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FORMATO JURIDICO ACTA CONSTITUTIVA DE COMPAÑIA ANONIMA, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

FORMATO JURIDICO PARA DISEÑAR ACTA CONSTITUTIVA DE COMPAÑIA ANONIMA

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2019/2020

Subido el 29/04/2020

freddyparra
freddyparra 🇻🇪

4.4

(5)

9 documentos

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Num 018
Acta constitutiva de compañía anónima otro ejemplo.
Ciudadano:
Registrador Mercantil de la Circunscripción Judicial del
.
Su Despacho:
Yo, xxxxxxxxx, mayor de edad, de estado civil xxx, de este domicilio, de
nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad número xxxxxxx,
debidamente autorizado para este acto por la presente Acta Constitutiva, ocurro ante
usted respetuosamente y expongo:
De conformidad con el artículo 215 del Código de Comercio, presento ante usted el
Acta Constitutiva y los Estatutos Sociales de la Compañía Anónima "GLOBLITO,
C.A." a los fines de su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación
exigidas por la Ley.
Así mismo acompaño comprobante acreditativo (Balance General de Apertura) de
los aportes hechos por los socios para el pago del 100% del capital suscrito.
Pido respetuosamente que de todos los documentos que sean agregados al
expediente que se forma para esta Compañía Anónima en ese Registro Mercantil a
su digno cargo, me sean expedidas Copias Certificadas.
ciudad, a la fecha de presentación de este documento.
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Num 018 Acta constitutiva de compañía anónima otro ejemplo. Ciudadano: Registrador Mercantil de la Circunscripción Judicial del . Su Despacho: Yo, xxxxxxxxx, mayor de edad, de estado civil xxx, de este domicilio, de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad número xxxxxxx, debidamente autorizado para este acto por la presente Acta Constitutiva, ocurro ante usted respetuosamente y expongo: De conformidad con el artículo 215 del Código de Comercio, presento ante usted el Acta Constitutiva y los Estatutos Sociales de la Compañía Anónima "GLOBLITO, C.A." a los fines de su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación exigidas por la Ley. Así mismo acompaño comprobante acreditativo (Balance General de Apertura) de los aportes hechos por los socios para el pago del 100% del capital suscrito. Pido respetuosamente que de todos los documentos que sean agregados al expediente que se forma para esta Compañía Anónima en ese Registro Mercantil a su digno cargo, me sean expedidas Copias Certificadas. ciudad, a la fecha de presentación de este documento. xxxxxxxx

ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA

COMPAÑÍA ANÓNIMA "GLOBLITO, C.A."

Nosotros, Adriana Vila Porras, soltera, de este domicilio, de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad número V-15.178.675, y Fedra Lopez, venezolana, de estado civil divorciada y portadora de la cédula de identidad número 11.314.108, hacemos constar y expresamente declaramos: que hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos, una Compañía Anónima que se regirá por las disposiciones contenidas en este documento, el cual ha sido redactado por la Dra. LUISA CARPIO, abogada en ejercicio y con INPREABOGADO No 59.719 y con domicilio procesal en La Avenida Urdaneta, Candilito a Urapal, Edificio Dilcan, piso 3, oficina C, , Caracas; con la suficiente amplitud para que sirva a la vez de Acta Constitutiva y de Estatutos Sociales de dicha Compañía Anónima, y es del tenor siguiente: CAPITULO I DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN: Artículo Primero: Denominación: La compañía se denominará: “GLOBLITO, C.A.”. Artículo Segundo: Domicilio: la Compañía tendrá por domicilio la ciudad de Caracas, Distrito Capital, pero podrá establecer sucursales, agencias o representaciones, tanto en el interior del país, así como en cualquier país del exterior, incluso podrá elegir domicilio especial para ciertos contratos y/o negocios a juicio de la Junta Directiva. Artículo Tercero: Objeto: la Compañía Anónima, tendrá por objeto la importación de bienes y productos, y podrá dedicarse a cualesquiera otras actividades de lícito comercio, o actividades de prestación de servicios estén o no contempladas en la descripción que antecede, la cual deberá considerarse como meramente enunciativa y en ningún caso limitativa. Artículo Cuarto: Duración: la duración de la Compañía Anónima será de cincuenta (50) años pero este período será prorrogarse o disminuirse a juicio de la asamblea de accionistas. CAPÍTULO II DEL CAPITAL Y LAS ACCIONES Artículo Quinto: El capital social suscrito y pagado de la compañía anónima es la cantidad de dos millones de bolívares (Bs. 2.000.000,oo) dividido en dos mil (2.000) acciones nominativas de mil bolívares (Bs. 1.000,oo) cada una. Dicho capital ha sido íntegramente suscrito, y pagado en un cien por ciento (100%) de su valor. Esta cantidad ha sido pagada mediante aportación de material de oficina y equipo por parte de los socios, el aporte fue de la siguiente manera: Fedra Lopez , ha suscrito y pagado un mil veinte (1.020) acciones, lo que representa el cincuenta y uno por ciento (51%) del capital suscrito y pagado, es decir la cantidad de un millón veinte

1.- Acordar los gastos generales, ordinarios extraordinarios de la Compañía. 2.- Ordenar la convocatoria de las Asambleas. 3.- Acordar el pago de los dividendos y ordenar la expedición de título de las acciones de acuerdo con lo establecido en este documento. 4.- Contratar en cualquier forma, otorgar, y suscribir documentos públicos y privados obligando a la compañía tanto en Venezuela como cualquier otro país del exterior. 5.- Conceder, cancelar y obtener créditos con o sin intereses, pudiendo constituir garantía personal, prendaria o hipotecaria a favor de la compañía. 6.- Movilizar cuentas bancarias a nombre de la compañía, emitir y firmar cheques, cobrarlos, depositar, retirar de cualquier cuenta bancaria a nombre de la compañía, endosar cheques u órdenes de pago. 7.- Aceptar, librar, endosar, otorgar finiquitos, ceder y avalar en cualquier forma títulos o instrumentos de cambios, que contengan deudas o acreencias de la Compañía. 8.- Comprar, vender, permutar, enajenar o gravar en cualquier forma bienes muebles o inmuebles de la Compañía, fijando libremente el precio y condiciones de la negociación. 9.- En general hacer todo lo necesario para la defensa judicial y extrajudicial de sus derechos, pudiendo estos efectos, otorgar poderes a mandatarios de su libre elección y transferirle las facultades que se estimen pertinentes. Artículo Décimo Cuarto: De conformidad con lo previsto en el Artículo 287 del Código de Comercio, la Compañía tendrá un comisario, quien será designado por la Asamblea y durará en sus funciones cincuenta (50) años. CAPÍTULO V DEL EJERCICIO ECONÓMICO, BALANCES, DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y FONDO DE RESERVA Artículo Décimo Quinto: El ejercicio económico anual de la Compañía comenzará el día primero (1ro) de Enero de cada año y terminará el día treinta y uno (31) de Diciembre de cada año, ambos inclusive. Artículo Décimo Sexto: una vez al año serán repartidas las utilidades líquidas no distribuidas hasta el momento, dicho reparto será hecho de la siguiente manera: A) Se separará un cinco por ciento (5%) para formar un fondo de reserva, hasta que éste alcance una cantidad no menor del diez por ciento (10%) del capital social suscrito. B.-) El remanente quedará a disposición del Presidente, que podrá distribuirlo en la cantidad y oportunidad que lo determine, en proporción al número de acciones pagadas que posea cada accionista, o podrá destinarlo a cualquier otro fin lícito en beneficio de la Compañía.

Artículo Decimoséptimo: Ningún accionista podrá comprometer la responsabilidad de la Compañía, con el otorgamiento de fianzas o avales, salvo en aquellos casos en que lo exija el interés de la propia Compañía, y previa aprobación del Presidente. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS: PRIMERA: De acuerdo con el Artículo 247 del Código de Comercio y con el capítulo IV de este documento, ha sido designado como Presidente de la Junta Directiva de la Compañía a Fedra Lopez, y como comisario a Adriana Vila Porras, antes identificada. SEGUNDA: Como circunstancia de excepción, el ejercicio económico de la Compañía en el presente año únicamente, comenzará a partir de la fecha de protocolización de este documento constitutivo en el Registro de Comercio y finalizará el treinta y uno (31) de Diciembre de dos mil cinco (2005). Dado y firmado en Caracas a la fecha de su presentación. (FDO). Fedra Lopez (FDO). Adriana Vila Porras