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IMPUESTO
SELECTIVO AL
CONSUMO
DEFINICIÓN:
- (^) ''Es un impuesto indirecto que, a diferencia del IGV, solo grava
determinados bienes. Su finalidad es desincentivar el consumo
de productos que generan externalidades negativas en el
orden individual, social y medioambiente''
¿QUIÉNES SON LOS CONTRIBUYENTES?
- (^) - Los fabricantes, por las enajenaciones que realicen en el territorio
nacional.
- (^) - Los importadores por los bienes que introduzcan al país
OBJETIVO DEL IMPUESTO SELECTIVO AL
CONSUMO
- (^) Los impuestos selectivos se aplican especialmente si:
- (^) - El consumo del bien genera externalidades.
- (^) - El bien es considerado de lujo
- (^) - La demanda del bien gravado es poco sensible a cambios en precios
- (^) Las razones más importantes detrás de la aplicación de impuestos selectivos son:
- (^) - Importante fuente de ingresos para el fisco
- (^) - Corrige las externalidades negativas
- Permiten mejorar la equidad vertical
SUJETOS DEL IMPUESTO
Son sujetos del impuesto en calidad de contribuyentes:
- a) Los productores o las empresas vinculadas económicamente a éstos, en las ventas realizadas en el país;
- b) Las personas que importen los bienes gravados;
- c) Los importadores o las empresas vinculadas económicamente a éstos en las ventas que realicen en el país de los bienes gravados; y,
- d) La entidades organizadoras y titulares de autorizaciones de juegos de azar y apuestas, a que se refiere el inciso c) del artículo 50 de la Ley del IGV e ISC.
SUJETOS DEL
IMPUESTO
El artículo 54 de la Ley de IGV e ISC señala los siguientes supuestos de vinculación económica a) Una empresa posea más del 30% del capital de otra empresa, directamente o por intermedio de una tercera. b) Más del 30% del capital de dos (2) o más empresas pertenezca a una misma persona, directa o indirectamente Base Legal: Artículo 53 de la Ley del IGV e ISC.
ACTUALIZACIÓN DE MONTOS FIJOS POR
CONCEPTO DE ISC
- (^) En la RESOLUCION MINISTERIAL N°035-2021-EF/15 publicada el 25 de enero del 2021 se tuvo una actualización de montos fijo vigentes aplicables a bienes sujetos al sistema específico del ISC
- (^) PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACIÓN DE MONTO FIJO: PARTIDAS ARANCELARIAS
PRODUCTOS SOLES
2203.00.00.00 Cervezas S/ 2,31 por litro 2402.20.10.00/ 2402.20.20. Cigarrillos de tabaco negro y Cigarrillos de tabaco rubio S/ 0,35 por cigarrillo 2403.99.00. Sólo: Tabaco o tabaco reconstituido, concebido para ser inhalado por calentamiento sin combustión. S/ 0,30 por unidad 2208.20.21.00 Pisco S/ 2,22 por litro
- (^) PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO
(MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL
PÚBLICO:
BIENES SISTEMAS Partidas Arancelarias Productos Grado Alcohólico Literal B del Nuevo Apéndice IV – Específico (Monto Fijo) 2204.10.00.00/ 2204.29.90. 2205.10.00.00/ 2205.90.00. 2206.00.00. 2208.20.22.00/ 2208.70.90. 2208.90.20.00/ 2208.90.90. Líquidos alcohólicos Más de 20º S/ 3,55 por litro
PRINCIPALES PRODUCTOS QUE NO AGRAVA
EL ISC
- (^) Bienes servicios y contratos de construcción
- (^) Contratos de colaboración empresarial
- (^) Venta e importación de medicamentos
- (^) Servicio de comisión mercantil
- (^) Servicio de crédito
- (^) Póliza de seguro de vida
- (^) Valores mobiliarios
- (^) Titulo valores
- (^) Utilización de servicio
- (^) La importación de bienes corporales
ART. 55 SISTEMA DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO
B) BASE IMPONIBLE EN EL SISTEMA
ESPECÍFICO
- (^) La base imponible estará constituida por el volumen vendido o importado o expresado en las unidades medida.
- (^) FÓRMULA SISTEMA ESPÉCIFICO = VOLUMEN DE LOS BIENES X MONTO FIJO
C) SISTEMAS DE APLICACIÓN DEL ISC
AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL
PÚBLICO
- (^) La base imponible estará constituida por el precio de venta al público sugerido por el productor o el importador, multiplicado por un factor. Sistema de Valor según precio de venta al público = (PV x factor) x Tasa Fa ct or
CASO N° 02
- (^) La empresa INCA COLA dedicada a la fabricación de bebidas gaseosas, el día 14/02/ desea saber cuánto tiene que pagar por ISC por la semana comprendida de 13/02/2020 al 15/02/2011, si se sabe que durante la semana comprendida del 06/02/2021 al 12/02/2011, realizo ventas afectas a ISC por un valor de venta de S/150 000.
- (^) RESOLUCIÓN S/150 000......................…… 100% S/175 5000.00……………100% x…………………………………..17% x……………………..18% =S/25 500.00 X = S/31 590. S/25 500 + 150 000= S/175 5000.00 S/175 5000.00 + S/31 590.00= S/ 207,
COMO PAGAR EL ISC
- (^) El impuesto selectivo al consumo paga en
función a lo establecido por el Código
Tributario y las condiciones establecidas por
la SUNAT