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En este ensayo encontraremos la evolución del derecho contitucional asi como algunas responsabilidades de los servidores publicos
Tipo: Apuntes
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Organización del México independiente De la Colonia durante el último siglo de ese periodo, había en la Nueva España un criollismo muy desarrollado; hijos o descendientes de españoles que habían generado un profundo sentido de pertenencia a la América septentrional y, además, un desprecio hacia los españoles que poseían las riquezas en la Nueva España. Fue una de las causas que motivo la guerra de independencia. Los criollos tenían una ideología libertaria y los españoles trataban de hacer valer su predominio, a través de un carácter conservador (Corona e iglesia católica). Los criollos se sentían sometidos e vituperados por los españoles. Desde el punto de vista cultural e ideológico, en la corriente criolla de la América septentrional, existía una fuerte influencia de la Ilustración y el enciclopedismo. Todo esto tuvo una fuerte influencia en nuestro país. Don Miguel Hidalgo y Costilla nunca planteó una formalización estructural para el naciente Estado mexicano. Por ejemplo en el Decreto de Hidalgo por el que se ordena la devolución de tierras a los pueblos indígenas, fechado en el Cuartel General de Guadalajara, el 5 de diciembre de 1810, en el observamos un alto contenido libertario y el reconocimiento de justicia social. El 6 de diciembre de 1810 en Guadalajara, Hidalgo emite otro decreto contra la esclavitud, las gabelas y el papel sellado, el cual incluye un proemio muy interesante donde alude a una serie de ordenanzas para la nación mexicana, a través de cuatro declaraciones especificas relativas a la libertad, la esclavitud y el cese al pago de tributos de castas, se declara que todos los negocios judiciales y documentos legales se traduzcan a la ley común. Al analizar esos documentos observamos que tienen una fuerte influencia de naturaleza independentista y una fuerte identificación con la población. En la segunda parte del movimiento de Independencia se procuró organizar jurídica y políticamente a lo que con posterioridad sería México. Una vez que fallece Miguel Hidalgo y Costilla, el líder natural del movimiento revolucionario de Independencia es José María Morelos y Pavón, quien concibió y proyectó importantes documentos de carácter constitucional que sirvieron para la estructuración política y jurídica de la emancipación de México.
Se formó una especie de Asamblea Constituyente denominada Congreso de Anáhuac. Asamblea que se reunió el 6 de noviembre de 1813 y en la que se expidió el acta solemne de la declaración de la Independencia de América septentrional. Se declara la disolución definitiva del vínculo de dependencia del trono español. La Constitución de Cádiz de 1812 y su influencia en la nueva España. La Constitución de Cádiz es el documento español de carácter liberal que tuvo mayor influencia en la Nueva España. Los ilustrados españoles tuvieron algunos triunfos en el siglo XVIII y, la culminación de éstos fue la expedición de la Constitución de Cádiz del 19 de marzo de 1812. Fue el resultado de un proceso histórico y de una serie de concesiones que tuvieron los liberales españoles frente a Carlos IV. Durante la expedición de ese documento, el cual fue precedido por una serie de acontecimientos en la Nueva España, ya que el movimiento de Independencia estaba avanzando. En aquel entonces, España era invadida por Francia la abdicación de Fernando VII, trajo consigo la exaltación al trono por parte de José Bonaparte. Los propios criollos que estaban auspiciados por el virrey Iturrigaray, quien declara que dicha abdicación es nula. Los criollos tienen una fuerte reacción, sobre todo en el cabildo de la Ciudad de México, donde se convoca a una junta de grandes personalidades y ellos -con gran predominio criollo- exigen que se reasuma la soberanía. En la reunión, destacó la participación del licenciado Francisco Primo de Verdad quien firmó que al haber desaparecido el gobierno legítimo español, el pueblo sería la fuente y original de la soberanía, por lo que se debía de recurrir, precisamente a la propia soberanía y depositarla en un gobierno provisional. Tuvieron verificativo nuevas reuniones, hasta que más tarde se formó un Consejo de Regencia en España y este Consejo en 1809 nombró como virrey de la Nueva España al Arzobispo Lizana y Beamount, dado que el anterior virrey era de carácter definitivamente libertario. En la Nueva España los ilustrados ya habían convocado a un Congreso Constituyente, con la idea de introducir las sendas del constitucionalismo moderno. En la Península Ibérica había una corriente modernizadora,
Plan de Iguala, Los Tratados de Córdoba de 1821 y sus ideas fundamentales. El gran ideólogo y líder nato de nuestro movimiento de Independencia fue Morelos. A la muerte del generalísimo, era previsible que el movimiento pasara por un periodo muy difícil. Aparece la figura de Francisco Javier Mina, pese a la brevedad de su lucha, su contribución a la causa fue importante, incluso, en lo simbólico. Fue fusilado, volviendo con ello, a tener el movimiento una etapa difícil. Hacia 1820, quien hubiera sido jefe realista, Don Agustín de Iturbide, se une a los insurgentes, pacta diversos acuerdos que le van a dar a nuestra patria la Independencia. Negocia fundamentalmente con Vicente Guerrero y, como resultado de ello, tiene verificativo el Plan de Iguala. Dicho Plan, expedido el 24 de febrero de 1821, contiene los principios fundamentales para la Independencia de nuestro país. La constitución Federal de 1824 y las ideas fundamentales de los constituyentes. En los tres primeros años de nuestra patria, es que en el interior del país se empezaron a dar movimientos que tendían a la autonomía de algunas regiones. Las provincias centroamericanas, definitivamente se independizaron de México, con excepción de Chiapas. En otros estados existían inquietudes en favor de adquirir una mayor autonomía, (Yucatán, Jalisco, Querétaro, Guanajuato, Oaxaca, Zacatecas y Michoacán). Un aspecto importante en la discusión política, era establecer la forma de Estado que respondiera a estos fenómenos y, también, coincidiera con la ideología que tuviese mayor predominio en el Estado naciente. Se logró abandonar la idea del establecimiento de la monarquía como forma de Gobierno. La discusión de ahora en adelante se centraba en definir si habría que constituirse en una República federal o bien en un sistema unitario. Lorenzo de Zavala, menciona que los legisladores participantes en la Constitución de 1824 tenían como ejemplo al modelo norteamericano.
Reunido el primer Congreso, el 21 de mayo de 1823, resulta natural que no únicamente se haya señalado que la nación mexicana adopta para su gobierno la forma republicana, representativa y popular, sino que también se haya inscrito que se trataba de una República federal. La adopción de nuestro sistema federal, fue, una necesidad y la estrategia para mantener unido aquello que corría riesgo de desagregarse. Se expidió el "Acta Constitutiva de la Nación Mexicana" el 31 de enero de
Leyes constitucionales de 1836 y bases orgánicas de 1843 Postulados y principios El primer episodio importante de la lucha entre los partidos imperantes (el liberal y el conservador) se desarrolló de 1832 a 1834. La administración del vicepresidente Gómez Farías, que ocupaba el cargo de presidente en ausencia de Santa Anna, se propuso emprender diversas reformas eclesiásticas y militares. Evidentemente, hubo una reacción muy fuerte de los conservadores. Tuvo como consecuencia la paralización de las reformas que estaba realizando Gómez Farías. Santa Anna depone a Gómez Farías y suspende la legislación reformista que había iniciado en abril de 1833. El Congreso Federal se reunió en 1835 con mayoría de conservadores y se atribuyeron facultades de Congreso Constituyente. Todas las facultades extra constitucionales necesarias para hacer, a la Constitución de 1824, alteraciones que creyera conveniente. Prepararon la Ley de Bases para la Nueva Constitución que fue aprobado el 2 de octubre y publicada al día siguiente, se adoptó el régimen centralista y se ensayó una nueva técnica constitucional; en lugar de confeccionar una nueva ley fundamental, se prefirió expedir leyes constitucionales. La primera ley fue promulgada el 15 de diciembre de 1835 y establecía quiénes eran mexicanos, cuáles eran sus derechos y obligaciones, cómo se perdía la calidad de mexicano, quiénes eran ciudadanos y cómo se perdía la ciudadanía
la integración del Congreso Constituyente en 1842, con lo cual favoreció a los liberales de corte moderado. Este Congreso Constituyente dio a luz el proyecto de reformas del 1842. En 1843, se formularon las Bases Orgánicas de la República Mexicana. Se establece la supresión del Supremo Poder Conservador y se le da mayor fuerza al Ejecutivo. se ratifica la división territorial en departamentos dependientes del gobierno central y se establece la intolerancia religiosa, así como el condicionamiento del derecho a la ciudadanía, al goce de una renta anual determinada ya la necesidad de una renta elevada para ocupar cargos públicos, la ratificación de fueros: clero y ejército. Las Bases de 1843 no fueron la solución. Recrudecieron los brotes de violencia y levantamientos contra Santa Anna y el General L. Herrera lo logró derrotar en
El liberalismo y la constitución de 1857 Conforme se iba perfilando el siglo XIX se acentuaron más las diferencias entre las dos grandes corrientes ideológicas que pugnaban por su hegemonía (Liberalismo y el conservadurismo). La lucha independiente y la definición de la mexicanidad tenía mucho mayor identificación con el liberalismo, en cierta medida, el conservadurismo mexicano implicaba la mentalidad, las actitudes y los privilegios que prevalecieron en la Colonia; además, el conservadurismo implicaba una fuerte sujeción con la iglesia católicas y con la aristocracia pro europea. El liberalismo mexicano parte de muchos elementos propios, también es evidente que tiene una fuerte influencia de la Ilustración y, del Enciclopedismo. La mentalidad liberal, se identifican con una lucha por la mexicanidad, pero una mexicanidad que partía de principio que separaban las cuestiones clericales, en general, de las cuestiones civiles y del Estado. En 1854, se inicia el último gran movimiento conservador en nuestra patria. Durante ese año se ubica en el poder el dictador Santa Anna, quien tenía en
torno a él una especie de procónsules, que eran los gobernadores, los comandantes generales y otras tantas columnas de la dictadura militar. Contra este poder del dictador se levanta un movimiento revolucionario de gran relevancia, la Revolución de Ayutla. El 1 de marzo de 1854, el coronel don Florencio Villareal proclama en Ayutla un plan revolucionario, por el cual se desconoce a Santa Anna y se establece una Junta representativa que nombraría un Presidente interino, el cual a su vez, tendría facultades para convocar a un Congreso Constituyente. El coronel don Ignacio Comonfort se adhiere a dicho plan en el puerto de Acapulco, acto que es secundado por Juan Álvarez y otro. El Plan de Ayutla, es el origen del Constituyente de 1856-1857, que va a traer consigo la Constitución liberal de 1857. Santa Anna pretende establecer una especie de plebiscito para poder continuar en el poder, sus esfuerzos son infructuosos y en 1855 acepta salir del poder. Propone para su salida, quedaría establecido un triunvirato que lo reemplazaría. Compuesto por el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y los Generales Mariano Salas y don Martin Carrera. El grupo conservador no se dio por vencido y organizó el Plan de San Luis Potosí, que si bien fue un movimiento que puso en riesgo al Partido Liberal, ya nadie podía detener la fuerza de los liberales. Había triunfado el liberalismo, más bien por la fuerza de la opinión pública, que por la fuerza de las armas. Se desarrolló una terrible lucha durante 1854 y 1855. Por todos los medios Santa Anna y los conservadores combatieron a los levantados en Ayutla. El 4 de octubre de 1855 se designó como Presidente de la República al General Juan Álvarez. Él integró su gabinete -en su mayoría- con liberales puros, entre los que figuraban Melchor Ocampo (Relaciones Exteriores), Benito Juárez (Justicia) e Ignacio Comonfort (Secretaria de Guerra). Se publica la convocatoria para la reunión del Congreso Constituyente, que ordenaba el Plan de Ayutla. Bajo el gobierno de Juan Álvarez, se promulga el 23 de noviembre de 1855, la Ley sobre la Administración de Justicia, que
El 15 de julio de 1867 entra a la Ciudad de México Benito Juárez, restablece la Constitución de 1857, y aplica las Leyes de Reforma. A la muerte de Juárez lo sucede Sebastián Lerdo de Tejada. El congreso constituyente de 1916- Con el paso del tiempo, se agudizaron las desigualdades económicas y sociales; y la inconformidad contra el gobierno de Díaz iba creciendo, también Díaz se debilitaba en su forma de gobernar. Las inconformidades eran más notorias, contra la falta de democracia y las severas injusticias sociales. Fueron muy recurrentes los artículos en prensa contra el gobierno, principalmente, del periódico llamado Regeneración. Se crea el Partido Liberal Mexicano, lanza su manifiesto el 1 de julio de 1906 en San Luis Missouri. Se proponen reformas políticas y reivindicaciones sociales. Al interior del régimen de Díaz se empezaban a generar fracturas, José Ives Limantour, se encontraba en enfrentamiento con Bernardo Reyes. Se esperaba un cambio, sobre todo después de la entrevista que sostiene Díaz con el periodista James Creelman, en la cual, el general acepta que vería con agrado la formación de otras fuerzas políticas. En 1910 aparece un libro de Francisco L Madero que tuvo un gran impacto, intitulado “La Sucesión Presidencial”. Porfirio Díaz se vuelve a postular en
Madero. El General Porfirio Díaz abandona el país por Veracruz a bordo del buque Ipiranga rumbo a Francia. Durante el interinato de León de la Barra surgieron diversos partidos políticos con diferentes tendencias. Madero obtiene el triunfo en las elecciones, teniendo como vicepresidente a José Ma. Pino Suárez. Surgieron nuevos movimientos; Zapata en Morelos emite el Plan de Ayala que busca llevar a la práctica la Reforma Agraria, por otra parte Orozco, en el norte del país, convoca a un movimiento, a éste se unieron las insurrecciones de Pérez Frías y Bernardo Reyes. En febrero de 1913 militares encabezados por el General Manuel Mondragón inician el cuartelazo en la Ciudadela sé logran liberar a Bernardo Reyes y a Félix Díaz. Félix Díaz pacta con Victoriano Huerta el fin de la guerra. las fuerzas de Huerta hicieron prisioneros a Madero y a Pino Suárez, a los que asesinaron por la espalda después de haberlos obligado a renunciar a sus cargos. Fue nombrado presidente provisional el Secretario de Asuntos Exteriores Pedro Lascuraín e, inmediatamente, nombró como Secretario de Gobernación a Victoriano Huerta. También de inmediato, Lascurain renuncia, quedando Huerta en la Presidencia de la República. Hubo quienes reaccionaron en contra de Huerta y de la traición como Venustiano Carranza, gobernador de Coahuila. El 19 de febrero de 1913 el gobernador de Coahuila expide el decreto con el cual desconoce a Huerta. Se inicia la etapa constitucionalista, la cual pretendía restaurar la vigencia de la Constitución de 1857. Se firma el 26 de marzo de 1914 el Plan de Guadalupe en el que se establecen reformas de carácter social., lo cual ocurrió el 13 de agosto en 1914 con los Tratados de Teloyutla. Hacia octubre de 1914, se firmó una convención entre los jefes revolucionarios, destacando, el Pacto de Torreón. En la Convención de Aguascalientes se designó como presidente a Eulalio Gutiérrez, desde luego, Carranza que era el
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, documento jurídico que da vida a nuestra nación, establece que su estructura y organización, en su forma de Estado y de gobierno, consiste en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos pero unidos en una federación para salvaguardar los principios fundamentales que rigen a la nación. En cuanto a su forma de gobierno, el Estado mexicano se estructura de la siguiente manera: el poder se ejerce por medio de representantes elegidos de manera democrática por los ciudadanos, pero la soberanía reside esencial y originariamente en el pueblo. Nuestra carta magna retoma las ideas de la ilustración francesa, especialmente los principios establecidos por Rousseau, quien además estudió la pertinencia de un Estado en donde el poder público se dividiera en tres grandes funciones: legislativa, ejecutiva y judicial. En el sistema jurídico mexicano el poder legislativo es el encargado de la función de la creación de normas jurídicas generales y abstractas mediante un proceso de carácter formal y único que le pertenece, denominado proceso legislativo. Esta serie de pasos tienen como finalidad garantizar que en la expedición participen las dos cámaras que integran este cuerpo colegiado (senadores y diputados). Cuando cualquiera de ellas funciona como cámara de origen la otra tiene el papel de revisora, sin contar que durante este proceso se contempla una etapa de discusión para determinar o esclarecer los alcances de los preceptos legales y llegar finalmente a una aprobación. Cabe destacar que el poder legislativo federal sólo puede emitir normas cuya competencia no está expresamente reservada para las legislaturas locales de los estados. Por lo que hace al poder ejecutivo, su titularidad está encomendada a una sola persona, denominada Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Conforme a nuestra ley suprema este funcionario público tiene la facultad de delegar sus funciones en un grupo de personas que ayudan al despacho de los asuntos de carácter público, comúnmente denominado gabinete. Asimismo,
conforme a las leyes federales que regulan su ejercicio, la función que realiza el ejecutivo de la unión es conocida como administración pública. Ésta, legalmente, se divide en dos grandes sectores: centralizada y paraestatal. La primera incluye las secretarías de estado y la oficina de la presidencia, entre otras; la administración pública paraestatal se integra por organismos descentralizados, fideicomisos públicos, empresas de participación estatal y demás organismos que contemplan las leyes administrativas. El poder judicial de la federación se integra por varios órganos jurisdiccionales. En la cúspide de ellos está un órgano colegiado cuyas resoluciones representan la última verdad jurídica: la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Debajo de ella se encuentran los Tribunales de Circuito, colegiados o unitarios, y al final de la jerarquía los Juzgados de Distrito. A un lado de todos ellos y sin que la Suprema Corte pueda ejercer jurisdicción sobre él, está el Tribunal Electoral. Es importante señalar que cada entidad federativa cuenta con sus propios órganos de impartición de justicia, los cuales se encargan de resolver las controversias del orden común (civil y penal principalmente). Por último, el Estado mexicano cuenta dentro de su estructura política con organismos públicos autónomos que complementan a las otras autoridades estatales, como el Banco de México y el Instituto Nacional Electoral.