Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

CUADRO COMPARATIVO EJE, Tesis de Matemáticas

CUADRO COMPARATIVO ACTIVIDAD EVALUATIVA

Tipo: Tesis

2020/2021

Subido el 22/05/2023

jennifer-vanegas-torres
jennifer-vanegas-torres 🇨🇴

3 documentos

1 / 7

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Cuadro Comparativo Tipos DE Sociedades EN Colombia
contaduria publica
CUADRO COMPARATIVO TIPOS DE SOCIEDADES EN COLOMBIA
SOCIEDAD
COLECTIVA
SOCIEDAD
ANONIMA
SOCIEDAD
LIMITADA
SOCIEDAD EN
COMANDITA
SIMPLE
SOCIEDAD EN
COMANDITA POR
ACCIONES
SOCIEDAD POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
NÚMERO DE SOCIOS
mínimo: 2
máximo: Ilimitados
mínimo: 5
máximo:
Ilimitado
mínimo: 2
máximo: 25
mínimo: 1 gestor y 1
comanditario (2
socios)
máximo: Ilimitados
gestores y 25
comanditarios
mínimo: 1 gestor y 5
comanditario, 6
socios máximos:
Ilimitados gestores e
Ilimitados
comanditario
mínimo: 1
máximo:
Ilimitado
CONSTITUCIÓN
Se constituye con el fin
de realiza r actividades
de comercio en
condiciones de
igualdad, a través
de escritura pública.
Esta deberá contener
el nombre de los
socios que otorgan la
escritura, la r azón
social y el nombre que
se convenga para la
sociedad, debe
también hacerse
constar el objeto de la
sociedad, y el capital
aportado por cada uno
de los socios y la
forma en que se
entregó.
Se constituye
mediante un contrato
de sociedad, que debe
elevarse a escri tura
pública.
podrá constituirse por
acto único o por
suscripción sucesiva,
sin perjuicio de las
normas que regulen lo
referente a la oferta
pública.
se constituye
mediante escritura
pública, con un
número máximo de
socios de 25, los
cuales se
comprometen su
responsabilidad hasta
el monto de sus
aportes.
Gira bajo una
denominación o razón
social en ambos casos
seguida de la palabr a
<Ltda=.
Se constituye a través
de escritura pública: e n
la que aparece n las
clases de socios
gestores o
comanditarios. En la
escritura pública
deberá indicarse el
monto y la clase de
aportes de cada uno.
Se constituye por
escritura pública, En
el acto de constitución
tiene que indi carse el
nombre nacionalidad
y domicilio de los
socios comanditarios,
el número de acciones
suscritas, su valor
nominal y la parte
pagada del capital.
Se constituye por
una o varias personas
naturales o jurídicas,
responsables hasta el
monto de sus aportes.
Adquiere la personería
jurídica se adquiere
con la inscripción y no
con la constitución. Se
crea mediante contr ato
o acto unilateral que
conste en documento
privado, inscrito en e l
registro mercantil.
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga CUADRO COMPARATIVO EJE y más Tesis en PDF de Matemáticas solo en Docsity!

Cuadro Comparativo Tipos DE Sociedades EN Colombia

contaduria publica

CUADRO COMPARATIVO TIPOS DE SOCIEDADES EN COLOMBIA

SOCIEDAD

COLECTIVA

SOCIEDAD

ANONIMA

SOCIEDAD

LIMITADA

SOCIEDAD EN

COMANDITA

SIMPLE

SOCIEDAD EN

COMANDITA POR

ACCIONES

SOCIEDAD POR

ACCIONES

SIMPLIFICADAS

NÚMERO DE SOCIOS

mínimo: 2

máximo: Ilimitados

mínimo: 5

máximo: Ilimitado

mínimo: 2

máximo: 25

mínimo: 1 gestor y 1 comanditario ( socios) máximo: Ilimitados gestores y 25 comanditarios

mínimo: 1 gestor y 5 comanditario, 6 socios máximos: Ilimitados gestores e Ilimitados comanditario

mínimo: 1

máximo: Ilimitado

CONSTITUCIÓN

Se constituye con el fin de realizar actividades de comercio en condiciones de igualdad, a través de escritura pública. Esta deberá contener el nombre de los socios que otorgan la escritura, la razón social y el nombre que se convenga para la sociedad, debe también hacerse constar el objeto de la sociedad, y el capital aportado por cada uno de los socios y la forma en que se entregó.

Se constituye mediante un contrato de sociedad, que debe elevarse a escritura pública. podrá constituirse por acto único o por suscripción sucesiva, sin perjuicio de las normas que regulen lo referente a la oferta pública.

se constituye mediante escritura pública, con un número máximo de socios de 25, los cuales se comprometen su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Gira bajo una denominación o razón social en ambos casos seguida de la palabra <Ltda=.

Se constituye a través de escritura pública: en la que aparecen las clases de socios gestores o comanditarios. En la escritura pública deberá indicarse el monto y la clase de aportes de cada uno.

Se constituye por escritura pública, En el acto de constitución tiene que indicarse el nombre nacionalidad y domicilio de los socios comanditarios, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada del capital.

Se constituye por una o varias personas naturales o jurídicas, responsables hasta el monto de sus aportes. Adquiere la personería jurídica se adquiere con la inscripción y no con la constitución. Se crea mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privado, inscrito en el registro mercantil.

CAPITAL SOCIAL

El capital social se divide en partes de interés social de igual valor. Los socios se obligan a hacer aportes en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, que deben ser entregados en la fecha y lugar que determine la escritura pública.

Está divido por acciones Autorizado: El capital fijado por los socios, capital meta o programa. Suscrito: la sociedad no podrá constituirse con menos del 50% del capital suscrito. Pagado: no menos de la tercera parte del capital suscrito de cada acción de capital que se suscriba Capital.

Cuotas igual valor, que se cancelan al momento de la constitución de la sociedad, las cuotas no son títulos negociables, pero si cesibles. Se pagará íntegramente al constituirse la compañía o al solemnizarse cualquier aumento del mismo. (Art 354.)

El capital se forma con los aportes de los socios comanditarios y en ocasiones también con los aportes de los socios gestores. El capital se divide en cuotas de igual valor, cada cuota un voto.

Los aportes realizados por los socios comanditarios se representan en acciones o títulos de igual valor. Los socios gestores podrán aportar capital en acciones. Al constituirse la sociedad deberá suscribirse por lo menos el cincuenta por ciento de las acciones en que se divida el capital autorizado y pagarse siquiera la tercera parte del valor de cada acción suscrita.

El capital se divide en acciones. La suscripción y el pago del capital se harán condiciones pactadas. El plazo para el pago de acciones no excederá los dos años.

DENOMINACIÓN Y RAZÓN SOCIAL

La razón social Se formará con el nombre completo o el solo apellido de uno o algunos de sus miembros seguidos de la expresión y compañía. Si se pone compañía y es falso se vulnera la buena fe.

la sociedad tendrá una denominación seguida de las palabras "Sociedad Anónima" o de las letras S.A.". En este tipo el elemento esencial es el intuitus pecuniae, por lo que no resulta importante la inclusión del nombre de los asociados como

Este tipo de sociedad girará bajo una denominación o razón social, en ambos casos seguida de la palabra "limitada" o de la abreviatura "Ltda.", que de no aparecer en los estatutos harán responsables a los asociados solidaria e ilimitadamente ante terceros.

La razón social de las comanditas se formará con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión y <y compañía= o la abreviatura <& cia,= seguida de la indicación abreviada <S. en C.=

La razón social de las comanditas se formará con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión y <y compañía= o la abreviatura <& cia,= seguida de la indicación abreviada < S. en C.= o de las palabras <Sociedad Comanditaria por

Razón social o denominación de la sociedad, segunda de las palabras <sociedad por acciones simplificadas= o S.A.S.

Los socios responden solidariamente, es decir hasta propio peculio.

La sociedad anónima se formará por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.

Los socios responden hasta por el monto del valor aportado. Los socios responden solidariamente por el valor atribuido a los aportes en especie.

Gestores o colectivos: se comprometen solidaria he ilimitadamente por las operaciones sociales Comanditarios: limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes. Tiene la facultad de inspeccionar los libros y documentos de la sociedad.

No son responsables de obligaciones laborales, tributarias. Existe una división clara entre la responsabilidad de la sociedad y de los asociados.

DURACIÓN

Tiempo fijado en las escrituras de constitución.

Tiempo pactado en la escritura de constitución.

El que se pacte en la escritura.

Tiempo fijado en la escritura de constitución.

Podrá tener termino de duración indefinido. En todo caso, si no se establece una vigencia definida el termino de duración será indefinido.

Podrá tener termino de duración indefinido.

RESERVA LEGAL

No hay reserva legal. Las sociedades anónimas constituirán una reserva legal que debe ser igual al 50% del capital suscrito, y se conformara por el 10% de las utilidades de cada periodo.

Deberán aplicar las mismas reglas que para las sociedades anónimas. La reserva legal debe ascender por los menos el 50% del capital suscrito o pagado, formada por el 10% de las utilidades liquidas de cada ejercicio.

Legal. las sociedades en comanditas por acciones, deberán aplicar las mismas reglas que para las sociedades anónimas La reserva legal debe ascender por lo menos el 50% del capital suscrito o pagado, formada por el 10% de las utilidades liquidas de cada ejercicio.

Legal.

VOTOS

Cada socio un voto. Una acción un voto, las acciones son individuales.

Cada socio tendrá tantos votos como cuotas posea en la compañía.

Gestores: un voto Comanditarios: Los votos se computarán de acuerdo al numero de cuotas de cada uno.

En la junta de socios cada gestor tendrá un voto y para los comanditarios los votos se computarán de acuerdo al número de cuotas de cada uno. En la asamblea las reformas deberán aprobarse por unanimidad de los socios colectivos y por la mayoría de los socios comanditarios.

El voto puede ser singular o múltiple según la clase de acciones que se posea.

VENTAJAS Y DESVENTAJAS

Ventajas:

  • Está formada por personas con parentesco.
  • No es indispensable que los socios entreguen aportaciones de importancia.
  • Permite utilizar las aptitudes.
  • La responsabilidad ilimitada y solidaria.

Desventajas: - El socio no puede delegar a un extraño funciones.

  • Transformación en compañía limitada.

Ventajas:

  • Participación directa de los socios.
  • La empresa se mantiene a un después de la muerte de alguno de los socios.
  • Las acciones se pueden adquirir por herencia o por transferencia.
  • Le resulta relativamente fácil obtener crédito a largo plazo ofreciendo garantía.

Ventajas:

  • No requiere capital mínimo para su constitución.
  • Los socios participan directamente en los beneficios.
  • Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa están limitadas al patrimonio de esta.
  • La admisión de nuevos socios requiere el consentimiento de los otros.

Ventajas:

  • No requiere capital mínimo para su construcción.
  • La motivación de cada socio, participan directamente.
  • Las responsabilidades de la empresa son establecidas según el tipo de socios comanditarios o comanditados.

Desventajas:

  • Los socios comanditados o gestores no pueden votar.

Ventajas:

  • Toda la responsabilidad la asume la empresa, los socios no asumen las obligaciones con patrimonios o bienes personales.
  • La posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en comanditaria simple.

Desventajas:

Ventajas:

  • No requiere de escritura pública.
  • Unipersonal o pluralidad.
  • Termino de duración y objeto social
  • Creación de las S.A.S Por internet.
  • Es posible pactar clausulas sobre gran diversidad de aspectos.

Desventajas:

  • La imposibilidad de negociar valores en el

Según el caso anterior podemos analizar diversos factores.

  1. Laura y Manuel ya tienen una idea de negocio la cual han trabajado durante unos meses, consideran puede ser económicamente rentable, sin embargo para comenzar un negocio no solo necesitamos una idea se necesita una planeación, dentro de la misma debemos tener en cuenta factores como el entorno a donde queremos proyectar la idea de negocio, realizar estudios de mercadeo, a quienes y a donde va dirigido, se realiza un presupuesto de los costos que genera la inversión, mano de obra y producto final, establecer el nombre y cuantas personas serán parte de este.
  2. Después de analizar los factores expuestos anteriormente podemos empezar a observar que tipo de empresa se manejara, micro, pequeña, mediana o grande, desde aquí parte todo lo demás ya que por este medio se analizaran cuantos socios abran o si será unipersonal, costos fijos, ingresos, egresos al analizar todo esto y organizando la información, documentación y demás, se lleva a cabo la formalización del negocio frente a la cámara de comercio.
  3. Preguntas:
  • ¿Qué idea de negocio tienen?
  • ¿Qué entorno quieren proyectar?
  • ¿Han realizado algún estudio de mercadeo de su producto/servicio?
  • ¿Qué presupuesto manejan?
  • ¿Es una micro, pequeña o mediana empresa?
  • ¿Cuántos socios habrá?
  • ¿Conocen los tipos de sociedades que existen?
  • ¿Con cual se identifican y por qué?
  • ¿Tienen conocimiento de que entes reguladores manejan los procesos que ellos necesitan realizar?
  • ¿Tienen conocimiento de que es un tipo de persona natural y jurídica?
  • ¿Conocen las declaraciones de renta?
  • ¿Tienen conocimiento sobre procesos contables y estatales?
  • ¿Saben que leyes acobijan su idea de negocio?
  • ¿Qué permisos necesitan para poder poner en marcha su negocio?
  1. Analizando las anteriores preguntas podemos empezar a descartas y analizar a que tipo de sociedad van dirigidos Laura y Manuel y poco a poco van encontrando una idea de un punto general a algo especifico, teniendo un poco mas de conocimiento sobre que hacer, como hacerlo, que entes reguladores van de la mano con ellos entre muchos otros factores.