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circular unica externa colombia compra, Resúmenes de Derecho Contractual

recopilación de circulares de colombia compra

Tipo: Resúmenes

2018/2019

Subido el 16/04/2019

alejamolinab
alejamolinab 🇨🇴

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Circular Externa Única de
Colombia Compra Eficiente
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Circular Externa Única de

Colombia Compra Eficiente

4 Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente

4. Elaboración y publicación del Plan Anual de Adquisiciones..........

6. Subsanabilidad...................................................................................

7. Metodología para calcular la Capacidad Residual..........................

5. Apertura de ofertas............................................................................

4.1 Sujetos obligados a publicar el Plan Anual de Adquisiciones...................

6.1 Requisitos y documentos subsanables.....................................................

5.1 Acta de cierre del proceso de selección...................................................

4.2 Lineamientos para su elaboración............................................................

6.2 Inscripción en el RUP................................................................................

5.2 Publicación de las ofertas.........................................................................

4.3 Elaboración del Plan Anual de Adquisiciones en SECOP I..........................

6.3 Renovación y firmeza del RUP..................................................................

4.4 Elaboración y publicación del Plan Anual de Adquisiciones en SECOP II..

6.4 Garantía de seriedad de la oferta..............................................................

4.5 Publicación del Plan Anual de Adquisiciones............................................

6.5 Informe de evaluación............................................................................... 6.6 Informe de evaluación en proceso de licitación para obra pública.............

4.6 Forma y oportunidad para actualizar el Plan Anual de Adquisiciones........

Circular Externa Única de Colombia Compra Eciente 5

8. Acreditación de situación militar......................................................

9. Acreditación de la formación académica.........................................

10. Documentos en Procesos de Contratación...................................

11. Documentos Tipo.............................................................................

12. Manuales y guías de Colombia Compra Eficiente.........................

9.1 Requisitos para el ejercicio de determinadas profesiones..........................

10.1 Apostilla o legalización de documentos públicos....................................

11.1 Contratos plan........................................................................................

9.2 Cómputo de la experiencia profesional.....................................................

10.2 Presunción de autenticidad de los documentos y valor probatorio de las copias........................................................................................................

11.2 Documentos tipo para Procesos de contratación de obra pública............................................................................................................

9.3 Acreditación de la formación académica..................................................

10.3 Documentos en poder de las Entidades Estatales.................................. 10.4 Documentos en idioma extranjero...........................................................

Circular Externa Única de Colombia Compra Eciente 7

16. Contratación pública con entidades sin ánimo de lucro – ESAL.

Decreto 092 de 2017..............................................................................

17. Datos Abiertos y Gobierno Electrónico..........................................

18. Vigencia............................................................................................

16.1 Ámbito de aplicación del Decreto 092 de 2017....................................... 16.2 Aplicación del Decreto 092 de 2017 por parte de Entidades Estatales con régimen especial de contratación............................................................ 16.3 Guía para la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad................................................................................. 16.4 Proceso competitivo............................................................................... 16.5 Proceso no competitivo.......................................................................... 16.6 Uso del SECOP II.................................................................................... 16.7 Cláusulas excepcionales en contratos de colaboración y convenios de asociación...................................................................................................... 16.8 Procedimiento para declarar el incumplimiento del contratista en la contratación realizada en desarrollo del Decreto 092 de 2017........................... 16.9 Uniones temporales y consorcios conformados por entidades sin ánimo de lucro................................................................................................ 16.10 Incentivos a la industria nacional y aplicación de Acuerdos Comerciales a la contratación derivada del Decreto 092 de 2017.......................................

8 Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, en cumplimiento de su objetivo como ente rector del Sistema de Compra Pública, expide la presente Circular Externa Única. De acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 del Decreto 4170 de 2011, Colombia Compra Eficiente tiene competencia para expedir circulares externas en materia de compras y contratación pública. Las circulares externas proferidas por Colombia Compra Eficiente son actos administrativos que contienen mandatos, orientaciones e instrucciones que van dirigidas a las Entidades Estatales y al público en general y son de obligatorio cumplimiento.^1 Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que establece el artículo 2.2.1.1.1.1. del Decreto 1082 de 2015. Los términos definidos son usados en singular y en plural según lo requiera el contexto. Los términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

  1. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Subsección C, Auto del 14 de agosto de 2017, Radicación 11001-03-26-000-2017-00031-00 (58820) CP. Jaime Orlando Santofimio Gamboa. Consideración 11.14.

10 Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente

domiciliarios, empresas sociales del Estado, entidades descentralizadas indirectas, entre otras.

  1. No deberán publicar en SECOP las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta y las empresas de servicios públicos domiciliarios que desarrollen su actividad en situación de competencia con el sector privado y que antes del 30 de noviembre de 2015, en cumplimiento de la Circular Externa No. 20 del 27 de agosto de 2015, solicitaron a Colombia Compra Eficiente el hipervínculo que comunica al SECOP con sus sistemas de información propios para efectos de la publicidad de su actividad contractual, siempre que dichos sistemas permitan hacer el proceso de contratación en línea, además de permitir a los proveedores y al público en general tener acceso oportuno, permanente e ininterrumpido a la información de su actividad contractual. La información debe cumplir los plazos y requerimientos de las normas aplicables en materia de contratación y de acceso a la información, respetando la información y documentos reservados de acuerdo con la normativa aplicable.

Las Entidades que no hayan solicitado el mencionado hipervínculo en el plazo establecido en la Circular 20 o que habiéndolo solicitado sus sistemas de información propios no cumplieron las condiciones señaladas, deben publicar su actividad contractual en el SECOP utilizando el módulo “Régimen Especial”.

  1. Los particulares que contraten con cargo a recursos públicos. Estos

Circular Externa Única de Colombia Compra Eciente 11

deberán realizar la publicación a través del módulo “Régimen Especial”.

  1. Las Entidades Estatales que celebren contratos o convenios de los que trata el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, sin importar el régimen jurídico aplicable, deben reportar la información al SECOP.

En este caso, si de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, la contratación se rige por una normativa diferente a la colombiana, la publicación deberá realizarse a través del módulo “Régimen Especial” atendiendo lo dispuesto en los reglamentos del organismo internacional, es decir, publicando los documentos que tales reglamentos establecen, así como adelantar las etapas y en los tiempos que allí se dispone. La publicación en el módulo “Régimen Especial” permitirá adaptar el Proceso de Contratación a lo exigido en los reglamentos del organismo internacional; los restantes módulos corresponden a las modalidades de selección que contempla la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.

El procedimiento para publicar a través del módulo “Régimen Especial”

se encuentra disponible en: https://www.colombiacompra.gov.co/

secop-ii

Las Entidades que contratan con cargo a recursos públicos están

obligadas a publicar oportunamente su actividad contractual en el

SECOP, sin que sea relevante para la exigencia de esta obligación su

régimen jurídico, naturaleza de público o privado o la pertenencia a una

u otra rama del poder público.

Circular Externa Única de Colombia Compra Eciente 13

1.4 Publicación en una plataforma del SECOP

Las Entidades deben publicar la información de sus Procesos de

Contratación en una sola de las plataformas electrónicas del SECOP. Los

Procesos de Contratación derivados de los Acuerdos Marco de Precios

o instrumentos de agregación de demanda deben ser adelantados en

la Tienda Virtual del Estado Colombiano y no se requiere publicarlos en

otras plataformas. Los Procesos de Contratación en línea adelantados

en el SECOP II no requieren otro tipo de publicación. Duplicar la

información afecta la información del Sistema de Compra Pública.

SECOP II: Plataforma transaccional para gestionar en línea todos los Procesos de Contratación, con cuentas para entidades y proveedores; y vista pública para cualquier tercero interesado en hacer seguimiento a la contratación pública.

Tienda Virtual del Estado Colombiano: Plataforma transaccional de comercio electrónico a través del cual las Entidades Compradoras hacen las transacciones de los Procesos de Contratación para adquirir: (i) bienes y servicios a través de los Acuerdos Marco de Precios; (ii) bienes y servicios al amparo de Contratos de Agregación de Demanda; y (iii) bienes en la modalidad de Mínima Cuantía en Grandes Superficies.

14 Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente

Los Términos y Condiciones de cada una de las plataformas regulan

y reglamentan la forma en la cual se realiza la publicación, el envío,

recepción, archivo de mensajes de datos en el SECOP. Los usuarios

del SECOP están obligados a cumplirlos. El uso del SECOP implica la

aceptación de los Términos y Condiciones.

Los manuales y guías expedidos por Colombia Compra Eficiente son

herramientas de orientación que establecen procedimientos para el uso

del SECOP e incorporan buenas prácticas en su uso. Las entidades

pueden utilizar estas herramientas para su actividad contractual.

Los usuarios del SECOP están obligados a cumplir las disposiciones

legales y reglamentarias del Sistema de Compra Pública cuando

adelanten Procesos de Contratación. La responsabilidad de la

información relacionada con los Procesos de Contratación contenidos en

SECOP es únicamente de la entidad contratante y sus funcionarios. Los

Usuarios del SECOP son responsables de cualquier actuación efectuada

con su Usuario. En consecuencia, deben mantener la confidencialidad

de la información de su cuenta y su contraseña.

Los términos y condiciones de cada una de las plataformas podrán ser

consultados en: https://www.colombiacompra.gov.co/secop/terminos-

y-condiciones

1.5 Normativa del SECOP

16 Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente

1.8 Reglas para casos especiales o particulares

Las siguientes reglas buscan aclarar las condiciones de calidad y

oportunidad de la información del Sistema de Compra Pública en casos

especiales o particulares.

(a) En los Procesos de Contratación con varios adjudicatarios la Entidad debe publicar las ofertas de todos los proponentes que resultaron adjudicatarios. Si la Entidad suscribe un contrato por adjudicatario debe publicar todos los contratos del mismo Proceso de Contratación. La Entidad no debe hacer un nuevo registro para cada uno de los contratos pues duplica la información de un mismo Proceso de Contratación lo cual afecta el proceso de seguimiento de la información del Sistema de Compra Pública.

(b) El valor de los convenios o contratos interadministrativos y de los contratos con organismos multilaterales debe corresponder al valor total del convenio o contrato, discriminando el valor del aporte de la Entidad Estatal.

(c) En el SECOP los datos de la modificación de un contrato que adiciona el plazo o el valor del mismo deben ser registrados en el espacio asignado para el efecto y no como un documento adicional.

(d) Los contratos de seguros están contenidos en las pólizas por lo cual las Entidades deben publicar además del contrato suscrito con la aseguradora (i) Las pólizas adquiridas, o (ii) un documento en formato Excel que indique el ramo, la vigencia de la póliza, la prima, la suma asegurada, y el deducible de

Circular Externa Única de Colombia Compra Eciente 17

cada póliza adquirida. Este documento debe estar publicado en el SECOP I como documento adicional dentro del Proceso de Contratación y en SECOP II en el módulo de “documentos del contrato”. Este documento no es necesario cuando la Entidad Estatal compra la póliza en la Tienda Virtual del Estado Colombiano.

(e) El SECOP debe contar con la información oficial de la contratación realizada con recursos públicos. Los contratos fiduciarios entendidos como los suscritos entre la Entidad Estatal y la fiduciaria deberán ser publicados por la Entidad Estatal que lo suscriba. Los contratos que realice la fiduciaria en virtud del contrato de fiducia o encargo fiduciario, es decir, la contratación derivada, también deberán ser publicados por la Entidad Estatal con la intervención de la fiduciaria para efectos de la firma del contrato.

Cuando se trate de procesos que se rigen por régimen especial, no sujetos a Ley 80 de 1993, la Entidad Estatal debe utilizar el módulo de “Régimen Especial” del SECOP II. Puede utilizar el módulo con o sin oferta, dependiendo de si desea o no recibir ofertas en línea. Cuando se trate de procesos sujetos a Ley 80 de 1993 la Entidad Estatal deberá usar la funcionalidad de la modalidad de selección correspondiente.

Sobre el uso del SECOP II en el módulo de “Régimen Especial”, la entidad puede elegir si firma el contrato electrónicamente (es decir, utiliza el módulo de gestión contractual del SECOP II con registro por parte del Proveedor y firma electrónica), o si firma el contrato en físico y publica los documentos de ejecución en la etapa precontractual del SECOP II (“Etapa de Proceso”).

Circular Externa Única de Colombia Compra Eciente 19

1.9 Consulta del SECOP para auditorías y órganos de control

Los órganos de control y la ciudadanía podrán verificar la transparencia

y publicidad de los Procesos de Contratación a través de la vista pública

del SECOP, es decir por medio de la página oficial de Colombia Compra

Eficiente con el número del proceso y el enlace específico que deberá

ser entregado por la Entidad Estatal. A su vez, las oficinas de control

interno podrán revisar los procesos de la misma forma que los órganos de

control. En relación con el acceso a la plataforma por medio de usuario y

contraseña, cada Entidad Estatal a través de su usuario administrador, en

razón a su autonomía, determinará a cuáles funcionarios, contratistas o

auditores se le otorgará el acceso y permiso al perfil de la Entidad.

Referencia

Normativa

Ley 80 de 1993, artículo 66. Ley 1150 de 2007, artículos 1, 3 y 20 parágrafo 2. Decreto-Ley 4170 de 2011, artículos 1, 2, 3 y 11 numeral 4. Ley 1437 de 2011, artículo 24. Decreto Ley 019 de 2012, artículo 223. Ley 1712 de 2014, artículos 9, 10 y 11. Decreto 1081 de 2015, artículos 2.1.1.2.1.7 al 2.1.1.2.1. y 2.1.1.3.1.4. Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1.

20 Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente

Uso del SECOP II para crear, conformar y gestionar los

expedientes electrónicos del Proceso de Contratación

Colombia Compra Eficiente de manera conjunta con el Archivo General

de la Nación establece las siguientes directrices respecto al expediente

electrónico en SECOP II.

El SECOP II beneficia a compradores públicos y a proveedores, reduce los

costos asociados a la impresión, fotocopias y desplazamientos, permite

la presentación en línea de ofertas, hace más fácil el seguimiento a los

procesos de contratación, el control disciplinario y fiscal, y la solución de

controversias, pues permite seguir el detalle en tiempo real de las etapas

del proceso de compra pública.

Es necesario ser usuario y tener una contraseña para tener acceso a

SECOP II. Las Entidades Estatales están habilitadas para crear usuarios,

definir perfiles y otorgar permisos para ver, editar, modificar, y aprobar

documentos electrónicos. El público en general puede ver los Documentos

del Proceso y el detalle de los Procesos de Contratación.

El SECOP II genera un expediente electrónico siempre que una Entidad

Estatal crea un Proceso de Contratación. El expediente electrónico del

SECOP II cumple con los criterios para crear, conformar, organizar,

controlar, y consultar los expedientes del archivo del proceso de

contratación de acuerdo con el capítulo III del Acuerdo 002 de 2014

del Archivo General de la Nación. Particularmente, cumple con los

requisitos del proceso de gestión documental: producción, gestión y

trámite, organización documental (clasificación, ordenación, descripción)