estigación se *a agotado. ara sentencia condenatoria: certe0a positi!a o apodíctica (de lo contrario, cual#uier otro grado deri!ar& enara sentencia condenatoria: certe0a positi!a o apodíctica (de lo contrario, cual#uier otro grado deri!ar& en absolución por aplicación del in dubio pro reo).absolución por aplicación del in dubio pro reo). O5E/O PROCESALO5E/O PROCESAL aspecto ob"eti!o (materialidad del eco)9 aspecto sub"eti!o (responsabilidad del autor)aspecto ob"eti!o (materialidad del eco)9 aspecto sub"eti!o (responsabilidad del autor)
AC/I4IDAD PRO5A/ORIAAC/I4IDAD PRO5A/ORIAuna prueba.una prueba. : todas las diligencias #ue se practican en el proceso con el in de incorporar y !alorar: todas las diligencias #ue se practican en el proceso con el in de incorporar y !alorar
O5E/O DE PRUE5AO5E/O DE PRUE5A MuéN. or e": una alsedad documental.MuéN. or e": una alsedad documental. ELEMEN/O DE PRUE5AELEMEN/O DE PRUE5A: M@on #uéN. %": el documento.: M@on #uéN. %": el documento. MEDIO DE PRUE5AMEDIO DE PRUE5A: M@ómoN. %": perita"e sobre el documento.: M@ómoN. %": perita"e sobre el documento. RGANO DE PRUE5ARGANO DE PRUE5A MuiénN. %": el perito.MuiénN. %": el perito.
O("ecimientoO("ecimiento en nuestro sistema de raí0 in#uisiti!a se permite #ue sea el propio tribunal.en nuestro sistema de raí0 in#uisiti!a se permite #ue sea el propio tribunal. AdmisinAdmisin: el encargado de dirigir el proceso debe controlar #ue sea:: el encargado de dirigir el proceso debe controlar #ue sea: Pe"tinentePe"tinente: #ue tenga relación con el ob"eto del proceso. /i el supuesto es dudoso, resulta carga de la parte #ue: #ue tenga relación con el ob"eto del proceso. /i el supuesto es dudoso, resulta carga de la parte #ue la propone e5plicar el por #ué de su pertinencia (e". arma en el ropero).la propone e5plicar el por #ué de su pertinencia (e". arma en el ropero). Rele&anteRele&ante: debe tener la suiciente entidad para inluir sobre la decisión a adoptar en el proceso. Ena prueba: debe tener la suiciente entidad para inluir sobre la decisión a adoptar en el proceso. Ena prueba puede tener relación con el ob"eto del proceso (ser pertinente), pero no tener gra!itación alguna en elpuede tener relación con el ob"eto del proceso (ser pertinente), pero no tener gra!itación alguna en el pronunciamiento a tomar (e". pedido de inorme al Renar).pronunciamiento a tomar (e". pedido de inorme al Renar). NecesidadNecesidad: es e5cesi!a, innecesaria o sobreabundante si el ob"eto a acreditar puede ser suicientemente: es e5cesi!a, innecesaria o sobreabundante si el ob"eto a acreditar puede ser suicientemente
conirmado por otros medios (e".conirmado por otros medios (e". #ue el robo en pobladoRecepcinRecepcin precedida por las diligencias necesarias (e". citación) #ue implica el tr&mite de ad#uisición. /eprecedida por las diligencias necesarias (e". citación) #ue implica el tr&mite de ad#uisición. /e#ue el robo en poblado se produ"e en 7!se produ"e en 7!. @orrientes).. @orrientes). produce, por e"., cuando el testigo declara.produce, por e"., cuando el testigo declara. 4alo"acin4alo"acin ase crítica. 7n&lisis ra0onado pre!io al dictado de unaase crítica. 7n&lisis ra0onado pre!io al dictado de una decisión de mérito. Discusión pre!ia, 'decisión de mérito. Discusión pre!ia, ' momentos: uno a cargo demomentos: uno a cargo de las partes para emitir suslas partes para emitir sus conclusiones, yconclusiones, y, otro, del "ue0 para, otro, del "ue0 para adoptar su decisión.adoptar su decisión.
A4ERIGUACIN DE LA 4ERDADA4ERIGUACIN DE LA 4ERDAD: meta del procedimiento. Fin: meta del procedimiento. Fin 1ltimo: reali0ación del D1ltimo: reali0ación del D, pero lo alcan0a a, pero lo alcan0a a tra!és del procedimiento, determinando el ob"eto (materialidad del eco y responsabilidad del imputado).tra!és del procedimiento, determinando el ob"eto (materialidad del eco y responsabilidad del imputado). %s imposible obtener la e5acta correspondencia entre lo realmente sucedido y lo #ue se reconstruye en el%s imposible obtener la e5acta correspondencia entre lo realmente sucedido y lo #ue se reconstruye en el proceso. %n su b1s#ueda se puede arribar a dierentes grados de acercamiento (probabilidades o certe0as).proceso. %n su b1s#ueda se puede arribar a dierentes grados de acercamiento (probabilidades o certe0as). 4ele3 Ma"iconde4ele3 Ma"iconde a dierencia del procesoa dierencia del proceso ci!il el 6 y el "ue0 tienen el debeci!il el 6 y el "ue0 tienen el deber de in!estigar la !erdad real,r de in!estigar la !erdad real, ob"eti!a, sustancial aun#ue el imputado coniese.ob"eti!a, sustancial aun#ue el imputado coniese. Ca"ne&aleCa"ne&ale: el imperio de !erdad del proceso penal, por la naturale0a p1blica del interés represi!o, puede ir *asta: el imperio de !erdad del proceso penal, por la naturale0a p1blica del interés represi!o, puede ir *asta en contra de la !oluntad de los particulares interesados.en contra de la !oluntad de los particulares interesados. LeoneLeone: la dierencia con el p: la dierencia con el proceso ci!il est& en la indisponibilidad del obroceso ci!il est& en la indisponibilidad del ob"eto del proceso."eto del proceso.
Maie"Maie"dierentes #ue conlle!a a #ue los su"etos la coniguren de distinta manera (e". en el ci!il rige la autonomía de ladierentes #ue conlle!a a #ue los su"etos la coniguren de distinta manera (e". en el ci!il rige la autonomía de la: no *ay dierencia entre dos tipos de !erdad, sino distintos procedimientos, gobernados por principios: no *ay dierencia entre dos tipos de !erdad, sino distintos procedimientos, gobernados por principios !oluntad, en el penal, *asta el "ue0 en determinadas circunstancias debe perseguir la a!eriguación de la !erdad).!oluntad, en el penal, *asta el "ue0 en determinadas circunstancias debe perseguir la a!eriguación de la !erdad). %l D ob"eti!i0a m&s la a!eriguación de la !erdad,%l D ob"eti!i0a m&s la a!eriguación de la !erdad, por la rele!ancia #ue enpor la rele!ancia #ue en él tiene el interés p1blico.él tiene el interés p1blico. Ro)inRo)in: remarca la dierencia por la posibilidad o no, de #ue *aya proceso en rebeldía.: remarca la dierencia por la posibilidad o no, de #ue *aya proceso en rebeldía.
La b1s#ueda de la !erdad es un principio político, sin "erar#uía constitucional, por lo #ue debe ceder si paraLa b1s#ueda de la !erdad es un principio político, sin "erar#uía constitucional, por lo #ue debe ceder si para alcan0arlo se an !iolado principios de dica raigambre.alcan0arlo se an !iolado principios de dica raigambre. Las tendencias actuales, *oy intentan dirigirla *acia la composición, y no acia la sanción, ba"o la idea de !erdadLas tendencias actuales, oy intentan dirigirla acia la composición, y no acia la sanción, ba"o la idea de !erdad de "urídica Ola #ue resulta de lo #ue las partes generan: mas all& de lo realmente acecido9.de "urídica Ola #ue resulta de lo #ue las partes generan: mas all& de lo realmente acecido9. 8e""ajoli8e""ajoli la a!eriguación de la !erdad como garantía del imputado, para e!itar sea "u0gado uera de lola a!eriguación de la !erdad como garantía del imputado, para e!itar sea "u0gado uera de lo !erdaderamente ocurrido, y si a eso no se llega debe conducir a la absolución (e". proibición de!erdaderamente ocurrido, y si a eso no se llega debe conducir a la absolución (e". proibición de conside"a" susconside"a" sus antecedentesF peli:"osidadF ca"acte"#sticas pe"sonalesF etc,!,antecedentesF peli:"osidadF ca"acte"#sticas pe"sonalesF etc,!, Maie"Maie" son otras m&5imas las #ue deben tenerse en cuenta para concederle el car&cter de garantía: derecoson otras m&5imas las #ue deben tenerse en cuenta para concederle el car&cter de garantía: dereco penal de acto y el indubio pro reo.penal de acto y el indubio pro reo. %"emplos de la a!eriguación de la !edad como meta de nuestro sistema en el debate Omomento en #ue se%"emplos de la a!eriguación de la !edad como meta de nuestro sistema en el debate Omomento en #ue se supondría #ue debería tener una in"erencia menor #ue en la etapa in!estigati!a9:supondría #ue debería tener una in"erencia menor #ue en la etapa in!estigati!a9: '91'91: permite la incorporación por lectura al debate de las declaraciones testimoniales prestadas durante la: permite la incorporación por lectura al debate de las declaraciones testimoniales prestadas durante la instrucción.instrucción. '>7 0 '>>'>7 0 '>>: posibilidad de #ue el tribunal, en el curso del debate, pueda disponer de oicio una inspección "udicial: posibilidad de #ue el tribunal, en el curso del debate, pueda disponer de oicio una inspección "udicial o la recepción de nue!as pruebas, lo cual cercena la garantía del "ue0 imparcial.o la recepción de nue!as pruebas, lo cual cercena la garantía del "ue0 imparcial.
IN4ES/IGACIN O8ICIAL DE LA 4ERDADIN4ES/IGACIN O8ICIAL DE LA 4ERDAD: el %stado a tra!és de los órganos competentes (policías, "ueces,: el %stado a tra!és de los órganos competentes (policías, "ueces, iscales) se *ace cargo de liscales) se *ace cargo de laa in!estigación de los delitos, alin!estigación de los delitos, al menos los de acción p1blica. %lmenos los de acción p1blica. %l %stado le Me5propiaN%stado le Me5propiaN el conlicto a la !íctima. %l interésel conlicto a la !íctima. %l interés p1blico reempla0a al de la !ictima (pp1blico reempla0a al de la !ictima (pri!ado) y con!ierte al %stado enri!ado) y con!ierte al %stado en cabe0a decabe0a de todas las in!estigaciones de delitos de acción p1blica, a !eces con la presencia del acusador pri!ado a la par: eltodas las in!estigaciones de delitos de acción p1blica, a !eces con la presencia del acusador pri!ado a la par: el #uerellante. %s imprescindible #ue sea sólo el acusador #uien traba"e en pro de la b1s#ueda de la !erdad.#uerellante. %s imprescindible #ue sea sólo el acusador #uien traba"e en pro de la b1s#ueda de la !erdad. 71 CP71 CP: necesidad de iniciar de oicio todas las acciones penales, con e5cepción de las pri!adas y las: necesidad de iniciar de oicio todas las acciones penales, con e5cepción de las pri!adas y las dependientes de instancia pri!ada.dependientes de instancia pri!ada. /e supone #ue la di!isión de unciones apunta *acia el respeto de las garantías: sin un perseguidor concreto #ue/e supone #ue la di!isión de unciones apunta *acia el respeto de las garantías: sin un perseguidor concreto #ue materiali0ara la imputación, no le sería posible al imputado deenderse. %5cepciones: aun en el debate lasmateriali0ara la imputación, no le sería posible al imputado deenderse. %5cepciones: aun en el debate las acultades del tribunal de inter!enir de oicio en pro de la persecución penal son enormes:acultades del tribunal de inter!enir de oicio en pro de la persecución penal son enormes: 'B7'B7 puedepuede de oicio dide oicio disponer una instrucciónsponer una instrucción suplementaria.suplementaria. 'B6'B6 si nadie oreció prueba, debe ordenar la #ue se recreara en el debate.si nadie oreció prueba, debe ordenar la #ue se recreara en el debate.
'>7'>7 una !e0 abierto el debate, puede de oicio, ordenar una inspección "udicial, el reconocimiento de personas ouna !e0 abierto el debate, puede de oicio, ordenar una inspección "udicial, el reconocimiento de personas o la reali0ación de careos.la reali0ación de careos. '>>'>> también la reali0ación de nue!as pruebastambién la reali0ación de nue!as pruebas '>9'>9: puede interrogar a las partes, testigos, peritos e intérpretes.: puede interrogar a las partes, testigos, peritos e intérpretes.
De"i&aciones de este p"incipioDe"i&aciones de este p"incipio La decisión del tribunal no puede #uedar !inculada a las maniestaciones de las partes en torno al ob"etoLa decisión del tribunal no puede #uedar !inculada a las maniestaciones de las partes en torno al ob"eto procesal, pues ellas no lo e5imeprocesal, pues ellas no lo e5imen de su deber de esclarecer la !erdad.n de su deber de esclarecer la !erdad. ero esta ase!eración debe serero esta ase!eración debe ser relati!i0ada por ra0ones de índole constitucional: si el imputado coniesa el eco, el tribunal no est& autori0ado arelati!i0ada por ra0ones de índole constitucional: si el imputado coniesa el eco, el tribunal no est& autori0ado a dictar condena sin m&s: deber& probar tal conesión.dictar condena sin m&s: deber& probar tal conesión. Sin embargo, si el $iscal en la etapa intermedia no requiere la elevación de la causa a %uicio sino que postula elSin embargo, si el $iscal en la etapa intermedia no requiere la elevación de la causa a %uicio sino que postula el sobreseimiento, el tribunal deber# dictarlo /aunque no lo comparta', por la declaración de inconstitucionalidadsobreseimiento, el tribunal deber# dictarlo /aunque no lo comparta', por la declaración de inconstitucionalidad del procedimiento de consulta del del procedimiento de consulta del +, que posibilitaba la elevación del ca+, que posibilitaba la elevación del caso a la (#mara de 0pelaciones paraso a la (#mara de 0pelaciones para que ella decidiera.que ella decidiera. 1102 345627002 3456270 uego, si al momento de alegar en el debate el $iscal solicita la absolución, el tribunal no se encontrar#uego, si al momento de alegar en el debate el $iscal solicita la absolución, el tribunal no se encontrar# autorizado aautorizado a condenar. 102 80condenar. 102 80651E92651E
Facultad del tribunal de producir prueba, con independencia del orecimiento de las partes, #ue no lo restringe enFacultad del tribunal de producir prueba, con independencia del orecimiento de las partes, #ue no lo restringe en los medios a emplear para conocer la !erdad. .los medios a emplear para conocer la !erdad. .
CARGA DE LA PRUE5ACARGA DE LA PRUE5A: en doctrina nacional se la relaciona con el in dubio pro reo, relati!i0ando la: en doctrina nacional se la relaciona con el in dubio pro reo, relati!i0ando la importancia de la a!eriguación de la 9!erdad y la in!estigación oicial, !incul&ndola a la trascendencia del estadoimportancia de la a!eriguación de la 9!erdad y la in!estigación oicial, !incul&ndola a la trascendencia del estado "urídico de inocencia."urídico de inocencia. 4<le3 Ma"iconde4<le3 Ma"iconde: en $P lugar corresponde al %stado. %l imputado no tiene el deber de probar nada, aun#ue: en $P lugar corresponde al %stado. %l imputado no tiene el deber de probar nada, aun#ue tenga el derec*o de acerlo, ya #ue go0a de una situación "urídica #ue no re#uiere ser construida, sino #ue debetenga el dereco de *acerlo, ya #ue go0a de una situación "urídica #ue no re#uiere ser construida, sino #ue debe ser destruida. /i no se pruebaser destruida. /i no se prueba su culpabilidad seguir& siendo inocente, y, por lo tanto, deber& ser asu culpabilidad seguir& siendo inocente, y, por lo tanto, deber& ser absuelto.bsuelto. Maie"Maie": se trata del uncionamiento del in dubio pro reo. La carga no incumbe a nadie: la condena re#uiere la: se trata del uncionamiento del in dubio pro reo. La carga no incumbe a nadie: la condena re#uiere la certe0a de la e5istencia de un eco punible. %l deber del acusador es in!estigar la !erdad ob"eti!a, tanto encerte0a de la e5istencia de un eco punible. %l deber del acusador es in!estigar la !erdad ob"eti!a, tanto en per"uicio como a a!or del imputado, deber similar al del tribunal (este 1ltimo punto del "ue0 no lo compartenper"uicio como a a!or del imputado, deber similar al del tribunal (este 1ltimo punto del "ue0 no lo comparten Ho!ino y Hertelotti).Ho!ino y Hertelotti). /i esto signiica o no trasladarla teoría de la carga de la prueba del proceso ci!il al penal resulta una cuestión/i esto signiica o no trasladarla teoría de la carga de la prueba del proceso ci!il al penal resulta una cuestión terminológica. Lo importante en tener en cuenta #ue estas garantías (in dubio pro reo, imparcialidad y deensa)terminológica. Lo importante en tener en cuenta #ue estas garantías (in dubio pro reo, imparcialidad y deensa) obligan aobligan a #ue el acusador pueda optar también por una#ue el acusador pueda optar también por una postura desincriminatoria si corresponde.postura desincriminatoria si corresponde. 7sí como el7sí como el
imputado también puede elegir ante la prueba mantener un rol pasi!o o acti!o seg1n su estrategia.imputado también puede elegir ante la prueba mantener un rol pasi!o o acti!o seg1n su estrategia.
LI5ER/AD PRO5A/ORIALI5ER/AD PRO5A/ORIA como correlato directo del principio de la a!eriguación de la !erdad, todo se puedecomo correlato directo del principio de la a!eriguación de la !erdad, todo se puede probar y por cual#uier medio. 'Bprobar y por cual#uier medio. 'B %5cepciones: sustracción de ciertos ecos a%5cepciones: sustracción de ciertos ecos a la in!estigación oicial de la !erdadla in!estigación oicial de la !erdad
!rohibición de torturas: art. <+ ("'!rohibición de torturas: art. <+ ("' AB inc. **' < (!AB inc. ' < (!. El concepto de tortura abra. El concepto de tortura abraca también maltratosca también maltratos mentales, la reca&da sobre un tercero para obligarmentales, la reca&da sobre un tercero para obligar a un imputadoa un imputado a autoincriminarse, y la que esa autoincriminarse, y la que es impuesta comoimpuesta como castigo.castigo. F!""# 1#'E'E(R#F!""# 1#'E'E(R#: la (orte revocó una sentencia condenatoria de (#mara en la que se reconoc&a que el: la (orte revocó una sentencia condenatoria de (#mara en la que se reconoc&a que el imputado hab&a sido torturado para obtenerimputado hab&a sido torturado para obtener su con$esión. 4na buena administración desu con$esión. 4na buena administración de %usticia no puede%usticia no puede constituirse en bene$iciaria del hecho il&cito.constituirse en bene$iciaria del hecho il&cito. !rohibición de %uramento de decir la verdad: *CD. !or el dilema que implica: si la dice se autoincrimina, si no la!rohibición de %uramento de decir la verdad: *CD. !or el dilema que implica: si la dice se autoincrimina, si no la dice podr&a ser perseguido por $also testimonio.dice podr&a ser perseguido por $also testimonio. F!""# 1E'D#+!F!""# 1E'D#+!: se hab&a obligado al imputado a absolver posiciones, y se anuló tal acto con $undamento en: se hab&a obligado al imputado a absolver posiciones, y se anuló tal acto con $undamento en la autoincriminación $orzada.la autoincriminación $orzada. F!""# R#DR)(E+ P!12!$F!""# R#DR)(E+ P!12!$: la prohibición de obligar a una persona a declarar contra s& misma es violada si: la prohibición de obligar a una persona a declarar contra s& misma es violada si
se interroga como testigo, ba%o %uramento de decir la verdad, a la persona que en el interrogatorio aparece comose interroga como testigo, ba%o %uramento de decir la verdad, a la persona que en el interrogatorio aparece comopresunto autor.presunto autor. F!""# D)!R)# E" !",')C#:F!""# D)!R)# E" !",')C#: el %uramento entra>a una coacción moralel %uramento entra>a una coacción moral que vuelve inv#lido lo dicho ba%que vuelve inv#lido lo dicho ba%o esao esa $orma, es obligarlo a declarar en su contra. a declaración debe emanar de su libre voluntad, no puede$orma, es obligarlo a declarar en su contra. a declaración debe emanar de su libre voluntad, no puede en$rent#rselo aen$rent#rselo a unun problema deproblema de conciencia.conciencia. F!""# !(3ER# C#R!",':F!""# !(3ER# C#R!",': la (orte entendió que exhortar al imputado a decir la verdad no viola la garant&a.la (orte entendió que exhortar al imputado a decir la verdad no viola la garant&a. El proceso se inició ante la usticia =ilitar, y el art.El proceso se inició ante la usticia =ilitar, y el art. A del (= autoriza que seA del (= autoriza que se le tome. En la instancia revisorale tome. En la instancia revisora se anuló la condena y se declaró la inconstitucionalidad de la norma. a (orte luego revocó esta decisión,se anuló la condena y se declaró la inconstitucionalidad de la norma. a (orte luego revocó esta decisión, negando en s& el %uramento, aclarando que el *A implica sólo una exhortación a que diga la verdad.negando en s& el %uramento, aclarando que el *A implica sólo una exhortación a que diga la verdad.
Di(e"encia con elDi(e"encia con el de"ec@o an:losajnde"ec@o an:losajn si el imputado #uiere declarar lo ace en calidad de testigo, y solo asísi el imputado #uiere declarar lo ace en calidad de testigo, y solo así presta "uramento.presta "uramento. Cansancio o int"an%uilidad del imputadoCansancio o int"an%uilidad del imputado: si por la duración del acto se notaren signos de atiga o alta de: si por la duración del acto se notaren signos de atiga o alta de serenidad, la declaración ser& suspendida asta #ue ellos desapare0can. 'AAserenidad, la declaración ser& suspendida asta #ue ellos desapare0can. 'AA P"o@iicin de ca":os o "econ&encionesP"o@iicin de ca":os o "econ&enciones los cargos son las indicaciones #ue el "ue0 le eect1a al imputadolos cargos son las indicaciones #ue el "ue0 le eect1a al imputado e5ort&ndolo a dar e5plicaciones y a #ue coniese o niegue el delito. La recon!ención es la réplica del "ue0, luegoe5ort&ndolo a dar e5plicaciones y a #ue coniese o niegue el delito. La recon!ención es la réplica del "ue0, luego de la contestación del imputado, insistiendo en con!encerlo o impugnando sus reser!as. 'Ade la contestación del imputado, insistiendo en con!encerlo o impugnando sus reser!as. 'A P"o@iicin de p"e:untas capciosas o su:esti&asP"o@iicin de p"e:untas capciosas o su:esti&as intentan dirigir in!&lidamente la declaración del imputadointentan dirigir in!&lidamente la declaración del imputado acia un sentido determinadoacia un sentido determinado, Capciosa, Capciosa #uien interroga da por contestada una pregunta sobre la #ue el#uien interroga da por contestada una pregunta sobre la #ue el declarante aun no se a e5presado (es este el re!ól!er con #ue la mató, cuando a1n no a conesado).declarante aun no se a e5presado (es este el re!ól!er con #ue la mató, cuando a1n no a conesado). Su:esti&aSu:esti&a la #ue orienta la respuesta en un determinado sentido. 'AAla #ue orienta la respuesta en un determinado sentido. 'AA Etili0ación de medios cientíicos durante el interrogatorio: psico&rmacos, sueros de la !erdad, ipnosis, detectorEtili0ación de medios cientíicos durante el interrogatorio: psico&rmacos, sueros de la !erdad, ipnosis, detector de la !erdad. 6aier: sólode la !erdad. 6aier: sólo son admisibles si su empleo a sidoson admisibles si su empleo a sido solicitado por el imputado, si estesolicitado por el imputado, si este recibe asistenciarecibe asistencia técnica y es inormado sobre sus derecos, #ue el método sea conocido cientíicamente, #ue no e5ista otrotécnica y es inormado sobre sus derecos, #ue el método sea conocido cientíicamente, #ue no e5ista otro medio por el cual obtener inormación, #ue el resultado sólo sea !alorado si es a!orable al imputado.medio por el cual obtener inormación, #ue el resultado sólo sea !alorado si es a!orable al imputado. Inadmisiilidad de las decla"aciones p"estadas ante la polic#aInadmisiilidad de las decla"aciones p"estadas ante la polic#a: Mespont&neasN, las prestadas por el imputado: Mespont&neasN, las prestadas por el imputado antes de acerlo ante el "ue0.antes de acerlo ante el "ue0. La redacción original del @ódigoLa redacción original del @ódigo Le!ene abía decidido proibirlas, limitando lasLe!ene abía decidido proibirlas, limitando las acultades de la policía a interrogar sólo para constatar identidad pre!ia lectura de sus derecos y garantías. /inacultades de la policía a interrogar sólo para constatar identidad pre!ia lectura de sus derecos y garantías. /in embargo, la reorma de la ley '++ lo trasladó al $<+ inc. $B e introdu"o un nue!o inciso A, #ue pre!é #ue en losembargo, la reorma de la ley '++ lo trasladó al $<+ inc. $B e introdu"o un nue!o inciso A, #ue pre!é #ue en los delitos de acción p1blica, sólo en casos de lagrancia la policía podr& re#uerir del sospecoso y en el lugar deldelitos de acción p1blica, sólo en casos de lagrancia la policía podr& re#uerir del sospecoso y en el lugar del eco, noticias e indicaciones sumarias sobre circunstancias rele!antes para orientar la inmediata continuacióneco, noticias e indicaciones sumarias sobre circunstancias rele!antes para orientar la inmediata continuación de las in!estigaciones. %sta inormación no podr&de las in!estigaciones. %sta inormación no podr& ser documentada ni tendr& !alorser documentada ni tendr& !alor alguno en el proceso. 2raealguno en el proceso. 2rae mucas diicultades pr&cticas.mucas diicultades pr&cticas.
8ALLO CA5RAL8ALLO CA5RAL convalidó procedimiento en el que el imputado le hab&a aportado a la polic&a in$ormaciónconvalidó procedimiento en el que el imputado le hab&a aportado a la polic&a in$ormación autoincriminatoria, mientras era trasladado a la comisar&a instantes después de ser detenido. a (orte consideróautoincriminatoria, mientras era trasladado a la comisar&a instantes después de ser detenido. a (orte consideró que la mera comunicación de ese acto, si no $ue producto de coacción alguna, no es un indicio que debaque la mera comunicación de ese acto, si no $ue producto de coacción alguna, no es un indicio que deba desecharse en la investigación criminal, de lo contrario se impedir&a a los $uncionarios investigar las pistas quedesecharse en la investigación criminal, de lo contrario se impedir&a a los $uncionarios investigar las pistas que pudieran surgir de esa comunicación. Este criterio $ue rati$icado en lospudieran surgir de esa comunicación. Este criterio $ue rati$icado en los F!""#$ 4#FR56 $C%E)') /F!""#$ 4#FR56 $C%E)') / 1)'!(")!1)'!(")!
Aplicailidad de la :a"ant#a a ot"os p"ocesos no penalesAplicailidad de la :a"ant#a a ot"os p"ocesos no penales tradicionalmente la @orte la reduce al procesotradicionalmente la @orte la reduce al proceso penal. 6aier: una persona con!ocada a declarar en un proceso no penal puede autoincriminarse, o, al menospenal. 6aier: una persona con!ocada a declarar en un proceso no penal puede autoincriminarse, o, al menos pro!ocar #ue se inicie una persecución penal con moti!o de sus dicos.pro!ocar #ue se inicie una persecución penal con moti!o de sus dicos. El imputado como ojeto 0 sujeto de p"ueaEl imputado como ojeto 0 sujeto de p"uea es su"eto u órgano de prueba cuando con su relato incorpora ales su"eto u órgano de prueba cuando con su relato incorpora al procedimiento un conocimiento sobre un ob"eto de prueba, a#uí se encuentra protegido por la garantía, por loprocedimiento un conocimiento sobre un ob"eto de prueba, a#uí se encuentra protegido por la garantía, por lo #ue ese relato debe ser acultati!o, !oluntario y libre. %n cambio, cuando es considerado ob"eto, no se encuentra#ue ese relato debe ser acultati!o, !oluntario y libre. %n cambio, cuando es considerado ob"eto, no se encuentra amparado y no se re#uiere su consentimiento, puede ser or0ado, por e". es ob"eto in!estigado si se le e5trae unaamparado y no se re#uiere su consentimiento, puede ser or0ado, por e". es ob"eto in!estigado si se le e5trae una muestra de sangre o se le somete a un reconocimiento por otra persona. ($P postura)muestra de sangre o se le somete a un reconocimiento por otra persona. ($P postura)
tra postura sostiene #ue estos actos no pueden cumplirse cuando la limitación pro!iene de otros principios (e".:tra postura sostiene #ue estos actos no pueden cumplirse cuando la limitación pro!iene de otros principios (e".:proibición de poner en peligro la !ida o la salud) o de la misma naturale0a del acto (imposibilidad de periciaproibición de poner en peligro la !ida o la salud) o de la misma naturale0a del acto (imposibilidad de pericia caligr&ica si el imputado no aporta te5to !oluntariamente). ('P postura).caligr&ica si el imputado no aporta te5to !oluntariamente). ('P postura). or otra parte, algunos distinguen #ue el imputado sea su"eto u ob"eto seg1n la medida probatoria sea algo #ueor otra parte, algunos distinguen #ue el imputado sea su"eto u ob"eto seg1n la medida probatoria sea algo #ue él *ace (rol acti!o: una declaración) o #ue otros *acen (rol pasi!o: reconocimiento en rueda o e5tracción deél *ace (rol acti!o: una declaración) o #ue otros *acen (rol pasi!o: reconocimiento en rueda o e5tracción de sangre). (P postura).sangre). (P postura).
a posición m#s garantizadora de los derechos del imputado sostiene que la posibilidad de obligar a una personaa posición m#s garantizadora de los derechos del imputado sostiene que la posibilidad de obligar a una persona a suministrar cualquier tipo de prueba que pueda per%udicarlo vulnera la garant&a. )F posturaa suministrar cualquier tipo de prueba que pueda per%udicarlo vulnera la garant&a. )F postura).). %": controles !eiculares soplar la MpipetaN para in!estigar el grado de alcool en sangre de los conductores e%": controles !eiculares soplar la MpipetaN para in!estigar el grado de alcool en sangre de los conductores e in!estigaciones tributarias donde el contribuyente se !e obligado a entregar documentación sobre su situaciónin!estigaciones tributarias donde el contribuyente se !e obligado a entregar documentación sobre su situación impositi!a #ue luego pueden incriminarlo.impositi!a #ue luego pueden incriminarlo.
Bovino 7 Bertelotti:Bovino 7 Bertelotti: toda in$ormación que el imputado aporta al proceso, mediante cualquier $orma detoda in$ormación que el imputado aporta al proceso, mediante cualquier $orma de comunicación /no sólo su relato' y que pueda resultar autoincriminatoria debe quedar amparada por la garant&a,comunicación /no sólo su relato' y que pueda resultar autoincriminatoria debe quedar amparada por la garant&a, y por ende, el imputado no puede ser obligado a aportarla. "o puede obligarse al imputado a suministrar pruebay por ende, el imputado no puede ser obligado a aportarla. "o puede obligarse al imputado a suministrar prueba en su contra o $orzarlo a someterse a pr#cticas ve%atorias.en su contra o $orzarlo a someterse a pr#cticas ve%atorias.
PRO/ECCIN DEL DOMICILIOF LAS COMUNICACIONES LOS PAPELES PRI4ADOSPRO/ECCIN DEL DOMICILIOF LAS COMUNICACIONES LOS PAPELES PRI4ADOSDistintas medidas probatorias (allanamiento, re#uisa personal, inter!enciones teleónicas, etc.) #ue el %stadoDistintas medidas probatorias (allanamiento, re#uisa personal, inter!enciones teleónicas, etc.) #ue el %stado
lle!a a cabo en el marco de una in!estigación penal en las #ue se pone en "uego el dereco a la intimidad.lle!a a cabo en el marco de una in!estigación penal en las #ue se pone en "uego el dereco a la intimidad. De"ec@os constitucionales en jue:oDe"ec@os constitucionales en jue:o la intimidad, inocencia (presente en toda medida de coerción),la intimidad, inocencia (presente en toda medida de coerción), e!entualmente la integridad ísica o moral y la libertad personal.e!entualmente la integridad ísica o moral y la libertad personal. $< @8: el domicilio es in!iolable, como$< @8: el domicilio es in!iolable, como así también la correspondencia y losasí también la correspondencia y los papeles pri!ados> y una leypapeles pri!ados> y una ley determinar& en #ué casos y con #ué "ustiicati!os podr& procederse a su allanamiento y ocupación.determinar& en #ué casos y con #ué "ustiicati!os podr& procederse a su allanamiento y ocupación. 8ino: el dereco a la intimidad no sólo protege los &mbitos personales del indi!iduo enunciados por el $< @8,8ino: el dereco a la intimidad no sólo protege los &mbitos personales del indi!iduo enunciados por el $< @8, sino también todo otro aspecto de su !ida pri!ada #ue este #uiere reser!ar al conocimiento e intrusión de lossino también todo otro aspecto de su !ida pri!ada #ue este #uiere reser!ar al conocimiento e intrusión de los dem&s. 7mpara undamentalmente a la persona. %sta concepción se redem&s. 7mpara undamentalmente a la persona. %sta concepción se reuer0a a tra!és de los distintosuer0a a tra!és de los distintos instrumentos con "erar#uía constitucional.instrumentos con "erar#uía constitucional.
De"ec@o a la intimidad 0 de"ec@o aDe"ec@o a la intimidad 0 de"ec@o a la p"i&acidadla p"i&acidad arte de la doctrina y la @orte an seCalado #ue el dereco a la intimidad se encuentra consagrado en el art. $Aarte de la doctrina y la @orte an seCalado #ue el dereco a la intimidad se encuentra consagrado en el art. $A
@8 (F7LL/ 8Q%22- D% H7LH-8, 6827LK ; D7L22).@8 (F7LL/ 8Q%22- D% H7LH-8, 6827LK ; D7L22).
'ino6 Bovino 7 Bertelotti'ino6 Bovino 7 Bertelotti: el derecho a la intimidad est# en el art. <+ (". En el <C est# el derecho a la: el derecho a la intimidad est# en el art. <+ (". En el <C est# el derecho a la privacidad, las acciones privadas que no admiten ningún tipo de intromisión del Estado, aun se realicen enprivacidad, las acciones privadas que no admiten ningún tipo de intromisión del Estado, aun se realicen en público, a di$erencia del <+ donde si concurren determinadas condiciones el Estado puedo tener in%erencia.público, a di$erencia del <+ donde si concurren determinadas condiciones el Estado puedo tener in%erencia. E)i:enciasE)i:encias Re:laRe:la la orden parte de los "ueces.la orden parte de los "ueces. Ca""iCa""i nuestro sistema tiene preerencia por#ue las decisiones transcendentes en materia de in!asiones a lanuestro sistema tiene preerencia por#ue las decisiones transcendentes en materia de in!asiones a la intimidad #ueden en manos de los "ueces. 8i si#uiera los iscales pueden ordenar allanamientos o re#uisasintimidad #ueden en manos de los "ueces. 8i si#uiera los iscales pueden ordenar allanamientos o re#uisas personales.personales. 7llanamientos, registros domiciliarios, papeles pri!ados y correspondencia, el $< @8 establece su in!iolabilidad,7llanamientos, registros domiciliarios, papeles pri!ados y correspondencia, el $< @8 establece su in!iolabilidad, de"ando en manos de Muna leyN la determinación de en #ué casos y con #ué "ustiicati!os podía procederse ade"ando en manos de Muna leyN la determinación de en #ué casos y con #ué "ustiicati!os podía procederse a dicas medidas. %sta ley en el orden ederal es el @8 y resalta la preerencia por#ue dicas medidas seandicas medidas. %sta ley en el orden ederal es el @8 y resalta la preerencia por#ue dicas medidas sean dictadas por "ueces.dictadas por "ueces. ''+: e5ige orden "udicial para el allanamiento y el registro de lugares.''+: e5ige orden "udicial para el allanamiento y el registro de lugares. ''J: e5cepciones.''J: e5cepciones. 'B: la re#uiere para la re#uisa personal'B: la re#uiere para la re#uisa personal 'B bis: regula las re#uisas sin'B bis: regula las re#uisas sin orden "udicial.orden "udicial.
F!""# F)#RE')'#F!""# F)#RE')'#: aunque no es exigencia del art. <+ (" que la orden de allanamiento emane de los %ueces,: aunque no es exigencia del art. <+ (" que la orden de allanamiento emane de los %ueces, el principio es que sólo ellos pueden autorizar esa medida, sin per%uicio de las excepciones.el principio es que sólo ellos pueden autorizar esa medida, sin per%uicio de las excepciones. Esta elección de nuestro sistema presupone que son los %ueces quienes se hallan en me%ores condiciones deEsta elección de nuestro sistema presupone que son los %ueces quienes se hallan en me%ores condiciones de decidir cu#ndo proceden las medidas de coerción: se encuentran en una situación de mayor ob%etividad ydecidir cu#ndo proceden las medidas de coerción: se encuentran en una situación de mayor ob%etividad y serenidad que la polic&a paraserenidad que la polic&a para disponer de medidas limitativas de lasdisponer de medidas limitativas de las garant&as constitucionales. 8garant&as constitucionales. 8ales medidasales medidas invasivas sólo pueden llevarse a cabo de manera $undada, por lo que si no hay motivos previos ni siquiera el %uezinvasivas sólo pueden llevarse a cabo de manera $undada, por lo que si no hay motivos previos ni siquiera el %uez est# autorizado a ordenarlas.est# autorizado a ordenarlas.
Pe"secucin penal conc"eta 0 cie"to :"ado de conocimiento del @ec@o punile,Pe"secucin penal conc"eta 0 cie"to :"ado de conocimiento del @ec@o punile, %l %stado no puede disponer una medida #ue aecte la intimidad Mpara !er si encuentra un delito o algo%l %stado no puede disponer una medida #ue aecte la intimidad Mpara !er si encuentra un delito o algo relacionado con élN, sino #ue debe contar con los elementos suicientes para "ustiicarla.relacionado con élN, sino #ue debe contar con los elementos suicientes para "ustiicarla. ''+ y 'B: se e5ige orden undada en un moti!o suiciente para proceder y en el #ue se determine con claridad''+ y 'B: se e5ige orden undada en un moti!o suiciente para proceder y en el #ue se determine con claridad
las cosas a selas cosas a secuestrar.Necesidad de la medida,Necesidad de la medida,cuestrar.
Deben ser absolutamente necesarias para impedir el resultado del delito, o para asegurar elementos de prueba,Deben ser absolutamente necesarias para impedir el resultado del delito, o para asegurar elementos de prueba, o para detener al presuntoo para detener al presunto autor.autor. Deben ser utili0adas como 1ltima ratio: si e5iste otra medida menos alteradora de la intimidad debe preerírsela.Deben ser utili0adas como 1ltima ratio: si e5iste otra medida menos alteradora de la intimidad debe preerírsela. @on esto se !incula la obligatoriedad de eectuarla del modo menos lesi!o posible.@on esto se !incula la obligatoriedad de eectuarla del modo menos lesi!o posible.