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Resolución Sobre Alimentos, Apuntes de Biología Molecular

RAESOLUCIÓN ALIMENTOS PARA LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 07/07/2025

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¡Descarga Resolución Sobre Alimentos y más Apuntes en PDF de Biología Molecular solo en Docsity!

CIRCULAR EXTERNA DAB 4150-10264-19 PARA: ENTIDADES TERRITORIALES DE SALUD (ETS) DEL eADEN DEPARTAMENTAL, DISTRITAL Y MUNICIPAL QUE REALIZA ACTIVIDADES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL (IVC) EN ALIMENTOS Y BEBIDAS. DE: DIRECCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. ASUNTO: CAPACITADORES DE MANIPULADORES DE: ALIMENTOS, BEBIDAS, MATERIAS PRIMAS PARA FABRICACION DE ALIMENTOS, CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS COMESTIBLES, BEBIDAS ALCOHÓLICAS, LECHE CRUDA PARA CONSUMO HUMANO DIRECTO COMERCIALIZADA DE MANERA AMBULANTE, ALIMENTOS COMERCIALIZADOS EN VÍA PÚBLICA EN VENTAS AUTORIZADAS Y OBJETOS, ENVASES, MATERIALES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO DIRECTO CON ALIMENTOS ANTECEDENTES. El Ministerio de Salud y Protección Social establece a través del artículo 17 de la Resolución 1229 de 2013 que el Invima es la agencia sanitaria nacional. Por otro lado, mediante la Circular 046 de 2014, el citado ministerio establece responsabilidades al Invima como ente articulador y referente técnico de las Entidades Territoriales de Salud, frente a las acciones de Inspección, Vigilancia y Control de alimentos y bebidas. El Ministerio de Salud, mediante la referida Circular, atribuyó entre otras, la responsabilidad de: “3.4. Establecer y remitir a las Entidades Territoriales de Salud, los procesos y procedimientos que sirvan como herramienta para comunicar la información actualizada que sea obtenida en el desarrollo de las actividades de IVC, con el fin de articular las demás autoridades que deban intervenir en la cadena productiva de alimentos y bebidas.” Adicionalmente, la Circular 046 de 2016 estableció como nuevas responsabilidades del Invima: “1.2.9, Desarrollar el procedimiento de articulación y coordinación entre las autoridades sanitarias para la IVC durante la comercialización de alimentos y bebidas”. Es Importante resaltar, que la razón de los preceptos anteriores, yace en la necesidad de alizado una unificar las exigencias formales a los vigilados, si bien es cierto el Invima:ha re: Bu 2708 y Alimentos - invima nsttuto Nacional de Vigilancia de Met Oficina Princip: ratON*64 28 Di Administrativo: Cra 0 N* 84 - 60 , (9 2948700 ora eran e cae www.Invima.gov.co Powered by CamScanner da IVC, actualmente cal rs vidades. diferentes acti os e instrument í jent os, lineamiel jentos en distintos procedim labor de ul Entidad Territorial de Salud tiene es la multiplici de manipulado A acto direc materiales y equipamientos en e ioneles o een isión de la entos para la emi i nvases, [| bebidas U objetos, € . id A eimentos, convirtiéndose en una ies logos que imparten la dde pr e? j al de Salud del Orden Entidad Territorial only de i cada e goría Especial, |, IL y 11), de form Un ejemplo de lo anterior, Autorización de capacitadores dificultad para los empresarios y ya que deben realizar el trá Departamental, Distrital y Municipal cate acuerdo a las exigencias de cada Una. , 1 ólogos no cuentan Ahora bien, por otro lado, en muchas regiones los prlestonaos A eulones que resultan con la formación correspondiente y a pesar de ello be c pas cimente ño 8e logra infructuosas e inútiles para las empresas y los manipula pb p Sficaces que puedan ser el cometido y por supuesto no generan conocimientos reales y Usados en la práctica. U OBJETOS REQUISITOS PARA CAPACITADORES DE ALIMENTOS O BEBIDAS ] ENVASES, MATERIALES Y EQUIPAMIENTOS EN. CONTACTO DIRECTO CON ALIMENTOS Y VIGILANCIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN l Capacitadores que no requieren Autorización 1. Soporte Normativo El sena 12 de la Resolución 2674 de 20131, establece para la educación y capacitación: rl 188 personas que realizan actividades de manipulación de alimentos deben tener PAIN educación sanitaría, principios básicos de Buenas Prácticas de eta uE prácticas higiénicas en manipulación de alimentos. de dd oseooñbA en estar capacitados para llevar a cabo las tareas que se les asignen precauciohas fi Pola praia se encuentren en capacidad de adoptar las deterioro de los alimentos. Y Negrilla Mara de Loa SABIA AUAITIMA DAS $ (..:) Las empresas deben tener un itack plan de capacitación continuo personal manipulador de alimentos desde el momento de su Contratación y lubas sor 3 or la cual se regla enta el a culo 126 del De e Por mi rt oreto Ley 019 de 20 i Ei sa reto Ley 01 12 y se dictan otras TOS, y ÁlMEntos - evirna nstituro Nacional de Vglancia Oficina Principal: » Administrativo; €: f (US www,.invima.gov.co e OOOO o y a Powered by CamScanner le Salud, teniendo NS “yA / ¿dad Territorial d yr , tidad A y si] mentos, la cual se realizará anio an orecitadas resoluciones. estos alim specific: de requisitos que se € Pp 240 de 2013 artículo 132, en cuenta los . Resolución 016 artículo 74 2010 artículo 15, lución 562 de 2 : La Resolución 3009 de “culo 57 y Resolu 2 de 2013, artícu : ión 24 Resolución pacitación. : establecen para Ca almacenamiento de j y expendio y “El personal de los establecimientos dedicados Ñ A p. idad de transporte de Came y roduclos cámicos comestibles, así a Dn iidades de ñ ibir capacitaci A dichos productos, debe recibir ) itidad. emipulación de dichos productos, bajo su respon. ] deberá ser de mínimo 10 horas anuales, autorizadas por dichas ipulador da manipu ersonas 1. La capacitación para ca anip certificadas por una entidad territorial de salud 0 P entidades. , l itací lemostrar / ¡vi de capacitación, deben ealicen las actividades e ogitás, do e salud, / en saneamiento, ciencias as, de! fines, y demostrar los siguientes requisitos: 2. Las personas que f tenticada del diploma y certificado de formación profesiona ciencias de los alimentos y a , 2.1. Hoja de vida anexando fotocopía aul experiencia docente en el área. . . nipulador de alimen 2.2. Descripción detallada del curso de manípul . tos psoseltennd dl temas a tratar, dentro de los cuales son obligatorios los relacionados con Buenas Prácticas de Manufactura, HACPP e Inocuidad carne y productos cárnicos comestibles. Adicionalmente, deben indicar el tiempo empleado, el cua debe ser minimo de 10 horas A 2.3. Resumen didáctico del curso y memorlas ilustradas que posteriormente deben ser entregadas a cada capacitado. o o 2.4. Disponer de un salón que reúna las condiciones minimas higiénico-sanitarias de ventilación e iluminación para capacitación y recursos didácticos. 2.5. Indicar el número de personas a las cuales va dirigido el curso de capacitación, el cual no podrá ser superior a veinticinco (25) personas. 2.6. Informar a la autoridad sanitaria con 10 días hábiles de anticipación la fecha, sitio y horas de la capacitación”. Negrilla fuera de texto. b) Bebidas Alcohólicas El Decreto 1686 de 2012 "Por el cual se establece el re Ñ El Dec ' glamento técnico sobre lo requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano” ... Negrilla fuera de texto. *...Artículo 27, Educación y capacitación, Toda l : ( N persona que traba icació elaboración, : hidratación, envase, peo bla Binaria ación comercialización y expendio de hebidas alcohólicas, debe cumplir con los Si Penis requisitos: 1. Capacitación permanente en temas higiénico sanitarios pi e zos y Alimentos - "=vinma instituto Nacio: Oficina Principal: Administrativo: á i NA VGA Mc) A www.invima.gov.co Powered by CamScanner Os mÍSMOS, además do las tareas ospecificas del proceso. 2. Las lábricas deben contar con un plan de capacitación continuo y permanente para el E dla manipulador desde el momento de su vinculación. Esta capacitación estará aras O ad de la empresa y podrá ser efectuada por esta o por as urialcas debi Í des sanitarias competentes... Ñ damente autorizadas por las autorida Poli 40. Director técnico del laboratorio. Los laboratorios de las fábricas de ebidas alcohólicas deben contar un director técnico, que acredite el título en cualquiera Je las siguientes profesiones: químico, Ingenlero químico, quimico farmacéutico o ingeniero de alimentos.” Negrilla fuera de texto. Leche cruda para consumo humano directo comercializada de manera ambulante. El Decreto 1880 de 2011 establece en el artículo 9: “Artículo 9”. Requisitos para la comercialización ambulante de leche cruda para consumo humano directo. Los comercializadores ambulantes de leche cruda para consumo humano directo deben Inscribirse ante las autoridades sanitarias de los departamentos, distritos o municipios de categorías 1, 2 Y 3 de su respectiva Jurisdicción. El comerclalizador ambulante de leche cruda debe cumplir con los siguientes requisitos: 1 Tener constancia de capacitación en manejo higiénico de alimentos, el cual tendrá vigencia de un (1) año, expedida por la autoridad sanitaria o por el capacitador autorizado por las Direcciones Territoriales de Salud”. Negrilla fuera de texto. Alimentos comercializados en vía pública en ventas autorizadas a) La Resolución 604 de 1993 establece en el artículo 9: “Los manipuladores-vendedores de alimentos callejeros deben recibir capacitación sobre manipulación higiénica de alimentos, a través de cursos con una duración mínima de 12 horas, los cuales pueden ser dictados por funcionarios de la autoridad local de salud o por particulares debidamente autorizados por aquella, cumpliendo en cualquier caso con lo establecido respecto a duración de los programas, personal docente y materiales educativos, por la autoridad sanitaria competente de la localidad” Negrilla fuera de texto. e) Objetos, envases, materiales y equipamientos en contacto directo con alimentos La Resolución 683 de 2012 en su articulo 10 establece: “1 Educación y capacitación. Toda persona que manipule objetos, envases, materlales y equipamientos, debe cumplir con los siguientes requisitos: % : , > eS Mera slo de Naron y Narea carontos y Alimentos - invima instituto Nacional de Vigilancia de Meo 64-28 Dogotá Administrativo: Cra 10 N* 64 - 60 (0 294800 www.Iinvima,gov.co Powered by CamScanner Us E Ae leche cruda para consumo humano directo comercializada de manera ambulante, Alimentos comercializados en vía pública en ventas autorizadas y/u Objetos envases, materiales y equipamientos en contacto directo con alimentos) de la autorización solicitada b) Hoja de vida (Curriculum vitae) del capacitador o en caso de persona jurídica de cada uno los capacitadores c) Copia de Documento de identidad o en caso de persona jurídica del representante legal y de cada uno de los capacitadores d) Copia del diploma del título profesional o tecnológico emitido por universidad legalmente o institución reconocida por el Ministerio de Educación. En caso de persona jurídica se debe anexar copla diploma de cada uno de los capacitadores. e) Tarjeta profesional en los casos que aplique, en caso de persona jurídica de cada uno de los capacitadores. f) Para Capacitadores de Carnes y productos cárnicos comestibles: Para profesionales de áreas diferentes a la Medicina Veterinaria, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Ingeniera de Alimentos, Ingeniera Agroindustrial, Química de Alimentos y Microblología, deberán presentar copia del pensum académico, plan de estudios o los contenidos programáticos del pregrado del profesional del capacitador en el que deben estar incluidas especificamente las áreas en saneamiento, ciencias biológicas, salud pública, ciencia y tecnología de alimentos, Buenas Prácticas de Manufactura, Inocuidad carne y productos cárnicos comestibles o equivalentes, lo cual no se subsana con cursos, simposios o seminarios. En este caso no existe la posibilidad de autorizar a tecnólogos. Adicionalmente debe presentar certificaciones de formación en HACPP, 9) Para Capacitadores de Manipuladores de Bebidas Alcohólicas Solo podrán ser efectuadas por Profesionales en Química, Ingeniero guímico, Químico farmacéutico o ingeniero de alimentos.” En este caso no existe la posibilidad de autorizar a tecnólogos. h) Para Capacitadores de Manipuladores de envases, materiales y equipamientos Solo podrán ser efectuadas por Profeslonales o tecnólogos que tengan formación en higiene sanitaria, en el manejo y proceso de envases, materiales y equipamientos. rios y Alimentos - '"vima nstituto Nacional de Vigilancia dle Mecie; Oficina Principal: Cra 10 N*64 23 - Dogota Administrativo; Cra 10 N* 64 - 60 (9 2948700 Wwww.invima.gov.co Powered by CamScanner 0 " s diferentes de Química, Ingeniero Para profesionales o tecnólogos de área tos deberán presentar los contenidos Químico, Químico de Alimentos o Je El is Ñ copia del pensum académico, plan de e a ven estar Incluidas itador en programáticos del pregrado del capacitad Ñ E espocificamento las áreas de higiene sanitaria, manejo y proceso de envases, materlales y equipamientos o equivalentes Para los Capacitadores de manipuladores de leche cruda comercializada de forma ambulante Para profesionales o tecnólogos diferentes a Ingenieros de Alimentos, Ingenieros químicos, Ingenieros Agroindustriales, Químicos de Alimentos, Médicos veterinarios, Médicos veterinarios zootecnistas, Microbiólogos, Zootecnias, se deberá pedir el pensum académico, plan de estudios o los contenidos programáticos del pregrado del profesional o tecnólogo capacitador en el cual deben estar incluidas especificamente las áreas de higiene de los alimentos, Buenas Prácticas de Manufactura, ciencia y tecnología de alimentos y sistemas preventivos de aseguramiento de la inocuidad o equivalentes. J) Para los Capacitadores de manipuladores de Alimentos comercializados en ventas ubicadas en vía pública autorizadas por la autoridad competente del espacio público. Para profesionales o tecnólogos de áreas diferentes a Ingeniería de Alimentos, Ingeniería químicos, Ingeniería Agroindustriales, Químicos de Alimentos, Médicos Veterinarios, Médicos Veterinarios Zootecnistas, Microbiólogos se deberá pedir el pensum académico, plan de estudios o los contenidos programáticos del Pregrado del título profeslonal o tecnológico del capacitador én el cual deben estar incluidas especificamente las áreas de higiene de los alimentos, Buenas Prácticas de Manufactura y sistemas preventivos de aseguramiento de la inocuidad o equivalentes Ñ La Entidad Territorial ante quien se presente la solicitud coriforme a la Ley 1755 de 2015 Artículo 14, tendrá 15 días hábiles para evaluar la documentación presentada y autorizar o negar la autorización al capacitador, Una vez obtenida la autorización esta será válida para todo el territorio Nacional. La autorización se emitirá mediante acto administrativo en el que incluirá como mínimo la siguiente información: Nombre completo del tapacitador o en caso de persona jurídica la razón social y el nombre de los capacitadores autorizados para brindar el servicio de capacitación 2. Documento de identidad del capacitador o en caso de persona jurídica el Nit y el documento de identidad de cada uno de los capacitadores autorizados 3. Profesión del capacitador o en caso de persona jurídica de cada uno de los capacitadores h 4. Matrícula profesional o equivalente o en caso de persona jurídica de cada uno “de los capacitadores ECTOR y A MENtaa + evima ertora Narecal de Y planea de Y Oficina Principal; bu Administrativo ZAR IO, www.invima.gov.co Powered by CamScanner UA Las Autoridades Sanitarias establecimientos que fabriquen, comercializados en vía pública en ven equipamientos en contacto directo con a > W w En cualquiera de los casos de ser necesario la ETS que encuentra la irregularidad debe realizar las denuncias respectivas a las autoridades correspondientes, los consejos profesionales y tribunales de ética a donde pertenece el profesional o tecnólogo y tribunales de ética al o parcial a dichas personas de los Listado de los r lo tanto sus capacitaciones no serán tenidas en e IVC a partir del retiro del Listado El Invima retirará de manera tot capacitadores autorizados y po Cuenta durante las actividades d evidencia escrita en registros, constancias o De las capacitaciones deben contar con án tener la información del capacitador y su ertificados y en todos los casos deber ealizadas por las personas jurídicas deben firma; en el caso de capacitaciones ri a contener los datos y firma del capacitador además de la información de la empres Procedimiento para realizar inspección, vigilancia y control a planes de capacitación comercializada de manera ambulante, Alimentos tas autorizadas y Objetos, envases, materiales y limentos deben verificar: capacitación, contenido, cronograma, ayudas o certificaciones correspondientes deben ador. La parte documental del programa de audiovisuales y los registros, constancias estar debidamente firmadas por el capacit Que lo descrito en los documentos y registros sea coherente y acorde a la realidad. Que los manipuladores cuenten con el conocimiento, lo que se evalúa mediante entrevistas y observación de hábitos higiénicos sanitarios, así como el estado sanitario del establecimiento. La comprensión y manejo del control de los puntos del proceso que están bajo su responsabilidad y la importancia de su vigilancia o monitoreo; además, debe conocer los límites del punto del proceso y las acciones correctivas a tomar cuando existan desviaciones en dichos límites. Que los capacitadores cuenten con los requisitos establecidos en la norma y con la tarjeta profesional o documento equivalente. En el caso de los capacitadores de manipuladores de: Carne y productos cárnicos comestibles, bebidas alcohólicas, leche cruda para consumo humano directo comercializada de manera ambulante, Alimentos comercializados en vla pública en “% s pate h marc ba PA Aga de oa rr OS Powered by CamS canner ventas autorizadas y directo con alimentos preparación, envase, alm cuenten con la izaci. il patin Dame e! Capacilador emitida por Entidad Territorial de Salud co a an , O Municipal categoría especial, |, ll o lll e inclusión Objetos, envases materi, Í ñ durante eríales y equipamientos en contacto las etapas de fabricación, procesamiento, , distribución y comercialización, Para profesionales o t il ecnólogos diferentes a | Í humeral 2 se puede solicitar el dacémido O pil dera contenidos programáticos del > yn Pensum académico o plan de estudios o los Pregrado o de los estudios tecnológicos del que estén incluidos los áreas establecidas por la norma, lo cual no se subsana con Cursos, simposios o seminarios. > Los temas incluidos en el plan de Capacitacion deben estar relacionado a las actividades que realice el establecimiento Todos estos aspectos serán tenidos en cuenta a la hora de dar la calificación en el acta e visita sanitaria, en caso de encontrar irregularidades y conforme a la gravedad de las mismas la Autoridad Sanitaria debe: > Reflejar en el acta los hallazgos y la calificación. > De ser necesario realizar las denuncias respectivas sobre el capacitador a las autoridades correspondientes y los consejos profesionales a donde pertenece el profesional y tribunales de ética > En el caso de capacitadores autorizados puede suspender la autorización del capacitador de manera parcial o total y notificará al Invima (Anexo Il) para que sea retirado del Listado de los capacitadores autorizados, asi: + Encaso de que la ETS que encuentre la irregularidad sea la misma que emitió el acto administrativo de autorización de capacitador, esta hará el acto administrativo de suspensión o retiro de la autorización y notificará al Invima (Anexo 11) para que sea retirado del Listado de los capacitadores autorizados + Si porel contrario la ETS que encuentre la irregularidad sea la diferente a la ETS que emitió el acto administrativo de autorización de capacitador, la primera notificara a la segunda y esta última hará el acto administrativo de suspensión o retiro de la autorización y notificará al Invima (Anexo !!) para que sea retirado del Listado de los capacitadores autorizados > El Invima retirará a dichas personas de los Listado de los capacitadores autorizados y por lo tanto sus capacitaciones no serán tenidas en cuenta durante las actividades de IVC a partir del retiro del Listado y hasta por dos(2) años, pasado dicho tiempo para ser nuevamente incluido debe hacer una nueva solicitud instruto Nacional de Viglancia de Meaicamentos y Alimentos - invima Y Oficina Principal: Cra 10 N* 54 25 Dogorá A Administrativo: Cra 10) N* Ed - 60 y E I Í IQ 4) 2048/00 ez Mbsena ca VEROS Mete y ATEO www.invima.gov.co Powered by CamScanner ANEXO 1 LISTADO DE CAPACITADORES AUTORIZADOS Fecha de Notificación A A ¿A Alcance de la autorización (Marcar con una "x” el tipo de manipuladores Para los que e autorizado el capacitador) Entidad Territorial de Salud Información del Capacitador Información de la Autorización Manipulador de | mario ipula Alimentos “de Objet comercializados | “Epy2se Mania aniputador | Corcumo Razón Entidad Numeroge |Sociato| NT Nombre Titulo No Tomtom |, Fechade | "coo [nombre] o completo | Ceduia de | (protesionas | Matricula | Dirección |Teléfono| de Came y po desa oración ernicirariyo | de | Ceduiaco | det — | Cfudadanía o Profesional] de e roacios | Bebidas humano en vía pública . Persona | Ciudadania | Capacitador tecnológico) |. .0, [Notificación | contacto| “cámicos | copy directo as materiale latural Equivalente les ólicas | comercializa esa í q comestibr comercializada | aro equipamie ambulante púa stitizo Maoaral dde Oficina Principal: Cr: Administrativo:9 7 L arnvinvimagouco Powered by CamScanner ANEXO 1! LISTADO DE CAPACITADORES SUSPENDIDOS Fecha de Notificación III hicance de la Suspensión que suspende la autoriza. SS mipuladores para los Entidad Territorial de Selud______ (Marcar con una “a” el tipo de mas del capacitador) is eee Información del Capacitador 7 A A 7 manipulador. Entidad hue Social o pp Z crocos | pecra go | Momeraso [icono] hombre iuio os A O E lr > Terra | sispención| q peo a a aro | comprero. | ceguia de | trrotesional matricula | Dirección | Teléfono | de Came y ye consumo. em de Objete A A e a e dro ES consumo | comercializados | “envases nomina | dadas E A a a a A pa Mi wivalente comestibles. ai comercializada pl equipamio: de manera aut: e. Smbalamte TT 00 ¡In mo Esenrmimvimagonto Powered by CamScanner