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Orientación Universidad
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Derechos Humanos de las mujeres, Tesinas de Derecho

criterios jurisprudenciales de la CoIDH en materia de género

Tipo: Tesinas

2017/2018

Subido el 16/11/2018

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Colección Sistema Interamericano
de Derechos Humanos
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Colección Sistema Interamericano

de Derechos Humanos

L OS DKRKCHOS HuMANOS DK

LAS MuJKRKS KN LA

JuRISPRuDKNCIA DK LA CORTK

I NTKRAMKRICANA

DK D KRKCHOS

HuMANOS

María José Franco

Rodríguex

L os derechos humanos

de Las mujeres

en La

jurisprudencia

de La c orte i nteramericana

de derechos humanos

María José Franco

Rodríguez

México,

Impreso en México

c ontenido

Presentación 7

I. Introducción 13

II. Derechos humanos de las mujeres en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos 15

III. Los tratados internacionales sobre los derechos humanos de las mujeres 22

III.1. La Convención para Eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) 23

III.2. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Convención de Belém do Pará 28

el procedimiento de peticiones individuales ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos 31

III.3. La Corte Interamericana de Derechos Humanos 31

III.4. El procedimiento de peticiones individuales ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos 34

V. La perspectiva de género y los derechos humanos de las mujeres en las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 47

6

III.7. Los casos Fernández Ortega y Rosendo Cantú 67

III.8. El Caso Gelman vs. Uruguay 75

Conclusiones 78

Bibliografía 80

Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 84

Colección Sistema Interamericano de Derechos Humanos

presentación

LaComisión Nacional de los Derechos Humanos reconoce que la labor de difusión y fomento del respeto a los derechos humanos es importante y urgente por lo que continúa creando conciencia sobre la existencia de los mismos y la necesidad de que sean respetados. En su interés está elevar el nivel nacional de su pro- tección para salvaguardar la libertad y la dignidad de las perso- nas, cumpliendo con su tarea dedifusión a través de la presente colección que hoy entrega a la sociedad. Nuestro país ha dado en los últimos años pasos significa- tivos en la incorporación del derecho internacional de los dere- chos humanos al ratificar un número muy significativo de tra- tados internacionales y aceptar la competencia de diferentes órganos internacionales de protección, como son, entre otros, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH) como organismo no jurisdiccional y cuya función está vincu- lada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), tribunal que constituye la culminación del sistema intera- mericano de protección de los derechos humanos, resultando ambas instancias complementarias o subsidiarias de la misión que primordialmente compete a los Estados. La Comisión IDH y la Corte IDH se encargan de determinar si las acciones u omisiones de los Estados parte son o no com- patibles con los

Si bien México es parte de la Convención Americana des- de el 24 marzo de 1981, reconoció la competencia de la Corte IDH hasta el 16 de diciembre de 1998. La Corte IDH es el órgano jurisdiccional instituido para la protección de los derechos hu- manos en el continente. La propia Corte IDH ha señalado que, ante todo yprincipalmente, esuna institución judicial autónoma que tiene competencia para decidir cualquier caso contencioso relativo a la interpretación y aplicación de la Convención Ame- ricana sobre Derechos Humanos. Adicionalmente, la Corte po- see facultades de naturaleza preventiva y ejecutiva, de las que resulta, en el caso de las primeras, medidas provisionales cuan- do exista una situación de extrema gravedad y urgencia en que sea preciso proteger derechos contra ataques que pudieran aca- rrear consecuencias irreparables para las personas. La Corte IDH, en ejercicio de sus funciones contenciosa, consultiva y cautelar, ha aportado una gran variedad de crite- rios en materia de derechos humanos derivada de su interpre- tación de la Convención Americana y de otros tratados. En esa medida, al aplicar dichas disposiciones internacionales al orde- namiento interno, es importante acudir a la jurisprudencia o doctrina fijada por ella, misma que por su amplitud y riqueza, debe ser conocida con detalle para comprender y desentrañar cómo, desde los pronunciamientos que

Los derechos humanos de las mujeres en la jurisprudencia

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hace en los casos que se someten a su conocimiento, interpreta los instrumentos in- ternacionales, estableciendo estándares para la mejor protec- ción de los derechos. Del conocimiento de los casos que se han sometido a su jurisdicción, la Corte IDH ha analizado una gran variedad de te- mas del catálogo de derechos. De igual manera, ha conocido casos de todos los países que han reconocido la competencia de la Corte, dictando sentencias que han tenido un muy positi- vo cumplimiento, que se ha traducido en cambios normativos, en mejoramientos en los sistemas de protección y en mecanis- mos de reparaciones. Respecto a los criterios o jurisprudencia que deriva de las sentencias de la Corte IDH, varios tribunales constitucionales de Latinoamérica consideran que tanto los instrumentos inter- nacionales en materia de derechos humanos, como la interpre-

Colección Sistema Interamericano de Derechos Humanos

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de los organis- mos que lo integran. En este caso, la Colección se integra con los siguientes títulos: 1) Introducción al Sistema Interamericano de Derechos Humanos; 2) Los procedimientos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; 3) El trámite de casos individuales ante la Corte Interamericana de Derechos Huma- nos; 4) Justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales ante el Sistema Interamericano; 5) Los derechos hu- manos de las mujeres en la jurisprudencia de la Corte Interame- ricana de Derechos Humanos; 6) Los derechos de las niñas y los niños en el Derecho Internacional, con especial atención al Sis- tema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos;

1 SCJN. Parámetro para el control de convencionalidad ex officio en materia de de- rechos humanos. Tesis número LXVIII/2011. Pleno. Varios 912/2011, 14 de julio de 2011.

  1. Derechos de los migrantes en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos; 8) El derecho a defender los derechos: la protección a defensoras y defensores de derechos humanos en el Sistema Interamericano; 9) Los derechos humanos de los miembros de comunidades indígenas en el Sistema Interame- ricano de Derechos Humanos; 10) Libertad de expresión y de- recho de acceso a la información en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos; 11) La Convención Americana sobre de- rechos Humanos. Reflexiones generales; 12) El control de con- vencionalidad en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; 13) El derecho a participar directamen- te en la toma de decisiones sobre asuntos públicos como me- canismo para la protección ambiental; 14) Estándares de las medidas provisionales en la Corte Interamericana de Derechos Humanos; 15) La evolución de la “reparación integral” en la ju- risprudencia de laCorte Interamericana de Derechos Humanos;
  1. La responsabilidad internacional de los Estados derivada de la conducta de particulares o non-State actors conforme al Siste- ma Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos; 17) Los derechos sexuales yreproductivos: estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos; 18) ¿Super- posición de

ese diálogo necesario con la sociedad civil quien es el destina- tario y actor idóneo para que germinen y prosperen los derechos en nuestro país con base en su plena exigencia y reivindicación. Al igual que todas las colecciones de esta Comisión Nacio- nal, el lector podrá encontrar, en nuestro sitio web , la versión electrónica de los títulos señalados.

Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

derechos hu- manos, lograr el reconocimiento internacional de la ciuda- danía de las mujeres. Las batallas del feminismo para conseguir el reconoci- miento de la personalidad jurídica de las mujeres, el derecho al voto o el derecho a decidir sobre su propio cuerpo, han im- pactado al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

1 Cf. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso de los Hermanos Gómez Paqui- yauri vs. Perú, sentencia de 8 de julio de 2004, Serie C, No. 110, párrafo 73.

El movimiento a favor de los derechos de las mujeres se hace más evidente en el ámbito internacional cuando la Organiza- ción de las Naciones Unidas —para atender las desventajas económicas, culturales, sociales y jurídicas que enfrentan las mujeres— instituye el Año Internacional de la Mujer en 1975 y organiza las Conferencias Mundiales sobre la Mujer, en las cuales se tratan diversos temas como la discriminación y la violencia contra las mujeres. En la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, el lema “los derechos de las mujeres son derechos humanos y los derechos humanos son derechos de las mujeres” se consolida en una realidad y los derechos humanos de las mujeres to- man carta de ciudadanía en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.También, gracias a la adopción de dos tra- tados internacionales sobre derechos humanos de las mu- jeres en 1979, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), y en el ámbito interamericano, la Con- vención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, o Convención de Belém do Pará, adoptada en 1994. Las mujeres y sus logros también han influido en el Siste- ma Interamericano de Derechos Humanos, ya sea en su as- pecto normativo, con la adopción de las

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