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recopilación de circulares de colombia compra
Tipo: Resúmenes
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¡No te pierdas las partes importantes!
4.1 Sujetos obligados a publicar el Plan Anual de Adquisiciones...................
6.1 Requisitos y documentos subsanables.....................................................
5.1 Acta de cierre del proceso de selección...................................................
4.2 Lineamientos para su elaboración............................................................
6.2 Inscripción en el RUP................................................................................
5.2 Publicación de las ofertas.........................................................................
4.3 Elaboración del Plan Anual de Adquisiciones en SECOP I..........................
6.3 Renovación y firmeza del RUP..................................................................
4.4 Elaboración y publicación del Plan Anual de Adquisiciones en SECOP II..
6.4 Garantía de seriedad de la oferta..............................................................
4.5 Publicación del Plan Anual de Adquisiciones............................................
6.5 Informe de evaluación............................................................................... 6.6 Informe de evaluación en proceso de licitación para obra pública.............
4.6 Forma y oportunidad para actualizar el Plan Anual de Adquisiciones........
9.1 Requisitos para el ejercicio de determinadas profesiones..........................
10.1 Apostilla o legalización de documentos públicos....................................
11.1 Contratos plan........................................................................................
9.2 Cómputo de la experiencia profesional.....................................................
10.2 Presunción de autenticidad de los documentos y valor probatorio de las copias........................................................................................................
11.2 Documentos tipo para Procesos de contratación de obra pública............................................................................................................
9.3 Acreditación de la formación académica..................................................
10.3 Documentos en poder de las Entidades Estatales.................................. 10.4 Documentos en idioma extranjero...........................................................
16.1 Ámbito de aplicación del Decreto 092 de 2017....................................... 16.2 Aplicación del Decreto 092 de 2017 por parte de Entidades Estatales con régimen especial de contratación............................................................ 16.3 Guía para la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad................................................................................. 16.4 Proceso competitivo............................................................................... 16.5 Proceso no competitivo.......................................................................... 16.6 Uso del SECOP II.................................................................................... 16.7 Cláusulas excepcionales en contratos de colaboración y convenios de asociación...................................................................................................... 16.8 Procedimiento para declarar el incumplimiento del contratista en la contratación realizada en desarrollo del Decreto 092 de 2017........................... 16.9 Uniones temporales y consorcios conformados por entidades sin ánimo de lucro................................................................................................ 16.10 Incentivos a la industria nacional y aplicación de Acuerdos Comerciales a la contratación derivada del Decreto 092 de 2017.......................................
La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en cumplimiento de su objetivo como ente rector del Sistema de Compra Pública, expide la presente Circular Externa Única. De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra Eficiente tiene competencia para expedir circulares externas en materia de compras y contratación pública. Las circulares externas proferidas por Colombia Compra Eficiente son actos administrativos que contienen mandatos, orientaciones e instrucciones que van dirigidas a las Entidades Estatales y al público en general y son de obligatorio cumplimiento.^1 Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que establece el artículo 2.2.1.1.1.1. del Decreto 1082 de 2015. Los términos definidos son usados en singular y en plural según lo requiera el contexto. Los términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
domiciliarios, empresas sociales del Estado, entidades descentralizadas indirectas, entre otras.
Las Entidades que no hayan solicitado el mencionado hipervínculo en el plazo establecido en la Circular 20 o que habiéndolo solicitado sus sistemas de información propios no cumplieron las condiciones señaladas, deben publicar su actividad contractual en el SECOP utilizando el módulo “Régimen Especial”.
deberán realizar la publicación a través del módulo “Régimen Especial”.
En este caso, si de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, la contratación se rige por una normativa diferente a la colombiana, la publicación deberá realizarse a través del módulo “Régimen Especial” atendiendo lo dispuesto en los reglamentos del organismo internacional, es decir, publicando los documentos que tales reglamentos establecen, así como adelantar las etapas y en los tiempos que allí se dispone. La publicación en el módulo “Régimen Especial” permitirá adaptar el Proceso de Contratación a lo exigido en los reglamentos del organismo internacional; los restantes módulos corresponden a las modalidades de selección que contempla la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.
SECOP II: Plataforma transaccional para gestionar en línea todos los Procesos de Contratación, con cuentas para entidades y proveedores; y vista pública para cualquier tercero interesado en hacer seguimiento a la contratación pública.
Tienda Virtual del Estado Colombiano: Plataforma transaccional de comercio electrónico a través del cual las Entidades Compradoras hacen las transacciones de los Procesos de Contratación para adquirir: (i) bienes y servicios a través de los Acuerdos Marco de Precios; (ii) bienes y servicios al amparo de Contratos de Agregación de Demanda; y (iii) bienes en la modalidad de Mínima Cuantía en Grandes Superficies.
(a) En los Procesos de Contratación con varios adjudicatarios la Entidad debe publicar las ofertas de todos los proponentes que resultaron adjudicatarios. Si la Entidad suscribe un contrato por adjudicatario debe publicar todos los contratos del mismo Proceso de Contratación. La Entidad no debe hacer un nuevo registro para cada uno de los contratos pues duplica la información de un mismo Proceso de Contratación lo cual afecta el proceso de seguimiento de la información del Sistema de Compra Pública.
(b) El valor de los convenios o contratos interadministrativos y de los contratos con organismos multilaterales debe corresponder al valor total del convenio o contrato, discriminando el valor del aporte de la Entidad Estatal.
(c) En el SECOP los datos de la modificación de un contrato que adiciona el plazo o el valor del mismo deben ser registrados en el espacio asignado para el efecto y no como un documento adicional.
(d) Los contratos de seguros están contenidos en las pólizas por lo cual las Entidades deben publicar además del contrato suscrito con la aseguradora (i) Las pólizas adquiridas, o (ii) un documento en formato Excel que indique el ramo, la vigencia de la póliza, la prima, la suma asegurada, y el deducible de
cada póliza adquirida. Este documento debe estar publicado en el SECOP I como documento adicional dentro del Proceso de Contratación y en SECOP II en el módulo de “documentos del contrato”. Este documento no es necesario cuando la Entidad Estatal compra la póliza en la Tienda Virtual del Estado Colombiano.
(e) El SECOP debe contar con la información oficial de la contratación realizada con recursos públicos. Los contratos fiduciarios entendidos como los suscritos entre la Entidad Estatal y la fiduciaria deberán ser publicados por la Entidad Estatal que lo suscriba. Los contratos que realice la fiduciaria en virtud del contrato de fiducia o encargo fiduciario, es decir, la contratación derivada, también deberán ser publicados por la Entidad Estatal con la intervención de la fiduciaria para efectos de la firma del contrato.
Cuando se trate de procesos que se rigen por régimen especial, no sujetos a Ley 80 de 1993, la Entidad Estatal debe utilizar el módulo de “Régimen Especial” del SECOP II. Puede utilizar el módulo con o sin oferta, dependiendo de si desea o no recibir ofertas en línea. Cuando se trate de procesos sujetos a Ley 80 de 1993 la Entidad Estatal deberá usar la funcionalidad de la modalidad de selección correspondiente.
Sobre el uso del SECOP II en el módulo de “Régimen Especial”, la entidad puede elegir si firma el contrato electrónicamente (es decir, utiliza el módulo de gestión contractual del SECOP II con registro por parte del Proveedor y firma electrónica), o si firma el contrato en físico y publica los documentos de ejecución en la etapa precontractual del SECOP II (“Etapa de Proceso”).
Normativa
Ley 80 de 1993, artículo 66. Ley 1150 de 2007, artículos 1, 3 y 20 parágrafo 2. Decreto-Ley 4170 de 2011, artículos 1, 2, 3 y 11 numeral 4. Ley 1437 de 2011, artículo 24. Decreto Ley 019 de 2012, artículo 223. Ley 1712 de 2014, artículos 9, 10 y 11. Decreto 1081 de 2015, artículos 2.1.1.2.1.7 al 2.1.1.2.1. y 2.1.1.3.1.4. Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1.