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Derecho Laboral Resumen materia entera UCES, Apuntes de Derecho Laboral

Contenido básico de la materia, definiciones, ley del contrato laboral, vacaciones, leyes que cubren a empleadas embarazadas, tipos de contratos laborales, remuneración, etc.

Tipo: Apuntes

2024/2025

A la venta desde 10/07/2025

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Derecho Laboral
resumen pra el final
¿Qué es el trabajo?
Es cuando una persona humana realiza actos, crea obras o presta servicios a favor de
un 3ro (humano o jurídica) con facultad de dirigir por un tiempo a cambio de una
remuneración.
Las características principales que tiene el derecho laboral (rama del derecho
orientada a regular las relaciones del empleado con 3ros ya sean el empleador, los
sindicatos, etc) son:
- Que está en constante formación, es dinámico, va cambiando según la
necesidad social
- Que es un derecho especial, no uno aparte como el comercial, es decir que
tiene una libertad parcial
- Es de integración social, ya que responde al bienestar del trabajador
- Es protector, ya que su prioridad uno es proteger al trabajador a toda costa,
como si fuese un menor.
Para poder cumplir con esta última el derecho laboral cuenta con ciertos principios.
Principios del Derecho Laboral
Principio protector: Este cuenta con 3 reglas donde la base siempre es tratar
al trabajador como si fuese un menor de edad y protegerlo a él ante toda
costa. 1. In dubio pro operario: “Ante la duda, a favor del trabajador”, esta
regla va para los jueces y dice que ante la duda de la aplicación
de una norma, el juez debe elegir la opción que más favorezca al
empleado.
2. Regla de la norma más beneficiosa: También dirigida hacia los
jueces esta regla dice que si se duda entre la aplicación de dos
normas el juez deberá elegir la regla que más favorezca al
empleado.
3. Regla de la situación más favorable: Indica que si una situación
previa al empleado le convenía más, entonces esa es la que debe
aplicarse.
Principio de Irrenunciabilidad: Este principio nos dice que ningún contrato
puede hacer que renuncies a tus derechos de trabajador ya que no podes
renunic1ciar a ellos, y que cualquier cláusula que se hara nulo.
Eprincipio de Buena fe
Principio de continuidqd
Primwcia de la realidad
principio de grwtuidsd
Los elementos/personajes del trabajo son:
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Derecho Laboral

resumen pra el final

¿Qué es el trabajo?

Es cuando una persona humana realiza actos, crea obras o presta servicios a favor de un 3ro (humano o jurídica) con facultad de dirigir por un tiempo a cambio de una remuneración. Las características principales que tiene el derecho laboral (rama del derecho orientada a regular las relaciones del empleado con 3ros ya sean el empleador, los sindicatos, etc) son:

  • Que está en constante formación, es dinámico , va cambiando según la necesidad social
  • Que es un derecho especial , no uno aparte como el comercial, es decir que tiene una libertad parcial
  • Es de integración social , ya que responde al bienestar del trabajador
  • Es protector, ya que su prioridad uno es proteger al trabajador a toda costa, como si fuese un menor. Para poder cumplir con esta última el derecho laboral cuenta con ciertos principios.

Principios del Derecho Laboral

Principio protector : Este cuenta con 3 reglas donde la base siempre es tratar al trabajador como si fuese un menor de edad y protegerlo a él ante toda costa.

  1. In dubio pro operario: “Ante la duda, a favor del trabajador”, esta regla va para los jueces y dice que ante la duda de la aplicación de una norma, el juez debe elegir la opción que más favorezca al empleado.
  2. Regla de la norma más beneficiosa: También dirigida hacia los jueces esta regla dice que si se duda entre la aplicación de dos normas el juez deberá elegir la regla que más favorezca al empleado.
  3. Regla de la situación más favorable: Indica que si una situación previa al empleado le convenía más, entonces esa es la que debe aplicarse. ● Principio de Irrenunciabilidad: Este principio nos dice que ningún contrato puede hacer que renuncies a tus derechos de trabajador ya que no podes renunic1ciar a ellos, y que cualquier cláusula que se hara nulo. ● Eprincipio de Buena fe ● Principio de continuidqd ● Primwcia de la realidad ● principio de grwtuidsd Los elementos/personajes del trabajo son:

● Empleador: Que puede ser tanto la empresa como el empresario. ● Empleado: Puede ser un empleado común así como un socio empleado (aquél que forma parte de la empresa y además presta servicios) o un auxiliar, que es aquel que está para ayudar al empleado. Una de las condiciones para el trabajador es la CAPACIDAD:

Capacidad en el trabajo

Va en torno a la edad y se dice que debe ser: +18 en cualquier contexto lícito +16 (-18) con PERMISO de los padres Y +13/-16 solo en la empresa familiar. En ambos casos de menores además se aclara que el trabajo NO DEBE interferir con la educación del menor y sus deberes. Además de todo esto, existen:..

TIPOS DE TRABAJO

● BENÉVOLO: Es aquél que se da en obra de caridad sin esperar una

remuneración por tal, este tipo de trabajo NO ES PROTEGIDO POR LA LCT. ● FAMILIAR: Como ya se mencionó antes es aquel que se da en la empresa familiar, además podemos aclarar y agregar que NO pueden haber contratos de trabajo entre padres y sus hijos MENORES de edad, aunque si entre mayores de edad y sus padres. ● AUTÓNOMO: Es aquel trabajo que no se da en una relación de dependencia, este NO GOZA DE LA PROTECCIÓN DE LA LCT. ● HUMANO: Es el comunacho explicado al principio. Y aparte existen

DIVISIONES DEL TRABAJO

● Derecho INDIVIDUAL del trabajo: Es aquel que se encarga de las personas individualmente partícipes del contrato laboral, es decir del empleado por un lado y del empleador por el otro. ● Derecho COLECTIVO del trabajo: Este regula las entidades colectivas del trabajo, es decir los sindicatos y otras entidades representativas de los empleadores, además entre estos y el estado. ● Derecho INTERNACIONAL del trabajo: Constituido por los tratados internacionales y por convenios y demás referidos a la OIT^1 ● Derecho ADMINISTRATIVO Y PROCESAL del trabajo: Se encarga del proceso administrativo del trabajo en el ministerio y de los procesos ya sean conflictivos o no de este ante los tribunales del trabajo. (^1) Organización Internacional del Trabajo.

Aparte el despido puede ser indirecto (directo es el ya hablado normal, te aviso y fue) que es cuando el empleador denuncia el contrato de trabajo.

● renuncia:

Se debe hacer si o si de manera formal y por telegrama para evitar malentendidos o aprovechados.

● quiebra

corresponde la indemnización del art 245.

● muerte del empleador

Si alguien se puede hacer cargo del puesto del empleador entonces se sigue trabajando con normalidad, ahora si por alguna razón random nadie se puede hacer cargo ni existen herederos entonces se extinguen los contratos laborales de los empleados y se tiene derecho a la indemnización del art 247 es decir del 50%.

● muerte del trabajador

Se hace únicamente una indemnización a los que se les deba dar del 50% de lo que corresponda.

● Jubilación

No hay mucha explicación, se da cuando el trabajador/a decide jubilarse.

● Incapacidad

Es cuando el trabajador queda incapacitado y no puede realizar más el trabajo, si esta incapacidad es EXTERNA al trabajo el trabajador cobra la mitad de la indemnizacion del articulo 245, mientras que si la incapacidad deriva del trabajo se cobra el articulo 245 ENTERO.

● Inferencia del comportamiento

Se da cuando la relación laboral se presume terminada en base al comportamiento de las partes. Se toma esta causa en casos donde el trabajador no asiste más a prestar servicios, o cuando el empleador no lo intima o cuando pasan 3 meses en silencio.

RUBROS INDEMNIZATORIOS y LIQUIDACIÓN FINAL

Estos se dan en la LIQUIDACIÓN FINAL y SE DAN SIEMPRE, es decir, independientemente de la causa de la extinción del contrato. Primero que todo además debemos calcular el sueldo correspondiente del mes, el cual se hace dividiendo el sueldo normal por los días del mes y multiplicando por los días trabajados. ● Tenemos el del aguinaldo: Mayor remuneración —--------------- X meses trabajados 12 ● El de las vacaciones proporcionales: Meses/días trabajados X días de vacaciones que corresponden por antigüedad —------------------------------------------------------------- 12 meses/365 días (depende la medida que uses) Y despuéss de esa cuenta va eta: last SUELDO —--—---- X los días proporcionales de vacaciones que corresponden 25 ● y si dividimos las vacaciones por doce nos da el sac proporcional sobre las vacaciones proporcionales, además tenemos deudas acumuladas, y los RUBROS INDEMNIZATORIOS: ● Indemnización por antigüedad, art 245: Se aplica cuando se despide sin justa causa o sin preaviso, corresponde entonces al trabajador, UN MES DEL MEJOR SUELDO POR CADA AÑO TRABAJADO. Entran acá las horas extra SOLAMENTE SI SON HABITUALES. ● Indemnización sustitutiva del preaviso: Se da en caso de extinción del contrato por parte del empleador, boe despido, sin preaviso. Acá se debe pagar la remuneración que correspondería al trabajador en el lapso del preaviso (es decir, me corresponden 2 meses de preaviso, me pagan dos meses de sueldo). Además se suma el sac, que se saca dividiendo por 12 el rto. anterior y sumando el resto. ● Indemnización de integración del mes de despido: Aplica en despidos que se dan antes del último día del mes y sin preaviso, acá se pagan los salarios de los días que falten para completar el mes, es decir que se divide el sueldo en 30/31 (los días del mes) y se multiplica por los días que restan para fin de mes. Además se suma el sac de la misma manera que las anteriores veces (el rto. de la integración por despido dividido 12).

correspondan.

REMUNERACIÓN

contraprestación que debe recibir el trabajador por parte del empleador como consecuencia del contrato laboral. puede estar conformado por: premios, viáticos, gratificaciones, prestaciones de seguridad social. hay distintas formas de determinar la remuneración: ● por tiempo: por dia, por semana, por quincena y mensual ● por rendimiento: por comisiones (como los vendedores), por gratificaciones, por salario por unidad de obra. POSIBLES Preguntas Unidad 1: Derecho del trabajador

  • ¿Qué define la LCT cómo trabajo?
  • Define los tipos de trabajo, ¿Cuáles son las capacidades necesitadas para laburar?
  • El derecho laboral ¿Es un derecho especial o uno independiente?
  • Nombra las fuentes formales, materiales, específicas y generales del derecho.
  • ¿Qué tipos de derechos laborales hay? Unidad 2: Principios generales del derecho - Nombra todos los principios del derecho laboral Unidad 3: Contrato laboral - Define el contrato laboral y describí sus características. - Nombra y define los tipos de contratos laborales - ¿Cuándo hay relación laboral? ¿Y cuándo inicia? - ¿Cuáles son los elementos del contrato laboral? - Explica la relación de dependencia en las empresas de servicios eventuales. Unidad 4: Derechos y deberes en el contrato de trabajo
  • Nombra las obligaciones y derechos del empleado
  • Nombra las obligaciones y derechos del empleador
  • ¿Qué facultades debería tener el empleador?
  • Explicar cómo funciona la jubilación
  • ¿Cuál es la forma y prueba del contrato laboral?
  • ¿Qué es el libro especial? ¿Cuáles son sus exigencias formales y contenido necesario?

Unidad 5: Suspensión de ciertos efectos en el contrato laboral

  • Explica los procedimientos que deberían hacerse en caso de accidentes inculpables o enfermedades en el laburo.
  • ¿Cómo funciona la licencia por accidente en el trabajo?
  • Explica los derechos a la salud que tiene el trabajador. Unidad 6: Modos de extinción del contrato laboral
  • ¿Qué formas de extinguir el contrato laboral existen?
  • ¿Qué es y cómo funciona el preaviso?
  • ¿Qué indemnización debería hacerse en un despido sin causa?
  • ¿Cómo son los rubros indemnizatorios en un despido con causa?