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CONTESTACIÓN DE QUERELLA, Apuntes de Derecho Penal

contestasion de querella por lesiones

Tipo: Apuntes

2021/2022
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Subido el 07/12/2022

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DERECHO PROCESAL PENAL – II
DR. HERMES SARANGO
EST. JENNIFER LIZBETH QUILUMBA IZA
CONTESTACIÓN A LA QUERELLA
SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE GARANTÍAS PENALES DEL
CANTÓN QUITO.
ERICK PATRICIO OÑA TACO, con cedula de ciudadanía No. 1713214738,
domiciliado en esta cuidad de Quito, dentro de la querella penal No. 18273-1017-00938,
por presunto delito de: Lesiones, tipificada en el Art. 152.2 del Código Orgánico
Integral Penal, el cual, sigue en mi contra JOSÉ EMILIO RAMÍREZ LÓPEZ; ante
su autoridad, con el debido respeto, comparezco lo siguiente:
I. SOBRE LOS VICIOS PROCEDIMENTALES POR LA CITACIÓN
Es el caso Señor Juez, que existen vicios procedimentales porque se ha
violentado las reglas del tramite establecido en el Art. 433.3, 434.2, 435,
647.2, porque la citación fue dejada en mi anterior domicilio, ubicado en las
calles que consta en la querella, de esta cuidad de Quito.
A la mencionada citación judicial se adjuntan:
- Copia de la acusación particular presentada en mi contra por el Sr. JOSÉ
EMILIO RAMÍREZ LÓPEZ.
Cabe señalar Señor Juez, que mi actual domicilio lo tengo ubicado en Av.
Mariana de Jesús Oe7 41 y Camilo Ponce; por lo que la Boleta de Citación
entregada en mi anterior domicilio, adolece de ilegalidades por lo siguiente:
- No se me cito en persona.
- Se dejo una boleta de citación (tercera boleta) en un lugar que no es mi
domicilio.
- No se hizo la citación por boletas (tres boletas) en mi actual domicilio o
residencia.
Lo anterior violenta lo dispuesto en los artículos del Código Orgánico
Integral Penal antes mencionados.
La falta de citación legal acarrea la nulidad procesal, pues no se me entrego
la citación en persona.
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¡Descarga CONTESTACIÓN DE QUERELLA y más Apuntes en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

DERECHO PROCESAL PENAL – II

DR. HERMES SARANGO

EST. JENNIFER LIZBETH QUILUMBA IZA

CONTESTACIÓN A LA QUERELLA

SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE GARANTÍAS PENALES DEL

CANTÓN QUITO.

ERICK PATRICIO OÑA TACO , con cedula de ciudadanía No. 1713214738, domiciliado en esta cuidad de Quito, dentro de la querella penal No. 18273-1017-00938, por presunto delito de: Lesiones, tipificada en el Art. 152.2 del Código Orgánico Integral Penal, el cual, sigue en mi contra JOSÉ EMILIO RAMÍREZ LÓPEZ ; ante su autoridad, con el debido respeto, comparezco lo siguiente: I. SOBRE LOS VICIOS PROCEDIMENTALES POR LA CITACIÓN Es el caso Señor Juez, que existen vicios procedimentales porque se ha violentado las reglas del tramite establecido en el Art. 433.3, 434.2, 435, 647.2, porque la citación fue dejada en mi anterior domicilio, ubicado en las calles que consta en la querella, de esta cuidad de Quito. A la mencionada citación judicial se adjuntan:

  • Copia de la acusación particular presentada en mi contra por el Sr. JOSÉ EMILIO RAMÍREZ LÓPEZ. Cabe señalar Señor Juez, que mi actual domicilio lo tengo ubicado en Av. Mariana de Jesús Oe7 41 y Camilo Ponce; por lo que la Boleta de Citación entregada en mi anterior domicilio, adolece de ilegalidades por lo siguiente:
  • No se me cito en persona.
  • Se dejo una boleta de citación (tercera boleta) en un lugar que no es mi domicilio.
  • No se hizo la citación por boletas (tres boletas) en mi actual domicilio o residencia. Lo anterior violenta lo dispuesto en los artículos del Código Orgánico Integral Penal antes mencionados. La falta de citación legal acarrea la nulidad procesal, pues no se me entrego la citación en persona.

II. SOBRE LA RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LA INFRACCIÓN

  • Señor Juez, en la querella no se encuentra determinados los supuestos hechos que configuran el delito de Lesiones argumentados, puesto que el Sr. JOSÉ EMILIO RAMÍREZ LÓPEZ, consta de la negatividad de los fundamentos de hecho y de derecho de la querella presentada.
  • Solicito se conceda la absolución al querellante el Sr. ERICK PATRICIO OÑA TACO, ya que no existe en el proceso medios probatorios que tengan la fuerza o peso necesario para lograr formar la convicción. Por lo tanto, lo manifestado por este Señor, falta a verdad porque no se encontraba en estado de embriaguez, ya que se acerco a la mesa únicamente para saludar y que en ningún momento ataco peor aun por la espalda a este hombre, por lo que el suelo estaba mojado y eso provoco el resbalo que tuvo y eso hizo que cayera por su espalda.
  • En el informe presentado se observo que solo existió un esguince en la rodilla, al momento que se resbalo, ya que esto no tiene nada que ver con los hechos indicados. III. CONCLUSIONES Y PRETENSIONES De todo lo anterior se concluye lo siguiente:
  • La querella presentada por el Sr. JOSÉ EMILIO RAMÍREZ LÓPEZ, es maliciosa y temeraria, pues de lo relatado se desprende que en ningún momento he realizado lo que el querellante ha referido.
  • Solicito que se deseche la querella propuesta en mi contra. IV. NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN Notificación que me correspondan las recibiré en el casillero judicial No. 345 de la Corte Provincial de Pichincha en la cuidad de Quito y autorizo al Abogado Ricardo David Rojas Puentes, para que, con su sola firma suscriba cuanto escrito sea necesario en defensa de mi interés. Lo dicho, sin perjuicio de recibir notificación en la siguiente dirección electrónica ricardorojas@gmail.com. Firmo junto a mi abogado patrocinador. - ABG. RICARDO DAVID ROJAS PUENTE SR. ERICK PATRICIO OÑA TACO MAT.2884 C.A.P C.C. 1713214738