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CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA, Resúmenes de Derecho Internacional Público

La Constitución de la Tierra nos trae aquí para reflexionar sobre el presente y el futuro de nuestra sociedad. Se hablará de emergencias y necesidades por las que esta pasando la humanidad.

Tipo: Resúmenes

2020/2021

Subido el 18/08/2021

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HUMANITAS SANTA FE
LICENCIATURA EN DERECHO
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN: “CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA” POR LUIGI
FERRAJOLI
García Salmoran Susana Monserrat
LE5384
31 de julio de 202
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¡Descarga CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA y más Resúmenes en PDF de Derecho Internacional Público solo en Docsity!

HUMANITAS SANTA FE

LICENCIATURA EN DERECHO

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN: “CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA” POR LUIGI

FERRAJOLI

García Salmoran Susana Monserrat LE

31 de julio de 202

INDÍCE

  • INTRODUCCIÓN: CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA
  • DESARROLLO
  • CONCLUSIÓN
  • BIBLIOGRAFÍA

Tanto en su primer planteamiento de la idea en Roma, como en la conferencia magistral y algunas entrevistas Ferrajoli y quienes apoyan esta idea nos dicen que, la verdadera gran laguna del derecho internacional actual, es, sobre todo, la falta de funciones e instituciones globales de garantía, lo cual, equivale a una patente violación. Estas instituciones y funciones de garantía son las que deben diseñarse para luego introducir e imponer normativamente en la Constitución de la Tierra, esto con el claro fin de garantizar la supervivencia del género humano, amenazada por primera vez en la historia por nuestras propias políticas irresponsables y por esta razón conciben la idea de una escuela Constituyente Tierra, cuyo fin es estimular una reflexión colectiva y una imaginación teórica sobre las funciones de garantía idóneas para hacer frente a los desafíos y las catástrofes mundiales. La Constitución de la Tierra se caracterizará por una expansión del paradigma constitucional más allá del estado, en tres direcciones:  constitucionalismo supranacional o de derecho internacional, junto al constitucionalismo estatal actual, a través de la previsión de funciones e instituciones supraestatales de garantía, a la altura de los poderes económicos y políticos mundiales;  constitucionalismo de derecho privado, junto al constitucionalismo de derecho público actual, mediante la introducción de un sistema adecuado de normas y garantías frente a los actuales poderes salvajes de los mercados;  constitucionalismo de bienes fundamentales, junto al de los derechos fundamentales, mediante la previsión de garantías destinadas a conservar y asegurar el acceso de todos, al disfrute los bienes comunes, es decir, bienes vitales.

DESARROLLO

El jurista y filósofo italiano Luigi Ferrajoli, ha planteado la necesidad de crear una Constitución de la Tierra, es decir, una ley a escala planetaria capaz de regular el orden mundial para la prevención de problemas de carácter global como lo es la actual pandemia por Covid-19, el calentamiento global, las migraciones, la trata de seres humanos, los abusos de grandes compañías transnacionales o la deforestación. Estos fenómenos, sin duda, se relacionan globalmente o bien se relacionan con una mundialización de facto de la economía y solo una regulación legal homogénea a nivel global podría garantizar la unidad de acción y coherencia necesaria para hacer frente a estos desafíos. Ferrajoli nos dice que la inexistencia de tal regulación es la que permite a cada país operar por su cuenta, y ello determina consecuencias inevitables para los demás, por ejemplo, la insuficiencia de medidas para cuidarnos de la pandemia actual o la contaminación producida en áreas específicas que claramente afecta a otros. Por lo que, una Constitución de la Tierra, auspiciada por la ONU podría contribuir a la superación de injusticias derivadas de las grandes desigualdades entre las diversas regiones, las guerras, el hambre y por tanto, la preservación de los derechos humanos de manera mundial. El autor de esta propuesta sostiene que una constitución es legítima y democrática no porque sea querida por todos, sino porque garantiza a todos. Para él ya disponemos de un embrión de una constitución mundial, compuesto por la Carta de las Naciones Unidas, declaraciones, convenciones, pactos internacionales sobre derechos humanos, y en términos de legislación el paradigma constitucional ya se ha incorporado al ordenamiento internacional. La primera asamblea tuvo lugar en Roma, el 21 de febrero de 2020, en esta, Ferrajoli plantea un constitucionalismo planetario que termine con las lagunas que dejan las constituciones

CONCLUSIÓN

Una iniciativa parecida ya había sido anticipada en su último libro, titulado “Constitucionalismo más allá del Estado”. En este, postuló la necesidad de extender el constitucionalismo en una dirección social, capaz de asegurar gratuitamente las prestaciones básicas, pero no como dádivas de políticas progresistas, sino como derechos fundamentales. Entonces comprendemos que, la Constitución de la Tierra pretende, integrar el constitucionalismo en dos aspectos, ampliándolo en tres direcciones: como constitucionalismo global y no sólo estatal, a garantizar bienes comunes y no sólo derechos fundamentales, y contra los poderes de los mercados y no sólo de los Estados y proporcionando, además de las tradicionales instituciones legislativas, judiciales y de gobierno, instituciones de garantía de los derechos fundamentales y de los bienes fundamentales, así como su financiamiento a cargo de un fisco mundial. La idea es grandiosa y pienso que sería maravilloso ver a todos los países ponerse de acuerdo para rescatar a la vida misma a través de una acción coordinada, común y eficaz. Establecer de esta forma a la naturaleza como un nuevo sujeto de derecho y de paso reconocer reglas éticas inviolables para conseguir una vida armoniosa entre lo humano y no humano, sin duda, es algo que cambiaría por completo nuestra visión de la tierra, pues así, se le pondría un límite a la voracidad insaciable del capitalismo global y un freno a corporaciones transnacionales que destruyen el equilibrio y la paz. Estoy completamente de acuerdo con la idea de una Constitución de la Tierra, pues no reflexiono sobre esto con una idea comunista enferma, sino, como una relación con la naturaleza, en donde caben todos los ideales de los pueblos, es decir, la defensa ambiental que promueven los judíos y los cristianos, la empatía con todas las formas de vida que nos presentan los budistas,

el concepto de madre tierra y su indisoluble unión con lo espiritual que aporta el hinduismo. Creo y confió en que esta idea busca sostenibilidad y respeto a la naturaleza para vivir en una comunión armoniosa con el todo. En lo personal, relaciono esta hipótesis con la ecología integral, por la búsqueda de una conexión entre la ecología y la justicia social, ya que, esto no impide entender la naturaleza como algo separado de nosotros, sin embargo, no hay dos crisis, una ambiental y otra social, sino una sola y compleja crisis socio-ambiental. La Constitución de la Tierra podría superar factores de división del género humano, y de contradicción con los principios de paz e igualdad, y dar por verdadero el universalismo de los derechos fundamentales. Sin duda, la pandemia por Covid-19 le dio un giro a nuestra vida y nos ha obligado a reflexionar como vivimos, de qué forma, que consumimos y hasta como respiramos. Es importante concientizar un origen común y un futuro compartido para desarrollar nuevas formas de vivir y creo necesario “una ruptura radical con la ideología del progreso lineal, con paradigma tecnológico y económico de la civilización industrial moderna” como propone Michael Löwy.