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Orientación Universidad
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Modelo de escrito de excepción, Monografías, Ensayos de Derecho Civil

Modelo de excepción de cosa juzgada

Tipo: Monografías, Ensayos

2019/2020

Subido el 04/09/2020

gari-ayvar-rojas
gari-ayvar-rojas 🇵🇪

4.5

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Exp: 09 - 2019
Esp:
Esc:
CAS ELECTR: 69219
SUMILLA: FORMULA EXCEPCION Y
CONTESTA DEMANDA
AL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE TALAVERA
CELESTINO PALOMINO PALOMINO, identificado con DNI N°………, domiciliado
en…………..del Distrito de……Provincia de……, salando domicilio procesal en
la casilla judicial N° 5162 casilla electnica N° 69219, en los autos seguidos con
Juliana Condori Condori sobre prestacn de Alimentos; a Ud. Atentamente digo.
PETITORIO:
Que, dentro del plazo de ley y de conformidad a lo establecido por el Art. 446° Inc.
10, del digo Procesal Civil, deduzco EXCEPCION DE CONCLUSIÓN DEL
PROCESO POR CONCILIACION O TRANSACCION, en el proceso sobre
Alimentos iniciado contra mi persona solicitando se declare fundada dicha
excepción y en consecuencia se anule todo lo actuado, declarándose la
conclusión del proceso y el archivo definitivo del expediente, para lo
cual paso a exponer los siguientes fundamentos de hecho.
FUNDAMENTOS DE HECHOS. -
1.- Se tiene que, por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de
Talavera la señora JULIANA CONDORI CONDORI, me ha incoado el
presente proceso sobre Prestación de Alimentos signado con el
expediente 09 2019, en la cual recurre por derecho propio y en
representación de sus hijos JUSTO EVER, GEOVANNI y SHANDRY
PALOMINO CONDORI, solicitándome que el suscrito CELESTINO
PALOMINO PALOMINO acuda con una pensión mensual ascendente a la
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Exp: 09 - 2019 Esp: Esc: CAS ELECTR: 69219 SUMILLA: FORMULA EXCEPCION Y CONTESTA DEMANDA AL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE TALAVERA CELESTINO PALOMINO PALOMINO, identificado con DNI N°………, domiciliado en ……………..del Distrito de……Provincia de……, señalando domicilio procesal en la casilla judicial N° 5162 casilla electrónica N° 69219, en los autos seguidos con Juliana Condori Condori sobre prestación de Alimentos; a Ud. Atentamente digo. PETITORIO: Que, dentro del plazo de ley y de conformidad a lo establecido por el Art. 446° Inc. 10, del Código Procesal Civil, deduzco EXCEPCION DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO POR CONCILIACION O TRANSACCION, en el proceso sobre Alimentos iniciado contra mi persona solicitando se declare fundada dicha excepción y en consecuencia se anule todo lo actuado, declarándose la conclusión del proceso y el archivo definitivo del expediente, para lo cual paso a exponer los siguientes fundamentos de hecho. FUNDAMENTOS DE HECHOS. - 1.- Se tiene que, por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Talavera la señora JULIANA CONDORI CONDORI, me ha incoado el presente proceso sobre Prestación de Alimentos signado con el expediente N° 09 – 2019, en la cual recurre por derecho propio y en representación de sus hijos JUSTO EVER, GEOVANNI y SHANDRY PALOMINO CONDORI, solicitándome que el suscrito CELESTINO PALOMINO PALOMINO acuda con una pensión mensual ascendente a la

suma de S/.2,000.00 soles, a razón de S/600.00 soles para cada alimentista y S/200.00 soles por derecho propio. 2.- Argumentando para ello tener la condición de casada con el suscrito y que fruto de dicho matrimonio tuvimos 04 hijos de nombres HUBER, JUSTO EVER, GEOVANNI y SHANDRY PALOMINO CONDORI, el primero de ellos mayor de edad y tres menores quienes se encuentran en edad escolar y de quienes cuya tenencia viene ejerciendo la demandante, y que a la fecha se encuentra en un estado deplorable de salud a raíz de los gravísimos problemas familiares por culpa del suscrito y otros argumentos vamos carentes de sustento legal; lo cual está completamente fuera de la realidad, dado que las partes del presente proceso hemos celebrado un ACTA DE CONCILIACION CON ACUERDO TOTAL, por ante el Centro de Conciliación Extrajudicial gratuito del Ministerio de Justicia - Sede Andahuaylas, esto aun en fecha 13 de abril del año 2016. 3.- En ese entender se tiene del Acta de Conciliación celebrada que: se ha dilucidado las siguientes controversias:

  • Pensión de Alimentos entre cónyuges.
  • Pensión de alimentos a favor de los menores alimentistas HUBER, JUSTO EVER, GEOVANNI y SHANDRY PALOMINO CONDORI.
  • Tenencia de los menores HUBER, JUSTO EVER, GEOVANNI y SHANDRY PALOMINO CONDORI,
  • Régimen de Visitas de los menores HUBER, JUSTO EVER, GEOVANNI y SHANDRY PALOMINO CONDORI.
  • Liquidación de Sociedad de Gananciales, respecto de los viene s adquiridos dentro del matrimonio. En el cual se ha llegado a un ACUERDO TOTAL: en el cual los bienes adquiridos en el matrimonio los cuales son: 1.- Un inmueble ubicado el distrito de Talavera específicamente en el Jr. Ayacucho N° 410 denominado Mz C2 Lote 31 Inscrito en los Registros Públicos de Andahuaylas en la Partida P26005570 de 68.88 m2.

FUNDAMENTOS DE DERECHO. -

Amparo mi recurso en las siguientes normas

  1. A r t. 4 4 6 ° I n c. 1 0 d e l c ó d i g o p r o c e s a l C i v i l.
  2. Art. 447, 442 y inc 4. Del Art. 453 del C.P.C, que señala que esta excepción es procedente cuando se inicia un proceso idéntico a otro en el cual las partes llegaron a una Conciliación en el conflicto, conforme sucedió en el presente proceso que ante el centro de Conciliación extrajudicial CENTRO DE CONCILIACION GRATUITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SEDE – ANDAHAUYLAS, Exp: 93 – 2016 JUS, se ha llegado a ventilar y solucionar la pretensión de alimentos que hoy solicita la demandante por ante su Juzgado. MEDIOS PROBATORIOS. - Adjunto en calidad de Tal: 1.- El mérito de la copia legalizad del ACTA DE CONCILIACION CON ACUERDO TOTAL N° 82-2016 CCG/CCG-MIN JUS- ANDAHUAYLAS. ANEXOS. – Adjunto en calidad de estos: 1.- Copia de mi DNI. 2.- Los ofrecidos en calidad e medios de prueba. 3.- Arancel judicial y cedulas de notificación suficientes. POR TANTO. - A Ud. Pido tener presente lo expuesto, proveyendo de acuerdo a ley. Andahuaylas 26 de marzo de 2019.