Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Mapa conceptual de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, Esquemas y mapas conceptuales de Ética Empresarial

Mapa de definiciones de los mecanismos alternativos de soluciones de conflictos

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021
En oferta
30 Puntos
Discount

Oferta a tiempo limitado


Subido el 12/11/2021

catalina-castiblanco-nino
catalina-castiblanco-nino 🇨🇴

5

(2)

4 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
MASC
Concepto
Características
Principios
M. Const. Y
Judicial.
Hetero
/Autocom
Ventajas
CONCILIACIÓN
Camino previo al proceso judicial
que implica la participación de un
conciliador, las partes y sus
representantes, y que tiene como
objetivo el de evitar el proceso
judicial o concluirlo por acuerdo
libre de aquéllos. Es en esencia
una negociación, pero con la
intervención del tercero quien
ayuda en el proceso de
comunicación.
-Conflicto
existente.
-La conciliación es
fundamentalmente
una negociación.
Sin negociación no
existe conciliación.
- Participación de
un tercero.
-El procedimiento
flexible e informal.
Los procesos de
conciliación no
suponen etapas
obligatorias ni
instancias
-Equidad
-Veracidad
-Buena fe
Confidencialidad
-Imparcialidad o
neutralidad
Constitucional
Artículo 116.
Judicial Ley
640 de 2001
Autocompositi
va.
La acobija la cosa
juzgada.
Tiene mérito
ejecutivo.
Es uno de los
únicos procesos
que tiene marco
judicial específico.
MEDIACIÓN
Es un proceso de negociación más
complejo que implica la
participación de un tercero ajeno
a las partes involucradas. Aquel
tercero es el mediador, es decir
un individuo, un grupo de
individuos o una institución
determinada, y que será elegido
libremente por las partes.
-Proceso
voluntario, flexible
y participativo de
resolución pacífica
de conflictos.
-Las dos partes
enfrentadas
recurren
voluntariamente a
una tercera
persona imparcial,
el mediador, para
llegar a un acuerdo
satisfactorio.
-El poder lo ejercen
las propias partes
-Neutralidad del
mediador
Confidencialidad
Solo
Constitucional
Artículo 116.
Autocompositi
va.
Está cobijado por el
mérito ejecutivo,
es decir lo
acordado en la
mediación debe
cumplirse como
una obligación
NEGOCIACIÓN
La negociación se suele dar en
forma de diálogo entre las partes,
en donde cada uno tiene interés
en lo que la otra parte tiene o
puede ofrecer, pero no está
dispuesto a aceptar todas sus
-Existen dos o más
interesados en
negociar.
-Las partes
negociadoras están
interrelacionadas.
-Compromiso. Las
dos partes deben
estar convencidas
de que quieren
empezar a
colaborar.
DECRET O 160
DEL 5 DE
FEBRE RO DE
2014, QUE
REGLAMENT A LA
LEY 411 D E
Autocompositi
va
-Solución de
conflicto clara,
viable, duradera y
en un corto plazo
de tiempo.
pf3
Discount

En oferta

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Mapa conceptual de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Ética Empresarial solo en Docsity!

MASC Concepto Características Principios M. Const. Y Judicial. Hetero /Autocom Ventajas Desventajas CONCILIACIÓN Camino previo al proceso judicial que implica la participación de un conciliador, las partes y sus representantes, y que tiene como objetivo el de evitar el proceso judicial o concluirlo por acuerdo libre de aquéllos. Es en esencia una negociación, pero con la intervención del tercero quien ayuda en el proceso de comunicación.

  • Conflicto existente.
  • La conciliación es fundamentalmente una negociación. Sin negociación no existe conciliación.
  • Participación de un tercero.
  • El procedimiento flexible e informal. Los procesos de conciliación no suponen etapas obligatorias ni instancias
    • Equidad
    • Veracidad
    • Buena fe Confidencialidad
    • Imparcialidad o neutralidad Constitucional Artículo 116. Judicial Ley 640 de 2001 Autocompositi va. La acobija la cosa juzgada. Tiene mérito ejecutivo. Es uno de los únicos procesos que tiene marco judicial específico. El procedimiento será guiado por un conciliador que no necesariamente será un abogado_._ MEDIACIÓN Es un proceso de negociación más complejo que implica la participación de un tercero ajeno a las partes involucradas. Aquel tercero es el mediador, es decir un individuo, un grupo de individuos o una institución determinada, y que será elegido libremente por las partes.
  • Proceso voluntario, flexible y participativo de resolución pacífica de conflictos.
  • Las dos partes enfrentadas recurren voluntariamente a una tercera persona imparcial, el mediador, para llegar a un acuerdo satisfactorio.
  • El poder lo ejercen las propias partes
  • Neutralidad del mediador Confidencialidad Solo Constitucional Artículo 116. Autocompositi va. Está cobijado por el mérito ejecutivo, es decir lo acordado en la mediación debe cumplirse como una obligación No tiene marco judicial específico. NEGOCIACIÓN La negociación se suele dar en forma de diálogo entre las partes, en donde cada uno tiene interés en lo que la otra parte tiene o puede ofrecer, pero no está dispuesto a aceptar todas sus
  • Existen dos o más interesados en negociar.
  • Las partes negociadoras están interrelacionadas.
  • Compromiso. Las dos partes deben estar convencidas de que quieren empezar a colaborar.

DECRETO 160

DEL 5 DE

FEBRERO DE 2014, QUE REGLAMENTA LA LEY 411 DE Autocompositi va

  • Solución de conflicto clara, viable, duradera y en un corto plazo de tiempo.
    • Las personas participantes deben obligatoriamente tener buenas habilidades de argumentación y persuasión para evitar

condiciones. De esta forma, cada parte busca que la otra ceda en algo su postura para poder llegar a un punto de acuerdo aceptable por ambos. Esto es, cada una de ellas tienen algo de interés para la otra parte.

  • Si la negociación es exitosa se llegará a un acuerdo formal en donde las partes se comprometen con lo pactado.
    • Balance. Aunque el objetivo final de toda negociación debe ser obtener una ventaja, se debe tratar de que sea una situación lo más justa posible

APROBATORIA DEL CONVENIO 151 DE LA OIT

  • Soluciones basadas en el GANAR-GANAR.
  • Equidad en los resultados. que la solución del conflicto llegue a ser injusta, lo que a muchas personas les puede parecer molesto e innecesario.
    • Sin marco judicial específico en Colombia CONTRATO DE TRANSACCIÓN

El contrato de transacción

consiste en la solución de un

litigio sin necesidad de iniciar

un juicio extrajudicial, es un

acto en que las partes,

sacrificando parte de sus

pretensiones, ponen fin a un

litigio pendiente o precaven un

litigio eventual. Por tal razón,

no es transacción el simple

desistimiento que de la

demanda haga el demandante,

no obstante, la aceptación que

por su parte manifiesta el

demandado.

  • Es consensual, Como todo contrato debe reunir los requisitos establecidos en las normas civiles para que esté revestido de validez. - Es bilateral, ya que las obligaciones son para ambas partes. - Es un contrato nominado, ya que se encuentra regulado en el código civil a partir, del artículo 2469 al
- Consentimiento de las dos partes - Honestidad y claridad en los hechos - Voluntad y respeto - Ley 80 1993. Estatuto de la contratación pública Hetero compositiva 

- La terminación

del proceso de

forma

extrajudicial

- Hace tránsito a

cosa juzgada.

  • En caso de incumplimiento se puede volver el proceso ordinario

- La voluntad que existe

entre las partes para

dar por terminado un

proceso litigioso.

- Desgaste procesal y

económico.

AMIGABLE

COMPOSICIÓN

Es un mecanismo alternativo

de solución de conflictos, en

virtud del cual uno o varios

particulares o una entidad

pública habilitan a un tercero

llamado amigable

componedor, para resolver de

  • Las partes delegan a un tercero la resolución de su controversia
  • Requiere pacto expreso de las partes.

Consensualidad

de las dos partes.

- Compromiso,

honestidad y

responsabilidad.

- Transaccional: La

transacción

Ley 1563 de

  1. Art. 50, 60, 61. Hetero compositiva
    • Las partes del contrato deciden por ellas mismas el amigable componedor-En la transaccionalidad la cubre la cosa juzgada.

Se debe pagar los

honorarios y gastos del

amigable componedor

para que se pueda

adelantar el trámite, lo

que significa Altas y