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Boletín de Notificaciones de Audencia Obligatoria de Conciliación en un Processo Laboral, Resúmenes de Derecho de Familia

Este documento contiene una notificación oficial sobre la fecha y hora de una audiencia obligatoria de conciliación en un proceso laboral judicial, así como las instrucciones para las partes interesadas sobre la participación virtual. El documento también incluye información sobre el plazo que ha transcurrido desde la presentación de la demanda y la fecha límite para confirmar la disponibilidad para la audiencia.

Tipo: Resúmenes

2020/2021

Subido el 23/09/2021

yuliana-gutierrez-pineda
yuliana-gutierrez-pineda 🇨🇴

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7 documentos

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¡No te pierdas las partes importantes!

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CONSTANCIA DE SECRETARÍA:
Radicado: 2021-058
Le informo al señor Juez que el término que tenía la parte demandada
para subsanar la contestación de la demanda venció el 23 de agosto de
2021. Corrigió oportunamente.
El término transcurrió así:
Días hábiles: 17, 18, 19, 20 y 23 de agosto de 2021.
Días inhábiles: 14, 15, 16, 21 y 22 de agosto de 2021.
Armenia Q., 13 de septiembre de 2021.
JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO
Armenia Q., catorce de septiembre de dos mil veintiuno
Rad. No. 63001310500120210005800
Dentro del proceso ordinario laboral de primera instancia promovido por
el señor JUN CARLOS TORO LEAL en contra de INCO SERVICE S.A.S, se
tiene por contestada la demanda.
La demanda no fue reformada.
Se cita a las partes a AUDIENCIA OBLIGATORIA DE CONCILIACION
de que trata el artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la
Seguridad Social, modificado por los artículos 39 de la Ley 712 de 2001
y 11 de la Ley 1149 de 2.007 para el día viernes 12 de noviembre del
presente año a la hora de las 8 y 30 de la mañana, la que se realizará
virtualmente, en caso que así lo disponga el Consejo Superior de la
Judicatura para esa fecha.
En consecuencia, para efectos de garantizar el debido proceso, se
dispone que por secretaría se notifique mediante correo electrónico a
través del correo institucional a las partes y sus apoderados para que
confirmen si tienen disponibilidad de la conectividad y los equipos
respectivos para la realización de ella virtualmente.
Igualmente se incluirá esta providencia en anotación por estados en la
página web de la rama judicial.
En tal acto se dará cumplimiento al trámite previsto en el artículo 77 del
Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y en la Ley 1149 de
2007 en lo relativo a la oralidad. Se advierte a las partes tanto
demandante como demandada, que si no comparecen a la audiencia
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¡Descarga Boletín de Notificaciones de Audencia Obligatoria de Conciliación en un Processo Laboral y más Resúmenes en PDF de Derecho de Familia solo en Docsity!

CONSTANCIA DE SECRETARÍA:

Radicado: 2021-

Le informo al señor Juez que el término que tenía la parte demandada para subsanar la contestación de la demanda venció el 23 de agosto de

  1. Corrigió oportunamente.

El término transcurrió así:

Días hábiles: 17, 18, 19, 20 y 23 de agosto de 2021.

Días inhábiles: 14, 15, 16, 21 y 22 de agosto de 2021.

Armenia Q., 13 de septiembre de 2021.

JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO

Armenia Q., catorce de septiembre de dos mil veintiuno Rad. No. 63001310500120210005800

Dentro del proceso ordinario laboral de primera instancia promovido por el señor JUN CARLOS TORO LEAL en contra de INCO SERVICE S.A.S, se tiene por contestada la demanda.

La demanda no fue reformada.

Se cita a las partes a AUDIENCIA OBLIGATORIA DE CONCILIACION de que trata el artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por los artículos 39 de la Ley 712 de 2001 y 11 de la Ley 1149 de 2.007 para el día viernes 12 de noviembre del presente año a la hora de las 8 y 30 de la mañana, la que se realizará virtualmente, en caso que así lo disponga el Consejo Superior de la Judicatura para esa fecha.

En consecuencia, para efectos de garantizar el debido proceso, se dispone que por secretaría se notifique mediante correo electrónico a través del correo institucional a las partes y sus apoderados para que confirmen si tienen disponibilidad de la conectividad y los equipos respectivos para la realización de ella virtualmente.

Igualmente se incluirá esta providencia en anotación por estados en la página web de la rama judicial.

En tal acto se dará cumplimiento al trámite previsto en el artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social y en la Ley 1149 de 2007 en lo relativo a la oralidad. Se advierte a las partes tanto demandante como demandada, que si no comparecen a la audiencia

obligatoria de conciliación , incurrirán en las sanciones de ley contenidas en el artículo 77 del C.P.T y S.S, modificado por los artículos 39 de la Ley 712 de 2001 y 11 de la Ley 1149 de 2007.

NOTIFÍQUESE

mlm

JUZGADO PRIMERO LABORAL

DEL CIRCUITO ARMENIA,

QUINDÍO

Certifico que el auto anterior se notifica por estado electrónico No. 154 de hoy 15 de septiembre de