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El concepto de uniones temporales y consorcios en la Administración Pública, sus características, diferencias y obligaciones tributarias. Además, se detallan los procedimientos de retención en la fuente y facturación para estas asociaciones.
Qué aprenderás
Tipo: Resúmenes
1 / 10
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Jonathan Vargas _ 77118032 Sergio Mariño _ 77416506
★ En el Consorcio la sanción afectará a todos los miembros de la asociación por igual, independientemente del grado de participación de cada parte en el proyecto o en la situación que ha generado la sanción. ★ Por su parte, en la Unión Temporal se analizará el grado de responsabilidad de cada asociado en el hecho sancionable y la responsabilidad recaerá únicamente sobre el o los miembros que hayan incurrido en la conducta o hecho por el que se ha impuesto la sanción
DIFERENCIAS ENTRE EL CONSORCIO Y
LA UNIÓN TEMPORAL
La diferencia más importante entre el Consorcio y la Unión Temporal es la imposición de una sanción por incumplimiento de alguna parte del contrato.
ALGUNAS ACLARACIONES RELATIVAS
A LAS OBLIGACIONES CONTABLES DE
LAS UNIONES TEMPORALES
Las Uniones temporales y los Consorcios no están obligados por ley a presentar estados financieros ni a llevar libros de contabilidad. Sin embargo, el consejo técnico de la contaduría pública considera conveniente que estas asociaciones lleven una contabilidad por diversos motivos, de entre los que destacan los siguientes:
★ Permite obtener información relevante en los procesos de toma de decisiones. ★ Facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias. ★ Aporta datos claros para determinar el porcentaje de participación y beneficios de cada miembro.
Retención en la Fuente.
Facturación por parte de las
Uniones Temporales
Las uniones temporales deben facturar todas sus operaciones, más aún cuando son responsables del impuesto sobre las ventas
● https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/concepto_icbf_0013534_2010.htm#:~:text=Consorci o%3A%20Cuando%20dos%20o%20m%C3%A1s,la%20propuesta%20y%20del%20contrato ● https://dianhoy.com/union-temporal/ ● https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-