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Introducción a la Ciencia del Derecho: Notas Bibliográficas Kiefer-Marchand y Alza Mora, Resúmenes de Derecho

Este documento contiene notas bibliográficas sobre el libro 'introducción a la ciencia del derecho' de javier kiefer-marchand y alza mora valdez. Se mencionan los elogiosos comentarios sobre los discursos pronunciados en la corte, la necesidad de publicar el libro y las diferencias entre los planes de estudios y los textos de autores extranjeros. Se destaca la importancia de la publicación para maestros y estudiantes, y se recuerdan las brillantes lecciones impartidas por el autor en la universidad nacional mayor de san marcos. La obra sigue un trazado principalmente del autor en su programa y bibliografía del curso de introducción a las ciencias jurídicas y políticas, con dos modificaciones importantes: la inclusión de un nuevo capítulo sobre derechos absolutos y derechos relativos, y la nueva estructuración de la parte que trata de la evolución del pensamiento jurídico. El documento también menciona el capítulo dedicado al concepto lógico jurídico y los fines del derecho.

Tipo: Resúmenes

2019/2020

Subido el 23/05/2020

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NOTAS BIBLIOGRAFIC'AS
Z07
Después
de
este
"Discurso
de
Orden",
en
el
cual
el
Consejero Lapla-
tte
hace
gala
de
sus
profundos conocimientos históricos y jurídicos,
se
pu~
blica
el Discurso
del
Primer
Presidente
de
la
Corte,
Mr.
Robert Mischlich.
Una
de
sus
frases,
merece
citarse entre otras:
"La
actividad
de
los Magis-
trados
es
esencialmente
abstracta,
especulativa,
espiritual.
Adversarios
de
la
materia,
no
aceptan
ni
el
peso
del
mundo,
ni
su
fuerza física,
puesto
que
precisamente
son
los
servidores
del
espíritu".
El Fiscal
General,
Me.
Pierre Grimal,
pronunció
luego
sentidas
pala-
bras
recordando
a los
Magistrados
o
antiguos
Magistrados
fallecidos: "El
envejecer
sería
poca
cosa,
.dijo,
si
cada
etapa
de
la
vida
-principalmente
cuando
los
años
se
acumulan~
no
fuera
señalada
por
la
desaparición,
en
nuestra
carrera,
de
hombres
que
nos
han
dirigido y
ayudado
a
ser
lo
que
somos".
Luego
menciona
los
más
destacados
servicios
prestados
a
la
Cor-
te
por
esos
Magistrados.
Estos discursos,
por
su
elevado
espíritu jurídico,
por
su
clara
visión
de
los
deberes
que
i.ncumben a
quienes
desempeñan
las
altas
funciones
de
la
Magistratura,
merecerían
ser
leídos
con
detenimiento,
a::>í
como
e1
Discurso
de
Orden,
tan
documentado
y
tan
interesante
desde
los
puntos
de
vista histórico y jurídico. Por
su
lectura
se
puede
apreciar
que
los ac-
tuales
Magistrados
de
esa
antigua
Corte
no
desmerecen
de
sus
1lustres an-
tecesores.
Jav[er Kiefer-:M:archand
INTRODUCCION A
LA
CIENCIA
DEL
DERECHO. !'.'!ario Alza
mora
Valdez.
Lima.
Talleres Gráficos
P.
L.
Villanueva
S.
A.,
1963.
335
pp.
Maestros
y
estudiantes
recibirán
con
beneplácito
la
publicación
ce
este
libro
cuya
necesid,:xd
se
sentía
con
apremio
y
urgencia
desd'9 hac·a
casi
dos
décadas.
Las
diferencias
entre
los
planes
y
programas
de
estu·
dios
en
nuestras
universidades
y los textos
de
autores
exl!"anjeros,
hada:::1.
a estos
parcialmente
inútiles y a
aquellos
inneceso.riament'9
arduos.
Quie·
nes,
además,
tuvimos
la
buena
suerte
de
ser
alumnos
del
doctor
!VIario
Al-
zamora
Valdez,
tanto
en
la
cátedra
de
Introducción a
las
Ciencias
Jurícli~
cas
como
en
l:x
de
Filosofía
del
Derecho,
nos
alegramos
de
ver
converti-
das
en
libro
algunas
de
las
brillantes
lecciones
en
que
el
razonamiento
ordenado
y riguroso
es
presentado
en
lenguaje
fácil y ligero
de
exquisita
precisión y
sobria
elegancia.
El
esquema
de
la
obra
sigue,
en
lo principal,
el
traz:::t:do,
por
el
mis·
mo
autor,
en
su
Programa
y Bibliografía
del
Curso
de
Introducción a
las
·Ciencias !uríricas y Políticas,
publicado
ppr
la
Universidad
Nacional
M:x-
yor
de
San
Marcos
en
1962.
Las
dos
modilicaciones
importantes
son
la
in·
clusión
de
un
nuevo
capítulo
denominado
Derechos Absolutos y
Dere:hos
Relativos ("El
derecho
de
libertad
e.s
un
derecho
absoluto; significa
lcr
fa-
cultad
del
titular
para
hacer
u omitir lo prescrito o lo prohibido,
que
debe
ser
respetada
por
todos los
demás
sujetos".
p. 172); y
la
nueva
estructu-
ración
--con
criterio
más
didáctico, metódico y
conveniente
para
alumnos
·que
se
inician
en
el
estudio
del
derecho-
de
la
parte
que
trata
de
la
evo-
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NOTAS BIBLIOGRAFIC'AS Z

Después de este "Discurso de Orden", en el cual el Consejero Lapla-

tte hace gala de sus profundos conocimientos históricos y jurídicos, se pu~

blica el Discurso del Primer Presidente de la Corte, Mr. Robert Mischlich. Una de sus frases, merece citarse entre otras: "La actividad de los Magis- trados es esencialmente abstracta, especulativa, espiritual. Adversarios de la materia, no aceptan ni el peso del mundo, ni su fuerza física, puesto que precisamente son los servidores del espíritu". El Fiscal General, Me. Pierre Grimal, pronunció luego sentidas pala- bras recordando a los Magistrados o antiguos Magistrados fallecidos: "El envejecer sería poca cosa, .dijo, si cada etapa de la vida -principalmente cuando los años se acumulan~ no fuera señalada por la desaparición, en nuestra carrera, de hombres que nos han dirigido y ayudado a ser lo que somos". Luego menciona los más destacados servicios prestados a la Cor- te por esos Magistrados. Estos discursos, por su elevado espíritu jurídico, por su clara visión de los deberes que i.ncumben a quienes desempeñan las altas funciones de la Magistratura, merecerían ser leídos con detenimiento, a::>í como e

Discurso de Orden, tan documentado y tan interesante desde los puntos

de vista histórico y jurídico. Por su lectura se puede apreciar que los ac- tuales Magistrados de esa antigua Corte no desmerecen de sus 1lustres an- tecesores. Jav[er Kiefer-:M:archand

INTRODUCCION A LA CIENCIA DEL DERECHO. !'.'!ario Alza mora Valdez. Lima. Talleres Gráficos P. L. Villanueva S. A., 1963. 335 pp.

Maestros y estudiantes recibirán con beneplácito la publicación ce

este libro cuya necesid,:xd se sentía con apremio y urgencia desd'9 hac·a casi dos décadas. Las diferencias entre los planes y programas de estu·

dios en nuestras universidades y los textos de autores exl!"anjeros, hada:::1.

a estos parcialmente inútiles y a aquellos inneceso.riament'9 arduos. Quie· nes, además, tuvimos la buena suerte de ser alumnos del doctor !VIario Al- zamora Valdez, tanto en la cátedra de Introducción a las Ciencias Jurícli~ cas como en l:x de Filosofía del Derecho, nos alegramos de ver converti- das en libro algunas de las brillantes lecciones en que el razonamiento

ordenado y riguroso es presentado en lenguaje fácil y ligero de exquisita

precisión y sobria elegancia. El esquema de la obra sigue, en lo principal, el traz:::t:do, por el mis·

mo autor, en su Programa y Bibliografía del Curso de Introducción a las

·Ciencias !uríricas y Políticas, publicado ppr la Universidad Nacional M:x-

yor de San Marcos en 1962. Las dos modilicaciones importantes son la in·

clusión de un nuevo capítulo denominado Derechos Absolutos y Dere:hos

Relativos ("El derecho de libertad e.s un derecho absoluto; significa lcr fa- cultad del titular para hacer u omitir lo prescrito o lo prohibido, que debe

ser respetada por todos los demás sujetos". p. 172); y la nueva estructu-

ración --con criterio más didáctico, metódico y conveniente para alumnos ·que se inician en el estudio del derecho- de la parte que trata de la evo-

(^208) DERECHO

lución del pensamiento ju:ídico, y que ha sido ordenada bajo tres títulos: El Jusnaluralismo ("busca un fundamento trascendente". p. 299); el Histori- cismo ("representa una vigorosa reacción contra las abstracciones de] ra- cion:dismo jusnaturalista... a la razón se opone, de ese modo, la historia". p. 309); y el Formalismo jurídico ("El dérecho no es otra cosa que un modo o una forma de existencia: humana". p. 328). Si hay algo sin embargo, que merece destacarse sobre lo demás, en esta obra tan pareja en su desarrollo; o mejor dicho, si hay algo que lla- ma más poderosamente la atención al lector ávido de novedades, es el ca- pítulo dedicado al concepto lógico jurídico que García Maynez denomina supuesto de la norma y que el doctor Alzamora Valdez llama supuesto ju- rídico ("La hipótesis de la norma jurídic::r expresa un hecho de cuya rea.li- zación depende la consecuencia de derecho. Ese hecho c0n.stituye el su· puesto jurídico". p. 101); y el capítulo sobre los Fines del Derecho en que el estadiante recién iniciado verá traducido en juicios transparentes ("El Derecho, del mismo modo que ·la Moral y que la Política -entendida en el ser.. tido ncbJe de la palabrCI- orienta la conducta humana, no hacia aque- llo que es sino hacia un debe ser; la dirigen hcrcia fines". p. 273); los va- lores son cualidades, jamás se llega a ellos, pero son "fuentes de sentido" para lo: existencia humana a. la que oirecen sóJo un futuro det~rminado. L0s fines son pun'.os de llegada, pueden ser realizados, superados o aban· d.onado.'3 ori?inan:io, de ese modo, un estado o una situación determinables en el tiempo". (p. 290) el lengu:Jje a veces criptográfico de la axiología ju- rídica. Luego de un erudito examen etimológico de la palabra derecho, en el. Capítulo I (p. 3), el au.tor expon0 la rela::ión del homb~e con el derecho, y cómo la conciencia de su unidad en aquel, lo hace distinguirse de las cosas y enfrentarlas y asumir la posición de sujeto con referenda a los ob- je(os (p. 8). En el Capítulo III enumera las diversas clases de normas y leyes, selecciona de esta variedad las que sirven para regular la conducta del hombre, que son "creaciones culturoles'' y que expresan un deber ser que hace referencia a valores (p. 25); de ahí que la defbición del dere,:ho adoptada por el autor en el Capítulo V es "la regulación de la vida social d':l hombre para alc:;nzar la justicia'' (p. 31). La .segunda pa!:te trata de la.s ciencias del derecho, y en el Capítu· lo I plantea el conflicto iniciado por Kir·chmann sobre el caracter científi· co de l:s dencias jurídicas, explica el mé:odo general de Sl.!- e.o;~udio: la com- prensjÓn (p. 38), y concluye con un somero análisis de la.s diversas cien- cias jurídicas: Dogmática, Sociología, Filosofía e Hi3toria del D.3recho, y De- recho Compara :lo. De las dos tendencia.::: contemporáneac; sobre el Dere- ch'J Comparado el autor se pronunci.J: por su caráct~r ci~ntífico, en contra de lu otra tendencia que sostiene que es un método de esrudb del dere- cho. En el Capitulo II explica la necesidrxd y razón del curso de Introduc- ción a la Ciencia del Derecho que "constituye una parte previa" (p. 63), al estudio de las diversas ra.mas del derecho. La tercera parte está deqicac':a a trazar ]a diferencia entro el dere- cho ("a la vez que atribuye un derecho señala correlativamente un deber" p. 76) y la moral ("sólo prescribe deberes" p. 76); y entre el derecho y Jos