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La licencia de edificación2 es el acto administrativo mediante el cual un gobierno local otorga al administrado autorización para ejecutar una obra de edificación, es decir una construcción de carácter permanente sobre un predio, que cuenta como mínimo con un proyecto de habilitación urbana aprobado y cuyo destino es albergar a la persona en el desarrollo de sus actividades.
Tipo: Diapositivas
Subido el 27/04/2022
4 documentos
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LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN
EL DISTRITO DE
SANTA ANITA
ÍNDICE
CUESTIONARIO
ANTEPROYECTO EN CONSULTA
LICENCIA DE OBRA
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
CONFORMIDAD DE LA OBRA Y DECLARATORIA DE LA EDIFICACIÓN
¿COMO SACAR UNA LICENCIA DE
CONSTRUCCIÓN?
PARÁMETROS URBANÍSTICOS
FUEDECLARACIÓN JURADAFUE
FUEDECLARACIÓN JURADAFUE
FUECOSTOS Y PLAZOSFUE
Ampliación de Vivienda unifamiliar que no supere los 200 m
Remodelación de edificación sin modificación estructural ni cambio de uso, ni aumento de área construida
Cercos de más 20 m
Demolición Total de edificaciones menores a 3 pisos de altura siempre que no requieran uso de explosivos, no constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la nación, que no cuenten con semisótanos y sótanos
Ampliaciones consideradas Obras menores
Locales de espectáculos deportivos hasta 20000 ocupantes
Obras de carácter militar, policial y de reclusión
● Ley Nº 27157 ● (Ley 29090 y su reglamento) publicada 25/09/ ● DS. No. 024-2008-VIVIENDA (27/09/2008) ● Ley N° 27444 ● Ley N° 27972 ● D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA ● Ley Nº 29476 ● D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA ● D.S. Nº 003-2010-VIVIENDA ● D.S. N° 008-2013-VIVIENDA ● D.S. N° 014-2015-VIVIENDA ● D.S. N° 009-2016-VIVIENDA
Edificaciones de fines diferentes a vivienda que no estén previstas en la modalidad D.
Edificaciones de Uso mixto con vivienda
Intervenciones que se realicen a inmuebles previamente declarados
Edificaciones para locales comerciales, culturales , centros de diversión y salas de espectáculo que cuenten con más de 30 000 m
Edificaciones de mercado hasta un máximo de 15000 m2 de área construida
Locales de espectáculos deportivos hasta 20000 ocupantes
Locales de espectáculos deportivos hasta 20000 ocupantes
Todas las demás no contempladas en la modalidad A,B y D
● Ley Nº 27157 ● (Ley 29090 y su reglamento) publicada 25/09/ ● DS. No. 024-2008-VIVIENDA (27/09/2008) ● Ley N° 27444 ● Ley N° 27972 ● D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA ● Ley Nº 29476 ● D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA ● D.S. Nº 003-2010-VIVIENDA ● D.S. N° 008-2013-VIVIENDA ● D.S. N° 014-2015-VIVIENDA ● D.S. N° 009-2016-VIVIENDA
Las habilitaciones urbanas de predios que no colinden con áreas urbanas o que cuenten con proyectos de habilitación urbana aprobados
Las habilitaciones urbanas de predios con zonas arqueológicas o áreas protegidas
Las habilitaciones urbanas para fines de gran industria o industria básica, comercio y Usos Especiales
Edificaciones para fines de gran industria o industria básica
Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculo que cuenten con más de 30 000 m2 de área construida.
Las edificaciones para mercados que cuenten con más de 15 000 m de área construida
Locales de espectáculos deportivos de más de 20 000 ocupantes
● Ley Nº 27157 ● (Ley 29090 y su reglamento) publicada 25/09/ ● DS. No. 024-2008-VIVIENDA (27/09/2008) ● Ley N° 27444 ● Ley N° 27972 ● D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA ● Ley Nº 29476 ● D.S. Nº 003-2010-VIVIENDA ● D.S. N° 008-2013-VIVIENDA ● D.S. N° 014-2015-VIVIENDA ● D.S. N° 009-2016-VIVIENDA