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Un reporte de la Universidad Tecnológica de Campeche sobre los actos de fiscalización, sus procedimientos y las diferentes formas de notificaciones. El objetivo es que el estudiante se familiarice con los elementos y procesos correspondientes a las revisiones fiscales, incluyendo el oficio de observaciones y los tipos de notificaciones.
Tipo: Resúmenes
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Seminario de Defensa Fiscal
Facultades de la Autoridad
Actos de Fiscalización
Leonardo Álvarez Rodríguez
Reporte de Actos de Fiscalización
Mario Gilberto Chin Quen
7 de Octubre del 2021
El objetivo de este reporte es que el alumno investigue, se familiarice y comprenda los diferentes elementos y procesos correspondientes a los ejercicios de los actos de fiscalización para los cuales la autoridad está facultada a llevar a cabo para que pueda actuar en consecuencia.
Para la elaboración de este reporte se consultó la información pertinente en diferentes fuentes que se especializan en temas de materia fiscal, recopilando la información más importante y esclareciéndola mientras se transcribía al documento, incluyendo conclusiones e inferencias propias que permitan al lector comprender el contenido.
Notificación a través del buzón Tributario Se trata de una notificación electrónica. El acuse de recibo consistirá en el documento digital con firma electrónica que transmite al destinatario al abrir el documento digital que le hubiera sido enviado. Los contribuyentes cuentan con tres días para abrir los documentos digitales pendientes de notificar; de lo contrario, se tendrá por realizada al cuarto día. Las notificaciones electrónicas estarán disponibles en el portal de las autoridades fiscales y podrán imprimirse por el interesado, dicha impresión contendrá un sello digital que lo autentifique Notificación por correo ordinario o por telegrama Esta se presenta cuando se trate de actos distintos de citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y de actos administrativos que puedan ser recurridos Notificación por estrados Ocurre cuando la persona a quien deba notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado en el RFC, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca, se oponga a la diligencia de notificación. Estas se harán fijando durante 15 días el documento que se pretenda notificar en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que efectúe la notificación y publicando además el documento citado, durante el mismo plazo, en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales. El plazo se contará a partir del día siguiente a aquel en que el documento fue fijado o publicado según corresponda; la autoridad dejará constancia de ello en el expediente respectivo. Se tendrá como fecha de notificación la del décimo sexto día contado a partir del día siguiente a aquel en el que se hubiera fijado o publicado el documento.
Notificación por Edictos En el caso de que la persona a quien deba notificarse hubiera fallecido y no se conozca al representante de la sucesión. Estas se harán mediante publicaciones en cualquiera de los siguientes medios: Durante tres días en el DOF Por un día en un diario de mayor circulación Durante 15 días en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales Se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación.
Las visitas domiciliarias son actos de fiscalización presenciales en los cuales un revisor se presenta en el domicilio fiscal del contribuyente para comprobar sus operaciones, gastos, ingresos, facturación, etc. Para constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. a) Domicilio Fiscal El domicilio en el cual el contribuyente lleva a cabo sus operaciones y almacena la información que será la materia objeto del trabajo de revisión. b) Notificador, Ejecutor, Visitador Son las personas designadas por la autoridad para notificar al contribuyente, aplicar la ley y realizar la visita. c) Testigo y Sustitución de Testigos La persona a la cual se le realiza la visita debe de designar dos testigos, los cuales podrán ser sustituidos en cualquier momento sin que esto modifique la obligación o el trabajo. d) Negativa de la Visita Es la oposición a la realización de la visita y sus procedimientos de comprobación, de acuerdo a la ley esta puede estar justificada, en caso de que no sea así se considerará como una infracción.
Es importante conocer cuáles son los actos de fiscalización y sus procedimientos respectivos para poder llevar a cabo la defensa del contribuyente, evitar atropellos por parte de la autoridad y cooperar de forma eficiente con esta para evitar infracciones injustificadas. Lo que en este reporte se ha presentado no es más que información general en cuanto a estos actos y los pasos que comprenden su inicio, desde las notificaciones, hasta el final con la integración de su expediente de comprobación. Sin dudas lo que aquí hemos aprendido será de gran utilidad en el futuro.