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Introducción al Derecho Penal: Conceptos Fundamentales y Áreas Relacionadas, Apuntes de Derecho Penal

La ciencia del derecho penal dice, López Betancourt es un conjunto de principios referentes al delito, delincuente y medidas de seguridad, se conoce con el nombre de dogmática jurídico penal y su objeto es el derecho penal unitivo vigente. A su vez Pavón Vasconcelos la define como un conjunto sistemático de conocimientos extraídos del ordenamiento jurídico positivo referentes al delito, al delincuente, a las penas y medidas de seguridad y su objeto constituye el derecho penal.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 30/01/2020

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DERECHO PENAL
La ciencia del derecho penal dice, López Betancourt es un conjunto de principios referentes al
delito, delincuente y medidas de seguridad, se conoce con el nombre de dogmática jurídico penal
y su objeto es el derecho penal unitivo vigente. A su vez Pavón Vasconcelos la define como un
conjunto sistemático de conocimientos extraídos del ordenamiento jurídico positivo referentes al
delito, al delincuente, a las penas y medidas de seguridad y su objeto constituye el derecho penal.
Por su parte, Porte Petid establece que la ciencia penal y ciencia del derecho penal son conceptos
totalmente diferentes, la primera es el conjunto de principios que se refieren al delito, al
delincuente a las medidas de seguridad y la segunda es el estudio de las normas jurídicas penales
ósea la dogmática jurídico penal.
Es la rama del derecho público relativo a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que
tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social.
Es un medio de control social que se caracteriza por imponer sanciones, penas cunado se han
cometido acciones graves que atenten contra los bienes jurídicos tutelados por las normas
jurídicas.
Características del derecho penal
Sancionar
Fragmentario
Publico
Regulador
Cultural
Pavón Vasconcelos comenta que en la sistemática de la ciencia del derecho penal ay tres partes
que deben estudiarse las cuales son:
Introducción: Conceptos del derecho penal
Parte general: Teoría del delito, delincuente
Parte especial: Análisis de los tipos
Tipo penal, descripción que se hace del delito.
Por otra parte existen una gran cantidad de ciencias penal las cuales son :
CRIMINOLOGÍA
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DERECHO PENAL

La ciencia del derecho penal dice, López Betancourt es un conjunto de principios referentes al delito, delincuente y medidas de seguridad, se conoce con el nombre de dogmática jurídico penal y su objeto es el derecho penal unitivo vigente. A su vez Pavón Vasconcelos la define como un conjunto sistemático de conocimientos extraídos del ordenamiento jurídico positivo referentes al delito, al delincuente, a las penas y medidas de seguridad y su objeto constituye el derecho penal. Por su parte, Porte Petid establece que la ciencia penal y ciencia del derecho penal son conceptos totalmente diferentes, la primera es el conjunto de principios que se refieren al delito, al delincuente a las medidas de seguridad y la segunda es el estudio de las normas jurídicas penales ósea la dogmática jurídico penal. Es la rama del derecho público relativo a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad, que tiene por objetivo inmediato la creación y la conservación del orden social. Es un medio de control social que se caracteriza por imponer sanciones, penas cunado se han cometido acciones graves que atenten contra los bienes jurídicos tutelados por las normas jurídicas. Características del derecho penal  Sancionar  Fragmentario  Publico  Regulador  Cultural Pavón Vasconcelos comenta que en la sistemática de la ciencia del derecho penal ay tres partes que deben estudiarse las cuales son:  Introducción: Conceptos del derecho penal  Parte general: Teoría del delito, delincuente  Parte especial: Análisis de los tipos Tipo penal, descripción que se hace del delito. Por otra parte existen una gran cantidad de ciencias penal las cuales son : CRIMINOLOGÍA

Se dedica al estudio de los factores endógenos y exógenos que produce el delito es decir las causas o agentes que originan la criminalidad. La criminología es una ciencia que busca una explicación causal del delito, como la obra de un autor determinado, a su vez Pablo Navarrete comenta que para el derecho penal el delito es considerado una acción jurídicamente relevante mientras la criminología lo ve como un hecho de una persona en cuanto tal persona es decir como un sujeto visualizado en su personalidad. MEDICINA LEGAL Comprende todos aquellos conocimientos médicos necesarios al hombre conocedor de las leyes. Esta rama de la medicina se encarga de aplicar las ciencias médicas a la ilustración de los hechos relacionados con ellas investigados con justicia, o de formular algunas leyes vinculadas con esas disciplinas medicas tiene por objeto la observación, estudio y practicas médico – legales que permitan llegar al conocimiento de la verdad auxiliando en la determinación de los delitos de responsabilidad de quienes los hubiesen cometido.

PSICOLOGIA JURIDICIAL

La psicología jurídica es una rama o especialidad de la psicología, y como tal es una disciplina aplicada, que trata de aplicar los conocimientos y técnicas básicas y experimientales propias de la psicología al estudio de la conducta humana en sus diferentes facetas dentro del ámbito legal, en sus diferentes contextos (tribunales, penitenciaría o asistencia víctimas, entre otros). La psicología jurídica, se nutre de dos disciplinas: la psicología y el derecho. El derecho trata de estudiar el conjunto de leyes que permiten salvaguardar la convivencia de los miembros de una sociedad y reglar los mecanismos que permitan su cumplimiento. La psicología, como disciplina se encarga del estudio de la conducta humana, en el sentido más amplio de la palabra, incluyendo los procesos mentales. Teniendo en cuenta ambas definiciones se podría reformular la definición de psicología jurídica como la rama de la psicología que estudia la conducta humana y sus procesos mentales de cara a configurar las leyes por las que se rige una sociedad, su aplicación y las consecuencias que se puedan derivar de todo ello.

ESTADISTICA CRIMINAL

Es una ciencia auxiliar del Derecho penal que da a conocer las relaciones de causa a efecto que pueden detectarse entre determinadas situaciones personales o sociales y la criminalidad. En este sentido, pone de manifiesto las causas de la criminalidad y el aumento o disminución de sus formas de aparición. Los datos y conclusiones que ha proporcionado esta ciencia contribuyen en buena medida a determinar el origen y las causas de la delincuencia. En todo caso, esta ciencia puede encuadrarse en el panorama más amplio de la Sociología criminal o estudio del delito como fenómeno social. HISTORIA DEL DERECHO PENAL El derecho penal como rama del ordenamiento jurídico, es aquel conjunto de normas jurídicas que determinan las conductas delictivas y le asigna una sanción. Ahora bien, no siempre ha tenido el contenido ni la forma que actualmente se le atribuye, dependiendo de estos el concreto ámbito histórico y cultural en el que uno centre su atención. Así a lo largo de la historia se ha pasado del reconocimiento de una responsabilidad colectiva y objetiva a una responsabilidad individual y subjetiva; de un sistema de arbitrio judicial a un sistema de legalidad. Esta evolución no ha sido rara nada lineal, si no se ha caracterizado por una sucesión de marchas y contramarchas que dificultan enorme monte la delimitación de los diferentes periodos que ha atravesado del derecho penal hasta nuestros días. I. Prehistoria II. Antigüedad III. Edad media

SOCIOLOGIA CRIMINAL

Es la ciencia, que tiene por objeto el estudio del delito en cuanto al fenómeno social, asi como de los factores sociológicos que intervienen en su producción. Hoy en dia la sociología criminal se interesa en dos vertientes El conjunto de principios derivados del estudio estadístico de la masa de fenómenos criminales, conjugados con el psicológico de los cosas concretos, que permiten el estudio del delito como hecho social y en sus relaciones con los factores criminógenos; estos, procedentes del mundo circulante, gravitan sobre los individuos y los estimulan a delinquir. Comprende también la determinación de los recursos preventivos político-sociales de los que los Estados pueden valerse en su lucha contra la criminalidad. La sociología criminal, como orientadora de la lucha de la sociedad contra el crimen, concreta sus conclusiones en la necesidad de atacar las causas generales que favorecen su desarrollo, mediante métodos de política preventiva , a los que ferri llamo substitutos penales como medios de prevención social, y que deben comprender toda una serie de medidas de origen económico , político, administrativo, educativo y doméstico, que puestas en práctica por los gobiernos conducirían a disminuir y atenuar el porcentaje y la crueldad de la conducta sociopatica y de los hechos delictivos. BIOLOGIA CRIMINAL La biología criminal estudia al hombre y su conducta antisocial como un ser vivo, desde sus antecedentes genéticos hasta sus procesos anatomo-fisiologicos La influencia de los fenómenos biológicos en la criminalidad y en la participación de los factores biológicos en el crimen. La biología criminal estudia el funcionamiento del organismo, la relación de este con el medio físico, los efectos de la alimentación, la disfunción glandular, la herencia criminal y sus respectivas relaciones con la criminalidad. Tiene por objeto descubrir

las correlaciones existentes en el seno de la personalidad, la biología criminal desarrollada. ESCUELA POLITICA CRIMINAL FRANZ concibe el delito como un todo producto de influencias ambientales y de disposiciones individuales cuya interacción van a variar según sea la categoría del delincuente y con respeto al problema planteado. Esta escuela no contempla como la clásica el libre albedrío (libre escogimiento entre el bien y el mal) señalo que el delito tiene su causa en circunstancias de tipo social he individual , físico y político. ESCUELA ALEMANA SOCIOLOGICA La segunda escuela es la escuela Alemana sociológico, cuyo máximo representante fue Von Liszt el cual defendía una serie de ideas por parte de esta escuela. En primer lugar los pensamientos que se mantienen son prácticos, relacionados con el mundo social. El delito va ser considerado como algo jurídico y natural, por lo tanto hay que estudiarlo desde los puntos de vista. Lo que mejor se adapta a la sociedad es un mecanismo de penas y medidas de seguridad, es decir, el dualismo penal. ESCUELA DE DEFENSA SOCIAL Escuela de defensa social para ella lo mas importante era que la sociedad tuviera la suficiente seguridad, es decir que estuviera lo suficientemente defendida de todo tipo de conductas delictivas que pudieran ocurrir en la misma. Para ello intentaban compaginar la criminología con el derecho penal. FUENTE Se denomina fuentes de derecho aquellos hechos o actos que dan origen a las normas jurídicas. Así hablamos de la fuente principal que es la ley, y de sus fuentes

La ley penal se clasifica por;  Por su naturaleza: Ley penal fundamental o por excelencia  Leyes penales Especiales  Por su diferencia: Entre la ley penal especial en sentido impropio  Por su modo de determinar las sanciones penales  Leyes penales absolutamente determinadas  Leyes penales relativamente determinadas  Leyes penales indeterminadas Norma Penal El estudio de la norma penal se aborda desde tres puntos de vista atendiendo:

  1. Su naturaleza: ¿en qué consiste? ¿Qué los caracteriza?
  2. Su ubicación: dentro del sistema jurídico.
  3. Su génesis: ¿Cómo surgen? Las normas que poseen la estructura del supuesto de hecho y la consecuencia jurídica se conocen como completas. En términos de Fernández carrasquilla aquellas que contienen el precepto y la sanción. Eje. Art. 103 C.P supuesto de hecho “ el que matare a otro “ consecuencia jurídica “incurrirá en prisión de 13 a 25 años”. También las normas penales completas cuando el supuesto de hecho y la sanción pueden encontrarse repartidos en diversos artículos de la ley penal, como sucede por ejemplo en los Art. 226,220, 111,112 inciso 1 del C.P. sea que se hallaren en una misma sección o en idéntico capitulo en inmediata conexión. INTERPRETACION ANALOGICA Y EXTENCIVA DE LA LEY INTERPRETACION: Pese a su carácter creador, es una operación intelectual por la que se busca establecer el sentido de las expresiones utilizadas por la ley para decidir los supuestos contenidos en ella y, consecuentemente, su aplicabilidad al supuesto de hecho que se le plantea al interprete. Interpretar significa desentrañar el verdadero sentido de algo.  Declarativa  Extensiva LA ANALOGIA Aplicar una ley analógicamente implica, en realidad crear una nueva norma, pues la que se afirma aplicada no contempla el supuesto de hecho al que se impone la consecuencia jurídica en ella

prevista. Si la ley 1 dispone que si se da el supuesto de hecho A deberá imponerse la consecuencia C, aplicar al supuesto casi A, y la consecuencia la misma que la que impone la ley. La analogía encierra, por