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El estatuto de la SOCIEM-UPSJB, una organización sin fines de lucro que busca promover la investigación médica entre los estudiantes. Abarca temas como denominación, objetivos, membresía, organización y gobierno. Ofrece una visión detallada de su estructura y funcionamiento, de interés para estudiantes, investigadores y académicos.
Tipo: Monografías, Ensayos
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Lima, Perú ,
ESTATUTO V EDICION
ESTATUTO V EDICION
Nosotros, la Sociedad Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Privada San Juan Bautista (SOCIEM - UPSJB), miembro de la Sociedad Científica Médico Estudiantil Peruana (SOCIMEP), y de la Federación Internacional de Asociación de Estudiantes de Medicina - Perú (IFMSA - PERÚ), teniendo como alma mater a la Universidad Privada San Juan Bautista. Somos conocedores respecto a que tanto nuestra profesión como nuestro país necesita enriquecerse de nuevos conocimientos únicamente obtenibles a través de la investigación científica. Con la finalidad de formar una institución de excelencia, con una estructura sólida e integral, que promueva la investigación científica y asegure la calidad académica en beneficio de nuestros miembros y generaciones posteriores establecemos el presente estatuto. ESTATUTO V EDICION
I. La SOCIEM-UPSJB se declara una institución científica de carácter local, apolítica, sin fines de lucro, exenta de todo tipo de discriminación. II. La marcha de la SOCIEM UPSJB se encauzará dentro de un espíritu de orden y disciplina a través de sus miembros, bajo el régimen estricto del Estatuto y con acatamiento del mandato de la asamblea. III. Todo miembro de la SOCIEM UPSJB tiene el deber de desarrollar investigaciones originales, para así generar nuevos conocimientos, cumpliendo con una de las funciones principales de los estudiantes universitarios. IV. La investigación científica tiene como objetivo contribuir con la ciencia, y mediante sus resultados contribuir con la sociedad. V. La investigación científica debe desarrollarse en ejercicio pleno de la libertad intelectual, pero dentro de las normas de la ética profesional. VI. El investigador debe ser una persona de excelente formación académica, humanística y social. ESTATUTO V EDICION
La sociedad científica es una organización apolítica y sin fines de lucro denominada “Sociedad Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Privada San Juan Bautista” cuya representación en siglas es “SOCIEM-UPSJB”. Esta se regirá por el presente estatuto, reglamento interno y las buenas costumbres. ARTÍCULO 2 Para lograr sus fines, la Sociedad buscará la colaboración de entidades estatales y privadas, sean estas de índole nacional o internacional. ARTÍCULO 3 La Sociedad tiene una vigencia indefinida, pudiendo disolverse cuando haya cumplido sus objetivos o cuando lo decida la Asamblea General conforme al estatuto y reglamento. Inicia sus actividades acorde a la fecha de la Constitución. Propuesta en una Asamblea General Extraordinaria (AGE) y avalada en una Asamblea General Ordinaria (AGO). ARTÍCULO 4 Son fines de la sociedad: a. Estimular, promover y difundir entre los estudiantes de medicina de la Universidad Privada San Juan Bautista la ESTATUTO V EDICION
intercambios profesionales. d. Así mismo capacitar, realizar eventos a nivel nacional e internacional, recibir donaciones de acuerdo a las medidas aceptadas por ASAMBLEA mediante aprobación por mayoría absoluta. e. Para el cumplimiento de los objetivos es necesario solicitar por intermedio del presidente de la Junta Directiva el apoyo a diversos organismos o instituciones nacionales internaciones. ARTÍCULO 6 La Sociedad estudiantil denominada “Sociedad Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Privada San Juan Bautista” representada mediante las siglas “SOCIEM-UPSJB”, a través de su presidente, está capacitado para ejercer toda clase de acciones, operaciones civiles, administrativas y bancarias relacionadas con su misión, patrimonio y naturaleza no lucrativa, interpretándose esta declaración en el sentido más amplio. ESTATUTO V EDICION
Son Miembros de la Sociedad Estudiantil denominada “Sociedad Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Privada San Juan Bautista” cuya sigla es “SOCIEM - UPSJB”, todos los estudiantes de pre-grado correctamente matriculados en la Escuela profesional de Medicina Humana de la Universidad Privada San Juan Bautista dedicados a la investigación científica, los cuales deben estar registrado en la base de datos de SOCIEM - UPSJB y no pertenecer a otra asociación (afiliada a IFMSA o SOCIMEP), gremio estudiantil u organización política no avalada por la Universidad Privada San Juan Bautista. También se considerará como miembro a todo estudiante de medicina que haya culminado XII ciclo en el primer semestre académico del año, o que esté en proceso de titulación. *El Proceso de titulación debe de avalarse mediante copia de trámite documentario en grados y títulos. ARTÍCULO 8 La sociedad está integrada por CUATRO (4) tipos de miembros: a. Miembro primero SOCIEM-UPSJB: Es aquel estudiante de la carrera profesional de medicina humana que cumple correctamente con:
Son OBLIGACIONES de los miembros: a. Cumplir con las normas del estatuto y reglamento. b. Cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de las Asambleas Generales. c. Desempeñar a cabalidad las funciones que se les encomienden. d. Informar por escrito a PRESIDENCIA y FISCALIA cualquier irregularidad que se pueda presentar. e. Cumplir con el pago de membresía según categoría de miembro: Miembro primero: S/.15.00. Miembro Ordinario: S/10.00. Miembro Titular: S/5.00. f. Participar constantemente en las actividades de los diferentes comités permanentes activos en calidad de asistente y participar en al menos una Asamblea General Ordinaria (AGO) después de su certificación como miembro. g. Culminar con el protocolo de investigación con el que postuló a la certificación de miembro en el tiempo de vigencia de su membresía. h. Aprobar el examen de estatuto y reglamento interno de SOCIEM-UPSJB. i. Asistir a las Asambleas y reuniones de SOCIEM-UPSJB. ARTÍCULO 10 Son DERECHOS de los miembros: a. Derecho a recibir código de filiación a la SOCIEM – UPJSB. b. Participar en Asambleas y reuniones de la SOCIEM-UPSJB. c. Participar en la elección de miembros del Consejo Directivo (CD) y Junta Directiva (JD) de la SOCIEM-UPSJB. d. Sólo los Miembros Titulares y Ordinarios tienen DERECHO A VOZ ESTATUTO V EDICION
máximo TRES (03) autores en su producción científica. c. Miembro titular:
c. Por cometer delitos, actos graves y/o deshonestos o por tratar de obtener beneficios económicos y/o personales a expensas de la sociedad. d. Por atentar contra el patrimonio de la sociedad o de sus miembros. e. Por expresar públicamente una opinión contraria a los fines que persigue la sociedad. f. Por usurpar cargos o funciones no atribuidas, por realizar o participar en cualquier acto que perjudique la buena imagen de la sociedad. g. Por realizar actos de mala conducta ética e integridad científica. h. Por mantener deudas impagas con la SOCIEM-UPSJB y no mostrar intención de regularizar su deudaº. i. Por mantener hasta 03 membresías mensuales impagas. j. Por muerte *** La SOCIEM-UPSJB podrá dar un plazo máximo de 02 meses para la regularización de la deuda, de exceder ese plazo el miembro será retirado de la sociedad, no pudiendo reincorporarse hasta cancelar la totalidad de la deuda. º Se admitirá como máximo en calidad de deuda la cantidad de S/100, ó lo que equivale a XX membresías mensuales.* ESTATUTO V EDICION