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Derechos Constitucionales Relacionados con la Salud en la Constitución Política de México, Apuntes de Odontología

Una selección de artículos de la constitución política de méxico que establecen derechos relacionados con la salud. Se abordan temas como el desarrollo de culturas indígenas, el derecho a la salud, el medio ambiente, la educación y la protección de la niñez. Además, se mencionan algunas leyes complementarias que regulan estos derechos.

Qué aprenderás

  • ¿Qué derechos constitucionales garantiza la Constitución Política de México en relación con la salud?
  • ¿Cómo protege la Constitución Política de México la salud de sus ciudadanos?
  • ¿Cómo se regula el acceso a los servicios de salud en México según la Constitución Política?

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 30/09/2022

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ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA RELACIONADOS
CON LA SALUD.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano. Artículo 4°
La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos
indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos y costumbres
recursos y formas específicas de organización social y garantizará a sus integrantes el efectivo
acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos en que aquéllos sean parte, se
tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley.
El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la
familia.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y el
espaciamiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para
el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades
federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo
73 de esta Constitución.
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.
Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los
instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud,
educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Los ascendientes, tutores y custodios, tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado
proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus
derechos.
El Estado otorgará facilidades a los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de los
derechos de la niñez.
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ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA RELACIONADOS

CON LA SALUD.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano. Artículo 4°

La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos y costumbres recursos y formas específicas de organización social y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos en que aquéllos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley.

El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Los ascendientes, tutores y custodios, tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

1. “CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” A R T Í C U L O

S R E L AC I O N A D O S C O N L A S A L U D Barajas Méndez José de Jesús ICM

  1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTA DOS UNIDOS MEXICA NOS *Es la suprema que rige a México. *Fue creada el 5 de febrero 1917. *Entro en vigor el 1 de mayo 1917. *Contiene 136 artículos. * Y 19 artículos transitorios.

étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

  1. ARTICULO 2°. APARTA de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la medicina tradicional, así como apoyar la nutrición de los indígenas mediante programas de alimentación, en especial para la población infantil.

a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.

  1. ARTÍCULO 76°. FRAC invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el

obedecidas por las autoridades administrativas del País.

Campaña contra el alcoholismo y la venta de sustancias que envenenan al individuo o degeneran la especie humana, así como las adoptadas para prevenir y combatir la contaminación ambiental, serán después revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan.

realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos

  1. LEY GENERAL DE SALUD ARTÍCULO 1o. La presente Ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.
  2. LEY GENERAL DE SALUD ARTÍCULO 2o. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: I. El bienestar físico y mental del hombre para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; II. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana; III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud; V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.