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Fundamentos de Enfermería: Ley del Paciente, Consentimiento Informado y Praxis Enfermera, Resúmenes de Anatomía

Un análisis de los fundamentos de enfermería, centrándose en la ley del paciente, el consentimiento informado y su aplicación en la práctica enfermera. Se exponen los derechos del paciente, la importancia de la información sanitaria, la obligación del consentimiento informado y la relación profesional sanitario-paciente. Se destaca la importancia del pensamiento crítico, la evaluación de beneficios y riesgos, y la autonomía del paciente en la toma de decisiones sobre su salud.

Tipo: Resúmenes

2023/2024

A la venta desde 11/11/2024

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Fundamentos de
Enfermería
Profesoras: Lic. Evangelina Britos Lic.
Valeria Mansilla Lic. Silvina Díaz
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¡Descarga Fundamentos de Enfermería: Ley del Paciente, Consentimiento Informado y Praxis Enfermera y más Resúmenes en PDF de Anatomía solo en Docsity!

Fundamentos de

Enfermería

Profesoras: Lic. Evangelina Britos – Lic.

Valeria Mansilla – Lic. Silvina Díaz

Temas

  • Declaración de los Derechos del Paciente.
  • Consentimiento Informado

MARCO LEGAL

  • Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e

Instituciones de la Salud.

  • LEY 26.
  • Sancionada: Octubre 21 de 2009
  • Promulgada de Hecho: Noviembre 19 de 2009

 DERECHOS DEL PACIENTE

 HISTORIA CLINICA

 CONSENTIMIENTO INFORMADO

DERECHOS DEL PACIENTE EN SU RELACION CON LOS PROFESIONALES E INSTITUCIONES DE LA SALUD

  • a) Asistencia. El paciente, prioritariamente los niños, niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición.
  • b) Trato digno y respetuoso. El paciente tiene el derecho a que los agentes del sistema de salud intervinientes, le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera sea el padecimiento que presente y se haga extensivo a los familiares o acompañantes.
  • c) Intimidad. Toda actividad médico - asistencial tendiente a obtener, clasificar, utilizar, administrar, custodiar y transmitir información y documentación clínica del paciente debe observar el estricto respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la intimidad del mismo y la confidencialidad de sus datos sensibles.

INFORMACION SANITARIA

Definición: es aquella que de manera clara, suficiente y adecuada a la

capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de

salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la

previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos.

La información sanitaria sólo podrá ser brindada a terceras personas,

con autorización del paciente.

En el supuesto de incapacidad del paciente o imposibilidad de

comprender la información a causa de su estado físico o psíquico, la

misma será brindada a su representante legal o, en su defecto, al

cónyuge que conviva con el paciente, o la persona que, sin ser su

cónyuge, conviva o esté a cargo de la asistencia o cuidado del mismo

y los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.

CONSENTIMIENTO Y PRAXIS ENFERMRERA CONSENTIMIENTO ENFERMERIA CONOCER MARCO LEGAL PENSAMIENTO CRITICO ADULTOS MENORES DE EDAD CONSENTIMIENTO INFORMADO ACUERDO AUTORIZACION INTERVENCION RIESGOS BENEFICIOS ALTERNATIVAS CONSECUENCIAS RECHAZO

Consentimiento Informado

  • Crea una obligación legal para el profesional sanitario de hablar

de los hechos materiales en términos que el paciente pueda

comprender, para hacer una elección informada. (Guido 2010)

 No obtener un consentimiento en situaciones que no

presenten urgencia, posiblemente dará lugar a una

demanda por parte del paciente por negligencia.

ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL SANITARIO EXPLICACION BREVE Y CONCRETA DEL PROCEDIMIENTO Y TRATAMIENTO NOMBRES Y CUALIFICACIONES DE LOS INTEGRANTES DEL PROCEDIMIENTO DESCRIPCION DEL DAÑO GRAVE, INCLUYENDO MUERTE , DOLOR Y MOLESTIAS POR EL PROCEDIMIENTO RECIBE EXPLICACION DE TERAPIAS ALTERNATIVAS AL PROCEDIMIENTO O TRATAMIENTO PROPUESTO Y DE LOS RIESGOS A NO HACER NADA EL PACIENTE SABE QUE TIENE DERECHO A RECHAZAR EL PROCEDIMIENTO Y TRATAMIENTO SIN LA INTERRUPCION DE OTROS CUIDADOS DE APOYO EL PACIENTE SABE QUE TIENE DERECHO A RECHAZAR EL PROCEDIMIENTO INCLUSO UNA VEZ QUE HAYA EMPEZADO

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Obligatoriedad

Toda actuación profesional en el

ámbito médico-sanitario, sea

público o privado, requiere, con

carácter general y dentro de los

límites que se fijen por vía

reglamentaria, el previo

consentimiento informado del

paciente.

Instrumentación.

El consentimiento será verbal con las siguientes excepciones, en los que será por escrito y debidamente suscrito:InternaciónIntervención quirúrgica;Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos;Procedimientos que implican riesgos según lo determine la reglamentación de la presente ley;Revocación.En el supuesto previsto en el inciso g) del artículo 5 ° deberá dejarse constancia de la información por escrito en un acta que deberá ser firmada por todos los intervinientes en el acto.

Exposición con fines académicos.

a) Cuando mediare grave peligro para la

salud pública.

b) b) Cuando mediare una situación de

emergencia, con grave peligro para la

salud o vida del paciente, y no pudiera

dar el consentimiento por sí o a través

de sus representantes legales.

Excepciones al

consentimiento

informado

Se requiere el consentimiento del paciente

o en su defecto, el de sus representantes

legales, y del profesional de la salud

interviniente ante exposiciones con fines

académicos, con carácter previo a la

realización de dicha exposición.

DE LA HISTORIA CLINICA

Asientos

Titularidad.

Historias

clínicas

odontológicas

Definición y

alcance.

Todo acto

médico

Historia

clínica

informatizada

Integridad

Unicidad.

Inviolabilidad.

Depositarios

Negativa. Legitimación

Sanciones

VALORES

  • 1 ) La dignidad que toda persona como ser humano racional tiene como prestancia o superioridad a todo otro ser no humano o cosa y que lo pone en un pie de igualdad con los de su especie. La tolerancia, a aceptación a la diversidad, el multiculturalismo, el pluralismo y todo mandato ético o jurídico que permita la pacífica convivencia son improntas propias del concepto de dignidad que requiere una sociedad democrática para permitir la convivencia pacífica y libre.
  • 2 ) La libertad, entendida como una regla general de autonomía que importa la posibilidad de decidir sin condicionamientos externos.
  • 3 ) La autonomía, como facultad de regularse uno mismo, libre, sin interferencias ni limitaciones personales generadas por aspectos externos, como el caso de no recibir la información adecuada. Que permita al paciente decidir como quiera y no como debió o pudo haber querido.

BIBLIOGRAFIA

  • POTTER PERRY Fundamentos de Enfermería. 8VA Edición.

Barcelona. 2015. Cap. 1y 23