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Introducción, tipos de gobiernos en roma.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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LA MONARQUÍA
El derecho romano, es el conjunto de los principios que han regido la sociedad romana en las diferentes épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano.
Ahora bien, por su extensión y duración, el Derecho Romano recoge y refleja en su evolución grandes cambios lo que se ha traducido en evolución. Así, se presenta como un derecho de aplicación supranacional. Es además el antecedente de nuestro derecho civil. Estructura a todo el derecho civil hispanoamericano y a gran parte del europeo, por lo que su estudio nos permite, en consecuencia, el estudio del Derecho Comparado.
Concepto de Derecho Romano.
Todos los pueblos, no importando su antigüedad, se han regido por ciertas reglas de conducta que han coadyuvado a una convivencia pacífica, estas reglas las podemos agrupar en cuatro sectores: ● Religión ● Moral ● Ethos ● Derecho. Las reglas del Derecho dictan lo que está permitido y aquello que está prohibido, lo cual se fundamenta en el respeto y el auxilio que nos debemos unos a otros, a fin de hacer posible la vida gregaria.
Cualquier sistema de Derecho del que se hable en la actualidad, es el producto de una historia, compleja y peculiar, única, que responde a ciertas características de los pueblos que lo han formado, -como es raza, historia, cultura, geografía, economía, política, religión, y tiempo determinado.
De esta manera, el Derecho Romano es el resultado del devenir histórico de una civilización que, aún hoy en día es modelo de integración y desarrollo político, pero sobre todo, legal. Así, el Derecho Romano es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que tuvieron vigencia a través de las diversas etapas de la historia del pueblo romano (monarquía, republicana e imperial.
La historia del Derecho Romano es considerada especial para la educación de los juristas, principalmente por dos razones:
● Por ser el sistema jurídico más completo que la humanidad ha producido ● Por ofrecer un ciclo completo de evolución jurídica.
Este devenir histórico ha sido dividido en dos grandes etapas: ● Contempla las transformaciones sociales y políticas, la organización del gobierno y los métodos de creación de las normas en la Roma antigua, a lo que se ha llamado historia externa y de las fuentes del derecho o historia iuris. ● Análisis, a través del tiempo, del contenido de las normas relativas a la familia, a la propiedad, los contratos, las sucesiones y el Procedimiento civil, o sea, la evolución del Derecho privado romano o historia interna, Instituciones o antiquitates iuris. Temas ambos que serán desarrollados en posteriores unidades de este libro.
Todos los conceptos versan sobre un derecho que fue reconocido y aplicado a lo largo de la historia de Roma y que abarca las siguientes etapas históricas:
1a. Etapa: Derecho antiguo. Desde la fundación de la civitas hasta el año 130 a.C.
2a. Etapa: Derecho clásico. Desde el 130 a.C. hasta el 230 d.C., y se subdivide a su vez en tres etapas:
● Primera etapa clásica, del 130 al 30 a.C. ● Etapa clásica alta o central, del 30 a.C. al 130 d.C. ● Etapa clásica tardía, del 130 al 230 d.C.
3a. Etapa: Derecho postclásico. Comprende desde el 230 al 527 d.C. También se puede subdividir en tres períodos:
● Etapa diocleciana, del 230 al 330 d. C. ● Etapa constantiniana, del 330 al 430 d. C. ● Etapa teodosiana, del 430 al 527 d. C.
4a. Etapa: Derecho justinianeo. Del 527 al 565 d. C.
● Fuentes reales, mismas que enmarcan todos aquellos acontecimientos de índole política, social, económica o religiosa, que motivan que se elabore cierta disposición jurídica, como por ejemplo cuando en algún momento se restringe el número de esclavos que un testador podía tener, sin que se pudieran rebasar los cien. ● Las fuentes formales, son los procedimientos a través de los cuales se construían disposiciones jurídicas. Así como las fuentes formales del derecho romano como lo es la jurisprudencia, la costumbre, las leyes votadas en los comicios, los plebiscitos, los senadoconsultos, etcétera. ● Las fuentes históricas, son todos los textos que se han conservado en obras tanto jurídicas como literarias, principalmente en documentos, tales como las Instituciones de Gayo y el Digesto de Justiniano.
El Derecho Romano debe ser estudiado como modelo, ya que no solo su génesis sino también sus aplicaciones prácticas son importantes, porque contienen una lógica notable y gran delicadeza de análisis y deducción.
Es bien sabido que los romanos tuvieron una aptitud y perfeccionamiento para la construcción y aplicación del derecho, misma que es producto del desarrollo de los siglos, de su estudio y aplicación. Además, también nos es útil e indispensable para comprender la historia romana.
En Roma, los ciudadanos estaban inclinados a la práctica del Derecho, producto de su interés personal, pero también del sistema de organización judicial con el que contaban
En la actualidad, encontramos algunos países conocidos como "neo- romanistas”, en donde el Derecho Romano tiene una gran influencia, siendo el caso de: Escocia, país donde el Derecho Romano penetró desde la Edad Media, primero como Derecho Canónico y más tarde como Derecho Romano
Aún con la fusión con Inglaterra en el año 1707, este país conservó su sistema jurídico, sin embargo en tiempos recientes, el sistema anglosajón se ha convertido en una fuerte influencia.
Tanto el Código de Napoleón como el Código Civil alemán, fueron inspirados en gran parte en el Corpus iuris. De igual manera, en los países de derecho codificado, en caso de que existan lagunas en la ley o contradicciones en las diversas codificaciones, el Corpus iuris, conserva cierta importancia
Encontrando que las codificaciones neo-romanistas pueden dividirse en dos grupos ● Los códigos romano latinos, subdivididos a su vez en: ● Los de filiación ibérica que comprende países como Portugal e iberoamericanos. ● Los de filiación napoleónica, como son Francia, Holanda, Haití, República Dominicana, Provincia de Quebec. ● Los códigos romano germánicos, que a su vez se subdividen en: ● El austriaco de 1811. ● El alemán de 1900, mismo que ha tenido una influencia comparable a la del Código de Napoleón en países como Japón, Brasil, China y Grecia. ● El suizo de 1912.
El estudiante estudiará la historia del Derecho Romano dentro del conjunto de la historia de Roma. Períodos histórico-políticos que corresponden a las distintas fases de evolución del derecho privado: la Monarquía y la República, al derecho clásico, el Principado y el Imperio Absoluto al posclásico.
Monarquía, hasta el Imperio bajo Justiniano, pasando por la República, el Imperio en sus dos etapas compuestas por el Principado y la Autocracia.
En la antigüedad la migración e invasión de territorios era una constante, Italia no escapó a estos hechos y fue invadida desde el año 2.000 a. C. por los arios, quienes eran un pueblo indoeuropeo, procedentes del noroeste de Rusia, este pueblo, al parecer, era de pastores, enérgico, inquieto con familia patriarcal y una de sus
La base étnica de los romanos fue aportada por tres pueblos: los ramnenses, los ticienses y los terceros de raza etrusca, luceres, conocidos también como los "leñadores”, "nobles” e "ilustres” respectivamente.
Dichos pueblos se agrupaban en tres diferentes tribus, cada una de las cuales se dividía en diez curias, subdivididas a su vez en diez gens. La gens se constituía por el parentesco y agrupaba familias que procedían de un tronco común. Era una organización con autoridad patriarcal impregnada de un carácter tanto judicial como religioso.
Las tres tribus anteriormente citadas, se hallaban bajo la autoridad de un rey, que no gobernaba de manera absoluta sino mediante el auxilio de un cuerpo colegiado conocido como: el senado. Es decir, la monarquía romana no era absoluta, el rey únicamente ejercía la autoridad que le era delegada por los patricios.
Rómulo estableció la distinción social entre patricios y plebeyos, creó un Senado de cien patricios y así comenzó sus guerras de conquista. Los patricios ejercían su poder en asambleas llamadas comicios por curia. Estos comicios eran los que elegían al rey y lo investía de autoridad; también promulgaban las leyes: leges curiatae. El voto se emitía por curia. Dentro de cada curia se votaba por persona para determinar el sentido en que ésta votaría en los comicios.
El rey subsumia tres grandes funciones: jefe del ejército, magistrado judicial y sumo sacerdote. Pero, para tomar decisiones, el rey consultaba con el senado, cuerpo integrado por los padres quienes eran personas mayores con mucha experiencia, algunos de los cuales eran, incluso, magistrados.
El senado era un órgano permanente de gobierno, a quien el rey tenía la obligación de consultar todas las decisiones que tuvieran relación con cuestiones públicas. Este órgano prolongó su existencia hasta el Bajo Imperio.
Dentro de las facultades del senado destaca la del ejercicio de la auctoritas patrum; es decir, la ratificación de las leyes y elecciones. También emitía resoluciones de carácter legislativo que recibían el nombre de senatus consultus, las cuales eran obligatorias en el derecho público, pero no tenían carácter de ley en el derecho privado.
En caso de fallecimiento del rey, como sucedió con Rómulo, el senado tenía la potestad de nombrar un interrex, que gobernaría hasta que se eligiera a un sucesor.
Rómulo fue elevado a la categoría de dios y adorado con el nombre de Quirinus.
En resumen, el régimen monárquico de la antigua Roma se basa en tres órganos políticos y con tareas distintas:
● El rey ● El Senado ● Los Comicios curiados. A estas instituciones se habrán de sumar los Comicios centuriados, creados por el Rey Servio Tulio.
En los primeros años la ciudad-estado de Roma tuvo únicamente unos 20, habitantes, en un territorio de unos 800 kilómetros cuadrados, su principal fuente de riqueza era la agricultura y la ganadería. Sobre el ganado siempre existió la propiedad privada.
Respecto de la propiedad agrícola, ésta se inició con la figura de la huerta familiar, extendiéndose con posterioridad a las tierras de labor. Más tarde, la propiedad privada dio pie a la explotación agrícola, que se llevaba a cabo por los miembros de la familia.
Como resultado de la ubicación geográfica de Roma, la actividad económica era limitada a ciertos productos como la sal, manufacturas etruscas y productos de importación tanto de los fenicios como de los griegos, siendo el trueque una forma de comercialización.
La tradición habla de tratados comerciales de Roma con Cartago, en los que la zona de influencia comercial se encontraba en la costa italiana del Mar Tirreno y en la africana de las Sirtes. Respecto de la religión de los pueblos primitivos de Lacio, se basaba en divinidades impersonales manifestadas a través de los fenómenos naturales como el viento o los ríos. De esas divinidades, como en todas las culturas, algunas eran buenas y otras malas, o algunas representaban lo blanco y otras lo negro, por lo que el romano de esa época buscaba tener una buena relación con la divinidad, a través de ceremonias
La marcada diferencia económico-social entre los patricios y los plebeyos se ha prestado a considerar que esa diferencia fue producto de un progresivo encumbramiento social de una minoría que acaparó tierras y en consecuencia riqueza, donde no existió distribución de la misma y que en un momento determinado luchó contra la marginación.
Además de las figuras citadas, se encontraban los extranjeros, quienes no participaban ni en el Derecho público ni en el privado; y que, si no eran súbditos de ciudades aliadas, o habían sido acogidos bajo la hospitalidad romana, no podrían esperar otro trato que el de enemigos, a quienes no se les respetaba ni su vida ni su libertad.
El Senado era un consejo de ancianos patricios cuya principal tarea consistía en asesorar al rey. Se habla de que en sus inicios estaba constituido por 100 senadores y que Tarquino duplicó el número de los mismos.
El primer senador aparecía en el Álbum Senatorium, llamado princeps senatus a quien se le reconocía como jefe y representante del senado, sin embargo no presidía las sesiones, esta encomienda estaba en manos del magistrado que realizaba la convocatoria, es decir, cada sesión era el resultado de la convocatoria de uno de los magistrados.
En un principio los tribunos de la plebe no estaban autorizados para participar de estas sesiones, sin embargo, con el tiempo, fueron autorizados tanto para convocarlas como para presidirlas.
Como la religión en Roma era importante, las sesiones senatoriales iniciaban después de haber invocado los auspicios divinos. Se rendía un informe por parte del presidente acerca de los motivos de la sesión, se discutían las propuestas y a continuación se llevaba a cabo la votación de los senadores, de acuerdo al orden en el que aparecían éstos últimos en el Álbum Senatorium.
El Álbum Senatorium se integraba siguiendo la jerarquía de los cargos que hubieren desempeñado los magistrados como censores, cónsules, pretores, ediles curules, ediles de la plebe, tribunos, cuestores; y finalmente se colocaba a todos aquellos que no habían ejercido cargo de magistrado.
Durante un largo periodo de tiempo, Roma ejerció el poder de forma directa, a través de los comicios populares, es decir, las reuniones del pueblo se llamaban comicios, y se realizaban por curias.
Existieron dos tipos de comicios, a saber:
● Comicios por curias. ● Comicios centuriados. ● Comicios por curias
Treinta curias eran convocadas para tratar temas de derecho privado relacionados, generalmente con la religión, mismos que se reunían en un foro, lugar llamado comitium, por tal motivo recibían el nombre de comicios por curias. Tanto la convocatoria como el proyecto de ley corrían a cargo del rey, misma que debía darse a conocer con 17 días de antelación como mínimo. Dicho proyecto, probablemente, era sometido, primeramente al senado y después a la curia quien debía de sancionar.
En los referidos comicios, la votación tenía lugar por curias, y en cada una de ellas el voto se contaba de manera individual, con el objetivo de conocer el sentir de la curia. La votación no podía llevarse a cabo ni en días nefastos ni en días de mercado. Las opciones de votación existentes eran:
● Voto afirmativo: con las iniciales VR (uti rogas), “como lo propones” ● Rechazo del proyecto: con la inicial A (antiquo iure utor) “sigo o prefiero el derecho antiguo”. ● Abstención: con la inicial NL (non liquet).
Los escrutadores computaban los votos y el magistrado interrogaba a éstos sucesivamente, quien al final de esto, cantaba el voto de su curia. No omitimos citar que, los patricios eran quienes ejercían una mayor influencia en estos comicios.
A medida que aumentó la población de Roma y sus dominios, se incrementó por añadidura, el número de curias, llegando estas a ser 35:
Esta etapa dentro de la historia romana comprende los años 510 y 27 a. C. Roma se convierte en una de las máximas potencias del mundo antiguo derivado de su triunfo sobre Cartago, convirtiéndolos prácticamente en dueños del Mar Mediterráneo.
Algunos autores refieren que el suicidio de Lucrecia, motivado por el ultraje que le causó el hijo de Tarquino el Soberbio, provocó la sublevación popular, bajo el mandato de Lucio Junio, apodado el "Bruto”, auxiliado por Collatino, que hizo posible expulsar a Tarquino el Soberbio de Roma en el año 509 a. C. Con la caída del último rey, en apoyo de la asamblea popular, el senado romano resolvió que dos cónsules reemplazaran al gobierno monárquico y que ejercieran el cargo por el término de un año.
Aparecen así elegidos para gobernar Roma Lucio Tarquino Colatino y Lucio Junio. En el ámbito civil, los dos cónsules magistrados que fungía como Judez Praetor, se reservaron el imperium. Ambos se repartían las funciones tanto civiles como militares, al mismo tiempo que uno a otro delimitaban su actuación y las resoluciones se dictaban de manera conjunta.
Otros autores coinciden en que la transición hacia la República se fue dando lenta y gradualmente. Refieren que la caída de la monarquía etrusca pudo relacionarse con el declinar del poder militar de los etruscos y con el fracaso de intento de expansión por el Sur de Italia (campaña), donde fueron derrotados en Cumas por los griegos de Siracusa en el año 474 a. de J.C. y en consecuencia, la nobleza latino-sabina, derrocó al monarca, alentados por los griegos del Sur de Italia que fomentaban la sublevación de los pueblos del Lacio.
Como todo cambio de fondo en la política, la transición hacia la República no sucedió de manera inmediata, fueron cambios que se pudieron consolidar con el paso del tiempo.
Diversas hipótesis refieren a que los cónsules serían de creación más tardía y los primitivos supremos magistrados fueron tal vez los praetores (prae ire = ir por delante, lo que hacía referencia a su embestidura de jefe militar). Estos supremos magistrados tenían el pleno poder (imperium) que anteriormente había ostentado el rey, excepto la religiosa; pero con limitaciones, tales como:
● La magistratura tenía una duración determinada (generalmente un año). ● Al concluir su cargo, eran sujetos de responsabilidad. ● Eran magistrados colectivos, es decir, por elección. ● Sus decisiones eran colegiadas.
A mediados del siglo V a. C. se forma una magistratura suprema con diez miembros, cuya tarea fue la de redactar un código legal.
Como consecuencia de la lucha de clases en Roma, los magistrados de origen militar gobernaron entre los años 445 a 367 a. C., primero en ternas y más tarde en grupos de seis. Los cónsules en figura de pares, aparecen históricamente en el año 367 a. C., en el que las Leges Liciniae Sextiae o bien crearon esta suprema magistratura o la restauraron.
Al inicio de la República, los magistrados eran nombrados por sus predecesores, sin embargo, el pueblo levanta la voz y empieza a intervenir en su nombramiento hacia el siglo V a. C., aún cuando ésta fue muy limitada.
Los nombres de los cónsules eran insaculados de una lista de patricios elaborada por los senadores.
El primero de enero de cada año eran investidos de poder por la ley Lex Curiata de Imperium, que consistía en recibir de las curias el poder. Al término de su función, es decir, después de un año, si no eran reelectos, tenían derecho a ingresar en el senado. Entre los privilegios con que contaban, se encuentra la “curul”, que consistía en el derecho de ocupar una silla especial elaborada a base de marfil donde se sentaban, y que representaba el ser una persona que ejercía una elevada magistratura o dignidad.
Por su parte, sus familiares, formaban parte de una clase llamada optimates, palabra que significa “los mejores”, que todos los patricios reconocían como tal.
El cónsul, responsable de las acciones militares, a quien también se le nombraba preator o armatur usaba una vestimenta especial, consistente en un paludamentum, un manto color púrpura bordado con oro; mismo que también era usado por los emperadores y caudillos romanos en campaña.
● Condonación y moratoria de deudas y la abolición de la ejecución personal por deudas. La labor de los tribunos de la plebe, en un inicio fue brillante, entre sus logros más connotados se encuentra la redacción de las Doce Tablas, mismas que constituyen un punto de partida del derecho romano escrito, sin embargo, con el paso del tiempo, se volvieron demagógicos, enfrentándose, incluso, al senado.
Con el crecimiento de la ciudad y las conquistas, Roma tuvo que reorganizarse tanto social como política y económicamente. Además surgió la necesidad de crear unión social para poderse proteger de sus adversarios, esto no sería producto de la casualidad, era necesario resolver o al menos aminorar los problemas internos, muchos de los cuales giraban en torno a la diferencia de clases. Así, los patricios fueron poco a poco permitiendo la incorporación de los plebeyos a las magistraturas.
Como resultado de lo anterior, se crea la figura de la pretura por la lex Licinia Sextia del 367 a. C., que permitió el acceso a los plebeyos al consulado.
El pretor (praetor) tiene a su cargo la jurisdicción civil en la civitas, es decir, tiene la potestad de declarar cuando se puede llevar a cabo un proceso jurisdiccional que aún sin resolver, no por la decisión del mismo magistrado, sino por un fallo (iudicatum o sententia) de un juez privado (iudex o arbiter).
Existían dos tipos de pretores, con responsabilidades distintas:
● Pretor urbano, (praetor urbanus) declaración del derecho respecto de los litigios entre ciudadanos romanos. ● Pretor peregrino (praetor peregrinus) encargado de conocer de las diferencias que se suscitan entre romanos y extranjeros o únicamente entre extranjeros. ● 2.2.4 Transformaciones socioeconómicas del problema agrario Tanto las conquistas como las ligas y alianzas del Imperio Romano, traen como resultado que éste se sitúe a la vanguardia de la Europa de la época, y queda al frente de los pueblos griegos del sur de la península, influenciando a los cartagineses.
Roma tenía alianzas con Cartago y con Siracusa, llegado el momento, debe de elegir, optando por Siracusa, originando así las guerras púnicas; de las cuales la vencedora es Roma, teniendo como nuevos horizontes la cuenca oriental del Mediterráneo, hecho que genera grandes cambios en la sociedad. A los campesinos y guerreros deviene una nueva sociedad integrada básicamente por mercaderes, los preceptores, armadores y comerciantes.
Para que el Estado pueda hacer frente a las necesidades de un ejército siempre en acción, requiere ingresos, por ende, se extrae tanto cobre, como plata y oro.
En Roma se vive una movilización de esclavos y extranjeros, producto, principalmente de la conquista, incluso se tiene noticia de que un día se llegaron a vender diez mil esclavos en el mercado de Delos.
2.2.5 Crisis de la República Las continuas guerras de Cartago trajeron consigo situaciones difíciles para Roma, ya que, por un lado, el costo en vidas humanas fue muy elevado y por otro lado, la clase campesina se vio afectada seriamente debido a que la transportación de trigo por barco era más barata que hacerlo por tierra, situación que se refleja en su debilitación económica y empieza la migración hacia la urbe.
De igual manera, la mala administración de las provincias, derivado de que un año no era suficiente ni para las obras planeadas ni tampoco para las operaciones militares. Esto aunado a algunas guerras civiles por el poder del senado, contribuyó a la decadencia de las instituciones republicanas.
Ahora bien, antes de la caída de la República, se suscitan en Roma dos triunviratos, mismos que son resultado, el primero de una lucha entre Mario y Sila, quienes fueron elegidos en varias ocasiones como Cónsules, uno, Lucio Cornelio Sila apoyado por los soldados, y Cayo Mario favorece al partido popular. Como resultado de haber sido elegidos, Sila propone una reforma constitucional para restaurar al poder senatorial y Mario emprende una campaña en su contra. Sin embargo, Sila es embestido con una dictadura de duración indefinida, aniquilando al partido popular mediante propuestas de ley. Así, logra restaurar el poder del Senado y pone en práctica la reforma constitucional en el año 79 a. de C., mismas que son eliminadas una a una.
El primer triunvirato: conformada en el año 60 a. de C. por Julio César (sobrino de Mario), Pompeyo y Craso, quienes a través de un pacto secreto comparten el gobierno
El nuevo orden político instaurado por Octavio, es de carácter constitucional, diferente de la monarquía y de la República, que respondió a las exigencias de sus tiempos, y que además tuvo una duración de tres siglos. Un tanto matizado de influencias greco-helénicas, como es la esfera religiosa e ideológica, pero que, más allá de lo religioso y de lo político, como ya se comentó, estaba inspirado en las exigencias de la realidad, particularmente inspirado en las necesidades de las fuerzas político-sociales romanas. Esta época es conocida como la “diarquía”, ya que el príncipe comparte poderes con el senado, sin embargo, no se encontraban en el mismo plano; pero, con el paso del tiempo se convierte en una autocracia, gracias a las aptitudes y habilidades políticas de Octavio, quien se va robusteciendo de poder. Los poderes de Octavio fueron:
● Imperium proconsulare maius et infinitum, mismo que no tenía límites y gobernaba sobre todas las provincias, así como el mando y organización de las legiones en ellas establecidas. ● Potestad tribunicia, le otorgaba la convocatoria del concilio de la plebe y del Senado, la inviolabilidad del poder y el poder de veto. ● En esta época se llega a un estado de unión del Imperio, basado en cuatro procesos, a saber:
● Transformación del vínculo de alianza o federación en el de anexión. ● Integración del estado nación dominante y los territorios dominados. ● Un mismo tipo de organización y sistema municipal. ● Reconocimiento de ciudadanía a todos los hombres libres del Imperio. ● La política de Augusto, trajo orden, paz, seguridad y prosperidad a todo el Imperio, la administración de las provincias pasó a ser un trato justo, y ya no de explotación, se buscó instaurar una moral social y religiosa, y se propugna por el restablecimiento de la clase de pequeños propietarios rurales, a través del reparto de tierras a veteranos.
Es así como, por casi dos siglos, en prácticamente toda la cuenca del Mediterráneo, se experimentó vivir en paz y con prosperidad.
Transformaciones socioeconómicas
A partir de ésta época, Roma comienza a depender del exterior en lo tocante al suministro de cereales y demás mercaderías, ya que la milicia se torna de carácter profesional, obteniendo buenos ingresos.
Como consecuencia de la paz en el Imperio, surgió el siglo de oro de la literatura latina y subsecuente a éste el de jurisprudencia.
El cristianismo que había sido perseguido, es bienvenido y adoptado para proporcionarle unidad y fortaleza espiritual al Imperio.
Por otro lado, un punto medular del régimen fue la falta de articulación de mecanismos de acceso al poder, ya que los príncipes eran elegidos dentro del núcleo familiar. Asimismo, nuevos grupos bárbaros se asentaron sobre las fronteras imperiales. Durante el máximo esplendor de las civitas, existían fuertes crisis económicas, provocadas principalmente por el acaparamiento de riquezas por la clase dominante. Poca era la producción y mucho el consumo y aunado a esta situación se encontraba el uso excesivo de oro y plata.
Diocleciano instauró el sistema de la tetrarquía, con el objetivo de defender las fronteras y de organizar el acceso al poder, al trono imperial.
● Dividió el Imperio en el oriente, mismo que gobernó personalmente; y occidente, quien fue gobernador Maximino, mismos que recibieron el nombre de "Augustus” que, eligieron a un "César” que se hacía cargo de sus respectivos territorios, conformándose así la tetrarquía: cuatro figuras imperiales. ● A la muerte o retiro después de dos décadas, cada "Augusto” sería reemplazado por el "Cesar”. Y al mismo tiempo se elegía otro "César”. Respecto del ejército (institución que se llegó a cuadruplicar), nombró a militares para que se hicieran cargo del mismo, que no tenían ningún nexo con la vida civil. Este cuerpo castrense se organizó de la siguiente manera:
● Guarniciones limítrofes. ● Cuerpo móvil estratégico. ● Guardia palaciega. ● La intervención del Estado en el plano económico, no espero, así como la organización y participación de las clases sociales en el quehacer profesional. De igual manera, se instauró una reforma monetaria.