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Conceptos normativos de la conducta Humana, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

Se describen los conceptos Normativos de la conducta Humana

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 12/05/2021

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Fundamentos del Derecho
1 | Página Jo sé L uis O rlan do L eón Cast añed a
Conceptos normativos de la conducta humana
El Derecho es una norma constante que reglamenta el actuar de la sociedad, en sí mismo se origina, en la
naturaleza del ser racional y social. Su misión es regular el orden de la conducta de las relaciones humanas.
El Derecho como norma o sistema de normas recibe el nombre de derecho objetivo, porque es
considerado en si mismo como objeto de estudio, independiente del o de los sujetos en los que recae.
Para distinguirlo del derecho subjetivo (facultad o poder, bajo la protección de la ley, de usar y disponer
de algo libremente y con exclusión de los demás) lo escribimos siempre con mayúscula.
La naturaleza del hombre resalta su necesidad de vivir en sociedad, para su supervivencia biológica y
necesita las leyes para regular su conducta con el propósito de asegurar su convivencia social, el derecho
por sí mismo no puede garantizar esto.
Es por lo anterior mencionado que se tuvieron que crear diferentes órdenes normativos, para regular la
conducta social de manera simultánea, esto trajo como resultado la creación de cuatro tipos de norma
diferentes, las normas internas (morales, religiosas) y las normas externas (jurídicas y del trato social)
A. NORMAS MORALES. Son una guía para la buena conducta, basada en las costumbres, hábitos y
creencias que orientan el comportamiento de las personas, sobre lo que se debe hacer, porque
es bueno y lo que no, porque es malo, la sanción al incumplimiento de estas normas es distinta a
la sanción de las jurídicas. El infractor puede reaccionar contra su propio incumplimiento, a pesar
de que no haya nadie que le obligue a cumplir con estas normas. Estas sanciones son propias y
pueden traer consigo el remordimiento, el auto censura por la mala acción realizada.
B. NORMAS RELIGIOSAS. Son leyes que procuran el perfeccionamiento del hombre en los actos que
realiza estas son consideradas obligatorias para que el hombre alcance la santidad. Este tipo de
normas plantean las exigencias que el hombre debe cumplir para agradar a Dios y así ganarse un
paso al paraíso, tienen su origen en Dios y es este quien las impone al hombre, son de carácter
heterónomo, en lo que se refiere a su origen, las normas religiosas tienen un carácter unilateral
ya que imponen deberes pero no facultan a nadie para obligar su cumplimiento, un ejemplo de
estas son los 10 mandamientos, los cuales son reglas de conducta dictadas por dios.
Las características de estas normas son:
Interioridad. Validez interna del valor de la conducta propia.
Unilaterales. Solo impone deberes u obligaciones.
Incoercibilidad. Cumplimiento espontaneo de la conducta impuesto por sí mismo.
Autonomía. Aceptación y obediencia a la regla dada por el mismo sujeto.
C. NORMAS JURIDICAS. Es una regla creada para regular el comportamiento de las personas que
forman parte de la sociedad, es creada por una autoridad facultada (el Estado), su principal
característica es que debe existir un criterio de valor que de no cumplirse supone una sanción.
Tiene la facultad de imponer deberes, otorgar derechos y tiene como objetivo principal establecer
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Fundamentos del Derecho

1 | P á g i n a José Luis Orlando León Castañeda

Conceptos normativos de la conducta humana

El Derecho es una norma constante que reglamenta el actuar de la sociedad, en sí mismo se origina, en la naturaleza del ser racional y social. Su misión es regular el orden de la conducta de las relaciones humanas.

El Derecho como norma o sistema de normas recibe el nombre de derecho objetivo, porque es considerado en si mismo como objeto de estudio, independiente del o de los sujetos en los que recae. Para distinguirlo del derecho subjetivo (facultad o poder, bajo la protección de la ley, de usar y disponer de algo libremente y con exclusión de los demás) lo escribimos siempre con mayúscula.

La naturaleza del hombre resalta su necesidad de vivir en sociedad, para su supervivencia biológica y necesita las leyes para regular su conducta con el propósito de asegurar su convivencia social, el derecho por sí mismo no puede garantizar esto.

Es por lo anterior mencionado que se tuvieron que crear diferentes órdenes normativos, para regular la conducta social de manera simultánea, esto trajo como resultado la creación de cuatro tipos de norma diferentes, las normas internas (morales, religiosas) y las normas externas (jurídicas y del trato social)

A. NORMAS MORALES. Son una guía para la buena conducta, basada en las costumbres, hábitos y creencias que orientan el comportamiento de las personas, sobre lo que se debe hacer, porque es bueno y lo que no, porque es malo, la sanción al incumplimiento de estas normas es distinta a la sanción de las jurídicas. El infractor puede reaccionar contra su propio incumplimiento, a pesar de que no haya nadie que le obligue a cumplir con estas normas. Estas sanciones son propias y pueden traer consigo el remordimiento, el auto censura por la mala acción realizada.

B. NORMAS RELIGIOSAS. Son leyes que procuran el perfeccionamiento del hombre en los actos que realiza estas son consideradas obligatorias para que el hombre alcance la santidad. Este tipo de normas plantean las exigencias que el hombre debe cumplir para agradar a Dios y así ganarse un paso al paraíso, tienen su origen en Dios y es este quien las impone al hombre, son de carácter heterónomo, en lo que se refiere a su origen, las normas religiosas tienen un carácter unilateral ya que imponen deberes pero no facultan a nadie para obligar su cumplimiento, un ejemplo de estas son los 10 mandamientos, los cuales son reglas de conducta dictadas por dios.

Las características de estas normas son:

 Interioridad. Validez interna del valor de la conducta propia.  Unilaterales. Solo impone deberes u obligaciones.  Incoercibilidad. Cumplimiento espontaneo de la conducta impuesto por sí mismo.  Autonomía. Aceptación y obediencia a la regla dada por el mismo sujeto.

C. NORMAS JURIDICAS. Es una regla creada para regular el comportamiento de las personas que forman parte de la sociedad, es creada por una autoridad facultada (el Estado), su principal característica es que debe existir un criterio de valor que de no cumplirse supone una sanción. Tiene la facultad de imponer deberes, otorgar derechos y tiene como objetivo principal establecer

Fundamentos del Derecho

2 | P á g i n a José Luis Orlando León Castañeda

orden en la sociedad y son aplicables sin excepción aun cuando el sujeto obligado desconozca la existencia de las mismas, ya que son ajenas a la voluntad del hombre.

D. NORMAS DEL TRATO SOCIAL. ( Para algunos son medidas superfluas, pomposas, de vanidad, ostentación o de moda pasajera .) Estas nos permiten desarrollar una vida social más amena y cordial (cortesía) o bien, conducirnos conforme a ciertas reglas establecidas para circunstancias y momentos determinados, no interrumpir una conversación, guardar cortesía, ser amable, respetuoso, saludar, acudir con traje de etiqueta a una reunión formal, etc. Si no respetamos estas reglas tendremos una sanción que la sociedad nos margine, estas son incoercibles, ya que no hay quien pueda exigir el cumplimiento obligatorio de la conducta ordenada. Se cumple si así lo desea el obligado.

Las características de estas normas son:

 Exterioridad. Ordenan la rectitud de la conducta visible por los agentes externos.  Bilaterales. Otorgan derechos, facultades, autorizaciones legales y exigen el cumplimiento de obligaciones.  Coercibilidad. La obediencia de la norma es Obligatoria.  Heteronomía. Normas creadas por el albedrio de personas, diferentes de las que deben cumplirlas.

“El derecho es un conjunto de normas o reglas que someten a los hombres que viven en sociedad, en colectividad. Es un elemento de coordinación para sanjar los conflictos de intereses que surjan, Estas normas tienen el carácter de obligatorio, que estriba en que su información trae consigo una sanción para el infractor, impuesta por un poder organizado (el Estado) que es el que cuida que la conducta externa de los hombres, se ajuste a la idea de justicia, y a la satisfacción de necesidades” Trinidad García

Lo mencionado anteriormente nos da las bases para una adecuada convivencia en la sociedad en la que vivimos y en los diferentes ámbitos en los que nos desarrollamos ya sea como profesionistas, docentes, padres o hijos.

A nuestro alrededor, cada norma se encuentra inspirada dependiendo del lugar o del supuesto en el que nos encontremos, ya sea para alcanzar un equilibrio común, como lo establecen las normas jurídicas, bien con la idea que el hombre encamine su vida para alcanzar la gloria, como sucede con las normas religiosas, o que se encuentren inspiradas en juicios de valor ético para la adecuada conducta de las personas hacia los demás seres humanos, como es el caso de las normas morales, o en el establecer reglas dentro de un determinado grupo para su comportamiento con las demás personas , como las normas del trato social. Cada una de ellas, en lo que concierne, son igual de importantes, claro que algunas dependen de la voluntad de las personas para su cumplimiento y en el caso de las normas jurídicas está el carácter coercible, ya que si no fuera de este modo, las personas no harían caso de todas las reglas establecidas para el bienestar común.