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el ITER CRIMINIS COMO LA CONDUCTA DEL DELITO
Tipo: Monografías, Ensayos
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En el mimo sentido alude ZAFFARONI, el iter criminis recorre desde la decisión que el autor toma, en su esfera interior, hasta el agotamiento de la ejecución del delito. En este camino se dan sucesivos momentos cronológicos, como la concepción, decisión, preparación, comienzo de ejecución, culminación de la acción típica, acontecer del resultado típico y agotamiento del hecho. En efecto, el iter criminis , es el camino del delito, es decir, es la génesis en que aparece en la psique del agente la idea o pensamiento hasta el momento en que se lleva a exteriorizar o concretar el hecho punible.
aparecen con la exteriorización del pensamiento humano mediante conductas que tienen una determinada finalidad[9]. Los actos de ejecución, que representa el límite superior en la fase externa del iter criminis , si carece de relevancia penal, es decir, son punibles las conductas concretas o exteriorizadas como tal. c) Consumación.- Según FIANDACA y MUSCO, el concepto de consumación expresa técnicamente la completa realización de todos los elementos constitutivos de una variedad delictiva, esto es, cuando el hecho completo corresponde enteramente al modo legal delineado en la norma penal en cuestión. En el mismo sentido ALCÓCER, la consumación surge cuando se cumple totalmente los requisitos exigidos por el tipo. No obstante, este momento no solo debe comprenderse desde una visión estrictamente formal, sino también material. En efecto, la consumación es relevante para el Derecho penal y, por consiguiente, son punibles, al respecto BRAMONT-ARIAS, distingue dos tipos de consumación:
de ejecución (tentativa) – consumación – agotamiento. Este último es irrelevante para el Derecho penal, dado que el fin de la conducta se ha concretado como tal. Bibliografía y Referencias ALCÓCER POVIS, Eduardo. Introducción al Derecho Penal – Parte General, Jurista Editores Lima, 2018 BRAMONT-ARIAS TORRES. Luis Miguel, Derecho Penal – Parte General, Eddili, Lima, 2006 MAURACH, Reinhart. Tratado de derecho penal, traducido por Juan CÓRDOVA RODA, T.II, Ediciones Ariel, Barcelona, 1962 MORENO TORRES, María Rosa. La tentativa de delito en la legislación penal española, En: Teoría del delito, Instituto Pacifico, Lima, 2015
«Los escalones del camino del delito» Autor: Diego Valderrama Macera
Artículo 255.- Fabricación o introducción en el territorio de la República de instrumentos destinados a la falsificación de billetes o monedas
Artículo 296.- Promoción o favorecimiento al Tráfico Ilícito de Drogas y otros
El camino del delito se compone de dos fases i) fase interna y ii) fase externa, esta división permite advertir los momentos en los cuales transita el delito desde el pensamiento hasta la realidad (ideación, deliberación, resolución) y luego (actos preparatorios, de ejecución, consumación y agotamiento) El derecho penal no puede sancionar lo que ocurre en el fuero interno de las personas, lo contrario significaría atentar contra la libertad individual de la persona humana; por ello se dice que: «el pensamiento no delinque» El iter criminis no es plenamente aplicable a todos los delitos en el sentido de identificar de manera pausada cada escalón puesto que existen consumaciones que se dan prácticamente con una fase interna muy breve o fugaz. Así mismo encontramos otra excepción respecto a los actos preparatorios pues excepcionalmente encontramos algunos de estos tipificados como delito en la norma penal.