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Derecho Romano a través de sus formas de gobierno, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Romano

La historia del derecho Romano a través de sus formas de gobierno

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2019/2020

Subido el 27/10/2020

Jazmin.Hernandez13
Jazmin.Hernandez13 🇲🇽

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Martes 13 de octubre del 2020.
Centro de Estudios Universitarios Vizcaya de las Américas.
Licenciatura en Derecho.
Alumna:
Ana Jazmín Hernández Sánchez.
Profesora:
Lic. Karina Castelán Medina.
Historia del derecho I.
“LA EVOLUCION DEL DERECHO ROMANO A TRAVÉS DE SUS
FORMAS DE GOBIERNO.”
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Centro de Estudios Universitarios Vizcaya de las Américas.

Licenciatura en Derecho.

Alumna:

Ana Jazmín Hernández Sánchez.

Profesora:

Lic. Karina Castelán Medina.

Historia del derecho I.

“LA EVOLUCION DEL DERECHO ROMANO A TRAVÉS DE SUS

FORMAS DE GOBIERNO.”

Índice.

Introducción………………………………………………………………...……Pág. 3 Desarrollo………………………………………………………………….…….Pág. 4 - 17 Evolución del Derecho Romano a través de sus formas de gobierno. 1.1. Origen de Roma y sus antecedentes jurídicos. 1.2. El derecho en la República. 1.3. El Derecho durante el imperio. Conclusión………………………………………………………………………Pág. 18 Bibliografía………………………………………………………………………Pág. 19

Evolución del Derecho Romano a través de sus formas de

gobierno.

Se llama Derecho Romano al ordenamiento jurídico que regía la sociedad de la Antigua Roma, desde su fundación (en el año 753 a. C.) hasta la caída del Imperio en el siglo V d. C., aunque permaneció en uso en el Imperio Romano Oriental (Bizancio) hasta 1453. Fue compilado en su conjunto en el siglo VI por el emperador bizantino Justiniano I, en un volumen de leyes conocido como el Corpus Iuris Civilis (“Cuerpo de Derecho civil”), e impreso por primera vez por Dionisio de Godofredo en 1583, en Ginebra.

Evolución histórica del Derecho Romano.

Todos los conceptos versan sobre un derecho que fue reconocido y aplicado a lo largo de la historia de Roma y que abarca las siguientes etapas históricas:

  1. Etapa: Derecho antiguo o arcaico. Desde la fundación de la civitas del año 753 a.c. hasta el año 130 a.c. Es la etapa que corresponde a la fundación de Roma, cuando las leyes eran costumbres y tradiciones orales llamadas “costumbres de los ancestros” ( mores maiorum). Estas leyes no escritas eran administradas por los pontífices y contemplaban 5 derechos esenciales para los ciudadanos romanos:
  • Derecho al matrimonio civil ( Ius connubii ).
  • Derecho al voto ( Ius sufragii ).
  • Derecho al comercio ( Ius commercii ).
  • Derecho al desempeño de cargos públicos ( Ius honorum ). Ley de las 12 tablas En ese mismo período se hizo necesario tener leyes escritas, lo que impulsó la creación de la Ley de las 12 tablas, que se convirtió en el primer texto jurídico de los romanos. La Ley de las 12 tablas debe su nombre a las tablas de madera y bronce donde fueron escritas. Fueron expuestas al público como una manera de

evitar interpretaciones subjetivas de la ley. Por ello, también se les llamó Ley de igualdad romana y fueron el primer ordenamiento jurídico escrito de los romanos.

  1. Etapa: Derecho clásico. Desde el 130 a.C. hasta el 230 d.C., y se subdivide a su vez en tres etapas: a) Primera etapa clásica, del 130 al 30 a.C. b) Etapa clásica alta o central, del 30 a.C. al 130 d.C. c) Etapa clásica tardía, del 130 al 230 d.C. Esta etapa se caracterizó por la aplicación de la Ley de proceso formulario (Lex Aeubutias), un nuevo sistema legal basado en fórmulas. Las partes esenciales de la fórmula eran:
  • Designatio: designación de juez.
  • Demostratio: demostración de hechos a través del relato.
  • Intentio: el accionante (la persona que demanda justicia) expresa qué pretende conseguir.
  • Condemnatio: según lo expresado en la intentio, el juez decide si condena o absuelve. La finalidad de la Ley de proceso formulario era sistematizar la administración de justicia para disminuir las posibilidades de interpretación injusta. Creación de la figura del jurista En Roma, los gobernadores provinciales podían crear sus propias leyes. Con el paso de tiempo la situación se volvió caótica, ya que existían leyes que se contradecían entre sí. Para contrarrestar la situación, se crea la figura del jurista, cuya función era sistematizar y simplificar las leyes de tal forma que pudiesen ser aplicadas de forma general en casos futuros.
  1. Etapa: Derecho postclásico. Comprende desde el 230 al 527 d.C. También se puede subdividir en tres períodos: a) Etapa diocleciana, del 230 al 330 d. C. b) Etapa constantiniana, del 330 al 430 d. C. c) Etapa teodosiana, del 430 al 527 d. C.

el rey Tarquino el Soberbio, que gobernaba de forma autoritaria y despótica, es expulsado después de una revuelta.

  1. La República (del 509 a.c. al 27 a.c.) Inicia con la caída de la monarquía a inicios del siglo V a. C. y culmina con el otorgamiento por parte del Senado romano de poderes absolutos a Octavio Augusto en el año 27 a. C. Durante este período se publica la Ley de las XII Tablas, dando inicio formalmente al derecho romano, y construyendo un Estado de poderes en equilibrio: se elegía un grupo de magistrados democráticamente en asambleas populares, encargados de funciones asignadas; mientras que el Senado se ocupaba de dictar senadoconsultos con rango de ley.
  2. El imperio (del 27 a.c. al 474 a.c.) Inicia en el año 27 a. C. tras la crisis política que afectó la República y permitió el surgimiento de un Estado autoritario, sometido a la voluntad de la autoritarias del Príncipe o Emperador, tales como Augusto (27 a. C. – 14 d. C.), Calígula (37-41 d. C.), Nerón (54-68 d. C.) entre otros. Roma alcanzó en este período su máxima extensión territorial: 5 millones de kilómetros cuadrados. Es una época de poder absoluto el Estado, en manos del Emperador, quien gobierna a través de constituciones imperiales. En el año 380 el Imperio asume el cristianismo como religión oficial y posteriormente se divide en dos partes, de donde nacerá el Imperio Romano de Oriente. Este periodo termina hasta el año 476, cuando el Imperio Romano de Occidente colapsa y desaparece. Existe también un llamado Gobierno de Justiniano, que va de 527 a 565 d. C., y es la época en que se publica la compilación justiniana del Derecho Romano en el año 549, marcando el punto final de su historia. Tras la muerte de Justiniano se erige el Imperio Bizantino, un Estado más bien medieval, que durará hasta el siglo XV, cuando caiga frente a los turcos. El imperio se divide en dos etapas:
    • El alto imperio (27 a.c. al 284 d.c.)
    • El bajo imperio ( 284 d.c. al 476 d.c.)

1.1. Origen de Roma y sus antecedentes jurídicos.

El origen de Roma es muy antiguo. Los antiguos romanos lo achacaron a unos gemelos llamados Rómulo y Remo. Ésta es la historia. Tras la batalla que destruyó Troya hasta los cimientos, Eneas logró huir de la ciudad gracias a la intervención de la diosa Afrodita. En su huida llegó hasta la zona de África septentrional, donde se acaba de fundar la ciudad de Cartago, siendo gobernada por la reina Dido, que se enamoró de Eneas. Sin embargo, los dioses tenían otro destino para él, así que enviaron un mensajero para decirle que debía partir. Así, Eneas partió hacia la costa italiana. Una vez en tierras italianas, llegó hasta la ciudad de Lacio. El rey Latino, quien gobernaba en aquellas tierras, le hospedó en su propia casa. Allí conoció a la hija del rey, Lavinia, con quien contraería matrimonio poco después. Juntos tuvieron un hijo al que llamaron Ascanio. Éste, cuando ya era un adulto, fundó la ciudad de Alba Longa sobre la orilla derecha del rio Tíber, la nueva capital del reino latino. Sobre esta ciudad latina reinaron muchos de sus descendientes, tras varias generaciones de reyes, nacieron Numitor y Amulio. Ambos optaban al trono, pero Amulio decidió apartar a su hermano. Amulio destronó a Numitor, asesino a su hijo y se deshizo de la hija de éste, Rea Silvia (también llamada Ilia), obligándola a ingresar como sacerdotisa vestal, que adoraban a la diosa Vesta (diosa del hogar y símbolo de la fidelidad), de manera que se mantuviera virgen y no tuviese nunca hijos que le reclamasen el trono. Pero un día, Rea Silvia fue a pasear junto al río y se quedó dormida en la orilla. Casualmente pasó por allí el dios Marte y se enamoró de ella. No obstante, y siempre según la leyenda, Rea Silvia habría sido violada, dando a luz dos hijos gemelos de este. Amulio negando el origen divino de los niños, ordenó que los asesinaran. Por ello, Rea Silvia decidió meterles en una cesta y lanzarlos al río Tíber. La cesta quedó varada en la orilla a 20 kilómetros de la desembocadura del río. Allí les encontró una loba llamada Luperca, se acercó a beber, les recogió y les amamantó en su guarida del monte Palatino hasta que un pastor llamado Faustulo, les encontró y decidió cuidarles como si fueran sus propios hijos y los llamó Rómulo y Remo. Se

conflictos de propiedad, compraventas viciadas, adquisición por posesión continuada en el tiempo, hurtos, delitos violentos, etc. De manera semejante, se diferenciaba entre dos conceptos fundamentales: Ius (“derecho”), aquello que es justo y equitativo en sí mismo y por lo tanto obligante; y Lex (“Ley”), aquello ordenado o comandado de manera escrita por las autoridades del Estado. Todo el cuerpo del Derecho Romano se inspiraba en dicha oposición. Pero además de la costumbre, el Derecho Romano tenía otras fuentes: las decisiones que tomaba el Senado —como representante del pueblo— sobre las normas que debían regir a los ciudadanos; los pronunciamientos de los magistrados romanos; las leyes aprobadas por los ciudadanos en los comicios; los plebiscitos, que es la denominación de las decisiones que tomaba la plebe romana en sus asambleas; los iura u opiniones de los jurisconsultos; y, a partir del Imperio, las ‘constituciones imperiales’ o normas que emanaban de los propios emperadores. Estas decisiones, tomadas por los distintos órganos en que se organizaba la sociedad romana, sirvieron para dar forma a un cuerpo legal escrito que complementaba las normas no escritas, un ordenamiento que establecía los derechos y libertades de los ciudadanos y la forma de resolver los conflictos o de castigar los incumplimientos. Los romanos supieron elaborar un cuerpo legislativo sencillo, capaz de dar respuesta a los conflictos que surgían entre los ciudadanos de la manera más simple, sin buscar grandes formulaciones teóricas, aunque con un espíritu formalista muy sólido, tanto en la interpretación de su derecho como en su aplicación, buscando la solución más justa a cada caso concreto y con una enorme capacidad de adaptación a los cambios y necesidades imperantes en cada momento en la sociedad. De forma simplificada, el Derecho Romano distinguía entre varias formas de comprender lo que era justo conforme a derecho:

  • Ius: normas creadas por el hombre.
  • Iniuria: lo contrario a esas normas.
  • Fas: voluntad divina.
  • Nefas: lo contrario a la voluntad divina.

El derecho romano, a muy grandes rasgos, distinguía entre varias formas de comprender la ley. No sólo, como se ha dicho, entre el ius (“derecho”) y el fas (“voluntad divina”), sino también entre que el derecho romano se dividía en dos tipos:

  • Derecho privado: son las leyes que regulan las transacciones comerciales.
  • Derecho público: se refiere a todas las leyes creadas para proteger a los ciudadanos. También debemos notar que para el Derecho Romano el ser humano no era necesariamente un ciudadano, es decir, no todo ser humano era sujeto de derechos, sino que lo son aquellos que la ley reconocía como tales, estando excluidos de derecho algunos como los esclavos, que eran considerados cosas. Por su parte, se concedió a los latinos una especie de semiciudadanía, pudiendo algunos de ellos llegar a convertirse en ciudadanos romanos. En cambio, los derechos del resto de extranjeros o peregrinos, dependían del tratado que su comunidad hubiera firmado con Roma. Había, así, tres formas de ciudadanía en base a su grado de libertad:
  • Personas libres. Aquellas que lo fueron siempre (Ingenuos) y aquellos que habían ganado su libertad luego de haber sido esclavos (Libertinos).
  • Colonos. Se hallaban en un estado intermedio entre la libertad y la esclavitud, sentenciados perpetuamente al cultivo de los territorios romanos, y cuya deserción convertía en esclavos.
  • Esclavos. Personas que no eran dueñas de sí, sino que formaban parte del patrimonio de otros. Asimismo, no todos los ciudadanos romanos tuvieron los mismos derechos sufriendo algunas importantes limitaciones por razón de sexo, condición social, profesión o religión, entre otras causas. Si bien no estaban al nivel de los esclavos o los colonos, las mujeres ocupaban en este ordenamiento jurídico un lugar de subalternidad respecto al hombre. Por ejemplo, las mujeres no pudieron formar parte del ejército o de las asambleas, careciendo de derechos políticos y para actuar en el tráfico jurídico necesitaron durante muchos siglos la asistencia de un tutor.
  • Patricios. Clase alta romana, descendientes de las familias fundadores de la ciudad. Disponían de muchos privilegios, puesto que eran los únicos que podían ocupar los cargos públicos, tanto en el senado como en las demás magistraturas.
  • Plebeyos. Pagaban numerosos impuestos y se les llamaba a formar filas del ejército cuando era necesario obligándoles a dejar sus tierras y sus cultivos y originando en ocasiones su ruina. Apenas tenían derechos políticos, únicamente se les permitía reunirse en asamblea una vez al año para elegir a los magistrados entre los candidatos patricios. Todos estos inconvenientes de su situación los llevaron a emprender diversas revueltas para reclamar más derechos.

Organización política.

Durante este periodo se adoptaron algunas instituciones de la monarquía y se crearon otras.

  1. Los cónsules: Los cónsules eran autoridades que ejercían funciones de gobierno, funciones militares y la administración de justicia. En este periodo el rey fue sustituido por dos cónsules, que se controlaban mutuamente. Al término de su gobierno tenían que dar cuenta al Senado sobre sus funciones. En caso de peligro nacional, los cónsules nombraban un dictador, con poderes absolutos, cuya función no podía durar más de seis meses.
  2. El senado: Durante la Republica, el Senado era la misma institución que en la Monarquía (etapa anterior). Sus funciones eran de consulta y asesoramiento a los cónsules. En ese sentido, dirigía la administración interna y la política externa del gobierno romano.
  3. Las asambleas: llamadas también comicios, fueron de tres clases:
  • La Asamblea Curial, era la institución más antigua conformada por a la reunión de los patricios, convocada por el rey se reunían al pie del Capitolio. El voto de la mayoría de las curias constituía el voto del pueblo.
  • La Asamblea Centurial, era una asamblea militar, que se reunía por grupos de 100 hombres. Al jefe de cada grupo se le llamaba centurión. Las

asambleas eran convocadas y dirigidas por los cónsules, en el Campo Marte. Con el voto mayoritario aprobaban las leyes y elegían a los cónsules.

  • La Asamblea Tribal, era la asamblea de la plebe, agrupados por tribus, presidida por el Tribuno. Sus acuerdos o plebiscitos tenían carácter de ley. Los tribunos de la plebe eran elegidos en las Asambleas Tribales, en número de dos. Representaban a los plebeyos y defendían los derechos del pueblo ante el Senado y los cónsules (Aristócratas).
  1. Magistraturas: las magistraturas se dividían en cuatro tipos:
  • Los Censores, se encargaban de hacer el censo o empadronamiento de las personas y de sus bienes. Además, cuidaban de la educación y buenas costumbres del pueblo.
  • Los Cuestores, eran los contadores que recaudaban los impuestos y administraban el tesoro público.
  • Los Pretores, estos funcionarios administraban justicia. Fueron los forzadores del Derecho Romano.
  • Los ediles, conformaban la organización municipal. Sus funciones eran el de velar por el aprovisionamiento y vigilancia de los mercados, la limpieza de las calles, mantenimiento de los caminos y carreteras y la organización de los juegos olímpicos.

Derecho en la República.

Además de por las luchas entre patricios y plebeyos, la República se caracterizó por la expansión del poder de Roma a toda la Italia peninsular, por la promulgación de la Ley de las XII Tablas en el 450 a.c., y por las guerras civiles por la igualdad. La Ley de las XII Tablas, llamada así porque estaba escrita en doce tablas, es el código más antiguo de derecho romano. Se estableció para aplacar las demandas de los plebeyos.

La historia del Derecho Romano quedará a partir de entonces en los territorios orientales, conformando el Imperio Bizantino, que perdurará hasta la conquista de Constantinopla por los turcos otomanos en el año de 1453 y que alcanzó su máximo esplendor con el emperador Justiniano (527-565). Se puede dividir la historia del Imperio romano en dos etapas: el Alto Imperio y el Bajo Imperio. Alto Imperio. Es la etapa que va desde el inicio del imperio en el año 27 a. C. con la coronación de Augusto con el título de emperador hasta la muerte del último emperador de la dinastía de los Severos, en el siglo III. Durante período, gobernaron 4 dinastías:

  • Dinastía de Julio-Claudia, sucesores de Augusto, 14 a 68 d. C. (emperadores Augusto, Tiberio, Calígula, Claudio y Nerón).
  • Dinastía Flavia, 69 a 96 d. C. (emperadores Vespasiano, Tito y Domiciano).
  • Dinastía Antonina, 96 a 192 d. C. (emperadores Nerva, Adriano, Antonio Pio y Marco Aurelio).
  • Dinastía Severa, 192 a 235 d. C. (emperadores Septimio Severo, Geta, Caracalla, Heliogábalo y Alejandro Severo). El Alto Imperio culminó con un periodo de luchas internas, crisis económicas y creciente presión de los pueblos bárbaros sobre las fronteras del imperio. Bajo Imperio El Bajo Imperio comenzó con la llegada de Diocleciano al poder, en el año 284 d. C., y finalizó con la caída del imperio, en el año 476 d. C. Diocleciano instauró una tetrarquía, es decir, un gobierno de cuatro hombres. Estaba integrado por dos coemperadores (Augustos), uno para Oriente y uno para Occidente. A su vez, cada uno contaba con un emperador asistente (César). Luego de una reunificación del imperio bajo el gobierno de Constantino, en el año 380 el emperador Teodosio dividió el territorio entre sus dos hijos y así quedó constituida definitivamente una nueva organización territorial y política: el Imperio Romano de Occidente y el Imperio romano de Oriente. El Imperio Romano de

Oriente, posteriormente llamado Imperio Bizantino, sobrevivió hasta 1453, fecha de la caída de Constantinopla la actual Estambul.

Organización social.

La sociedad imperial se encontraba dividida en los siguientes estamentos:

  • Patricios y grandes propietarios terratenientes y mercantiles: era la clase más alta de la sociedad. Tenían el poder político, religioso y económico.
  • Plebeyos: eran los ciudadanos libres. Este grupo estaba integrado por los funcionarios de las ciudades, campesinos, comerciantes, artesanos y gran parte de los integrantes del ejército. A partir de 212 d. C. se otorgó la ciudadanía romana a todos los hombres libres del imperio
  • Esclavos: era un grupo muy numeroso. Podían comprar su libertad o ser manumitidos por su dueño. Durante este período adquirieron algunos derechos.

Organización política.

La máxima autoridad del imperio era el emperador, quien concentraba todo el poder político y estaba a cargo de los asuntos militares, legislativos, religiosos y judiciales. El Senado actuaba como consejero del emperador, pero no tenía suficiente poder para tomar decisiones. Las asambleas se mantuvieron como una tradición romana desde la época de la república, pero no tenían poder efectivo.

Derecho en el imperio.

El Imperio es el sistema en el que el poder político real estaba en manos de un solo individuo, el emperador. Se inauguró con el emperador Augusto. El Senado quedó limitado a ser un órgano de apoyo de ese poder político. Se denomina Alto Imperio al periodo que va de Augusto a Diocleciano y Bajo Imperio el que tiene lugar entre Diocleciano y la caída del Imperio Romano en Occidente.

Bibliografía.

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