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Contratos Estatales: Descripción, Requisitos y Modalidades, Monografías, Ensayos de Derecho Civil

Lo que son los contratos estatales, sus requisitos para su celebración y las distintas modalidades de selección de contratistas. Además, se detalla el proceso de licitación pública, la importancia de la descripción técnica del bien o servicio objeto del contrato y las condiciones de costo y calidad a considerar. Se mencionan los riesgos asociados y las garantías exigidas.

Tipo: Monografías, Ensayos

2018/2019

Subido el 20/11/2022

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BANCO DE PREGUNTAS DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL II
1. ¿Cuáles son los deberes del contratista?
Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para que el objeto
contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; acatarán las órdenes que
durante el desarrollo del contrato ellas les impartan y, de manera general, obrarán con
lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y
entrabamientos que pudieran presentarse.
Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y responderán por ello
No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin
de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.
Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas deberán informar
inmediatamente de su ocurrencia a la entidad contratante y a las demás autoridades
competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El
incumplimiento de esta obligación y la celebración de los pactos o acuerdos prohibidos,
dará lugar a la declaratoria de caducidad del contrato.
2. Defina contrato estatal
El contrato estatal es una de las herramientas jurídicas mediante las cuales se
exterioriza la actividad administrativa; es un instrumento jurídico que permite lograr el
eficaz desarrollo de la acción del Estado dentro de una técnica jurídica de colaboración,
cuyo propósito es la satisfacción del interés general y de las necesidades colectivas.
https://app.vlex.com/#vid/introduccion-contrato-estatal-590687618
3. Mencione los requisitos habilitantes para participar en un proceso de contratación estatal
Capacidad Jurídica La capacidad jurídica es la facultad de una persona para
celebrar contratos con una Entidad Estatal, es decir (i) obligarse a cumplir el objeto del
contrato; y (ii) no estar incursa en inhabilidades o incompatibilidades que impidan la
celebración del contrato.
Experiencia La experiencia es el conocimiento del proponente derivado de su
participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto del
contrato. Son los contratos celebrados por el interesado para cada uno de los bienes,
obras y servicios que ofrecerá a las Entidades Estatales, identificados con el
Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y su valor expresado en smmlv.
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BANCO DE PREGUNTAS DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL II

  1. ¿Cuáles son los deberes del contratista?
    • Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; acatarán las órdenes que durante el desarrollo del contrato ellas les impartan y, de manera general, obrarán con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse.
    • Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y responderán por ello
    • No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.
    • Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas deberán informar inmediatamente de su ocurrencia a la entidad contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de los pactos o acuerdos prohibidos, dará lugar a la declaratoria de caducidad del contrato.
  2. Defina contrato estatal
    • El contrato estatal es una de las herramientas jurídicas mediante las cuales se exterioriza la actividad administrativa; es un instrumento jurídico que permite lograr el eficaz desarrollo de la acción del Estado dentro de una técnica jurídica de colaboración, cuyo propósito es la satisfacción del interés general y de las necesidades colectivas. https://app.vlex.com/#vid/introduccion-contrato-estatal- 590687618
  3. Mencione los requisitos habilitantes para participar en un proceso de contratación estatal
    • Capacidad Jurídica – La capacidad jurídica es la facultad de una persona para celebrar contratos con una Entidad Estatal, es decir (i) obligarse a cumplir el objeto del contrato; y (ii) no estar incursa en inhabilidades o incompatibilidades que impidan la celebración del contrato. Experienci a – La experiencia es el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto del contrato. Son los contratos celebrados por el interesado para cada uno de los bienes, obras y servicios que ofrecerá a las Entidades Estatales, identificados con el Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y su valor expresado en smmlv.

Los contratos celebrados por consorcios, uniones temporales y sociedades en las cuales el interesado tenga o haya tenido participación, para cada uno de los bienes, obras y servicios que ofrecerá a las Entidades Estatales, identificados con el Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y su valor expresado en smmlv. Capacidad Financiera – los siguientes indicadores miden la fortaleza financiera del interesado: a) Índice de liquidez: activo corriente dividido por el pasivo corriente; b) Índice de endeudamiento: pasivo total dividido por el activo total; c) Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses. Capacidad Organizacional – los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado: (a) Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional dividida por el patrimonio. (b) Rentabilidad del activo: utilidad operacional dividida por el activo total

  1. ¿Qué entidades están facultadas para celebrar contratos estatales?
    • La Nación, las regiones, los departamentos, las provincias, el distrito capital y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles. Ver Organización de la Rama Ejecutiva del Poder Público b) El Senado de la República, la Cámara de Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales, distritales y municipales, la Procuraduría General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias, las unidades administrativas especiales y, en general, los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.
  2. ¿Cuáles son las causales para declarar la caducidad en la contratación pública?

diferentes proponentes que han participado previamente, en la licitación pública adelantada por la misma, para la adquisición de bienes y servicios; por lo tanto las entidades estatales debemos acogernos a dicho acuerdo, lo que hace mas ágil la contratación, toda vez que ya no es necesario adelantar el proceso licitatorio, sino que se publica en la Tienda Virtual del Estado Colombiano la solicitud de contratación, a la cual deben responder con su propuesta, todos los oferentes adjudicatarios del proceso mencionado y la entidad estatal escoge la de menor precio.

  • Minima cuantia: Bajo esta modalidad, se encuentran: Proceso de Mínima Cuantía. Compras en Grandes Superficies, a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano. La modalidad de selección de mínima cuantía es un procedimiento con términos cortos para escoger al contratista, siempre que el valor de la adquisición de los bienes, obras y/o servicios, no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la Entidad Estatal. Es de anotar que este procedimiento lo reguló la Ley 1474 de 2011, porque antes de la expedición de esta norma, se solicitaban tres (3) propuestas y se escogía la de menor valor, ahora también se escoge la oferta de menor valor, pero mediante un proceso de selección público y transparente, en el cual pueden participar todos los interesados, quienes deben cumplir con los requisitos de verificación establecidos en la invitación pública. Así mismo, bajo la modalidad de selección de mínima cuantía, se pueden realizar las compras en las Grandes Superficies, que se encuentran en la Tienda Virtual del Estado Colombiano, siempre que su valor esté dentro de esta modalidad de selección, es decir que no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la Entidad Estatal
  • Contratación directa: Es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal contrata directamente con una persona natural o jurídica, la prestación de servicios profesionales, la prestación de servicios de apoyo a la gestión o la adquisición de un bien o servicio, que tenga un proveedor exclusivo o por ser titular de los derechos del mismo. Esta modalidad contractual también procederá en caso de urgencia manifiesta, contratación de empréstitos, contratos y convenios interadministrativos. Esta modalidad de selección es independiente de la cuantía del contrato a suscribir.
  1. ¿Cuál es la función de los decretos reglamentarios?
    • Los decretos reglamentarios son instrumentos para desarrollar las leyes
    • Los decretos reglamentarios que expide el presidente en función de su facultad reglamentaria son de carácter general, están subordinados a la ley que reglamentan y orientados a permitir su aplicación, es decir, que la función del presidente en su potestad reglamentaria radica en ejecutar actos administrativos dirigidos al cumplimiento del enunciado impreciso de la ley, es decir, debe generar los medios necesarios para hacerla cumplir eficazmente, para lograr hacerla operativa. La potestad reglamentaria tiene límites y estos límites están definidos en la ley que se reglamenta; su campo de acción está supeditado a ella y no se pueden traspasar en pro de que la ley pierda su sentido, no puede ejecutarse para alterar o modificar el contenido de la ley, y aún menos que el poder Ejecutivo pueda reglamentar materias cuyo contenido está reservado al Legislador, y es este el que tiene la capacidad jurisdiccional para cambiar, modificar, crear o concluir una ley. Si el presidente se excede en su facultad reglamentaria de la ley, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo el control de legalidad de los decretos reglamentarios respectivos, teniendo en cuenta que si estos rebasan su campo de aplicación deberán ser declarados nulos por inconstitucionales por el Consejo de Estado.
  2. ¿Qué son decretos compiladores?
    • El decreto compilatorio debe contener las leyes completas y únicamente pueden excluirse de la compilación las que han sido derogadas expresamente por la autoridad competente y no puede el Ejecutivo hacer interpretación normativa, ni excluir disposiciones redundantes (repetidas) y menos derogar leyes
  3. ¿Qué es el pliego de condiciones y cuál es su contenido?
    • El pliego de condiciones es un acto administrativo por medio del cual una entidad estatal establece las reglas a las cuales debe sujetarse todo aquel que desee participar en un determinado proceso de contratación con el estado. En relación con dicho acto es necesario realizar las siguientes precisiones:
    • Como lo ha explicado el Consejo de Estado, se trata de un acto prenegocial —anterior a la celebración del contrato estatal—, de carácter vinculante y obligatorio para la entidad estatal que lo expide por medio del cual la administración pública invita al ofrecimiento a los diferentes agentes del mercado para que le presenten propuestas en las condiciones fijadas en aquél

jurídica de una decisión administrativa, mediante los recursos de la vía gubernativa y la jurisdicción contenciosa administrativa.

  1. ¿Qué elemento esencial de la responsabilidad subjetiva debe ser probado para que esta se declare y además actúa como factor diferenciador entre esta y la responsabilidad objetiva?
  2. ¿Qué se requiere para la existencia y validez del acto administrativo?
    • El sujeto, la voluntad declarada legalmente, el objeto, los motivos, el fin, la forma, el mérito y la causa.
  3. ¿Cuáles son los principios que operan durante la selección del contratista en un proceso contractual público? Caracterice cada uno de ellos.
    • igualdad, transparencia, economía, celeridad, publicidad, responsabilidad, eficacia, eficiencia y buena fe, entre otros.
  4. ¿Cuáles son las causales que configuran la nulidad absoluta en un contrato público?
    • Ley 80/
  • ARTÍCULO 44. DE LAS CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA. Los contratos del Estado son absolutamente nulos en los casos previstos en el derecho común y además cuando:
  • 1o. Se celebren con personas incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la ley;
  • 2o. Se celebren contra expresa prohibición constitucional o legal;
  • 3o. Se celebren con abuso o desviación de poder;
  • 4o. Se declaren nulos los actos administrativos en que se fundamenten; y
  • 5o. Se hubieren celebrado con desconocimiento de los criterios previstos en el artículo 21 sobre tratamiento de ofertas nacionales y extranjeras o con violación de la reciprocidad de que trata esta ley.
  1. ¿Cuale son los tipos de actuaciones que configuran la responsabilidad de los servidores públicos?
  • https://www.contraloriadelmagdalena.gov.co/wp- content/uploads/2009/04/responsabilidad%20de%20los%20funcionarios%20publicos.p df
  • Patrimonial
  • Fiscal
  • Penal
  • Política
  • Disciplinaria
  1. ¿Cuáles son los recursos administrativos?
  • Reposición Apelación. Queja
  1. ¿Ante quiénes se interponen los recursos administrativos?
  • Reposición: Ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque, es decir, ante la Cámara de Comercio.
  • Apelación: si se interpone como subsidiario al recurso de reposición debe presentarse ante la Cámara de Comercio. Si se interpone directamente es ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
  • Queja: Es facultativo y puede interponerse directamente ante la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando se rechace por parte de la Cámara de Comercio el de apelación.
  • https://www.camarahonda.org.co/wp- content/uploads/2017/06/recursosadministrativo.pdf
  1. ¿Cuáles son las clases de nulidad que pueden configurarse en un contrato estatal?
  • https://sintesis.colombiacompra.gov.co/sintesis/8-etapa-contractual-nulidad
  1. ¿Clasifique las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la ley 80 del 1993?
  • http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0080_1993.html
  • Articulo 8
  1. ¿Cuál es el título de imputación del daño especial?
  • El daño especial como título jurídico de imputación de responsabilidad debe cumplir dos requisitos, debe tratarse de un daño anormal, es decir que aquel que supera las
  • Se llama imprevisión contractual o teoría de la imprevisión a la relacionada con extinción o modificación judicial de las obligaciones de un contrato conmutativo de ejecución sucesiva o diferida, basada en el hecho de haberse modificado sustancialmente las condiciones bajo las cuales se contrajeron.
  1. ¿Cuándo habrá lugar al restablecimiento del equilibrio económico o financiero de un contrato de carácter público?
  • Silencio administrativo positivo
  • Liquidación del contrato
  • El reajuste de precios, surgió como solución ante el hecho de que en aquellos contratos de tracto sucesivo o ejecución diferida, el solo transcurso del tiempo puede dar ocasión a que se presente un alza en el valor de los diversos items o rubros que conforman los precios unitarios, afectándolos de tal manera que el contratista va a incurrir en realidad en mayores costos de los presupuestados inicialmente, porque a la hora de ejecutar las obras o servicios, los materiales, equipos y mano de obra ya no valdrán lo mismo que valían en la fecha en la que se proyectó el presupuesto de la obra y se calcularon los costos de la misma
  1. ¿Cuál es el contenido mínimo de los pliegos de condiciones?
  • El pliego de condiciones es un acto administrativo por medio del cual una entidad estatal establece las reglas a las cuales debe sujetarse todo aquel que desee participar en un determinado proceso de contratación con el estado. En relación con dicho acto es necesario realizar las siguientes precisiones:
  • ' 1.- Una descripción técnica, detallada y completa del bien o servicio objeto del contrato: conforme se explica en el capítulo relativo al principio de la planeación, la entidad debe tener plena certeza acerca del bien o servicio que pretende contratar, de modo que en el pliego de condiciones, a los efectos de que los participantes en el proceso puedan formular sus ofertas de manera adecuada, la entidad debe incluir una descripción detallada del objeto a contratar junto con todas las especificaciones técnicas que correspondan.
  • ' 2.- La modalidad de contratación: Al igual que en el acto de apertura del proceso de selección, a partir de la determinación del proceso de selección que corresponde adelantar luego de realizados los estudios previos, la entidad debe indicar en el pliego de condiciones cuál es la modalidad de selección que aplicará para llevar a cabo el

proceso de contratación estatal (aquellas fijadas en el art. 2° de la Ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos, reglamentadas por el Decreto 1510 en sus arts. 38 a 87)

  • ' 3.- Los criterios de selección: Una vez la entidad estatal ha determinado la necesidad que pretende satisfacer así como el objeto del contrato y la modalidad de selección que corresponde, luego del agotamiento de la etapa previa de planeación, debe determinar los criterios o factores de escogencia de las ofertas con fundamento en los cuales evaluará y calificará las propuestas de aquellos oferentes habilitados con el propósito de seleccionar la más favorable para la entidad y los fines que ella persigue (art. 5°, ley 1150 de 2007.
  1. ¿Cuál es la definición y las características de la licitación pública?
  • Es un proceso participativo por el cual se busca adquirir mejores condiciones de compra convenientes para un determinado proyecto u obra. Se da un concurso entre proveedores, para otorgarse la adquisición o contratación de un bien o servicio requerido por una organización. En este proceso formal las partes contratantes invitan a los interesados a que, sujetándose a las bases fijadas en el pliego de condiciones, formulen propuestas de las cuales se seleccionará y aceptará (adjudicación) la más ventajosa, con lo cual quedará perfeccionado el contrato. Durante el proceso licitatorio se siguen determinados requisitos legales que hacen validez del acto y estos requisitos legales tienden a asegurar la mayor transparencia, legalidad y legitimidad del mismo, asegurando la más libre concurrencia y la igualdad entre los oferentes.
  • http://www.aplicaciones-mcit.gov.co/cincopasos/c2.html
  1. ¿Cuál es la definición de daño antijurídico?
  • El daño antijurídico no es mas que aquel daño que la víctima no está en el deber jurídico de soportar, pues no existe o no se presenta ninguna causal que justifique la producción del mismo por parte de la administración, razón por la cual deviene en una lesión patrimonial injusta.
  1. ¿Cuáles son los elementos de la responsabilidad extracontractual del estado?
  • el daño, el hecho generador del mismo y un nexo de causalidad que permita imputar el daño a la conducta (acción u omisión) del agente generador