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características del municipio Bormujos - Sevilla, Apuntes de Políticas Públicas

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 09/07/2019

chicamorena
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
PlazadeAndalucía,s/n
41930Bormujos∙Sevilla
Teléfono955724571∙Fax955724582
ayuntamiento@bormujos.net
1. CARACTERISTICAS DEL MUNICIPIO.
Bormujos es un municipio de la provincia de Sevilla, situado a 7 km de la
capital, a cuyo partido judicial pertenece, y con una extensión de 12,14 kilómetros
cuadrados. La población oficial de Bormujos, según el instituto Nacional de
Estadísticas, es de 21.476 habitantes conforme a la última revisión del padrón
Municipal de habitantes publicada, referida a 1 de enero de 2016.
Esta cifra de población se puede compara con la de ejercicios anteriores:
- Población a 1 de Enero de 2015: 21.362 habitantes.
- Población a 1 de Enero de 2014: 20.947 habitantes.
- Población a 1 de Enero de 2013: 20.681 habitantes.
- Población a 1 de Enero de 2012: 20.345 habitantes.
En cuanto a vías de comunicación, Bormujos tiene su acceso principal por la
carretera A-49, y de forma secundaria por la A-8068 que comunica Bormujos con
Mairena del Aljarafe y Gines, y por la A-474 que comunica Bormujos con Castilleja de
la Cuesta y Bollullos de la Mitación.
En su economía destacan en lo referente a la agricultura el cultivo herbáceo
destacando entre ellos el trigo y la avena.
En lo relativo a la actividad industrial, destacar la existencia en el Municipio de
dos polígonos industriales, el Polígono Industrial Almargen y el Polígono Industral El
Aceitunillo, teniendo ambos una superficie total de 17.378 metros cuadrados.
Por último, en el sector terciario, es decir, el comercio, destacar la existencia de
1.361 establecimientos.
2. ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD
En virtud de la población existente, y de conformidad con el artículo 179 de la
Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, la corporación la componen 21
Concejales (incluido el Sr. Alcalde, Don Francisco Miguel Molina Haro P.S.O.E-A) cuya
distribución política a fecha 31 de diciembre de 2016 es la siguiente:
P.S.O.E-A: 8 Concejales.
P.P : 6 Concejales.
Ciudadanos: 4 Concejales.
Participa Bormujos : 3 Concejales.
El número medio de empleados municipales es el siguiente:
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41930 Bormujos ∙ Sevilla Teléfono 955 724 571 ∙ Fax 955 724 582 ayuntamiento@bormujos.net

1. CARACTERISTICAS DEL MUNICIPIO.

Bormujos es un municipio de la provincia de Sevilla, situado a 7 km de la capital, a cuyo partido judicial pertenece, y con una extensión de 12,14 kilómetros cuadrados. La población oficial de Bormujos, según el instituto Nacional de Estadísticas, es de 21.476 habitantes conforme a la última revisión del padrón Municipal de habitantes publicada, referida a 1 de enero de 2016.

Esta cifra de población se puede compara con la de ejercicios anteriores:

  • Población a 1 de Enero de 2015: 21.362 habitantes.
  • Población a 1 de Enero de 2014: 20.947 habitantes.
  • Población a 1 de Enero de 2013: 20.681 habitantes.
  • Población a 1 de Enero de 2012: 20.345 habitantes.

En cuanto a vías de comunicación, Bormujos tiene su acceso principal por la carretera A-49, y de forma secundaria por la A-8068 que comunica Bormujos con Mairena del Aljarafe y Gines, y por la A-474 que comunica Bormujos con Castilleja de la Cuesta y Bollullos de la Mitación.

En su economía destacan en lo referente a la agricultura el cultivo herbáceo destacando entre ellos el trigo y la avena.

En lo relativo a la actividad industrial, destacar la existencia en el Municipio de dos polígonos industriales, el Polígono Industrial Almargen y el Polígono Industral El Aceitunillo, teniendo ambos una superficie total de 17.378 metros cuadrados.

Por último, en el sector terciario, es decir, el comercio, destacar la existencia de 1.361 establecimientos.

2. ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD

En virtud de la población existente, y de conformidad con el artículo 179 de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, la corporación la componen 21 Concejales (incluido el Sr. Alcalde, Don Francisco Miguel Molina Haro P.S.O.E-A) cuya distribución política a fecha 31 de diciembre de 2016 es la siguiente:

P.S.O.E-A: 8 Concejales. P.P : 6 Concejales. Ciudadanos: 4 Concejales. Participa Bormujos : 3 Concejales.

El número medio de empleados municipales es el siguiente:

41930 Bormujos ∙ Sevilla Teléfono 955 724 571 ∙ Fax 955 724 582 ayuntamiento@bormujos.net

Funcionarios: 36 Personal laboral: 290 TOTAL: 325

El Ayuntamiento de Bormujos, que no cuenta ni con organismos públicos ni con sociedades mercantiles dependientes, participa de la siguientes Entidades Públicas:

  • Mancomunidad de Recogida y Residuos Sólidos Urbanos Guadalquivir.
  • Mancomunidad de Desarrollo y Fomento del Aljarafe.
  • Consorcio de Transportes. Área de Sevilla.
  • Mancomunidad de Municipios del Aljarafe

El Ayuntamiento de Bormujos está sometido al régimen jurídico propio de las entidades locales. Dado el volumen de legislación aplicable en la materia se menciona a efectos ejemplificativos:

  • La Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local;
  • El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
  • El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Las principales fuentes de financiación del Ayuntamiento de Bormujos durante el ejercicio 2016 han sido las que a continuación se relacionan:

FUENTE DE FINANCIACIÓN DERECHOS RECONOCIDOS TOTAL INGRESOS

IBI Urbana 6.146.316,89 € 35,10% Participación en los Ingresos del Estado

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma.

3.- GESTIÓN INDIRECTA DE SERVICIOS PÚBLICOS, CONVENIOS Y

OTRAS FORMAS DE COLABORACIÓN.

El Ayuntamiento presta todos y cada uno de los servicios obligatorios regulados en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen

41930 Bormujos ∙ Sevilla Teléfono 955 724 571 ∙ Fax 955 724 582 ayuntamiento@bormujos.net

aquéllos que supongan riesgos previsibles o pérdidas eventuales, con origen en el ejercicio o en otro anterior.

Principio de devengo : La imputación temporal de gastos e ingresos se ha efectuado en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y no en el momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de aquéllos.

También se han seguido los principios de imputación de la transacción, del precio de adquisición, el de correlación de ingresos y gastos, así como el de no compensación y desafectación.

5.- NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN.

Con carácter general se han aplicado los criterios y normas de valoración contenidos en la quinta parte del Plan General de Contabilidad Pública, adaptada a la Administración Local, publicado como anexo de la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, aprobada por Orden EHA/1781/2013 de 20 de septiembre por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local

La Instrucción de Contabilidad aprobada por la Orden EHA/1781/2013,

sustituye y deroga a la aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre,

y, de acuerdo con lo previsto en el artículo único de esta Orden, será de aplicación

a las entidades locales, sus organismos autónomos, sociedades mercantiles

locales y entidades públicas empresariales locales, en los términos que al respecto

se establecen en la propia Instrucción.

La Orden EHA/1781/2013 incluye cuatro disposiciones transitorias, una

disposición derogatoria y una disposición final.

La disposición transitoria primera regula el proceso de apertura de la

contabilidad del ejercicio 2015 fijando los criterios a los que se habrá de ajustar

este proceso. Esta disposición ya no sería de aplicación para los ejercicios 2016 y

siguientes.

En la disposición transitoria segunda se establecen determinadas

especialidades de las cuentas anuales del ejercicio 2015, como consecuencia de

ser el primero de los ejercicios en los que se aplicará el nuevo Plan General de

Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local.

Al igual que con la disposición transitoria primera, esa disposición ya no

sería de aplicación para ejercicios futuros.

La disposición transitoria tercera excepciona la obligación de incluir en las

cuentas anuales de los ejercicios 2015 y 2016 la información sobre el coste de las

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actividades y los indicadores de gestión, a efectos de facilitar un período de tiempo

razonable que permita la implantación de una adecuada contabilidad de costes por

parte de las entidades que han de aplicar la nueva Instrucción de Contabilidad.

Por último, la disposición transitoria cuarta se señala cuál debe ser la normativa contable a aplicar en la elaboración y rendición de cuentas correspondientes a ejercicios anteriores al 2015.

La disposición derogatoria única deja sin efecto todas aquellas normas de

igual o inferior rango en lo que se opongan, contradigan o resulten incompatibles

con lo dispuesto en la nueva Instrucción de Contabilidad, derogándose de forma

expresa la Instrucción del modelo normal de contabilidad local aprobada por Orden

EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.

6. EXISTENCIAS.

La Entidad Local al final del ejercicio no posee existencias de ningún tipo, y

en caso de que las tuviera, el coste de adquisición de las mismas, sería

insignificante respecto al importe de las cuentas generales de la Corporación.

7. INFORMACIÓN SOBRE EL ENDEUDAMIENTO.

La corporación Local a 31 de Diciembre de 2016, tiene solicitado y

dispuesto operaciones con entidades de crédito por un importe total de

1.520.823,25 euros, y operaciones de crédito con administraciones públicas por un

importe de 1.116.224,80 euros. Esta información se desglosa en el documento de

Estado de la Deuda y Pasivo del año 2016.

8. INGRESOS Y GASTOS.

En este apartado destacar que la corporación tramita varios expedientes de

otorgamiento de subvenciones, pudiendo destacar los siguientes expedientes:

- Subvención a Asociaciones en régimen de concurrencia, siendo

beneficiarias las siguientes asociaciones:

o Subvención AMPA Los Dos Prados.

o Asociación Asferical.

o Asociación ASIABO.

o Asociación Agrupación Local Ayuda Saharaui.

o Asociación Baile de Bormujos.

o Asociación de Capoeira.