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El voto como mecanismo de participación ciudadana, historia. Trabajo de revisión de páginas web.
Tipo: Resúmenes
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El origen del sufragio se remonta en principio a la “Patria Boba”, esta se da en los años de 1810 al 1816, en esta época el sufragio era indirecto y público, y además de muy poca participación. El gobierno le confía a la Representación nacional específicamente al presidente y a dos consejeros; se designó presidente de Cundinamarca a don Jorge Tadeo Lozano, en calidad de vicegerente. La representación nacional estaría compuesta por una Cámara de diputados o de representantes, de 19 miembros elegidos por colegios electorales, y un Senado de 5 miembros encargados de la defensa de la constitución. Apenas se consagra en la Constitución de este año y luego en las de 1815 y 1821, aunque desde las guerras de la Independencia los patriotas lucharon por el derecho a elegir. En este entonces quedaron excluidos del derecho al voto los esclavos, los analfabetas, las mujeres y los pobres. Además el derecho al voto se daba entre las clases más favorecidas así que aquí en este momento de la historia el voto no es muy democrático aun y la edad para ejercerlo era a los 25 años En la Nueva Granada Se prendió el ambiente liberalita además se le dio inicio al federalismo. Se eliminó la esclavitud, se extendió el sufragio a todos los hombres mayores de 21 años, y se impuso el voto popular directo para elegir congresistas, gobernadores y magistrados, se estableció la libertad administrativa y la libertad religiosa, lo más importante en este periodo fue que se terminó la personalidad jurídica de la Iglesia Católica. El sufragio indirecto en Colombia se prolongó en el tiempo para la elección de senadores y Presidente de la República; sin embargo, desde la mitad del siglo XIX se hace en forma directa para los representantes a la Cámara, las Legislaturas Estatales o Asambleas Departamentales y para las corporaciones municipales. La elección de senadores fue siempre indirecta hasta los comicios de 1947, con excepción del “veranillo” de 1853-1859 y de algunos estados federales en los que no eran acordados por legislaturas. Desde la “Regeneración” hasta los comicios de 1943 los senadores fueron nombrados a través de las Asambleas Departamentales, y antes de 1851, por colegios electorales o asambleas
cual seleccionaba dos representante, en el Colegio de la Provincia elegía senadores, representantes y gobernador de la misma. en la Provincia de Antioquia en 1812, cada cabildo o departamento de la provincia elegía un senador provisional. CAMINO A LA PAPELETA COMO SISTEMA DE VOTACIÓN El sufragio fue público hasta la reforma de 1853 y desde entonces hasta hoy ha sido formalmente secreto. Las normas de 1855 y 1856 prescriben la utilización de las “boletas” o papeletas, las cuales deben ser “impresas o manuscritas y se encerrarán en una cubierta de papel blanco, de modo que pueda cerrarse en forma de carta”. Cada elector depositará en la urna electoral, que era una caja e madera. La Constitución de este año -tras muchos enfrentamientos durante el siglo XIX entre quienes defendían el derecho al voto de todos y quienes decían que debía ser exclusivo de los ricos y de los que sabían leer y escribir- amplió el sufragio a hombres de más de 21 y a los descendientes de los esclavos. A partir de 1853 las elecciones dejaron de ser públicas en lo concerniente a los sufragantes primarios, y se hacen desde ahí de forma secreta, y siempre con la utilización de papeletas que se depositaban en urnas electorales; vigiladas por jurados electorales, el día de los respectivos comicios en el comienzo de la utilización de la papeleta y urnas la cantidad de personas por la cal se votaba era del doble. En el Federalismo se voto por un número equivalente al doble de escaños a proveer. Durante la Regeneración y hasta el final de la hegemonía conservadora (1886-
quienes quieren usurparlo,”Deben pensar cómo votar de acuerdo con sus intereses y sus razones, no vender el voto ni entregarlo por un favor pues así sólo se perpetúa la corrupción y los vicios que perjudican a toda la sociedad.” (Antanas Mockus) DERECHOS ELECTORALES DE LAS MUJERES Colombia fue uno de los últimos países de América Latina en concederles derechos políticos a las mujeres. En el año de 1957 durante el gobierno de Gustavo Rojas, no se realizaron elecciones si no hasta el plebiscito de ese año, donde las mujeres de Colombia por primera vez obtuvieron derechos electorales, así el derecho al sufragio electoral, cobijó a todos los hombres y mujeres mayores de 21 años. Un primer acto era concederles el derecho a la cédula de ciudadanía y se determinó que el número de identificación de las mujeres fuera superior al 20 millones. Entonces el primer documento, expedido bajo el número 20.000.001 fue asignado a doña Carola Correa, esposa de Gustavo Rojas, y el número siguiente se le entregó a su hija, María Eugenia Rojas. Hay que tener en cuenta que el voto femenino fue aprobado por intereses electorales, ya que en ese año Gustavo Rojas cayó del poder el 10 de mayo de 1957 y los partidos políticos Liberal y Conservador pactaron el llamado Frente Nacional, que permitía la alternación de ellos en el poder presidencial y el reparto paritario y milimétrico de los cargos públicos. Esa decisión política debía refrendarse mediante una reforma constitucional y para entonces se acordó el llamado "plebiscito" que legitimó el acuerdo político. A este importante logro femenino lo antecedió un debate sobre la igualdad de condiciones para las mujeres y la participación como nuevos sujetos políticos, esto aconteció en el año de 1930 en Bogotá, el IV Congreso Internacional Femenino, que fue patrocinado por la nueva República Liberal, donde las mujeres pronunciaron por primera vez el lema “Compañera, pero no Sierva”. Este fue quizá el más importante punto de partida, en la lucha de las mujeres por conseguir les sea reconocida la plena ciudadanía. Pasaron más de tres décadas para conseguir les fueran reconocidos plenos los derechos ciudadanos, sociales y políticos. En el Acto Administrativo N°3 de la Asamblea Nacional Constituyente, se aprueba la ley que les permite a las mujeres votar, pero el derecho a ejercerlo fue hasta el 1 de Diciembre de 1957, en el plebiscito que fue desarrollado para aprobar las reformas legislativas de Gustavo Rojas y sellar el pacto del frente nacional, de este modo las mujeres “Votaron Para Poder Votar”. Hasta entonces logran las
El voto o sufragio es un derecho, acto por el cual el pueblo manifiesta su voluntad de designar autoridades que gobernarán. Como se encuentra estipulado en la Constitución política de Colombia de 1991: Artículo 103. “…Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará.” Características del voto: ES UNIVERSAL, porque es para todos los ciudadanos. ES SECRETO, porque no revela su identidad, nadie sabe por quién vota solo el votante. ES LIBRE, cada quien apoya a su candidato con sus razones de libre albedrió. ES INTRISECO, a cada ciudadano. Pasos para votar: Inscribir su cedula en el puesto de votación. El día de votación deberá acercarse a la mesa asignada. Solicitar los tarjetones electorales. Una vez marcados son llevados a la mesa de votación y llevados a la urna. Estímulos para los votantes: Sí. La ley reconoce que la participación ciudadana a través del voto, pese a no ser obligatoria, es positiva para la vida democrática del país. En esa medida, la legislación contempla beneficios para premiar a quienes participen en los sufragios, como son: Concursos de ingreso a instituciones de educación superior, procesos de selección en entidades públicas y adjudicación de becas, predios rurales y subsidios de vivienda. Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar si se trata de auxiliares de Policía o soldados bachilleres, o de dos meses cuando corresponda a soldados campesinos o regulares. Descuento del 10% en el valor de la expedición o duplicado del pasaporte, la libreta militar, el pasado judicial y la cédula de ciudadanía.
Descanso remunerado durante media jornada de trabajo, en razón al tiempo empleado en el ejercicio del sufragio. Delitos Electorales. Perturbación electoral. Constreñimiento al electo. Corrupción al elector. Voto fraudulento. Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédulas.