Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

apuntes daño resarcible, Apuntes de Derecho

Apuntes tipos de daños. Apuntes

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 18/06/2024

cami-tapias
cami-tapias 🇨🇴

1 / 1

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Martes 28 de noviembre de 2023
Daño resarcible: Aplica para personas naturales o jurídicas. Es la reparación
que se debe realizar a alguien por ocasionarle un perjuicio. Surge obligación
de reparar a alguien.
Responsabilidad civil, o responsabilidad del estado. El daño por sí mismo no
funciona.
Concepto de daño: Afectación, detrimento, menoscabo, aminoración a la
persona.
1. El daño puede recaer en una persona, pero entendiendo (concepto
amplio de salud-vida).
2. El daño puede recaer también en derechos fundamentales o derechos
convencionalmente protegidos (se refiere a la convención americana
de derechos humanos).
3. Puede recaer en bienes (materiales, ej: colisión de motos. inmateriales)
4. Interés legitimo
Quien cause un daño está obligado a resarcirlo.
Para que un daño sea resarcible:
-Debe ser personal (Está legitimado para reclamar su reparación la persona
que lo ha sufrido)
-Que haya existido.
El perjuicio es la consecuencia de ese daño.

Vista previa parcial del texto

¡Descarga apuntes daño resarcible y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity!

Martes 28 de noviembre de 2023 Daño resarcible: Aplica para personas naturales o jurídicas. Es la reparación que se debe realizar a alguien por ocasionarle un perjuicio. Surge obligación de reparar a alguien. Responsabilidad civil, o responsabilidad del estado. El daño por sí mismo no funciona. Concepto de daño: Afectación, detrimento, menoscabo, aminoración a la persona.

  1. El daño puede recaer en una persona, pero entendiendo (concepto amplio de salud-vida).
  2. El daño puede recaer también en derechos fundamentales o derechos convencionalmente protegidos (se refiere a la convención americana de derechos humanos).
  3. Puede recaer en bienes (materiales, ej: colisión de motos. inmateriales)
  4. Interés legitimo Quien cause un daño está obligado a resarcirlo. Para que un daño sea resarcible: -Debe ser personal (Está legitimado para reclamar su reparación la persona que lo ha sufrido) -Que haya existido. El perjuicio es la consecuencia de ese daño.