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ATENUANTES DEL DELITO DE HOMICIDIO, Monografías, Ensayos de Derecho Penal

Documento acerca de las atenuantes en el delito de homicidio de acuerdo al código penal para el Estado de Sonora. Actualizado hasta el día 26 de Septiembre del 2021.

Tipo: Monografías, Ensayos

2020/2021

Subido el 27/09/2021

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CARRERA:
LICENCIATURA EN DERECHO
MATERIA:
DERECHO PENAL II
MAESTRO
LIC. MARÍA ANGELICA CAMBERO PÉREZ
TEMA:
“ATENUANTES DE LA PENA DE HOMICIDIO”
ALUMNO:
JONATHAN ENRIQUE ALVAREZ VALENZUELA
06/08/2021
UNIVERSIDAD VIZCAYA
DE LAS AMERICAS
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¡Descarga ATENUANTES DEL DELITO DE HOMICIDIO y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

CARRERA:

LICENCIATURA EN DERECHO

MATERIA:

DERECHO PENAL II

MAESTRO

LIC. MARÍA ANGELICA CAMBERO PÉREZ

TEMA:

“ATENUANTES DE LA PENA DE HOMICIDIO”

ALUMNO:

JONATHAN ENRIQUE ALVAREZ VALENZUELA

UNIVERSIDAD VIZCAYA

DE LAS AMERICAS

Homicidio atenuado. Para hablar de homicidio atenuado tenemos que consultar el código penal del respectivo estado del que queremos hablar, en este caso sería el del Estado de Sonora en donde aparece que la sanción por homicidio simple es de 8 a 20 años de prisión, por ende, podemos concluir de manera simple que cualquier delito de homicidio que reduzca la pena presentada aquí, se considerará como atenuante. 1.- Homicidio culposo. El homicidio en grado culposo hace presencia en el artículo 64 del código penal de Sonora, donde se deja entender que al culpable de un crimen culposo se le impondrán de 3 meses a 6 años de prisión, no excediendo así la pena mínima para un homicidio simple. 2.- Homicidio por riña. En el Código penal, en su artículo 257 se menciona que cuando en la comisión del delito de homicidio, intervengan dos o más personas, sin que exista entre éstas acuerdo previo, y no constare quién o quiénes infirieron la lesión mortal, a todos se les impondrá de 4 a 15 de prisión, siendo esta pena menor en lo que refiere a la pena máxima del homicidio simple y también menor con relación a la pena mínima en comparación con el homicidio simple. 3.- Eutanasia. El auxilio al suicidio también es penado como homicidio pues se realizan actos con la finalidad de matar o privar de la vida a una persona y es penable, aunque el sujeto buscase morir y consintiese ponerle fin a su existencia. En el artículo 264 del código penal se hace referencia a esto, diciendo que el que auxilia a otro para cometer suicidio, es sancionado con 1 a 7 años y, si el homicidio se consuma la sanción aumenta de 2 a 9 años de prisión. La sanción aumenta cuando a la persona a la que se auxilia fuere menor de edad, adulto mayor o no tuviere capacidad para comprender el significado del hecho, pasando a ser la pena mínima 1 año y la máxima 15 años de prisión ( solo si el homicidio no se consuma ). En el caso de que sí se llegase a consumar el último citado, la pena aumenta y deja de ser atenuante y pasa a ser igual a la de homicidio simple (8 a 20 años de prisión). Por último, si se comprueba que el auxilio se dio en razón de género, la pena correspondiente aumentará una tercera parte. En estos dos últimos casos NO EXISTE ATENUANTE, pero consideré relevante citarlos para hacer más clara mi explicación. 4.- Aborto. El aborto aun se considera una especie de homicidio, pero sus penalidades no sobrepasan las del homicidio simple. Por ejemplo, en el caso de que se realicé aborto con consentimiento del ser humano gestante la pena

FUENTES:

Código penal para el estado de Sonora. http://www.congresoson.gob.mx:81/Content/Doc_leyes/doc_443.pdf