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pequeño cuadro de derechos y obligaciones para trabajadores menores de edad
Tipo: Apuntes
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En algunas regiones es permitido el trabajo para mayores de15 años en el caso de Costa Rica y para mayores de 14 años en los demás países de Centroamérica y República Dominicana. Esto, si se garantiza la salud, la seguridad y el desarrollo moral de los/las adolescentes, y siempre que hayan recibido alguna formación que los capacite para el puesto. Sin embargo, hay trabajos que son prohibidos para menores de 18 años, debido a que resultan peligrosos para la salud, la seguridad o el desarrollo moral de la persona.
Libertad de trabajo, artículo 5o. constitucional. Los menores trabajadores tienen una jornada Especial de seis horas diarias que debe dividirse en periodos máximos de tres horas; entre cada periodo de la jornada se les deberá conceder un reposo de una hora, por lo menos (artículo 177). Igualdad en el trabajo, articulo 86 LFT Quedan prohibidas: las labores insalubres o Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas. (artículo 175) peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años Los menores de 16 años tienen derecho a un Periodo anual de vacaciones pagadas, como mínimo de 18 días laborables (artículo 179). Los menores de edad que tengan más de dieciséis años tendrán capacidad legal para prestar servicios, percibir el sueldo correspondiente y ejercitar las acciones Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones Distribuir el trabajo a fin de que dispongan del tiempo necesario para cumplir sus programas escolares Proporcionar a las autoridades del trabajo los informes que soliciten. Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo
derivadas de la presente ley. Cuando los menores tengan más de seis meses de servicio, disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones, de 10 días laborables (artículo 30) La Ley prohíbe las horas extras para los menores de edad. Carrillo Ledezma Jehieli Sarahi Pérez Méndez Rocío Furrusca Salinas José Andrés EQUIPO: 5 Grupo: 7A