



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
POPULISMO PUNITIVO EN MÉXICO, PROS Y CONTRAS DE ESTE MODELO DEL DERECHO, EL COMO INTEGRARLO A NUESTRO SISTEMA PARA UN MEJOR DESARROLLO Y REHABILITACION A LOS PRESOS
Tipo: Apuntes
1 / 7
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
Objetivo:
El manejo populista del sistema penal tiene cada vez más auge en nuestro entorno. En este texto se analiza la forma como el populismo punitivo marca las pautas en el diseño de la política-criminal, así como la efectiva producción de un discurso “verdadero” en torno a la pena de prisión perpetua. Se examina la relación existente entre los conceptos de política – criminal, populismo punitivo, derecho penal simbólico, seguridad privada y la marcada tendencia a involucrar a los ciudadanos en su configuración.
Por lo tanto el presente trabajo tiene como objetivo entender el crecimiento del llamado populismo punitivo y derecho penal simbólico, la falta de eficacia a la hora de trazar la política criminal por parte del Estado y la esterilidad de los resultados en la disminución de la criminalidad, con el correlativo endurecimiento de las penas e instrumentalización de las mismas. Se busca determinar si existe seguridad jurídica con el derecho penal simbólico y el populismo punitivo; así como si los mismos responden a las funciones de la pena.
Introducción:
El populismo punitivo es un concepto que ha tomado mucha fuerza en los últimos años, varios estudiosos del derecho penal y criminología lo han definido como aquel que:
Hace alusión a la utilización del Derecho Penal por parte de políticos que buscan sacar réditos electorales defendiendo tesis político-criminales, tales como la de que el incremento en las penas, conllevaría automáticamente a una reducción de las tasas del delito o el postulado de que las penas refuerzan determinados consensos morales esenciales para la vida en sociedad.
Para otros autores este concepto va mucha más allá, de la parte política y precisamente se centra en aquellos sectores, grupos poblacionales o gente del común, ordinaria que se siente excluida de las decisiones políticas y pretende inyectar su voluntad en palabras al proceso de tomas de decisiones, relacionado con la cultura de control. Esta última se ve exteriorizada en la emergencia social, la cual se manifiesta en sentimientos de angustia y desesperación en el público.
Siendo aprovechada estas circunstancias por la clase política del momento para sacar un beneficio electoral o popular, por ejemplo, al realizar un análisis de la evolución legislativa desde la expedición del Código Penal vigente, se encuentra
aparentemente a remediar los problemas que se deriven del crimen y la inseguridad.
Para entender el surgimiento del populismo punitivo es vital entender el “Triángulo de la Violencia” de Johan Galtung, en donde explica que para la construcción de una política criminal integral se deberían tener en cuenta y combatir las violencias estructurales (Violaciones masivas de derechos humanos), las violencias culturales (Ocultar situaciones para normalizar la violencia como el machismo o las prácticas de ablación) y las violencias directas (Penalización a un sujeto que directamente incumple una ley). Si no tenemos una política criminal integral, el sistema penal y penitenciario solo atacarían la violencia directa, en este contexto los medios de comunicación, instituciones gubernamentales, los políticos y la sociedad son quienes crean los modelos de quienes deben ser sujetos de una justicia penal, asociada únicamente a las cárceles creando la crisis del sistema carcelario.
Las políticas implementadas en México en materia de seguridad pública tratan de reestablecer su legitimidad frente a la violencia bajo tres criterios que, en cierta medida, parecen contradictorios: se busca aumentar la racionalización del control social al mismo tiempo que aplicar las estrategias de la política populista tradicional en programas de seguridad pública. No obstante, como se sabe, muchas de las medidas administrativas y gerenciales no resultan en una inmediata disminución de la inseguridad, por lo que se recurre a la flexibilización de los instrumentos de punición a través de la puesta en práctica de lo que se ha dado por denominar "populismo punitivo", el cual se materializa en estrategias muy concretas como puede ser la introducción de dispositivos no públicos, es decir privados, de control social.
Un estudio más o menos riguroso del concepto de “populismo punitivo” y sus respectivos matices, permite inferir que el recurso al sentido común de los ciudadanos es requisito necesario y suficiente para definir la cuestión penal en términos de delitos, penas y procedimientos. En otras palabras, conforme a la lectura populista de algunos episodios (como el abuso o la muerte de niños), se puede concluir que sobran los debates, las discusiones y, en general, cualquier tipo de análisis.
Política – criminal y positivismo punitivo
Política-criminal es un sector objetivamente delimitado de la Política jurídica general: es la Política jurídica en el ámbito de la justicia criminal. En consecuencia, la Política-criminal se refiere al siguiente ámbito: determinación del cometido y función de la justicia criminal, consecución de un determinado modelo de regulación en este campo y decisión sobre el mismo (decisión fundamental politicocriminal), su configuración y realización prácticas en virtud de la función, y su constante revisión en orden a las posibilidades de mejora (realización de la concepción politicocriminal en particular). En este marco se impone especialmente a la Política-criminal la tarea de revisar y, en caso dado, acotar de nuevo la zona
penal, así como medir la forma operativa de las sanciones según la misión de la justicia criminal”. Con ello, la Política-criminal puede definirse brevemente como obtención y realización de criterios directivos en el ámbito de la justicia criminal.
En el ámbito nacional, autores como Fernández Carrasquilla parten de una doble acepción del concepto de política-criminal. Así, desde un plano descriptivo, y en consonancia con las posturas arriba expuestas, la política-criminal aparece como un conjunto de prácticas estatales encaminadas a prevenir la delincuencia, y, desde una perspectiva deontológica, la política-criminal debe, de un lado, valorar las normas legales y el accionar gubernamental de cara a los valores superiores del ordenamiento jurídico nacional e internacional, y, de otro, someter a una crítica externa tanto la teoría como la praxis para verificar su correspondencia con valores como la dignidad, legitimidad, justicia, libertad, entre otros. En una línea más clásica, para Pérez Toro hablar de política-criminal es preguntarse por la manera como se emplea el derecho penal y las finalidades que persigue.
Con esto se puede entender que en primer lugar, la política-criminal es una práctica social y, en segundo lugar, que por suponer dos momentos en su desarrollo (definición y reacción), todo programa de política-criminal se compone tanto de discursos como de prácticas. Frente a esto último, cuando se aluda al concepto de política-criminal, debe entenderse por ésta tanto una práctica social, como un mecanismo de control social que se despliega en dos momentos. En el primero de ellos, es decir, la definición frente al fenómeno criminal, implica la emergencia y consolidación de discursos que a su vez legitiman y permiten el segundo momento de realización de la política-criminal, esto es, la respuesta o, lo que es lo mismo, las prácticas punitivas que se siguen de poner en marcha tales discursos. En este orden de ideas, “se puede afirmar que el saber y el poder se articulan en una relación de interdependencia que vincula los dos momentos en que se ejerce la Política-Criminal (definición y respuesta)”.
Seguridad privada y populismo punitivo
La promoción y creación de incentivos para la proliferación de la seguridad privada resulta una de las estrategias centrales de las políticas punitivas populistas. Este tipo de actividades privadas de control social ha crecido de manera destacada.
Los organismos de seguridad privada pue den ser considerados como espacios de decisiones y acciones estratégicas, establecidas por particulares, orienta das a organizar cierta capacidad de crear, de forma legal, dinero a partir de la violencia.
La seguridad de viene desgracia da mente en un criterio más para distinguir el bienestar social diferenciado pues ahora se convierte en un bien privado y no en un derecho que tienen que garantizar el propio Estado. Su mercantilización responde de manera positiva al nuevo sentido común de las políticas económicas que creen que el merca do pone, sin mayor problema, las cosas en su lugar; sin embargo, como apunta Hasam (2000), la interconexión entre liberalización, violencia y privatización de la “(in)seguridad” se encuentra muy relacionada con la
La tendencia de una racionalidad cada vez mayor y, al mismo tiempo, el recurso a un lenguaje populista como estrategias para enfrentar la violencia, no está exenta de tensiones.
Laurrauri, E. (2006). Populismo Punitivo, y como resistirlo. Jueces por la Democracia, 55, 15-23, Santiago de Chile.
Van, L. Z. (2017). El Derecho penal simbólico y la ineficacia del Estado de emergencia constitucional para combatir la criminalidad. Revista Vox Juris, 1, 33, 123 – 133.
Diez, J. L. (2003). El Derecho Penal simbólico y los efectos de la pena. Revista Jurídica UNAM, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1, 149-172.
Roberts M. Kenneth, 1996: “Neoliberalism and the transformation of populism in Latin America: the Peruvian case” en World Politics, Vol. 48, No. 1.
Hasam, Stephan, 2000: “Privatización de la seguridad: guerra económica y social” en Horst Kurntzky (comp.) Globalización de la Violencia. México: Colibrí, Goethe- Institut Mexiko.
Weber, Max. Economía y sociedad, traducción de José Medina Echavarría, Juan Roura Parella y otros, México, Fondo de Cultura Económica, 2005.
Yturbe, Corina. Pensar la democracia: Norberto Bobbio, México, Universidad Autónoma de México, 2001.
Zipf, Heinz. Introducción a la política criminal, traducción de Miguel Izquierdo Macías-Picavea, Jaén, Edersa,
Hernández, S. R. (2014). Metodología de la investigación. Sexta edición, McGraw-Hill / Interamericana Editores, S.A. Ciudad de México.
Ambos, K. (2003). Sobre los fines de la penal al nivel nacional y supranacional. Revista de Derecho penal y criminología , 2, 2, 191-211.
Fernández, W. L. (02 de marzo de 2012). Populismo punitivo. Obtenido de Ámbito jurídico: https://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/Penal/ noti-121030-01-populismo-punitivo.cshtml