






Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Resumen y explicación de contratos tales como el ocasional, accidental o transitorio
Tipo: Diapositivas
1 / 12
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
En oferta
INTEGRANTES: Shirley Barros Yerson Muñoz Laura Valderrama
(^) Trabajo de corta duración y no mayor de un mes. (^) Se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador. oficina de una agencia de viajes El técnico estaría por contrato ocasional porque no va dentro de las tareas rutinarias de la empresa. Por ejemplo: HÚME DAD TÉCNI CO SOLU CIÓN CONTR ATO OCASI ONAL
(^) Se refiere a la duración del contrato de trabajo para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.
(^) Se debe entender como aquel contrato que se firma para desarrollar o ejecutar una actividad ocasional. (^) No tiene nada diferente los otros, puesto que el trabajador tendrá los mismos derechos y deberes como en los diferentes.
En el pasado el contrato temporal, o transitorio tuvo un tratamiento diferencial, pues el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo contemplaba que los trabajadores ocasionales o transitorios no tenían derecho al pago de la prima de servicios.
La Corte va más allá e incluso reconoce que los trabajadores ocasionales sí tienen derecho al pago de auxilio monetario por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y no profesionales; gastos de entierro; seguro de vida y prima de servicios. Para el tribunal, la ley no ha establecido diferenciación entre los contratos laborales en cuanto a las prestaciones sociales.
Con todo, en criterio de la Corte, la libertad económica no puede ir en contra de los derechos de las personas. Incluso, en la sentencia, la Corte dijo que la primera manifestación de esta línea de pensamiento se produjo el 16 de febrero de 1995, cuando decidió que las empleadas del servicio doméstico sí tienen derecho al pago del auxilio de cesantía.
CORTE DEFINE NUEVOS ALCANCES DEL DERECHO AL TRABAJO En este contexto constitucional -afirmó la corporación- es evidente que existen especiales garantías para quienes desarrollan una actividad productiva protegida por el Estado, la cual debe prodigarse independientemente de si el trabajador se desempeña bajo una forma de vinculación indefinida, de larga o de corta duración, y al margen de la naturaleza de las actividades que desarrolla el empleador.
Para la Corte, el patrono -oficial o privado- no puede hoy tomar al trabajador apenas como un factor de producción, lo que sería humillante e implicaría una concepción inconstitucional consistente en la pura explotación de la persona.