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Guia de estudio lógica jurídica, Apuntes de Lógica

Guia des estudio de lógica juridica

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 01/11/2023

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LÓGICA JURÍDICA
Etimología de Lógica: Logos – Pensamiento o expresión de pensamiento – Palabra, razón,
concepto, etc.
Definición real:
Antonio Gonzales: La disciplina que estudia las leyes que rigen el razonamiento correcto.
Benlloch Ibarra: La lógica como ciencia estudia las formas generales del pensamiento (concepto,
juicio y raciocinio).
Mario Moro: La lógica es parte de la filosofía (ciencia) que estudia las normas para razonar
rectamente y evitar el error.
Sergio Custodio: Es una ciencia que estudia las formas del pensar, razonar o argumentar.
PRINCIPIOS LÓGICOS SUPREMOS
1. Principio de identidad: El juicio que afirma la identidad de un objeto consigo mismo es
necesariamente verdadero. (García Máynez)
Ejemplos: Un perro es un perro, un celular es un celular, una mesa es una mesa, una banca
es una banca.
2. Principio de no-contradicción: Dos juicios, de los cuales uno afirma lo que el otro niega, no
pueden ser simultáneamente verdaderos.
Ejemplos: El pizarrón es blanco - el pizarrón no es blanco, la niña no necesita lentes – la
niña necesita lentes, el día esta soleado – el día está nublado.
3. Principio de tercero excluido: Dos juicios contradictorios no pueden ambos ser falsos.
Ejemplos: La tienda cierra a las 9 – la tienda no cierra a las 9, el señor tiene hijos – el señor
no tiene hijos, el acusado es inocente – el acusado es culpable.
ESTRUCTURAS DEL PENSAMIENTO
Concepto: El concepto es el producto del pensar y no el pensar mismo. El concepto es el concepto
de algo y no solamente las referencias mentales de las características que revisten al objeto de
conocimiento.
a) Definición: El concepto es la representación intelectual de un objeto, abstracta y universal.
El concepto como la significación elemental referida a objetos.
El concepto es un elemento general del pensamiento que representa intelectualmente un
objeto en forma abstracta, sin afirmar ni negar algo del mismo.
b) Comprensión y extensión:
1. Comprensión: Contenido o intensión del concepto. La comprensión del concepto como
el conjunto de notas o propiedades que constituyen la esencia representada por un
concepto.
2. Extensión: El conjunto de individuos, sujetos u objetos a los que se aplica el concepto.
c) Propiedades: El concepto es una representación intelectual de un objeto, abstracta y
universal.
1. Universalidad: El concepto se cumple o realiza en varios individuos.
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LÓGICA JURÍDICA

Etimología de Lógica: Logos – Pensamiento o expresión de pensamiento – Palabra, razón, concepto, etc. Definición real: Antonio Gonzales: La disciplina que estudia las leyes que rigen el razonamiento correcto. Benlloch Ibarra: La lógica como ciencia estudia las formas generales del pensamiento (concepto, juicio y raciocinio). Mario Moro: La lógica es parte de la filosofía (ciencia) que estudia las normas para razonar rectamente y evitar el error. Sergio Custodio: Es una ciencia que estudia las formas del pensar, razonar o argumentar. PRINCIPIOS LÓGICOS SUPREMOS

  1. Principio de identidad: El juicio que afirma la identidad de un objeto consigo mismo es necesariamente verdadero. (García Máynez) Ejemplos: Un perro es un perro, un celular es un celular, una mesa es una mesa, una banca es una banca.
  2. Principio de no-contradicción: Dos juicios, de los cuales uno afirma lo que el otro niega, no pueden ser simultáneamente verdaderos. Ejemplos: El pizarrón es blanco - el pizarrón no es blanco, la niña no necesita lentes – la niña necesita lentes, el día esta soleado – el día está nublado.
  3. Principio de tercero excluido: Dos juicios contradictorios no pueden ambos ser falsos. Ejemplos: La tienda cierra a las 9 – la tienda no cierra a las 9, el señor tiene hijos – el señor no tiene hijos, el acusado es inocente – el acusado es culpable. ESTRUCTURAS DEL PENSAMIENTO Concepto: El concepto es el producto del pensar y no el pensar mismo. El concepto es el concepto de algo y no solamente las referencias mentales de las características que revisten al objeto de conocimiento. a) Definición: El concepto es la representación intelectual de un objeto, abstracta y universal. El concepto como la significación elemental referida a objetos. El concepto es un elemento general del pensamiento que representa intelectualmente un objeto en forma abstracta, sin afirmar ni negar algo del mismo. b) Comprensión y extensión:
  4. Comprensión: Contenido o intensión del concepto. La comprensión del concepto como el conjunto de notas o propiedades que constituyen la esencia representada por un concepto.
  5. Extensión: El conjunto de individuos, sujetos u objetos a los que se aplica el concepto. c) Propiedades: El concepto es una representación intelectual de un objeto, abstracta y universal.
  6. Universalidad: El concepto se cumple o realiza en varios individuos.
  1. Predicabilidad: El concepto puede predicarse, decirse o atribuirse de cada uno de los individuos en que se cumple. d) División: Los conceptos se dividen por razón de su extensión, comprensión y relaciones entre sí.
  2. Por su extensión:
  • Universales: Son los conceptos que se refieren a todos los individuos de una especie, género o clase Ejemplos: El, la, los, todos.
  • Particulares: Son los conceptos que expresan a muchos o varios individuos de una especie, género o clase. Ejemplos: Algún, alguna, varios.
  • Singulares: Son los conceptos que se refieren a un individuo o ser. Ejemplos: Esta, este.
  1. Por su comprensión: - Simples: Son simples los conceptos que expresan una sola esencia. - Compuestos: Son compuestos los conceptos que comprenden varias esencias.
  2. Por sus relaciones: - Idénticos: Son conceptos que significan lo mismo. - Subordinados: En la relación entre conceptos, uno está contenido en la extensión de otro. - Coordinados: en la relación entre conceptos, hay unos cuyas extensiones están igualmente contenidas a un mismo nivel en un concepto con mayor extensión. - De esferas cruzadas: En la relación conceptual las extensiones de los mismos se incluyen parcialmente. - Que se excluyen mutuamente: Entre los conceptos sus extensiones no se cruzan, abarcan, comprenden o contienen. e) Los predicables: Son los distintos modos de atribuir un concepto a un sujeto.
  3. Predicables esenciales: atribuyen a un ser una característica, nota o propiedad esencial.
  • Género: Es un concepto universal que representa la esencia común con otras especies.
  • Diferencia especifica: Es un concepto universal que representa la parte de la esencia que diferencia a esa especie de las demás del mismo género.
  • Especie: Es un concepto universal que representa la esencia total o completa de un ser.
  1. Predicables no esenciales o accidentales: dicen de un ser una característica, o nota no- esencial o accidental. - Propiedad: Es un concepto universal que se refiere a una característica que no es esencial, pero sí necesaria. - Accidente: Es un concepto universal que representa una cualidad característica de un ser que no es esencial ni necesario sino contingente. f) Arboles lógicos: Es un conjunto de conceptos relacionados entre sí por su comprensión y extensión. Juicio: El juicio es el producto de dicho acto y no el acto mismo. Éste corresponde al plano de la realidad mental.

e) Oposición entre juicios: Si de una cosa universal se enuncia de una manera universal que es o que no es, las enunciaciones serán contrarias.

  1. Contradictorios: Son los juicios que se oponen tanto en la cantidad como en la cualidad: el juicio universal afirmativo con el juicio particular negativo, Y el juicio universal negativo con el juicio particular afirmativo.
  2. Contrarios: Son los juicios universales que difieren por su cualidad: el juicio universal afirmativo y el juicio universal negativo.
  3. Sub-contrarios: Son los juicios particulares que se oponen por la cualidad: el juicio particular afirmativo y el juicio particular negativo.
  4. Sub-alternos: s. Son los juicios que teniendo la misma cualidad (ambos afirmativos o negativos), difieren por la cantidad (uno es universal y el otro particular). Razonamiento: El razonamiento es el producto de dicho acto, llamado razonar, y no el acto mismo. a) Definición: El razonamiento es el acto con el cual el entendimiento parte de unos conocimientos, para llegar a otros nuevos. El razonamiento es un pensamiento complejo que consta de juicios ya conocidos para obtener otro nuevo. b) Clases o tipos:
  5. Deductivo: Es un tipo de razonamiento que parte de algo general para concluir algo menos general.
  6. Inductivo: Es inverso al deductivo, porque de lo concreto o singular de los seres se abstrae lo que es común entre ellos, conformando un conocimiento universal o general. c) Silogismo:
  7. Definición: La formulación lógica del razonamiento deductivo. La expresión verbal de un razonamiento deductivo.
  8. Clases o tipos: Los primeros tres silogismos a desarrollar se denominan según el tipo de juicio que constituye el fundamento o punto de partida del raciocinio que manifiestan. - Categórico: Es el silogismo que se conforma de tres proposiciones que representan juicios de tipo categórico; las primeras dos proposiciones se llaman premisas, en ellas está la explicación o el fundamento de la últil11a proposición, denominada conclusión. - Hipotético: Es el tipo de silogismo que tiene por premisa mayor una proposición que representa un juicio de tipo hipotético: la enunciación del primero de los juicios unidos mediante la cópula "si ... entonces ... " - Disyuntivo: Es el tipo de silogismo que tiene por premisa mayor una proposición que significa un juicio de tipo disyuntivo. Y la premisa menor es una proposición que representa un juicio que afirma una de las alternativas contenidas en el juicio de tipo disyuntivo, o niega todas las alternativas menos una. - Estinema: Es el tipo de silogismo que se conforma de dos proposiciones que representan juicios de tipo categórico; la prime a proposición es una premisa, ya sea la mayor o la menor, y la otra es la conclusión. - Epiquerema: Es el tipo de silogismo que se integra de tres proposiciones que representan juicios de tipo categórico, las primeras dos proposiciones son las premisas, y la última proposición la conclusión. Este silogismo se caracteriza porque una o las dos premisas están explicadas o razonadas.