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Orientación Universidad
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diapositivas de estudio, Diapositivas de Trabajo Social

es un material esencia para poder estudiar con un tema interesante he importante para la poblacion

Tipo: Diapositivas

2023/2024

Subido el 11/01/2024

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MÓDULO 1. PRINCIPIOS NORMATIVOS DE
LOS DERECHOS HUMANOS, LOS
DERECHOS SEXUALES Y LOS DERECHOS
REPRODUCTIVOS
CURSO VIRTUAL: “Lenguaje Incluyente Libre de Estigma y
Discriminación para prestadores de Servicios de Salud”
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MÓDULO 1. PRINCIPIOS NORMATIVOS DE

LOS DERECHOS HUMANOS, LOS

DERECHOS SEXUALES Y LOS DERECHOS

REPRODUCTIVOS

CURSO VIRTUAL: “Lenguaje Incluyente Libre de Estigma y

Discriminación para prestadores de Servicios de Salud”

OBJETIVO

Conocer

sobre:

Derechos humanos Marco jurídico en nuestro país Organismos autónomos protectores Derechos sexuales y reproductivos La importancia de su reconocimiento como derechos humanos básicos.

La violencia es considerada un problema de salud pública en

México.

  • Daña la vida e impide el disfrute de los Derechos Humanos.

Grupos vulnerables:

  • Mujeres.
  • Niños, niñas y adolescentes.
  • Personas de la diversidad sexual.
  • Personas que viven con VIH, VHC o alguna ITS.
  • Personas que consumen sustancias.

INTRODUCCIÓN

Encuesta Nacional

Sobre

Discriminación del

2017 (ENADIS)

  • 35.9% de la población muestra rechazo a las
personas por vivir con VIH o sida.
  • 56.6% no está de acuerdo con que alguno de sus
hijos se casara con una persona por la misma
razón de vivir con VIH o sida.
  • 34% de la población encuestada considera que
siempre es un riesgo el convivir con personas con
VIH o sida.

DERECHOS HUMANOS

Son el conjunto de

prerrogativas sustentadas

en la dignidad humana.

  • Resultan indispensables para el desarrollo integral de las personas.
  • Son inherentes a todos los seres humanos. Constitución Política Tratados internacionales Leyes Se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional

Deben garantizarse en condiciones de igualdad y no discriminación :

  • La no discriminación es un principio transversal.
  • Se complementa del principio de Igualdad. Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Ámbito internacional. Se han observado grandes avances:
    • Igualdad entre los géneros.
    • Las protecciones contra la violencia, frente: - A la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género.

Principio de la universalidad. Todas las personas son titulares de todos los derechos humanos. Dicho principio se encuentra estrechamente relacionado a la igualdad y no discriminación.

Principio de Interdependencia: Cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos, así como su ejercicio, implica necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.

Principio de Progresividad: Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el desarrollo constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos. El Estado debe proveer las condiciones más óptimas de disfrute de los derechos y no disminuir ese nivel logrado.

OBLIGACIONES

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como

obligaciones.

Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en

virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y

realizar los derechos humanos.

Reforma Constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011, la Constitución sufrió diversas modificaciones en 11 artículos destacando la modificación del Título Primero Capítulo Primero:

  • “De las Garantías Individuales” para quedar como “De los Derechos Humanos y sus Garantías”.
  • El Estado Mexicano se suma a los tratados internacionales de los Derechos Humanos.
  • No existen niveles ni jerarquías pues todos tienen igual relevancia. Las personas que se encuentren dentro del territorio nacional puedan gozar siempre de la protección más amplia que puedan otorgar estas herramientas jurídicas en su conjunto. MARCO JURÍDICO DE LOS DERECHOS HUMANOS Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos.

Reforma Constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011, la Constitución sufrió diversas modificaciones en 11 artículos destacando la modificación del Título Primero Capítulo Primero:

  • “De las Garantías Individuales” para quedar como “De los Derechos Humanos y sus Garantías”.
  • El Estado Mexicano se suma a los tratados internacionales de los Derechos Humanos.
  • No existen niveles ni jerarquías pues todos tienen igual relevancia. MARCO JURÍDICO DE LOS DERECHOS HUMANOS Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos. Clasificar los derechos humanos Civiles Económicos Culturales Sociales Ambientales

Los derechos reproductivos

  • Derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas.
  • El espaciamiento de los nacimientos y a disponer de la información y de los medios para ello.
  • Derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. Así como, adoptar decisiones relativas a la reproducción sin: - Sufrir discriminación. - Coacciones o violencia. En conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos. https://www.gob.mx/inmujeres/articulos/derechos-sexuales-para-adolescentes-y-jovenes?idiom=es

La bioética. Herramienta indispensable para construir acuerdos éticos mínimos ante situaciones complejas en el ámbito de la salud sexual y reproductiva. Autonomía: Respeto a la capacidad del individuo para actuar libremente y tomar decisiones conforme a sus convicciones y creencias, teniendo como límite el derecho a terceros. Beneficencia: Acción fundamental en la prestación de servicios de atención médica que tiene como finalidad el bien de los otros y el respeto a sus derechos fundamentales como principio de actuación en su responsabilidad profesional. No maleficencia: implica evitar o reducir al mínimo los riesgos y daños a los derechos básicos de los individuos.