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El presente documento describe el protocolo legal para realizar operaciones encubiertas en México, incluyendo el marco jurídico, la justificación, la forma de conducirse un agente encubierto y el desarrollo de este tipo de investigación. Además, se detallan las técnicas y actos de investigación sugeridos, como la entrega vigilada y el uso de agentes encubiertos.
Qué aprenderás
Tipo: Resúmenes
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Con fundamento en los artículos: art 1 párrafo tercero; art 16 párrafos diez y trece de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21 noveno párrafo. Artículos 11 y 11 bis de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Art 251 párrafo IX CNPP: La entrega vigilada y las operaciones encubiertas, en el marco de una investigación no requieren autorización previa del juez de control. Artículo 21 Bis de la ley orgánica de la administración pública del estado de México. La Secretaría de Seguridad es la dependencia encargada de planear, formular, conducir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, programas y acciones en materia de seguridad pública. 2.- JUSTIFICACIÓN: El uso de operaciones encubiertas es una buena manera de obtener información de organizaciones criminales, pues un agente encargado de la investigación realiza la búsqueda de datos e informaciones ocultando su identidad al poder público, con lo cual puede acceder a ambientes sociales y a personas. Los seres humanos nacimos para evolucionar, es por eso que también las técnicas de investigación tienen que evolucionar para hacerle frente al crimen organizado, sobre todo porque el crimen organizado utiliza mucha tecnología y cuenta con personas capacitadas e incluso profesionales para seguirse desarrollando. Aludo a la propuesta de crear el presente protocolo en materia de operaciones encubiertas y los pasos que se deben de seguir para tener una buena investigación. La mayoría de las operaciones encubiertas se apoyan de los agentes de investigación que cotidianamente son policías, pero muchas veces no se tiene una metodología adecuada y es en ese ente cuando los agentes comenten diversos errores, por ejemplo, al realizar una labor de operaciones encubiertas puede
Para efecto del presente protocolo se entiende por operaciones encubiertas un método particularmente intrusivo de reunir información. Por otro lado, un agente encubierto es un medio extraordinario de investigación en el que se apoyan cuerpos de policía de diversos países para conseguir mejores resultados en el combate contra la criminalidad. Con esta fórmula de investigación se permite la penetración o infiltración del Estado Este Protocolo, define criterios de operación y actuación en la investigación de los delitos de alto impacto tales como el secuestro, tráfico de armas, tráfico de drogas entre otros, a fin de lograr una investigación, eficaz y eficiente, en un marco de respeto de los derechos humanos. El procedimiento de investigación en materia de operaciones encubiertas se inicia con la orden de un juez de control. El funcionario policial actúa como agente encubierto por lo que estará legítimamente habilitado para ejecutar acciones en todo lo relacionado con la investigación concreta, así como a participar en el tráfico jurídico y social bajo su identificad supuesta. 5.- OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN. Fortalecer a la investigación mediante el uso del protocolo Establecer lineamientos para la actuación de los policías de las Instituciones de Seguridad Pública en las operaciones encubiertas. 6.- TÉCNICAS Y ACTOS DE INVESTIGACIÓN SUGERIDOS PARA EL DESARROLLO. 6.1 ENTREGA VIGILADA: Es la técnica que consiste en permitir que remesas ilícitas o de sustancias controladas relacionadas al crimen organizado, entren, circulen o salgan del Territorio Nacional, sin interferencia de la autoridad competente y bajo su vigilancia, con el fin de identificar a los partícipes, reunir información y elementos de convicción necesarios para la investigación
6.2.1 Selección del agente encubierto: será seleccionado por el MP y el juez de control 6.2.2 requisitos: Ser ciudadano mexicano, estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles y tener entre 18 y 30 años al momento de su evaluación en el Centro de Control de Confianza. Tener una estatura mínima de 1.60 metros (en hombres) y de 1.55 metros (en mujeres). Comprobar la conclusión de los estudios correspondientes a la enseñanza media superior o equivalente. Contar con Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada (los hombres). 6.2.3 autorización: será el juez de control quien autorizará la intervención del agente encubierto mediante Resolución. 8.2.4 procedimiento: realizar un informe Policial de la necesidad de intervención de un Agente Encubierto en el caso. someterse a exámenes de control y confianza exámenes de conocimientos generales. selección y designación ¨cumplimiento de la misión. 8.2.5 medidas de protección Grupo de apoyo permanente encargado de su seguridad física. Apoyo Psicológico durante y después de la misión de manera periódica, de acuerdo a la pertinencia y las posibilidades de cada Institución. Prioridad de la inclusión en el programa de protección a testigos, si fuere necesario. Protección permanente a su familia.
REFERENCIAS: Leyes (2021) Código Nacional de Procedimientos Penales recuperado de https://leyes-mx.com/codigo_federal_de_procedimientos_penales/251.htm Expresión forense (2021) Operaciones Encubiertas recuperado de https://www.expresionforense.com/blog/operaciones- encubiertas#:~:text=Las%20operaciones%20encubiertas%20son %20de,cual%20puede%20acceder%20a%20ambientes DOF (2010) Reglamento de ley del policía federal recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php? codigo=5143004&fecha=17/05/2010#gsc.tab= UNODC, 2013: , (UNODC, 2013),