

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
jwdhdahjcbcucdhkcndiefekNCDFGDJF
Tipo: Monografías, Ensayos
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
LUIS KARLO MORENO RAMOS 1970263 GPO: 055 DERECHO FISCAL
lOMoAR cPSD|
Planteamiento de la demanda. La demanda debe cumplir los requisitos del artículo 61 del CPCYM por aplicación supletoria artículo 185 del Código Tributario Si el demandado nocomparece a juicio no seopone ni interponeexcepciones. Art. Codigo Tributario Audiencia al demandado Se da audiencia al ejecutado por 5 días para que se oponga a la demanda o haga valer sus excepciones. Art. 174 Codigo Tributario El demandado se oponea la demanda o plantea excepciones. Art. 176 Codigo Tributario Se da audiencia a la administración tributaria por 5 días Art. 175 Codigo Tributario Sentencia (15 días) Vencido el plazo para oposición o vencido el plazo de la prueba. Art.178 Codigo Tributario y 142 de la Ley del Organismo Judicial Prueba Se puede abrir a prueba por un plazo de 10 días. Art. 176 Codigo Tributario