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Oficio de defensa basica de los derechos de un arbitro de futbol 11
Tipo: Ejercicios
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Tena, miércoles 20 de marzo del 2024 Arq. Fernando Basurto Presidente de la comisión técnica de la liga deportiva XXX PRESENTE De mis consideraciones Tenga usted un cordial saludo y éxitos sus funciones. Yo Vladimir Silva Morales con el C.I 1501098790 , Arbitro CONFA miembro de la asociación de árbitros REFFEREE NAPO, mediante el presente me permito exponer mi testimonio a las autoridades exponiendo con claridad la causalidad de los acontecimientos en respuesta a la queja presentada por el Sr. Cesar Toapanta presidente del club Fénix F.C. promoviendo por mi propio derecho y el de mis compañeros en carácter de representante de la terna arbitral que dirigió el encuentro deportivo de futbol 11 en cuestión, el día domingo, 17 de marzo del presente año. En medida de que el emisor de la queja, alega que el penal cuyo resultado fue gol directo “no existió” me remito a las reglas del futbol: De acuerdo, a la regla 14: El penal, introducción: “Se concederá un tiro penal siempre que un jugador cometa una infracción sancionable con libre directo (…) según se estipula en las reglas 12 y 13.” Según la regla 12: Faltas y conducta incorrecta, primer ítem: Tiro libre directo se cita lo siguiente: “ Se concederá un libre directo si, a juicio del árbitro, un jugador comete las siguientes faltas (…) Infracción por mano (excepto el guardameta dentro de su propia área penal) ;” Según la regla 12: Faltas y conducta incorrecta, apartado: Tocar el balón con la mano se cita lo siguiente. “Cometerá infracción el jugador que: Toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón con estas partes del cuerpo; Toque el balón con la mano o el brazo cuando la mano se posicionen en manera antinatural y consigan que el cuerpo ocupe más espacio (…) cuando la posición de su mano o brazo no sea consecuencia del movimiento de su cuerpo en esta acción concreta (…) Al colocar su mano o brazo en dicha posición, el jugador se arriesga a que el balón golpee esa parte de su cuerpo ” Según la regla 12: Faltas y conducta incorrecta, tercer ítem: Medidas disciplinarias se cita lo siguiente: “ El árbitro tiene la autoridad para tomar medidas disciplinarias desde que entra al terreno de juego (…) hasta que lo abandona una vez terminado el partido .” Según la regla 12: Faltas y conducta incorrecta, primer ítem, apartado: Evitar un gol o una ocasión manifiesta de gol.
“Cuando un jugador cometa una infracción contra un adversario dentro de su propia área con la que se evite una ocasión manifiesta de gol del adversario y el árbitro señale tiro penal,” Mi explicación: Siendo el segundo tiempo del encuentro deportivo se evidencia una mano por parte del jugador del club deportivo Fénix F.C. En calidad de ultimo hombre que impide una jugada de ataque. El jugador estaba con la mano abierta separada de su cuerpo haciendo de esta una extensión del mismo que impide la trayectoria del balón. Así mismo con la segunda queja sobre la parcialidad del árbitro. Como se puede evidenciar e los informes arbitrales ya se explica las razones por las cuales se sancionó con TR (Tarjeta Roja) al arquero. Sin embargo, en vista de la inconformidad nuevamente expondré las causales por las cuales determiné la sanción en base a las reglas del futbol 11. Según la regla 12: Faltas y conducta incorrecta, apartado: Infracciones sancionables con amonestación, se cita lo siguiente: “Se amonestará al jugador que realice alguna de las siguientes Mostrar desaprobación con palabras o acciones; Conducta antideportiva; Repetir de manera insistente el gesto de “revisión”.” Mi explicación: El jugador expulsado con tarjeta roja sale por doble amarilla.