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derecho civil colombiano, Resúmenes de Derecho Civil

hay que leer mas sobre los tema civiles

Tipo: Resúmenes

2017/2018

Subido el 22/04/2023

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felipe-pena-22 🇨🇴

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En el derecho civil colombiano, existen dos tipos de garantías que se pueden
utilizar para respaldar una obligación: las garantías reales y las garantías
personales.
Las garantías reales son aquellas que se constituyen sobre un bien o conjunto de
bienes del deudor, y que otorgan al acreedor un derecho real sobre dichos bienes
en caso de incumplimiento de la obligación. Algunos ejemplos de garantías reales
son la hipoteca y la prenda.
La hipoteca es una garantía real que recae sobre un bien inmueble, y que permite
al acreedor ejecutar el bien en caso de incumplimiento del deudor. La hipoteca se
constituye mediante un contrato que se inscribe en la oficina de registro de
instrumentos públicos, y que debe cumplir con ciertos requisitos legales.
La prenda, por su parte, es una garantía real que recae sobre un bien mueble, y
que permite al acreedor ejecutar el bien en caso de incumplimiento del deudor. La
prenda se constituye mediante un contrato que debe cumplir con ciertos requisitos
legales, y que se perfecciona mediante la entrega efectiva del bien al acreedor o a
un tercero que actúa en su nombre.
Por otro lado, las garantías personales son aquellas que se basan en la solvencia
del deudor, y que comprometen su patrimonio en caso de incumplimiento de la
obligación. Algunos ejemplos de garantías personales son la fianza y el aval.
La fianza es una garantía personal en la que una tercera persona se compromete
a responder por la obligación en caso de que el deudor no cumpla. La fianza se
constituye mediante un contrato que debe cumplir con ciertos requisitos legales, y
que puede ser solidaria o subsidiaria, según los términos del acuerdo.
El aval, por su parte, es una garantía personal en la que una persona se
compromete a pagar la obligación en caso de que el deudor no cumpla. El aval se
puede constituir mediante un documento escrito que debe cumplir con ciertos
requisitos legales, y que puede ser solidario o simple, según los términos del
acuerdo.
Es importante tener en cuenta que tanto las garantías reales como las garantías
personales tienen implicaciones importantes para las partes involucradas, y que su
utilización debe ser analizada cuidadosamente en cada caso específico.
https://www.bancoldex.com/sites/default/files/267_5capitulo_iii_garantias_0.pdf
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En el derecho civil colombiano, existen dos tipos de garantías que se pueden utilizar para respaldar una obligación: las garantías reales y las garantías personales. Las garantías reales son aquellas que se constituyen sobre un bien o conjunto de bienes del deudor, y que otorgan al acreedor un derecho real sobre dichos bienes en caso de incumplimiento de la obligación. Algunos ejemplos de garantías reales son la hipoteca y la prenda. La hipoteca es una garantía real que recae sobre un bien inmueble, y que permite al acreedor ejecutar el bien en caso de incumplimiento del deudor. La hipoteca se constituye mediante un contrato que se inscribe en la oficina de registro de instrumentos públicos, y que debe cumplir con ciertos requisitos legales. La prenda, por su parte, es una garantía real que recae sobre un bien mueble, y que permite al acreedor ejecutar el bien en caso de incumplimiento del deudor. La prenda se constituye mediante un contrato que debe cumplir con ciertos requisitos legales, y que se perfecciona mediante la entrega efectiva del bien al acreedor o a un tercero que actúa en su nombre. Por otro lado, las garantías personales son aquellas que se basan en la solvencia del deudor, y que comprometen su patrimonio en caso de incumplimiento de la obligación. Algunos ejemplos de garantías personales son la fianza y el aval. La fianza es una garantía personal en la que una tercera persona se compromete a responder por la obligación en caso de que el deudor no cumpla. La fianza se constituye mediante un contrato que debe cumplir con ciertos requisitos legales, y que puede ser solidaria o subsidiaria, según los términos del acuerdo. El aval, por su parte, es una garantía personal en la que una persona se compromete a pagar la obligación en caso de que el deudor no cumpla. El aval se puede constituir mediante un documento escrito que debe cumplir con ciertos requisitos legales, y que puede ser solidario o simple, según los términos del acuerdo. Es importante tener en cuenta que tanto las garantías reales como las garantías personales tienen implicaciones importantes para las partes involucradas, y que su utilización debe ser analizada cuidadosamente en cada caso específico. https://www.bancoldex.com/sites/default/files/267_5capitulo_iii_garantias_0.pdf