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la AGA y sus diversos organismos
Tipo: Resúmenes
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Organización La Administración General de Aduanas establece la política y los programas necesarios para normar y aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas para dar cumplimiento a las normas nacionales de carácter fiscal o aduanero y a los acuerdos y convenios internacionales que sobre estas materias se celebren por nuestro país a nivel bilateral o multilateral, ordenar y realizar la inspección y vigilancia permanente en el manejo, transporte o tenencia de las mercancías en los recintos fiscales y fiscalizados, así como en cualquier otra parte del territorio nacional. Estructura La Administración General de Aduanas se encuentra integrada por las siguientes Administraciones Centrales:
La Administración General de Aduanas (AGA) es la autoridad para aplicar la legislación que regula el despacho aduanero, los sistemas, métodos y procedimientos a que deben sujetarse las aduanas.
Realiza dictámenes de expedientes administrativos y seguimiento de juicios y amparos, traducciones y análisis de documentos oficiales; elaborar informes de estadísticas que se generen en las áreas y bases de datos; solventa problemas de red y software; diseña formatos y notas informativas.
La administración general está integrada por su titular y por administradores centrales, coordinadores, administradores, administradores desconcentrados, administradores de las aduanas, subadministradores, jefes de departamento, enlaces, supervisores, auditores, ayudantes de auditor, inspectores, abogados tributarios, ejecutores, notificadores, visitadores, verificadores, oficiales de comercio exterior, personal al servicio de la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera y demás servidores públicos listados en el Reglamento Interno
dictamen que se requiera al agente aduanal, mandatario aduanal, dictaminador aduanero o cualquier otro perito.
Administrador Central de Planeación Aduanera.
Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes del Servicio de Administración Tributaria y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en las negociaciones de convenios aduaneros y tratados internacionales relacionados con la materia aduanera y de comercio exterior. Mantener comunicación y colaborar con las autoridades fiscales, aduaneras o de comercio exterior de otros países, así como asistir a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria en sus relaciones con dichas autoridades, respecto de asuntos relacionados con la entrada y salida de mercancías del territorio nacional. Coadyuvar con la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior en la inscripción en el registro de empresas certificadas, incluso bajo la modalidad de operador económico autorizado, así como autorizar, renovar o cancelar la certificación en materia de impuesto al valor agregado e impuesto especial sobre producción y servicios, respecto de los asuntos que deriven de las facultades establecidas en el artículo 19 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.
Integrar la información estadística sobre el comercio exterior.
Dar a conocer la información contenida en los pedimentos, en la transmisión electrónica o en el aviso consolidado a que se refiere la Ley Aduanera, de conformidad con las disposiciones legales.
Administrador Central de Modernización Aduanera.
Realizar, según sea el caso, la inscripción, actualización, modificación, cancelación, suspensión o dejar sin efectos esta última, en los padrones de importadores, de importadores de sectores específicos, de exportadores sectoriales y de cualquier otro padrón previsto en la legislación aduanera, así como habilitar a los agentes aduanales a los que se les hubiera conferido el encargo para actuar como consignatarios o mandatarios.
Integrar, dirigir y mantener actualizado los padrones previstos en la legislación aduanera, basándose en los datos que las personas le proporcionen, o los que obtenga por cualquier otro medio.
Llevar el registro de empresas porteadoras en los términos de la Ley Aduanera, y el relativo al Código Alfanumérico Armonizado del Transportista.
Administrador Central de Atención Aduanera y Asuntos Internacionales.
Realizar, según sea el caso, la inscripción, actualización, modificación, cancelación, suspensión o dejar sin efectos esta última, en los padrones de importadores, de importadores de sectores específicos, de exportadores
sectoriales y de cualquier otro padrón previsto en la legislación aduanera, así como habilitar a los agentes aduanales a los que se les hubiera conferido el encargo para actuar como consignatarios o mandatarios
Administrador Central de Apoyo Jurídico de Aduanas
Fungir como enlace entre el Servicio de Administración Tributaria y las unidades administrativas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, estados extranjeros y organismos internacionales, en materia aduanera y de comercio exterior.
Otorgar, modificar, renovar, prorrogar, suspender o cancelar, según corresponda, las autorizaciones relacionadas con la importación o exportación de mercancías.
Habilitar lugares de entrada, salida o maniobras de mercancías, e instalaciones como recintos fiscales para uso de la autoridad aduanera.
Administración Central de Investigación Aduanera
Actuar como Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera, y prestar servicios de seguridad y protección a las instalaciones, edificios y servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Servicio de Administración Tributaria que mediante acuerdo determine el presidente de la Junta de Gobierno de dicho órgano administrativo desconcentrado.
Administración Central de Procesamiento Electrónico de Datos Aduaneros
Participar con otras autoridades en la prevención de ilícitos en las aduanas, recintos fiscales y fiscalizados, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros y en los aeropuertos, puertos marítimos y terminales ferroviarias o de autotransporte de carga o de pasajeros, autorizados para el tráfico internacional, y coadyuvar en la vigilancia del cumplimiento de obligaciones de las personas autorizadas en términos del segundo párrafo del artículo 16 de la Ley Aduanera y de los dictaminadores aduaneros, así como en la integración del expediente respectivo.
Corresponde a las aduanas autorizar que los servicios a que se refiere la Ley Aduanera, relativos a las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mercancías, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de su equipaje, así como los demás actos del despacho aduanero, sean prestados por el personal aduanero en lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábil, así como modificar, prorrogar o cancelar dicha autorización, y
A los verificadores, incluidos los técnicos, adscritos a las aduanas, conforme a lo siguiente:
Practicar el reconocimiento aduanero de las mercancías, recibir de los particulares, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados catálogos y demás elementos que le permitan identificar las mercancías, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia aduanera y llevar a cabo los actos necesarios para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones jurídicas que regulan y gravan la entrada y salida del territorio nacional de