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DERECHO FAMILIA DEMANDA DIVORCIO COLOMBIA
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Dr. EDWIN RIVERA , mayor de edad, domiciliado y residente en Honda, Tolima identificado con la cédula de ciudadanía Nº 1140819212 de B/quilla, con tarjeta profesional Nº 302791 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando en mi
edad, domiciliada y residente en Mariquita, Tolima por medio del presente escrito
edad, domiciliado y residente en Mariquita, Tolima cónyuge de mi poderdante, para que sea tramitada a través del proceso verbal, previos los siguientes:
de Bogotá D.C, tal como se prueba en el registro civil de matrimonio anexo a la demanda. SEGUNDO : Los conyugues concibieron a los menores Diana Sofía Vidal Gualteros , Orlando Enrique Vidal Gualteros y Jhean Franco Thomas Vidal Gualteros , tal como se prueba en los registros civiles de nacimiento anexos a la demanda. TERCERO : Daladier Vidal Lora ha venido incurriendo de manera continua en las causales 1 y 3 del Art 154 del código civil. Que se tipifica en los siguientes hechos: A) Todo comenzó a los dos años de casada cuando yo recibía llamadas de mujeres donde me decían que el tenia amores con ellas, que estaba conmigo solo por mi hija. En ese entonces solo teníamos un hijo, pero el siempre negaba esos amoríos. En el año 2013 a mi cónyuge lo cambian de batallón y lo envían a Yopal, Casanare. Desde que llego allí el cambia mucho, ya no me llamaba y le molestaba que yo le hiciera preguntas como por ejemplo, “¿ dónde estás ?”, nunca tenía tiempo para mí. Yo tenía dudas sobre su fidelidad y viaje a ese lugar sin decirle nada. Fui hasta el batallón
donde supuestamente dormía, con la sorpresa que cuando llegue a aquel lugar. Daladier no estaba allí. Aparentemente dormía con su amante. En aquel entonces me di cuenta porque mi hija le encontró mensajes de la amante en su teléfono celular y ella me los mostro. Yo también vi en su teléfono unos videos que él tenía con su amante. Después de esto el me pidió perdón. Yo en ese entonces estaba embarazada y preferí perdonarlo y seguir con mi matrimonio. Pero yo quede con una desconfianza muy grande. B) El 14 de Enero de 2021 la señora Diana Gualteros su esposo Daladier Vidal y sus tres hijos se dispusieron viajar a la ciudad de Montería, Córdoba, con el fin de visitar a la familia del señor Daladier Vidal porque su mama se encontraba mal de salud. Pero el carro donde ellos se desplazaban sufrió unos desperfectos y se varó en mitad del recorrido. El señor Daladier Vidal le dice a mi poderdante que se devuelva hacia la ciudad de Mariquita donde residen. Y él decide seguir solo en un bus hacia Montería. El señor Daladier no se comunicó más con mi poderdante sino hasta 3 días después, argumentando que donde se encontraba no había señal telefónica. Pasaron los días y el cónyuge de Diana Gualteros no se comunicaba, hasta que un día le dijo que lo tenía “ cansado ”. La señora Diana Gualteros sospechando nuevamente de la infidelidad de su esposo llama a una vecina de la casa familiar de su esposo y esta le confiesa que el señor Daladier Vidal :… “se la pasa en el pueblo con la novia, a todos se la presenta como la novia e incluso están durmiendo juntos todos los días en la casa de su mama ”…La señora Diana Gualteros se dispuso viajar a la ciudad de Montería para comprobarlo, en compañía de su hija Diana Sofía sin avisar a su esposo. Inmediatamente ella llego empezó a grabar un video y a cuestionar al señor Daladier Vidal sobre la infidelidad en cuestión, a lo cual el responde: “ si, tengo una mujer y me pienso divorciar de ti ”. En el video se puede apreciar claramente cuando el señor Daladier lanza dicha expresión señor(a) Juez. El señor Daladier se pasea con su ‘novia’ por las calles del pueblo sin ningún reparo ( anexo fotográficos ) para con su esposa e hijos, claramente faltando a sus deberes como esposo de la Sra. Diana Gualteros. C) Por otro lado Sr(a) Juez también quiero manifestar de plano lo concerniente a los episodios de violencia intrafamiliar que se dieron según la Sra Diana Gualteros se materializaron en agresiones verbales, amenazas telefónicas y malos tratos en frente de sus 3 hijos menores. CUARTO: En efecto al artículo 154 del código civil causales 1 y 3 se tipifican en desarrollo de los anteriores hechos, los cuales se han presentado de manera continua y repetitiva, siendo estos los hechos verdaderos y las causales por las que mi apoderada y el señor Daladier Vidal a la actualidad no comparten techo, lecho y comedor.
SEPTIMO: Notificar al demandado Daladier Vidal de las sanciones, tanto pecuniarias como penales, en que incurrirá en caso de no dar cumplimiento a la obligación alimentaria que le imponga el juzgado, advirtiéndole que no se podrá ausentar del país sin dejar una garantía suficiente que respalde el cumplimiento de la obligación. OCTAVO: Condénese en costas y agencias en derecho al demandado Daladier Vidal. SOLICUTUD DE MEDIDAS PROVISIONALES Y CAUTELARES.
Pruebas.
Fundamentos de Derecho. Son fundamento de derecho de la presente demanda las siguientes normas: Código Civil, artículo 152, modificado por el artículo 5º de la Ley 25 de 1995, artículo 154 y siguientes; artículos 368, 388 y 598 del CGP y demás normas concordantes. Competencia Es usted competente señor juez para conocer del presente proceso, por el domicilio de la demandada y por la naturaleza del asunto, de conformidad con las normas citadas. Trámite Ruego dar a la presente demanda el trámite previsto para el proceso verbal. Anexos Anexos a la presente demanda se encuentran los siguientes documentos: