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Informe pericial Rafael Uribe Noguera, Guías, Proyectos, Investigaciones de Psicología Jurídica y Forense

Este es un informe pericial psicológico que se realiza en base de supuestos frente al caso de Rael Uribe Noguera Colombia

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2019/2020

Subido el 30/03/2020

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Informe Pericial
Asignatura
Psicología Jurídica
NRC: 3591
Presentado por:
Deisy Niño Blanco ID: 439699
Ana María Cadavid Soto ID: 544196
Jhon Alex Espinosa Ríos ID: 499391
Katherine Gamboa Asprilla ID: 538658
Anyi Carolina Campo Usnas ID: 431738
Leidy Tatiana Fiscue Campo ID: 498919
Jessica Alejandra Lemus Arbeláez ID: 541093
Diana Marcela Echeverry Calderón ID: 53928
Tutor:
Leidy L. Castro M.
Corporación Universitaria Minuto De Dios
Psicología
Cali Valle, 2019
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¡Descarga Informe pericial Rafael Uribe Noguera y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Psicología Jurídica y Forense solo en Docsity!

Informe Pericial

Asignatura Psicología Jurídica NRC: 3591

Presentado por: Deisy Niño Blanco ID: 439699 Ana María Cadavid Soto ID: 544196 Jhon Alex Espinosa Ríos ID: 499391 Katherine Gamboa Asprilla ID: 538658 Anyi Carolina Campo Usnas ID: 431738 Leidy Tatiana Fiscue Campo ID: 498919 Jessica Alejandra Lemus Arbeláez ID: 541093 Diana Marcela Echeverry Calderón ID: 53928

Tutor: Leidy L. Castro M.

Corporación Universitaria Minuto De Dios Psicología Cali Valle, 2019

Informe Pericial Psicológico

1. Identificación De Los Peritos

● Echeverry Diana Marcela ID 539285 ● Gamboa Asprilla Katherine ID 538658 ● Niño Blanco Deisy: ID 439699 ● Lemus Arbeláez Jessica Alejandra ID 541093 ● Cadavid Soto Ana M. ID 544196 ● Campo Carolina A. ID 431738 ● Campo Fiscue Tatiana ID 498919 ● Espinosa Ríos Jhon A. ID 499391

2. Identificación De La Víctima O Victimario

Nombre: Rafael Uribe Noguera.

Cedula de ciudadanía: 79.948.528 Bogotá D.C

Edad actual: 41 años.

Fecha de nacimiento: 13 de junio de 1978

Ciudad de nacimiento: Bogotá D.C

Nacionalidad: Colombiana.

Estado civil : soltero.

Género: Masculino.

Yuliana para que estas entraran al auto (camioneta Nissan X-Trail color plata) que el señor Rafael estaba conduciendo. Tras ver la reacción de rechazo de las dos niñas y de los primos de Yuliana que también se encontraban allí, esté les ofreció más dinero entre 4 y 5 mil pesos, pero no los logró convencer. Al día siguiente Noguera vuelve al barrio con el fin de convencer a la niña de subir a la camioneta, ofreciéndole 10 mil pesos, los cuales ella aceptó y él la alcanzó a tocar su cuerpo, pero luego la deja ir, hechos que relatan los primos de Yuliana a quienes ella les contó lo sucedido.

En la mañana del domingo 4 de diciembre de 2016, Rafael Uribe Noguera salió en su camioneta de su residencia en el barrio de Chapinero Alto en dirección a Bosque Calderón, una humilde barriada de construcciones informales. Al llegar allí entabló conversación con Yuliana Samboní, quien estaba jugando en la calle junto a su primo, y quien vivía en ese lugar con su hermana pequeña y sus padres Juvencio y Nelly, quienes meses atrás habían decidido mudarse a la gran ciudad desde el departamento del Cauca en busca de una vida mejor.

Sobre las 9:30 de la mañana del mismo día Rafael Uribe Noguera, quien en ese momento tenía 38 años de edad, rapta a la niña y la sube a la camioneta que conducía, propiedad de su cuñada, tomando como destino el edificio Equus 64, propiedad de la familia Uribe Noguera, ya estando con la niña en el apartamento, recibe un domicilio con un paquete de cigarrillos, un encendedor y un frasco de aceite de cocina.

El mismo día sobre las 6 y 30 de la tarde es visto salir con sus hermanos Francisco Uribe Noguera y Catalina Uribe Noguera, dirigiéndose a la clínica Monserrat, donde le realizan un examen mental, mostrando estar confuso, desorientado en tiempo y espacio, sin embargo se encontraba con ingesta de sustancias y estupefacientes, estimulante y alcohol, declarando no recordar nada, ni ser consciente de lo sucedido.

Ese mismo día la policía judicial ingresa en horas de la noche ingresa al edificio Equus 66 al apartamento 603, y encuentra escondido debajo del jacuzzi el cuerpo desnudo y

sin vida de la niña Yuliana Samboní bañado en aceite de cocina y con un moño rojo atado en su cintura. Según el informe pericial de necropsia realizado por el funcionario del instituto de medicina legal la muerte de la niña se produjo por asfixia combinada por sofocación y estrangulamiento, asociados a signos de actividad sexual.

Por lo anterior y de acuerdo al código penal colombiano el señor Rafael Uribe Noguera es condenado 622 meses de prisión y 100 S.M.M.L.V. de multa por ser responsable de las conductas punibles a la menor de 7 años Yuliana Samboní. Publicadas en la Procuraduría General de la Nación.

 secuestro simple agravado (Ley 599 de 2000),  acceso carnal violento agravado (ley 599 de 2000)  feminicidio agravado (Art. 104 B Ley 599 de 2000). Aunque en un artículo publicado por la emisora la FM. Indica que el Tribunal Superior de Bogotá el día 12 de noviembre de 2017, aumentó la pena inicial de 51 años y 10 meses de prisión otorgada en contra de Rafael Uribe Noguera y determinó una sentencia de 58 años de cárcel.

Además los hermanos de Rafael Uribe Noguera, Francisco y Catalina se vieron sometidos a un proceso penal de más de dos años como lo indica la revista semana, por los delitos de ocultamiento, alteración o destrucción de material probatorio y favorecimiento de secuestro. Quienes finalmente un juez de Bogotá los declaro inocentes porque consideró que la Fiscalía no presentó evidencia suficiente para demostrar que intentaron obstruir a la justicia y encubrir el crimen de su hermano.

4.2. Descripción De Las Áreas De Ajuste

Familiar.

Rafael Uribe Noguera proviene de una familia prestante de la ciudad de Bogotá, hijo de Rafael Uribe Rivera quien fue decano de la facultad de Arquitectura de la Universidad Javeriana, su madre, María Isabel Noguera, ex reina de belleza y representante legal de la compañía familiar Lascaux Construcciones S.A.S, su hermano, Francisco Uribe Noguera, ex

reuniones a las que asistía era normal verlo con una mujer distinta con la que sostenía relaciones poco duraderas, hasta el momento del suceso solo se le conocieron dos relaciones duraderas en las cuales sus ex novias lo señalan como celoso compulsivo, obsesivo y controlador. La convivencia con sus vecinos no fue la mejor debido a las fiestas que llevaba hasta altas horas de la madrugada con alto contenido sexual, en una ocasión fue sorprendido usando la ropa de su vecina en alto estado de alicoramiento e ingresando a la vivienda sin autorización.

Dentro de sus actividades clandestinas se conoce la visita a la zona de prostitución del barrio Santa Fe en el centro de Bogotá, durante la revisión de su computadora se descubrió que ordenaba servicios sexuales a domicilio incluso con menores de edad, en el barrio Bosque Calderón era referenciado como un depredador sexual, por realizar actos obscenos dentro de su vehículo y acusado a inicios del año 2016 de un intento de violación donde abordó y acosó a una mujer.

4.3. Exploración Psicopatológica

4.3.1.1. Porte Y Actitud

Rafael Uribe Noguera es un hombre con edad actual de 41 años, estatura aproximada de 1.70 cm, contextura delgada, buena presentación personal, acostumbrado a lucir trajes formales y de acuerdo a la ocasión. Cuando fue internado en la Clínica Monserrate en el área de psiquiatría, la profesional del área Juliana Johana Angulo, manifiesta que lo encontró con elevado nivel de la frecuencia cardiaca e hipertensión razón por la cual fue remitido a la Clínica Navarra negándose a recibir tratamiento. En el momento de la captura lucía como una persona intranquila ante lo que manifestaba el oficial de la policía y aceptando entender los cargos que le son atribuidos.

4.3.1.2. Afecto

Rafael Uribe Noguera era conocido como una persona que le gustaba compartir con sus sobrinas, apegado a sus amigos y apasionado por su profesión, tenía prohibido a sus trabajadores halagar vulgarmente a las mujeres y realizar indecentes en público, se mostraba como una persona sencilla y de buen gusto, enamorado de la naturaleza y de la música, aparentemente un ser humano sencillo, feliz, encantador y con buen sentido del humor, a pesar de estas cualidades, en ocasiones cuando consumía alcohol se tornaba como un individuo irritable, impulsivo y en ocasiones grosero, con comportamiento infantiles e inestabilidad emocional.

4.3.1.3. Pensamiento

En el momento de la confección del crimen se percibe como una persona con pensamiento coherente y estructurado, siendo este de tipo analítico, teniendo la capacidad de decidir qué hacer y en qué momento hacerlo con el fin de llevar a cabo su plan, detallaba cada paso antes de raptar a la menor, el momento del día en el que menos transita personal, descuido de sus cuidadores e indefensión de la víctima.

4.3.1.4. Sensopercepción

El crimen fue cometido de manera consciente y predeterminada, después del crimen Uribe Noguera consumió una alta cantidad de droga y alcohol para justificar sus actos, sin embargo, se descubrió que experimentaba adecuadamente los estímulos e interpretaba la realidad de su entorno.

4.3.1.5. Sensorio

No se evidencian disfunciones de la integración sensorial, su desarrollo perceptivo y cognitivo no presentaba alteraciones al momento del crimen.

5. Discusión Forense

Desde el punto de vista psicológico, como lo señala la psicóloga Erin Sweeny, en una entrevista con BBC Mundo, explica que este tipo de personas que cometen delitos sexuales, como Rafael Uribe Noguera, han tenido por lo general una infancia solitaria, donde sus padres se ven ausentes o poco comprometidos con su crianza. Sweeny, asegura que muchos delincuentes se creen con el derecho de tomar a una mujer y usarla como un objeto sexual; algunos luchan constantemente con sus emociones, manteniendo un estado de irritabilidad hacia su mundo exterior, intolerancia con ellos mismos; y otros en cambio se motivan a realizar delitos sexuales por la venganza. Además de ello la psicóloga hace precisión en que si un hombre joven que tiene un pasado problemático comienza a relacionar pensamientos violentos con excitación sexual, después tendrá que realizar estos actos fantasiosos, en su realidad, para que así se pueda confirmar todo el material informático implícito en su pensar Sweeny, (2016).

De acuerdo con la investigación se puede inferir que el Señor Rafael Uribe Noguera, presenta una carencia afectiva con sus padres, las diferentes ocupaciones no les permitió tener tiempo de calidad en la educación y formación de su hijo; es así que como la ausencia en la crianza reflejada desde la niñez lo llevó a incurrir en comportamientos irregulares, tales como robos, violación a las normas, consumo de sustancia psicoactivas entre otras, debido a que sus padres fueron muy permisivos dentro de la crianza. Esto llevó posiblemente a que el señor Rafael desarrollará desde su niñez un apego evitativo, donde no recibía la suficiente atención por parte de sus padres y consecuentemente en su adultez, se refleja una autosuficiencia e independencia referente a la necesidad de atención de las personas vinculadas en su entorno (Botello, 2018).

El apego evitativo que se deduce de Rafael con sus padres, se puede comprobar por el chat que fue revelado en el momento en que Uribe ya había cometido el crimen y quería atentar contra su propia vida, debido a la desesperación por la que estaba pasando. Allí se encuentra que su madre, María Isabel Noguera, conversando con su hija Catalina, expresa en

unas palabras muy directas que, no le prohibieran a Rafael quitarse la vida, que hiciera lo que él decidiera (Nación, 2019). Aquí se puede notar por parte de la madre, un sentimiento egoísta y con desinterés sobre la vida de su hijo, características que se asemejan a el apego evitativo, donde además según el artículo de Botello (2019) desarrollan en el individuo: aislamiento, poca expresividad, comportamientos hostiles hacia sus compañeros de clases como era el caso de matoneo a uno de sus compañeros, que se llevaba sus chaquetas importadas y le botaba los útiles detrás de los armarios del colegio. El Tiempo (2017) y pueden mostrar una alta autoestima, donde percibe a los demás como inferiores a él mismo, aspectos que Uribe Noguera, pudo haber destacado en sus comportamientos escolares de adolescente, de joven y de adulto.

Según Baumrind (1974) citado por Moore (1997) define los padres permisivos como:

Estos padres son poco exigentes para con sus hijos y tienden a ser inconstantes en cuanto a la aplicación de la disciplina. Ellos aceptan los impulsos, los deseos y las acciones de sus hijos y son menos propensos a vigilar su comportamiento (p.121). Lo anterior influyó en el comportamiento inadecuado de Rafael Uribe Noguera llevándolo a cometer el delito contra la menor Yuliana Samboní, todo ello basado en la teoría sistémica según Minuchin quien plantea:

Se considera a la familia como un grupo social de vital importancia, ya que es en ella donde sus miembros se desarrollan y asimilan lo que más adelante les permitirá desenvolverse en la sociedad, por lo tanto todo lo que aprenden proviene de la estructura familiar. Minuchin. (2003).

Desde la mirada del enfoque ecológico del desarrollo de Bronfenbrenner, el individuo interactúa a través de los sistemas, la familia se denomina el microsistema, este abarca el entorno cotidiano del hogar, escuela, trabajo o vecindario, comprende las relaciones directas con los padres, amigos, etc. Rafael Uribe no contaba con un sistema equilibrado donde

de acuerdo con los detalles que se conocieron por parte de testimonios de personas allegadas, artículos y videos publicados en la web sobre el estilo de vida que tenía, demostrando rasgos que dan indicios a una posible patología o afectación psicológica que conlleva a un trastorno de la personalidad antisocial 301.7 (F60.2). Y trastorno de pedofilia 302.2 (F65.4).

Las características que presenta sobre el trastorno de la personalidad antisocial según el DSM V son:

A. Patrón dominante de inatención y vulneración de los derechos de los demás, que se produce desde los 15 años de edad, y que se manifiesta por tres (o más) de los hechos siguientes:

Debido a que a lo largo de su vida ha tenido comportamientos que iniciaron antes de cumplir sus 15 años de edad, en los que se evidencia el matoneo que le hacía a su compañero como lo indica un testimonio de un amigo publicado en el periódico el tiempo,

Desde los 6 años matoneo a uno de nuestros compañeros, que hoy trabaja para el Gobierno. Se llevaba sus chaquetas importadas y le botaba los útiles detrás de los armarios del colegio. Su conducta persistió ya en la madurez: volvió a molestarlo hace dos meses, cuando se reunieron a celebrar los 20 años del grado en una finca en la Sabana de Bogotá. La vida le cobró de contado lo que hizo desde esa época”, relató una persona que estudió con él en el Gimnasio Moderno.

Como también en este criterio se cumple la siguiente particularidad:

  1. Incumplimiento de las normas sociales respecto a los comportamientos legales, que se manifiesta por actuaciones repetidas que son motivo de detención.

El hurto que cometió a los 18 años de edad donde robó algunas habitaciones de un club campestre como indica caracol radio “el implicado tenía 18 años fue acusado de robar en habitaciones de los huéspedes de un club campestre y en otra ocasión, en una finca” además el Director de caracol radio Darío Arizmendi establece conversación con otros compañeros

donde manifiestan que mostraba conductas anómalas, irregulares, que era una “caspa”, que tenía unas tendencias delincuenciales manifiestas”

De igual manera D’arcy Quinn, periodista de Hoy por Hoy, asegura que según sus fuentes fue acusado de plagiar su tesis de grado de arquitectura en la Javeriana en el año 2003. Sin embargo el caso no pasó a mayores y fue archivado por una presunta influencia de su padre, quien en ese momento era profesor de la facultad en la Universidad Javeriana.

  1. Engaño, que se manifiesta por mentiras repetidas, utilización de alias o estafa para provecho o placer personal.

Está la conducta que fue el detonante para que el señor Rafael Uribe quedará al descubierto y fue la violación a la niña Yuliana Samboní, donde él forzó y secuestró a la niña para después violarla y torturarla de manera consciente como lo indica Yahira Guzmán (2016) que considera que cuando se dice que Noguera “está loco”, es un error. “No fue casual, él sabía lo que hacía con la niña”. Otros testimonios de fuentes cercanas al señor Rafael dan cuenta de que era un hombre exitoso con las mujeres y extremadamente celoso, con al menos una las novias que tuvo.

  1. Impulsividad o fracaso para planear con antelación.

Se evidencia que el señor Rafael Noguera, planeó con antelación el suceso ocurrido a la niña Yuliana Samboní, es decir días ante del crimen cometido; se acerca a su víctima ofreciéndole dinero y llamando la atención hacia él. Como también se puede percibir que el victimario planeó el lugar donde ocurrió el presunto delito, además altera la parte cognitiva y física, haciendo creer a las autoridades competentes que fue el excesivo consumo de sustancia psicoactivas llevándolo a cometer ese escalofriante delito.

  1. Irritabilidad y agresividad, que se manifiesta por peleas o agresiones físicas repetidas

Lo anterior permite observar, que las conductas delictivas del señor Rafael a lo largo de su vida, fueron aumentando de manera progresiva, como lo menciona la psicóloga León (2016). Esta es una característica de los trastornos antisociales, cada vez que la persona transgrede una norma social, se va acostumbrando y después de sucesivas transgresiones, su umbral moral de auto rechazo aumenta, hasta el punto en que es capaz de ejecutar sin preocupación actos que inicialmente hubiera aborrecido. Según American Psychiatric Association. (2014). Se puede considerar que el Señor Rafael Noguera cumple con siete criterios; lo cual inferimos un posible trastorno antisocial pag. 359.

Referente al trastorno de pedofilia y a los criterios que debe cumplir el individuo según el DSM V para ser diagnosticado se encuentran:

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada de fantasías, deseos sexuales irrefrenables o comportamientos que implican la actividad sexual con uno o más niños prepúberes (generalmente menores de 13 años).

En Rafael Uribe Noguera se evidenció un deseo constante de fiestas desenfrenadas donde el principal tema era el sexo, mujeres prepagos, droga y alcohol, sus fantasías sexuales llegaban al punto de cometer actos obscenos en público y se inclinaba por la pornografía infantil de acuerdo a los registros encontrados en su computador.

B. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables o fantasías sexuales que causan malestar importante o problemas interpersonales. Partimos del supuesto que Rafael Uribe Noguera cumplía sus deseos sexuales de manera desenfrenada y sin remordimiento de los medios que había utilizado para ello, siendo para él más importante satisfacer sus necesidades fisiológicas ante el deseo de los demás.

C. El individuo tiene como mínimo 16 años y es al menos cinco años mayor que el niño/niños, desde niño. Rafael Uribe Noguera tenía 38 años cuando abusó de la menor de 7 años Yuliana Samboní, siendo 31 años la diferencia de edad.

Se identifica el comportamiento de Rafael Uribe Noguera como agresivo debido a que realizó conductas violentas contra la menor Yuliana Samboní, de acuerdo con González (2012). La agresión “es un evento traumático y doloroso que afecta de manera transversal, a las víctimas de ambos sexos, de todos los niveles socioeconómicos con graves consecuencias para la salud física, psicológica y social para quienes la sufren” pág. 413.

En este caso hasta el punto de causar la muerte, la agresión sexual da a lugar cuando el victimario hace uso de la fuerza e intimidación para cometer el acto y en uno de los casos más grave cuando existe penetración, Yuliana Samboní fue víctima de agresión sexual por parte de un victimario de alto nivel socioeconómico que se inclina por ella, una niña que no cuenta con las mismas condiciones sociales y que hace uso de su poder socioeconómico para tratar de encubrir el crimen.

No se considera que todos los violadores padezcan de algún tipo de trastorno mental, por consiguiente, no están exentos de responsabilidad penal, en el caso que nos compete, se considera al victimario con suficiente capacidad para reconocer los hechos y consecuencias, a pesar de intentar de lograr la impunidad con el posterior consumo de droga y alcohol.

7. Referencias.

Actualidad Jurídica - RPA. (20 de Noviembre de 2017). PARIONA Abogados (Especialistas en derecho penal). Obtenido de La importante distinción entre daño psíquico y afectación psicológica en la sanción de actos de violencia psicológica contra la mujer: http://www.rpa.pe/publicaciones/boletines/la-importante-distincion-entre-dano-psiquico-y- afe-17/

American Psychiatric Association. (2014). Guía de consulta de los criterios diagnósticos del DSM-5®: Spanish Edition of the Desk Reference to the Diagnostic Criteria From DSM-5®. American Psychiatric Pub (pag 359) recuperado de https://iramirez.webnode.es/_files/200000160-5cb3e5dad4/DSM5.pdf

Botello, N. (07 de Junio de 2018). Eres mamá. (Catro, M. Editor) Obtenido de El apego evitativo en los niños y sus características: https://eresmama.com/el-apego-evitativo-en-los- ninos/

Bronfennbrenner, U. (1986). The ecology of the family as a context for human development, Developmental Psychology, 22, 723-742 págs. Recuperado de: https://www.uv.es/jugar2/Enfoque%20Sistemico.pdf

Bustamante C., Yonatan A. (2018). Características de los principales modelos comprensivos y explicativos de la agresión sexual y su rol en la intervención con jóvenes ofensores sexuales.

Duran, E. (2016). Yo fui alumna del papá de Rafael Uribe Noguera. Recuperado de. https://www.eluniversal.com.co/blogs/el-ojo-de-morgana/yo-fui-alumna-del-papa-de- rafael-uribe-noguera

DSM-5 Guía de consulta de los Criterios Diagnósticos del DSM-5™. Recuperado de. http://www.eafit.edu.co/ninos/reddelaspreguntas/Documents/dsm-v-guia-consulta-manual- diagnostico-estadistico-trastornos-mentales.pdf

El Tiempo. (2017). El asesino de Yuliana vive en el ‘pabellón del horror’ de La Tramacúa. https://www.eltiempo.com/unidad-investigativa/el-asesino-de-yuliana-samboni-vive-en-el- pabellon-del-horror-de-la-carcel-la-tramacua-

Frías-Armenta, M., López-Escobar, A. E., & Díaz-Méndez, S. G. (2003). Predictores de la conducta antisocial juvenil: un modelo ecológico. Estudos de Psicologia (Natal), 8(1), 15-24.

González et al. (2012). Características y consecuencias de las agresiones sexuales en adolescentes consultantes en un centro de salud sexual y reproductiva. Revista Chilena de Obstetricia y Ginecología. Recuperado de https://www.google.com/search?q=REV+CHIL+OBSTET+GINECOL&rlz=1C1GCEU_es CO851CO851&oq=REV+CHIL+OBSTET+GINECOL&aqs=chrome..69i57.355j0j1&sour ceid=chrome&ie=UTF-8 https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS- 16775388https://www.elespectador

León, C. (2016). Perfil psicológico de Rafael Uribe Noguera. Recuperado de. https://carolinaleonblog.wordpress.com/2016/12/17/716/

Marchant, J & Soto, E. (2009). Agresión sexual y reparación: la importancia del vínculo en la terapia. Revista Castalia. 55-70. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/317814337_Agresion_sexual_y_reparacion_la_i mportancia_del_vinculo_en_la_terapia

Martínez-Priego, C., Anaya-Hamue, M. E. y Salgado, D. (2014). Desarrollo de la personalidad y virtudes sociales: relaciones en el contexto educativo familiar. Educ. Educ. Vol. 17, No. 3, 447-467. DOI: 10.5294/edu.2014.17.3.