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Datos históricos de los Derechos Humanos, Apuntes de Historia

Linea del tiempo de los derechos humanos y la contribución de la ONU

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 25/02/2021

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LINIA DEL TIEMPO
ONU Y OEA
MILAGRO DE JESUS CORTES JOACHIN
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LINIA DEL TIEMPO

ONU Y OEA

MILAGRO DE JESUS CORTES JOACHIN

Sistema Universal o de las Naciones Unidas (ONU)

1946 A raíz de los conflictos era necesario establecer un catálogo de derechos y la uniformidad necesaria para que en todas partes fuesen respetados y, sobre todo, protegidos cuando algún Estado decidiera suspenderlos, limitarlos o eliminarlos arbitrariamente. Ante la importancia del tema, en 1946 fue creada la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, a la cual se encomendó la redacción de una Carta Internacional de Derechos. 1948 En diciembre de 1948, la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo artículo 1.° señala: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Dicha declaración establece dos categorías de derechos: por un lado, derechos civiles y políticos; por otro, derechos económicos, sociales y culturales. A pesar de que la declaración fue adoptada por la Asamblea General de la ONU como una resolución cuyo cumplimiento carece de obligatoriedad y no tiene un carácter vinculante, sino únicamente valor moral, es considerada como una de las bases fundamentales de la estructura de las Naciones Unidas, y su importancia en todo el mundo es tal que algunos Estados la mencionan directamente en el preámbulo de sus constituciones y es base de todos los documentos internacionales relativos a los derechos humanos. 1966 La comunidad internacional reconocía que los derechos económicos, sociales y culturales estaban íntimamente relacionados con los derechos civiles y políticos; mediante la resolución XXI del 16 de diciembre de 1966, fueron adoptados por la Asamblea General de la ONU el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Ambos establecían que entrarían en vigor tres meses después de que se cumpliera el requisito mínimo de 35 ratificaciones o adhesiones. Ese número se alcanzó diez años después para ambos pactos. 1976 El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales entró en vigor el 3 de enero de 1976. 1994 la Comisión de Derecho Internacional puso término a la redacción de un anteproyecto de estatuto de la Corte Penal Internacional Permanente. Posteriormente, en la sesión 52 de la Asamblea General, se decidió convocar a una conferencia de plenipotenciarios para el establecimiento de la corte. 1998 Dicha conferencia se celebró en Roma, Italia, del 15 de junio al 17 de julio de 1998, para finalmente adoptar una convención que materializara la nueva institución internacional. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional fue

materia. Está compuesta por siete miembros electos a título personal por la Asamblea General de la OEA y tiene su sede en Washington. La CIDH examina denuncias sobre violación a los derechos humanos que le dirigen personas e instituciones del continente. Solicita informes a los Estados y, cuando es invitada por uno de ellos, efectúa visitas para apreciar la situación en el lugar mismo del acontecimiento. Cuando lo cree necesario, formula observaciones a los gobiernos para que adopten leyes y políticas sobre el tema. Anualmente rinde un informe a la Asamblea General de la OEA donde se analiza la situación de los derechos humanos en el continente. 1969 Diez años después, en 1969, la Conferencia Interamericana sobre Derechos Humanos celebrada en San José, Costa Rica, adoptó la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) cuya estructura, análoga a la de la Convención Europea, estableció dos instituciones encargadas de velar por el respeto a los compromisos contraídos: La Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También es conocida como Pacto de San José, toda vez que su aprobación se realizó en la capital costarricense; está vigente desde 1978, cuando alcanzó el número de ratificaciones necesarias. De esta manera, existe en la actualidad un sistema de protección doble para México: por una parte, está el sistema general, contenido en la Carta de las Naciones que constituye la ONU, y por otra está el regional, que emana de la Convención Americana. En 1978, al entrar en vigor el Pacto de San José, se creó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), la cual es una institución judicial autónoma cuyo fin es aplicar e interpretar dicho instrumento legal interamericano. En forma conjunta con la Comisión Interamericana, que ya operaba desde 1959, conforma el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos. De ese modo, la comisión estudia las denuncias y peticiones individuales y, cuando considera que existen violaciones al pacto, las transmite a la CoIDH para su valoración y resolución. De esta manera, la comisión actúa como órgano de recepción de denuncia e investigación y la corte como el organismo punitivo cuando el asunto así lo requiere; no todos los asuntos que se ven en la comisión llegan a la corte, ya que la primera emite recomendaciones a los países los cuales, al atenderlas, eliminan la necesidad de llevarlas a la corte como un caso de violación a los derechos humanos.