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Orientación Universidad
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mapa conceptual historia del derecho penal, Diapositivas de Derecho Penal

de manera grafica presentamos la historia del derecho penal

Tipo: Diapositivas

2022/2023

Subido el 26/07/2023

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Derecho Penal
General
UNIDAD Nº 1
Concepto de Derecho Penal, historia y evolución del castigo (Época
primitiva, La Edad Antigua, La Edad Media, La Edad Moderna, Las
Obras de Beccaria, La Ilustración.
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¡Descarga mapa conceptual historia del derecho penal y más Diapositivas en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

Derecho Penal

General

UNIDAD Nº 1 Concepto de Derecho Penal, historia y evolución del castigo (Época primitiva, La Edad Antigua, La Edad Media, La Edad Moderna, Las Obras de Beccaria, La Ilustración.

Concepto de Derecho Penal

  • (^) El derecho penal es la rama del Derecho Publico que regula la potestad punitiva (ius puniendi) del Estado.
  • (^) El derecho penal asocia a la realización de determinadas conductas, llamadas delitos, penas y medidas de seguridad como consecuencias jurídicas.

TEORIA DEL DELITO

  • (^) Evolución Histórica El delito surgió cuando el hombre, viviendo en sociedad y en sus relaciones con sus semejantes, transgredió o violó aquellos principios que en cada época se consideraron fundamentales, apareciendo contra estas transgresiones y violaciones, diversas formas de pena: elemento diferencial y típico del Derecho Penal.
  • (^) La comprensión de las instituciones penales primitivas exige la exposición de ciertas formas de penalidad que se presentan con gran generalidad entre los más distintos pueblos, ellos son:
  • (^) - la venganza (Divina, Pública y Privada)
    • el sistema talional
  • (^) - la expulsión de la Paz
  • (^) - sistema composicional

La venganza divina

  • (^) Esta fue la primera, de un tinte religioso y en la cual el individuo era castigado por sus malas acciones por un ser superior, llamado Dios. Sufrido el mal, el individuo justificaba dicho mal sufrido e impuesto por sus dioses, en virtud de alguna previa transgresión al “tabú” por su parte. Si se arruinaba la cosecha o se morían los animales de labranza, no era por el mal clima, ni por alguna enfermedad mortal que pudieran tener los animales, ello se debía a que, el haber violado en alguna oportunidad anterior pública o privadamente el “tabú”, quien así lo hiciere se convertía en acreedor a tal castigo provocado por la ira de los Dioses.

Limitaciones a la venganza privada

  • (^) La ley del Talión: consiste en la retribución de un mal por otro mal igual: “OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE”.
  • (^) La composición: consiste en el reemplazo de la pena por el pago de una suma de dinero. Primeramente fue voluntaria (el ofendido podía aceptar o no el pago).
  • (^) La expulsión de la Paz: consistía en abandonar o expulsar al individuo de su grupo o tribu, dejándolo librado a su suerte; lo que, de acuerdo al sistema de vida de la época, era prácticamente condenarlo a la muerte o a la esclavitud.

La venganza pública

  • (^) Es desde el período de los reyes que comienza el principios de la venganza pública, ejercida por el poder público con lo cual desaparece el carácter ostensiblemente privado del Derecho Penal anterior.
  • (^) Es el rey quien tenía derecho a juzgar los delitos públicos.
  • (^) Esta venganza pública se da con la intervención del Estado y tuvo su origen en el derecho romano. Se crea el poder judicial y el tribunal del pueblo es quien dicta al pena.

Leyes mosaicas

  • Leyes de Moisés. Se encuentran en el Pentateuco, (libro atribuido a Moisés) donde el Derecho, el delito, la religión y en pecado se encuentran entremezclados. Esta legislación se caracteriza por una paulatina suavización de las penas, para toda clase de delitos, a excepción de aquellos contrarios a la Divinidad, Moral y Buenas Costumbres. Toda la legislación se encuentra imbuida de un gran sentimiento religioso. La pena de muerte conoció distintas formas de aplicación tales como la sierra, horca, cruz, lapidación, linchamiento. Otros tipos de penas eran el asilo, estableciéndose especialmente las ciudades de asilo. Para los casos de contenido patrimonial, se utilizaba la composición, que debía ser acompañada de un sacrificio religioso. Otros delitos punidos por este Derecho Penal: la idolatría (adoración a otros dioses) y la blasfemia (insulto a Dios).
  • (^) Los delitos se clasificaban en: Delitos contra sus semejantes Delitos contra la divinidad Delitos contra la honestidad Delitos contra la falsedad El homicidio y las lesiones se sancionan con penas talionales.

Derecho Penal de los griegos

  • (^) Se originó en asuntos religiosos y de acuerdo a las antiguas leyendas, los hombres eran utilizados por los dioses para cometer delitos. Esta posición fue pronto dejada de lado para ir tomando conciencia de personalidad, responsabilidad y pena. En los crímenes comunes sólo se castigaba al autor. En los delitos públicos o religiosos, el castigo era colectivo. Este castigo desaparece en el siglo V a.C.

Derecho Penal Germánico (siglo V - XI)

• Predominio de la cultura germánica, la que a su vez va

recibiendo influencias de los romanos primero, y luego del

cristianismo. Más allá de su concepción individual, el hombre

germano se concebía como integrante de una unión superior,

esto es, una casa, una familia, un pueblo. El valor supremo

apreciado por el hombre germano en el marco de esa unión

suprapersonal, era la paz (expresión de Derecho y orden).

Edad Media

  • (^) La edad media: durante la edad media desaparece el Imperio romano, y con él la unidad jurídica de Europa.
  • (^) Las invasiones de los bárbaros trajeron costumbres jurídico- penales diferentes, contrapuestas muchas de ellas a los principios del derecho del Imperio romano.
  • (^) A medida que el señor feudal fortalece su poder, se va haciendo más uniforme el derecho, como fruto de la unión del antiguo derecho romano y de las costumbres bárbaras.

Derecho Penal Canónico

  • (^) El Derecho penal de la Iglesia se funda en la delegación divina invocada por la Iglesia para la persecución y castigo de los delincuentes y buscando como fin la enmienda del reo mediante la penitencia.
  • En cuanto a los delitos podemos distinguir tres tipos: Delitos eclesiásticos: son aquellos que ofenden el Derecho Divino, tales como eregóa, cima, apostacía. Estos delitos eran castigados con penas propias del Derecho religioso. Delitos seculares: aquellos que lesionan el orden social y eran castigados con penas propias del Derecho penal y la intervención de la Iglesia tenía como objetivo lograr la enmienda del delincuente hasta su efectivo arrepentimiento. Delitos mixtos: son aquellos que lesionan tanto al orden religioso como al social: adulterio, falso juramento.

Los Glosadores y los Postglosadores

  • Con la concentración del poder en manos de los reyes, y la consiguiente pérdida del mismo por parte de los señores feudales, se sientan las bases de los Estados modernos.
  • (^) Se produce entonces el renacimiento del derecho romano. En las universidades italianas, principalmente, se estudia este derecho, como también las instituciones del Derecho Canónico y del derecho germano.
  • (^) Los glosadores avanzan sobre el derecho romano a través del Corpus Iuris de Justiniano recibiendo su nombre por los comentarios (glosas) que incluían en los textos originales.
  • (^) Los postglosadores ampliaron el campo de estudio, incluyendo también las costumbres (derecho consuetudinario).

La Carolina. (Ordenanza de Carlos V)

  • (^) El antecedente ilustre de ésta codificación fue la Cosntitución Criminal de Bambergensis, del año 1507, escrita para el obispado de Bamberg.
  • (^) Posteriormente se acoge en el Parlamento la idea de crear un Derecho Penal común para toda Alemania. Es así, que en 1532, bajo el reinado de Carlos V se sanciona “La Carolina”.
  • (^) Consta de 219 arts. Divididos en 3 partes; una se ocupa del derecho sustantivo, la otra del derecho penal procesal y la tercera sobre la organización de los tribunales.
  • (^) Admite la interpretación analógica, con expresa advertencia a los jueces y legisladores de que en caso de duda deben pedir consejo a los juristas.
  • (^) La actividad punitiva se pone definitivamente en manos del Estado. Reconoce la tentativa. Acepta como formas de culpabilidad el dolo y la culpa.

Ordenanza Criminal de Luis XIV

  • Luis XIV comienza su reinado en 1661, fue conocido como “Rey Sol”. Siendo el monarca el representante de Dios, posee una autoridad absoluta: su voluntad es fuente de ley y de toda justicia, su criterio decide la paz o la guerra y administra todos los bienes del Estado como si fueran propios.
  • (^) Su sistema de gobierno se sintetizó en su célebre frase “El Estado soy yo”.
  • (^) Data de entonces el ordenamiento de las leyes francesas: la ordenanza civil y poco después la Ordenanza Penal, resumen de todas las leyes del Reino, sirvieron de base a la justicia hasta la llegada del Código de Napoleón.